picture_as_pdf 2018-10-22

REGISTRADA BAJO EL Nº 13780


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Prorrógase, en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la vigencia de la Ley N° 13.102, y su modificatoria Ley N° 13.431 y Ley N° 13.583, a favor de la Cooperativa de Trabajo Tatra Ltda., a los efectos de ejercer las acciones expropiatorias correspondientes.

ARTÍCULO 2..- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 16 OCT 2018

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-

Dr. Pablo G. Farías

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

26790

__________________________________________