picture_as_pdf 2003-09-22

MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE

 

En un todo de acuerdo con lo aconsejado por Fiscalía de Estado mediante Dictamen 50/02 (fs. 35/39, Expte. 00101-0090324-6), corresponde rechazar el recurso interpuesto y dar intervención al Ministerio de Salud y Medio Ambiente; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA Decreta: Articulo .- Recházase, por improcedente, el recurso de revocatoria interpuesto, mediante apoderado, por el Arq. VICTOR HUGO BENATTI (M.I. 7.996.316), en su carácter de titular de la empresa Complejo Incineración de Residuos Patológicos de Villa Allende, contra el Decreto 3345/98. Artículo 2°.- Dispónese que a través del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, se implementen las medidas necesarias a los fines de comprobar la veracidad de los hechos denunciados por el Arq. VICTOR HUGO BENATTI (M.I. 7.996.316), en cuanto a la presunta atención “clandestina”, por parte de la empresa adjudicataria “SANITEK”, de Rubén Iglesias y Oscar Viviani S.H., de los residuos patógenos del Hospital “Protomédico Manuel Rodríguez” de Recreo por conducto del Hospital Provincial “Sayago” de Santa Fe.- Articulo 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

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Que la conducta observada por la citada agente encuadra en la causal de cesantía prevista en el artículo 53, inciso c), de la Ley 8525, por lo que corresponde la aplicación de dicha medida expulsiva, en concordancia con lo establecido en el artículo 50, inciso c), del citado cuerpo normativo y en un todo de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional mediante Dictamen 59.465/01. (fs. 38/reverso); POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo1°.- Déjase cesante, con retroactividad al 31/1/00, por abandono de servicio sin causa justificada, de conformidad con lo previsto en los artículos 50, inciso c) , y 53, inciso c), de la Ley 8525, a la Sra. ZUNILDA GAMARRA (M.I. 12.891.128 - Clase 1957) Personal de Servicios Generales en el Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe que funciona en el ámbito del Ministerio de Salud y Medio Ambiente (Carácter 1 - Jurisdicción 50 - Programa 16 - Sub-Programa 06 Fuente de Financiamiento 111 - Inciso 1 - Partida Principal 1. - Partida Sub-Parcial 14 - Finalidad 3- Función 10 - Ubicación Geográfica 63 - Categoría 2).- Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese. REUTEMANN - Ing. Fernando Bondesio

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