picture_as_pdf 2006-08-22

DECRETO 2011

 

Santa Fe, 8 de Agosto de 2006.

VISTO:

El Expediente Nº 00301-0055143-0 del Registro del Sistema de información de Expedientes mediante el cual se gestiona la creación de la Unidad de Gestión que tendrá a cargo la ejecución del Programa de Infraestructura vial - Santa Fe y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de Santa Fe se encuentra realizando ante el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, las gestiones pertinentes con el fin de transformar el desembolso pendiente de concreción del Préstamo de Reformas Provinciales (PRL) en un Préstamo de Inversión Sectorial Directo para la Provincia de - Santa Fe, con el fin de concretar los Proyectos “Transformación de la Ruta Nacional Nº 19, Tramo Ruta Nacional Nº 11 (Prov. de Santa Fe) - Ruta Nacional Nº 158 (Prov. de Córdoba) en Autovía, “Mejoramiento de la Seguridad Vial provincial”; “Estudio y Diseño del Plan Maestro de infraestructura de Transporte y Logística” y “Estudio del Sistema Provincial de logística, transporte e infraestructura y en el marco del Desarrollo Territorial”;

Que dichas gestiones fueron instadas por Decreto Nº 2259 del 30 de setiembre de 2005, donde se asigna a la Subsecretaria de Proyectos de Inversión y Financiamiento Externo la gestión de todas las actividades necesarias para la concreción de un programa Sectorial de Infraestructura, ante el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), destinado a concretar el proyecto “Transformación Ruta Nacional Nº 19, Tramo Ruta Nacional Nº 11 Ruta Nacional Nº 158 (Córdoba), en Autovía”;

Que los fondos que se reasignen permitirán materializar las acciones previstas por el Gobierno Provincial en la transformación de la infraestructura vial, fortalecer y mejorar la gestión de la seguridad vial, concretar proyectos que permitan una efectiva verificación de resultados en la materia y avanzar en el planeamiento del desarrollo territorial relacionado con el transporte y la logística;

Que por convenio de fecha 14 de noviembre de 2005 celebrado entre esta provincia de Santa Fe representada por el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda y el Ministerio de Hacienda y Finanzas, por un lado, y la Dirección  Nacional de Vialidad por otro; se establecieron las condiciones en las cuales la Provincia intervendrá en la realización del proyecto para transformar la Ruta Nacional Nº 19 “Tramo: Ruta Nacional Nº 11 - Ruta Nacional Nº 158 en una Autovía, con reserva del sector de la zona de camino, a fin de lograr en una futura etapa una “Autopista con control total de accesos”;

Que entre las condiciones establecidas, la Provincia se comprometió a gestionar la reasignación de un crédito ante el Banco Mundial para destinarlo a la realización de la Obra, tomando a su cargo la contratación de Servicios de Auditorías del proyecto de ingeniería y evolución económica y de consultoría ambiental y social; como también tomará a su cargo la licitación, contratación, inspección y pago de los certificados de obra y costos adicionales resultantes de la liberación de la traza, indemnizaciones por expropiación y gestiones por reasentamientos involuntarios sus costos e impacto ambiental;

Que por Decreto Nº 1464 se aprobó ad referendum de las HHCC el Convenio celebrado con la Dirección Nacional de Vialidad antes mencionado;

Que con el fin de avanzar con los estudios previos por la Dirección Provincial de Vialidad se han concretado las siguientes contrataciones Tramo I: Santo Tomé - R.P. Nº 6 (Acceso a San Carlos) Estudios de Ingeniería; Tramo II: R.P. Nº 6 R.N. Nº 34 - R.N. Nº 167 158 (San Francisco) Estudios de Ingeniería; Tramo: Santo Tomé - R.N. Nº 158 Estudios Socio Ambientales;

Que atento a la importancia estratégica que reviste la concreción de los objetivos propuestos en el Programa y a la diversidad de Organismos que intervienen en la ejecución del mismo, es necesario asignar y coordinar las diversas tareas que demanda su ejecución;

Que para la identificación, evaluación y ejecución de los Proyectos a ser financiados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, resulta necesario la creación y funcionamiento de una Unidad de Gestión responsable de dirigir y coordinar todas las actividades inherentes para tal fin;

Que expresa el señor Subsecretario de Proyectos de Inversión y Financiamiento Externo, que la creación de la Unidad de Gestión ha sido recomendada por expertos del Banco Mundial (fs. 30);

Que el asesor legal de la Subsecretaría de Proyectos de Inversión y Financiamiento Externo, la Dirección General de Asesoría Letrada y la Subsecretaría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas, consideraron pertinente la gestión y aconsejaron el dictado del decreto;

