TRIBUNAL DE CUENTAS
Emplazamiento
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. Domingo A. Fernández o a los eventuales derecho-habientes, ex-tesorero del Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de la Localidad de Godoy - Nodo Rosario, que en autos caratulados: “Expediente Nº 00901-0057773-5 del SIE-TCP- S/Resolución de Emplazamiento S.II Nº 395/12 (de fecha 20/09/2012) referida al Balance de Movimiento de Fondos correspondiente al período Abril a Junio de 2009, la cual se transcribe en su parte pertinente: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: “Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportumamente ejecutarlo”. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. “FDO.: CP.N. GERMÁN LUIS HUBER – Vocal a/c de la Presidencia, Dr. MARIO C. ESQUIVEL – Vocal, C.P.N. MARÍA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal, C.P.N SONIA MARÍA MONTEFERRARIO – C.F. Secretaria Sala II”.
S/C. 9514 Nov. 22 Nov. 23
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Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Sr. Raúl José Hernandez o a los eventuales derecho-habientes, Presidente del Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de la Localidad de Maggiolo - Nodo Venado Tuerto, que en autos caratulados: “Expedientes Nros. 00901-0057671-4 00901-0057676-9 00901-0057675-8 del SIE-TCP - S/Resoluciones de Emplazamiento S.II Nros. 461/12, 462/12, 463/12, en concepto de Rendiciones faltantes por $6.473,00, $8.234,49 y $1.333,33, respectivamente; referidas al Balance de Movimiento de Fondos correspondiente al período Octubre a Diciembre de 2009, las cuales se transcriben en su parte pertinente: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: “Emplazar a los responsables para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, contesten por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo”. Artículo 2º: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. “FDO.: CP.N. GERMÁN LUIS HUBER – Vocal a/c de la Presidencia, Dr. MARIO C. ESQUIVEL – Vocal, C.P.N. MARÍA DEL CARMEN CRESCIMANNO – Vocal, C.P.N SONIA MARÍA MONTEFERRARIO – C.F. Secretaria Sala II”.
S/C. 9515 Nov. 22 Nov. 23
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MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
RESOLUCION Nº 000814
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 20/NOV/2012
VISTO:
El expediente N° 01503-0001544-3 iniciado por el Ministerio de Desarrollo Social, mediante el cual se promueve llamar a concurso abierto para cubrir ocho (8) cargos de Nivel 04 - “Director de Centro de Acción Familiar”, que se encuentran vacantes en diferentes áreas del organismo; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1729 del 21 de Septiembre de 2009, entre otras cosas, reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Escalafón General; derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así al titular de la Jurisdicción a efectuar llamado a concurso;
Que ha tomado intervención en actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que asimismo los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E., han asumido la participación que por la normativa vigente Ley Nº 10052 y modificatorias en la materia les corresponde;
Que la composición de los Jurados para los cargos ofrecidos responde a lo ordenado por el artículo 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 modificado por el Decreto N° 1729/09, integrándose los mismos con personas que en su actividad jerarquías equivalentes a la requerida y especialidades afines a las concursadas; por no haber resultado posible cumplimentar con las condiciones especificadas en el 1° párrafo del citado artículo;
Que en todos los casos se trata de cargos vacantes conforme la estructura orgánico funcional actualmente vigente, siendo la cobertura de los mismos necesaria con fundamento en razones operativas y funcionales del organismo, contando además con el financiamiento necesario;
Que en orden a la transparencia, la organización y al ahorro en tiempos administrativos procedimentales, se considera conveniente unificar el presente llamado a Concurso Abierto, distribuyendo los cargos en las ciudades donde se encuentran los Centros de Acción Familiar, según se detalla en el Anexo I de la presente;
Que asimismo la totalidad de los ocho (8) cargos propuestos para realizar el llamado a concurso abierto, tienen el mismo “Nivel Escalafonario 04”, pertenecen al mismo “Agrupamiento Hospitalario - Asistencial” y poseen la misma denominación de “Director de Centro de Acción Familiar”, encontrándose todos incluidos dentro de la misma Jurisdicción Presupuestaria;
Que por diversos motivos explicitados en la tramitación, todos los cargos propuestos han quedado vacantes en sus respectivos llamados a Concurso Interno, por lo que se considera imperante y oportuno llamar a concurso abierto en el cual podrán participar agentes designados con carácter provisional (art. 4° Ley N° 8525), de otros escalafones y personas ajenas a la Administración Pública Provincial; en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en el Anexo II artículo 102° Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09:
Que atento a las consideraciones precedentes, corresponde convocar a concurso abierto, según el régimen vigente normado por el Decreto Nº 1729/09, para cubrir los cargos enumerados, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos contables previos a tales fines;
Que consta la intervención previa de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de la Dirección General de Administración Jurisdiccionales;
Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar Nº 3 729/09;
POR ELLO:
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Declarar “desierto” el concurso Resolución Nº 956/11 en los cargos Nivel 04 Agrupamiento Hospitalario - Asistencial “Director de Centro de Acción Familiar” de los Centros de Acción Familiar Nros. 5, 11, 17, 1.9, 20, 23, 25, 28.
