REGISTRADA BAJO EL Nº 13784
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Ratifícase el Decreto Nº 3063 del 10 de octubre de 2017 por el cual se aceptó a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Orientada Nº 224 de Hughes, representada por su Presidente, señor Cristian Gabriel Andreu, D.N.I. Nº 20.773.420, Clase 1969 y su Tesorera, señora María Estela Retamozo, D.N.I. Nº 25.453.751, Clase 1976, la donación de un inmueble de su propiedad, con todo lo clavado, plantado y/o adherido al suelo, destinado a la construcción del edificio propio de la Escuela de Educación Secundaria Orientada Nº 224 de Hughes, dependiente de la Delegación Regional de Educación - Región VII, el que según Plano de Mensura y Subdivisión registrado en el Servicio de Catastro e Información Territorial Rosario bajo el Nº 193729 - Año 2016, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Martín Ignacio Pacenti, se describe de la siguiente manera: ubicado en Zona Rural del Distrito de Hughes, Departamento General López, sobre calle José Hernández, e identificado como Lote AlI; midiendo: al Norte, 100 metros; al Este, 50 metros; al Sur, 100 metros y al Oeste, 50 metros; lindando: al Norte, con parte del Lote Al; al Sur, con calle José Hernández; al Este, con parte del Lote Al y al Oeste, con parte del Lote Al; superficie 5.000 m2; con ángulos no indicados de 90º ; empadronado bajo Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 17- 20-00 380740/0004 e inscripto su dominio al T° 657 - FQ 98 - Nº 366729 del Departamento General López del Registro General.
ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 16 OCT 2018
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-
Dr. Pablo G. Farías
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
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