REGISTRADA BAJO EL N° 12060
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON
FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase el convenio suscripto en fecha 2 de Marzo de 2001, entre la Secretaría de Estado de
Trabajo y Seguridad Social, representada por el señor Secretario de Estado de
Trabajo y Seguridad Social de la Provincia y la Superintendencia de Riesgos del
Trabajo, representada por su titular, con el objetivo de prolongar los
beneficios de las tareas de prevención, control y fiscalización de las
condiciones de higiene y seguridad del trabajo en las empresas establecidas en
la Provincia.
El mencionado convenio que fuera inscripto en el Registro de Tratados,
Convenios y Contratos Interjurisdiccionales bajo el N° 1380, Folio 192, Tomo
III, en fecha 23 de Abril de 2001 y aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto
N° 1737/01, forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.
Ing. MARCELO J. MUNIAGURRIA
Presidente
Cámara de Senadores
ALBERTO NAZARENO HAMMERLY
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
AVELINO A. LAGO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO N° 2969
SANTA FE, 12 Nov. 2002
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.060 efectuada por la H.
Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes
con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a
quienes corresponde observarla y hacerla observar.
REUTEMANN
Dr. Esteban R. Borgonovo
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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