ARTICULO 2°: Llamar a concurso “abierto” en los términos del Anexo II artículo 102° Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09; para cubrir 8 (ocho) cargos Nivel 04 Agrupamiento Hospitalario- Asistencial, “Director de Centro de Acción Familiar”.
ARTICULO 3º: Realizar el concurso abierto en los términos del Anexo II artículo 102° Decreto Acuerdo N° 2695/83, modificado por su similar número 1729/09.
ARTICULO 4°: Aprobar la descripción de los puestos y determinación de los perfiles solicitados así como las condiciones generales y particulares exigibles se encuentran detallados en el “Anexo I”, que forma de la presente.
ARTICULO 5°: Aprobar la composición del Jurado y el procedimiento de inscripción que se detalla en el “Anexo II”, que se adjunta.
ARTICULO 6°: Aprobar las etapas de la selección, fecha, y hora en que se llevará a cabo cada una de y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la categoría a concursar, que se explicitan en el Anexo III y que forma parte del presente acto administrativo.
ARTICULO 7°: Establecer que en caso de existir inconvenientes con las fechas Estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante podrá la misma, con notificación fehaciente a los postulantes.
ARTICULO 8°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo Nº 92, texto actual Decreto Acuerdo Nº 2695/83 y archívese.
Lic. MONICA BIFARELLO
Ministra de Desarrollo Social
ANEXO I
Jurisdicción: Ministerio de Desarrollo Social.
Unidad de organización: Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Cargo a cubrir: Nivel 4 - Agrupamiento Hospitalario- Asistencial, Director de Centro de Acción Familiar.
Cantidad de puestos a cubrir: ocho (8) total.
Detalle:
a) Centro de Acción Familiar N° 5, sito en calle Juan de Garay Nº 2260 de la ciudad de Vera - Departamento homónimo.
b) Centro de Acción Familiar Nº 11, sito en calle Garibaldi N° 387 de la ciudad de Venado Tuerto - Departamento General López
c) Centro de Acción Familiar N° 17, sito en calle Balcarce N° 267 de la ciudad de El Trébol - Departamento San Martín,
d) Centro de Acción Familiar Nº 19, sito en Barrio el Pozo (frente a la comisaría) de la ciudad de Santa Fe - Departamento La Capital.
e) Centro de Acción Familiar Nº 20, sito en calle Derqui Nº 7623 de la ciudad de Rosario - Departamento homónimo.
f) Centro de Acción Familiar N° 23, sito en calle Amenábar y Estrada de la ciudad de Santa Fe - Departamento La Capital.
g) Centro de Acción Familiar N° 25, sito en calle Malvinas S/Nº frente a manzana 1 - Fonavi - Barrio Centenario de la ciudad de Santa Fe - Departamento La Capital.
h) Centro de Acción Familiar N° 28, sito en calle Libertad N° 2553 de la ciudad de Santo Tomé - Departamento La Capital.
Lugar de prestación de servicios: Según se detalla en cada cargo.
Horario de trabajo: Según reglamentación vigente.
PESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO:
1- Cumplir, implementar y promover las leyes vigentes en de infancia y familia, dentro del ámbito institucional y respecto de las situaciones asistidas (Ley Nacional 26061, Ley Nacional N° 26233, Ley Provincial Nº 12967).
2- Organizar las distintas áreas del Centro de Acción Familiar e impartir directivas a fin de optimizar el funcionamiento y brindar un servicio adecuado.
3- Supervisar la actividad del personal a su cargo.
4- Gerenciar con habilidad y eficacia las acciones necesarias (de tipo administrativas, de personal y económicas) para un correcto funcionamiento institucional.
5- Ejecutar y promover la articulación, apertura de un trabajo conjunto hacia el interior de la institución (profesionales, preceptores u operadores, personal administrativo, niños) con otros dispositivos de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y/u otros organismos oficiales o privados.
6- Articular el trabajo institucional y respecto de las situaciones de niñas y niños atendidos, con otros dispositivos de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y/u otros organismos oficiales o privados.
7- Conducir, coordinar, orientar y fiscalizar las tramitaciones de carácter técnico - administrativa del establecimiento de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
8- Elevar cada año a la Superioridad un Proyecto Institucional debiendo constar en el mismo, diagnósticos, objetivos, actividades, recursos, métodos y material que incluyan todas las áreas del quehacer institucional.
9- Formular e implementar un proyecto institucional estratégico que permita el Centro de Acción Familiar Incorporarse al Sistema de Protección de Derechos.
