JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
BENITEZ OSMAR ISDAL
Por orden Juzg. de 1ra. Inst. C. y C. de Dist. de la 5ta. Nom. de Rosario, Secretaria suscripta, hace saber que en autos caratulados COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/OTROS s/APREMIO (Expte. 1254/10), se ha dispuesto que el Martillero Benítez Osmar Isdal Mat. 981-B-88, C.U.I.T. 20-06044372-7, subaste el día 29 de Agosto del 2013, a las 11hs. en las puertas del Juzg. Comunal de la Localidad de Pueblo Esther y de resultar el día fijado inhábil o afectado por medidas de fuerza mayor, se realizará el día hábil siguiente en igual hora y lugar, siguiente bien: Un lote de terreno, el cual s/plano n° 62.326/70, es designado como Lote n° 17 de la Manzana 30, de una Sup. Total de 390mts2, el lote de referencia, esta comprendido dentro de una mayor área, la cual, se encuentra formada por dos fracciones de terrenos colindantes, las que s/plano no 61.633/70, son designadas como: 1°) Fracción A”: es irregular, mide 208,33mts. lado Sur, sobre un camino público que la separa de la Sucesión Bricchi Hnos. teniendo el extremo Oeste de este costado, un punto situado en la intersección de dicho camino y la Ruta Nacional n° 9, su lado Sur-Este, mide 562,5mts, lindando con un canal que la separa de la Fracción A’1, 651,76mts lado Norte, lindando en parte con camino en medio, con ítalo y Mario Scoccia y en el resto con Isabel Adela G. de Pignolo, su costado Oeste, es una línea quebrada de tres tramos, el 1ro. parte del extremo Oeste del costado Sur, va hacia el Nor-Este, mide 85,14mts, seguido y hacia el Nor-Oeste el 2do. tramo, mide 175,14mts y a continuación hacia el Norte, parte el 3er. tramo que mide 182,64mts, cierra la figura al unirse al extremo Oeste del lado Norte, linda por estas tres líneas con la Fracción A’.- Sup. Total de 17has, 6as, 57cas, 42dm2. 2°) Fracción A’1: de una Sup. Total de 37has, 96as, 4cas, 32dm2.- es irregular mide 1.272,53mts en su lado Sur, sobre un camino público que la separa de Carlos A. Macoc, Santiago Mollino y sucesión de Bricchi Hnos., 562,5mts en su costado Nor-Oeste, lindando con un canal que la separa de la fracción A” y 559,9mts en su costado Norte, lindando con Isabel Adela G. de Pignolo, estando su costado Este formado por una línea quebrada de tres tramos que partiendo del extremo Este del costado Norte, va hacia el Sur y mide 164,49mts en su 1er. tramo, el 2do. tramo parte hacia el Este, mide 320mts y seguido hacia el Sur, parte el 3er. tramo que mide 235,49mts, este cierra la figura al unirse al extremo Este del costado Sur, lindando por estas tres últimas líneas con la Fracción A’2.- Dominio T° 327 F° 444 N° 114137 Dpto. Rosario Distrito Gral. Lagos Localidad Pueblo Esther. Registro General informa: el Lote descripto en el dominio indicado, registrado a nombre del demandado y se registra Embargo: T° 120 E F° 3538 N° 366353, de fecha 16/08/2011, por $ 4.485,92.- Orden Juzg. de Distrito 5ta. Nom. de Rosario autos Comuna de Pueblo Esther c/Mola Alfredo s/Apremio (Expte. 1254/10), Hipotecas e Inhibiciones no se registran. El inmueble descripto, saldrá a la venta en el estado de ocupación, atento al acta de constatación obrante en autos Desocupado, con una Base de $767,90.- resultante esta de la normativa del A.P.I. Resolución 005/2011, (5x A.F.), de no haber postores se sacará seguidamente son una Base igual a la Retasa del 25% y de persistir la falta de postores por una última Base igual al (A.F.) $ 153,58.- A los fines de edictos designase el diario BOLETÍN OFICIAL. Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: 1°) Los Impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren por el inmueble a subastar, como así también los gastos e impuestos por transferencia (conf. Art.19 inc. 11°) del código Fiscal de la Provincia de Santa Fe) e I.V.A. si correspondiere, quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente, como así también, los gastos por desglose, nuevas mensuras, planos y medianería en su caso y deberá el Martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar. Quien resulte comprador, deberá abonar el 10% del precio de compra en el Acto de subasta, con más el 3% de comisión, todo al Martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000.- no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pagos mencionados o en su defecto, se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto, en el Bco. Municipal Sucursal Rosario, caja de abogados, a la orden de este Juzgado actuante y para estos autos, conforme disposición del Bco. Central de la República Argentina, según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. El saldo de precio, deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con apercibimiento del art. 497 C.P.C.C., dejándose constancia que respecto del saldo de precio, deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5747 del B.C.R.A., por lo cual, de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición, se hace saber de manera expresa, que la infracción a la normativa vigente, será comunicado por este Tribunal y/o el Martillero actuante a la A.F.I.P.- El saldo aludido, deberá depositarse conforme lo ordenado precedentemente en el Bco. Municipal de Rosario Suc. 80, caja de abogados, a la orden de este Juzgado actuante y para estos autos. 2°) Queda prohibido, la compra por tercero. 3°) Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá Oficiarse al Registro General, con copia certificada del acta de subasta, a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. 4°) El adquirente en subasta, deberá obtener la protocolización, en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión, mediante la intervención de un escribano público. En autos, en Secretaría, a disposición de los interesados, obran acta de constatación de la que se dará lectura en el acto y títulos del inmueble, no aceptándose luego de la subasta reclamos por faltas o insuficiencias en ellos, todo a los fines previstos por los arts. 494 y 495 del C.P.C.C. Intímese al demandado en los términos solicitados. Exhibición del inmueble, el día hábil anterior a la subasta en el horario de 10 hs. a 12 hs. Notifíquese al Juzgado de Pueblo Esther, a los fines de hacer conocer la presente (Expte. 1254/10). Todo lo cual se hace saber a los fines de que por derecho hubiere lugar. Firmado Dr. Iván Kvasina (Juez) y Dr. Alfredo Farias, secretario en Rosario, a los días del mes de Julio del 2013.
S/C 206724 Ago. 22 Ago. 26
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