10- Mantener actualizado un registro de los mismos, como así también el legajo individual en sala y familiar según lo dispone la normativa nacional vigente (Ley Nº 26233).
REQUISITOS
Poseer el título de: Psicólogo y/o Técnico en Minoridad y Familia y/o Licenciado en Trabajo Social y/o Licenciado en Ciencias de la Educación y/o Licenciado en Psicopedagogía; con al menos dos (2) años de ejercicio efectivo de la profesión, y no haber cumplido los 50 años de edad, en caso de postulantes que no pertenecen a la planta de personal del Estado Provincial al momento de la inscripción en el presente concurso.
CONOCIMIENTOS:
Conocimientos específicos:
*Ley Nacional Nº 26061.
*Ley Nacional N° 26233.
*Ley Provincial N° 12967 (Decreto reglamentario Nº 0619/10).
*Ley Provincial Nº 13.237.
*Ley Nacional N° 26.657.
*Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
*Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Conocimientos generales:
*Ley Provincial N° 8525.
*Decreto-Acuerdo N° 1919/89.
*Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.
*Decreto Provincial N° 10204/58.
*Decreto Nº 3202/05 y rectificatorios.
*Resolución Nº 000167/11.
*Decreto Nº 1729/09.
*Ley Provincial Nº 12.817/07.
CONDICIONES GENERALES Y COMPETENCIAS:
a. Facilidad de expresión oral y escrita.
b. Lectura crítica de la realidad y análisis del contexto institucional.
c. Manejo de herramientas informáticas: procesadores de textos, planillas de cálculo y base de datos, Internet y correo electrónico.
d. Experiencia laboral comprobable en materia de niñez, adolescencia y familia, y/o experiencia en tareas de coordinación de instituciones, o en participación en trabajos y/o proyectos comunitarios, en cualquiera de sus formas (no excluyente).
e. Control y supervisión de las personas y funciones a su cargo.
f. Sólida formación ética y moral.
g. Pensamiento estratégico- habilidad analítica.
h. Marcada responsabilidad y compromiso.
i. Capacidad de resolución de problemas.
j. Disponibilidad en días y horarios no habituales.
k. Proactividad (reportar dificultades y actuar para resolver los problemas que se presentan en el trabajo).
l. Compromiso con el aprendizaje (progresar consistentemente en sus conocimientos).
m. Toma de decisiones en tiempo y forma.
n. Compromiso con la organización (capacidad de análisis y comprensión del entorno de la organización).
ANEXO II
COMPOSICION DEL JURADO
El Jurado para el concurso correspondiente a la cobertura de los ocho (8) cargos Nivel 04 - Agrupamiento Hospitalario- Asistencial - “Director de Centro de Acción Familiar” estará integrado de la siguiente manera:
Presidente: Secretario de Coordinación de Políticas Sociales: JOAQUIN BLANCO.
Titulares:
1) Subsecretario de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Dr. CRISTIAN ALLENDE.
2) Director Provincial de Coordinación de Provéelos Sociales, Sr. FRANCO ROSSO.
3) Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe. Lic. CAROLINA GALCERAN.
4) Director Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Rosario, Lic. LAUTARO D’ANNA.
5) Representante UPCN Sra. MONICA PAYA.
6) Represéntame UPCN Sra. MARIA EVA LOPEZ.
7) Representante UPCN Sr. ENRIQUE MELNIK
8) Representante ATE Sr. ADRIAN ROSSO
Suplentes:
1) Subsecretario de Reforma de Gestión, Sr. RUBEN LUCHINI.
2) Director Provincial de Adultos Mayores, Mgter. DIEGO ALEJANDRO PREZIUSO.
3) Subsecretario de Innovación en Gestión Social, Sr. ROBERTO ZAMPANI.
4) Asistente Técnico Nivel I, C.P. JIMENA ZONTELLA.
5) Representante UPCN Sr. JORGE MOSCA.
6) Representante UPCN Sr. ALEJANDRO ROMERO.
7) Representante UPCN Sr. PABLO BRUSCHI.
8) Representante ATE Sra. NATALIA MARECO
DIFUSION:
PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION:
Fecha: Desde el día 22 de noviembre hasta el 14 de diciembre de 2012, en el horario de 8 a 12 hs.
Lugar de presentación de la documentación:
Según corresponda geográficamente al cargo concursado, las inscripciones deberán realizarse en los lugares que se detallan a continuación:
• Para el cargo a) en la Secretaría de la Delegación Reconquista de Niñez, Adolescencia y Familia, Sede Vera, sito en calle Juan de Garay 2260 ciudad de Vera.
• Para el cargo b) en la Secretaría de la Delegación Venado Tuerto de Niñez, Adolescencia y Familia, sito en calle Garibaldi 387 ciudad de Venado Tuerto.
• Para el cargo c) en la Secretaría del Centro de Acción Familiar N° 17, sito en calle Balcarce N° 267 ciudad de El Trébol.
• Para los cargos d),f),g) y h) en la Secretaría Privada de la Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, sito en calle Hipólito Yrigoyen 2833 ciudad de Santa Fe.
• Para el cargo e) en la División Personal de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Rosario, sito en calle Zeballos 1799 ciudad de Rosario.
Se podrá acceder al Formulario de Inscripción (código F.C.- 01) a través de la página Web Oficial: www.santafe.gov.ar o personalmente en los lugares mencionados precedentemente, en el horario de 8 a 12 hs.
Esta Institución tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Secretaría de Recursos Humanos y función Pública, y a las entidades sindicales con personería gremial con ámbito de actuación provincial precisados en la ley 10.052 y modificatorias.
El llamado a concurso deberá difundirse dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la Resolución convocante, durante un plazo de diez (10) días y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión.
Se deberá publicar en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la Pagina Web Oficial de la Provincia.
Las convocatorias a Concursos abiertos serán publicadas además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.
En la difusión se transcribirá el contenido de la resolución que llama a concurso o en su caso lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentra a disposición de los interesados.
Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estadios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda; “CONCURSO ABIERTO”, seguido de la identificación y lugar geográfico del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.
Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.
Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Delegación Reconquista Sede Vera o la Delegación Venado Tuerto o el Centro de Acción Familiar N°17 o la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Rosario o la Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales; en la que se consignará la de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.
No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.
Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado al postulante alcanzado, con mención de la causal.
No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.
La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las en el procedimiento, como así mismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.
La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.
ANEXO III
ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO ABIERTO
En los Concursos abiertos cada una de estas será eliminatoria de la siguiente (artículo 89° in fine, Decreto Nº 1729/09).
Etapa I: Evaluación de Antecedentes:
Fecha: 19/DIC/12.
Lugar: Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, Almirante Brown 6998, ciudad de Santa Fe.
Hora: 9 hs.
La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Abiertos que forma parte del Anexo II del Decreto Nº 1729/2009.
PUNTAJE TOTAL 50
ÍTEM 1. Estudios y Capacitación
COMPONENTES PUNTAJE
1.1 Educación Formal 30
1.2. Capacitación específica
1.2.1. Cursos 20
1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos
PUNTAJE TOTAL 50
ÍTEM 2. Antecedentes Laborales
2.1. Desempeño laboral
2.1.1. Caracteristicas
2.1.2. Ambito
2.1.3 Tiempo 45
2.5 Docentes y de investigación 5
Los participantes de Concursos abiertos sólo pasarán a la etapa siguiente, si hubieren obtenido un mínimo de cuarenta (40) puntos en esta instancia.
Etapa II: Evaluación Técnica:
Fecha; 19/MAR/13
Lugar Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, Hipólito Yrigoyen 2833, ciudad de Santa Fe.
Hora: 14 hs.
La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto. Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.
Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes sólo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.
Los participantes de Concursos abiertos sólo pasarán a la etapa siguiente, si hubieren obtenido un mínimo de setenta (70) puntos en esta instancia.
Etapa III: Evaluación Psicotécnica:
fecha: 03/ABR/13.
Lugar: Para los cargos a), d), f), g) y h) en la Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, Hipólito Yrigoyen 2833, ciudad de Santa Fe.
Hora: 13 hs.
Fecha: 05/ABR/13.
Lugar: Para el cargo b), c) y e) en la Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, Ricardone 1345, ciudad de Rosario.
Hora: 10 hs.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.
Los participantes de concursos abiertos solo pasarán a la etapa siguiente, si hubieren obtenido un mínimo de 70 puntos en esta instancia.
Etapa IV: Entrevista Personal:
Fecha: 19/ABR/13.
Lugar: Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, Ricardone 1345, ciudad de Rosario.
Hora: 9 hs.
Fecha: 23/ABR/13.
Lugar: Secretaría de Coordinación de Políticas Sociales, Almirante Brown 6998, ciudad de Santa Fe.
Hora: 10 hs.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global, experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que completamente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales especificas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuará.
Orden de Méritos:
El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.
En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.
Para ello se multiplicará el puntaje bruto de Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumarán los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.
El Orden de Mérito de los Concursos abiertos se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a sesenta y cinco (65) puntos, para los concursos de todas las categorías.
Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:
Evaluación Antecedentes 30%
Evaluación Técnica 40%
Evaluación Psicotéc. 20%
Entrevista Personal 10%
Total 100%
La Presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.
La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas.
NOTA: Se publica sin el formulario de inscripción, donde puede ser consultado en el Ministerio.
S/C 9513 Nov. 22 Nov. 27
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