POR ELLO;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

Artículo 1º - Créase la Unidad de Gestión del “Programa de Infraestructura Vial - Santa Fe”, cuya Coordinación General estará a cargo como autoridad superior de la misma, por los señores Ministros de Obras - Servicios Públicos y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 2º - Para el cumplimiento de sus funciones esta Unidad de Gestión, además de la Coordinación General establecida en el artículo 1º, estará conformada por una Coordinación Ejecutiva conjuntamente integrada por CPN Francisco Sobrero DNI 6.061.819, y el CPN Edgardo Fiol DNI 18.380.760; una Coordinación Operativa a cargo del CPN Rubén Pirola DNI. 21.413.791. y el Lic. Claudio Vissio DNI Nº 18.069.570; un Área Técnica de Proyectos Viales y Contrataciones, integrada por el Ing. Marcelo David DNI 16.227.419. y el Arq. Carlos Borra DNI 6.251.301, de la que tendrán dependencia directa las áreas de gestión de los componentes ambientales y sociales integrada por el Bioq. Aníbal Omar Vásquez DNI.16.360.458, el Ing Héctor Corzo DNI 12.661.370. y el Arq. Marcelo Gianotti DNI 14.402.634, y de Seguimiento de la Ejecución de Proyectos integrada por el Ing. Héctor César Gómez DNI. 5.794.112.; un Área Técnica de Proyectos Complementarlos, integrada la Ing. María Eva Valenti DNI 13.854.300; un Ares Administración, Finanzas y Desembolsos integrada por el CPN Jorge Birchner DNI. 14.066.283. y la CPN Miriam Bolatti DNI 14.854.851.; y un Área Legal integrada por el Dr. Tomás Alberto Comellas DNI 6.906.838; sin perjuicio de las funciones que desarrollan según los cargos que cada uno detentan en -las dependencias donde prestan servicios.

Artículo 3º - Autorízase a la Coordinación General a realizar las adecuaciones que esta estructura funcional necesite y a afectar el personal que sea necesario para el cumplimiento de las funciones que esta actividad demande.

Artículo 4º - Las disposiciones emergentes del presente decreto lo serán sin perjuicio de las normas y procedimientos a aprobarse en la operatoria para el programa financiado por el organismo Multilateral de Préstamos.

Artículo 5º - Apruébense las misiones y funciones para las distintas áreas que

integran la Unidad de Gestión del Programa de Infraestructura Vial Santa Fe” y que se detallan en el Anexo A el cual forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 6º - Refréndese por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas por si y a cargo de la cartera de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.

Artículo 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

C.P.N. Walter Alfredo Agosto

 

Anexo “A”

 

Coordinación General, con las siguientes funciones:

a) Realizar todas las gestiones y actividades necesarias para concretar la celebración del Convenio entre la Provincia de Santa Fe, el Banco Mundial y organismos del Estado Nacional, que posibiliten la concreción del Programa actualmente en Gestión.

b) Coordinar todas las actividades actualmente en ejecución y/o previstas que sean necesarias para la concreción del Programa que, con Financiamiento del Banco Mundial, redirecciona el saldo no ejecutado del Programa para la Reforma Provincial (PRL) con el objetivo de ejecutar los distintos componentes del Programa, de acuerdo con la normativa que al efecto se establezca adecuando, en caso de ser necesario, su conformación y facultades;

c) Participar en la resolución de los acuerdos a celebrar con todos entes, como descentralizados como parte de los acuerdos celebrados con los organismos internacionales de financiamiento.

d) Conducir las actividades correspondientes a la selección, evaluación, presentación, y ejecución de Proyectos dentro del Programa.

Coordinación Ejecutiva, con las siguientes funciones:

a) Coordinar y supervisar el trabajo de todas las áreas de la Unidad de Gestión.

b) Representar a la Unidad de Gestión ante las Jurisdicciones Nacionales, Provinciales y* Organismos Financieros.

c) Asesorar al Coordinador General.

d) Aprobar el cumplimiento de los criterios de evaluación de proyectos.

e) Convenir con los organismos provinciales involucrados, su participación en el Programa de conformidad con los Manuales respectivos.

f) Realizar las comunicaciones de las autorizaciones que correspondan respecto de las Licitaciones, adjudicaciones e inicio de obras.

Coordinación Operativa, con las siguientes funciones:

a. Aprobar y elevar a consideración de la Coordinación Ejecutiva los Proyectos que se formulen y ejecuten en el Programa, en base a los informes técnicos de las áreas respectivas.

b. Formular las orientaciones previas respecto a la presentación de los proyectos y definir las propuestas preliminares de inversiones para cada ejercicio.

c. Informar sobre el cumplimiento de los criterios utilizados en la formulación y la evaluación de proyectos a la Coordinación Ejecutiva.

d. Formular los programas de inversión anual y someterlos a revisión por parte de los organismos competentes.

e. Efectuar las rendiciones se cuentas consolidadas que deba presentar la Provincia en los períodos pertinentes antes los organismos de financiamiento internacional. Intervenir en todo lo referente a la ejecución de programas físicos y de fortalecimiento institucional, aprobación de certificados de obra, servicios y facturas de compra, emisión de órdenes de desembolso y uso apropiado de fondos y en toda aquella actividad prevista en los Manuales del programa.

Area Técnica de Proyectos Viales y Contrataciones, con las siguientes funciones

a) Aprobar los proyectos de inversión relacionados con obras de infraestructura vial, en sus aspectos técnicos.

b) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de las obras de transformación vial.

c) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de obras.

d) Supervisar y controlar el cumplimiento de los planes de trabajo presentados por las contratistas.

e) Intervenir, junto con la Gerencia de Obra todo lo referente a aspectos técnicos de las obras.

f) Intervenir en la aprobación de los proyectos de inversión relacionados con obras de infraestructura vial, desde el punto de vista socio-ambiental y los impactos que generan.

g) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de los impactos socio-ambientales generados por las obras de transformación vial.

h) Intervenir, supervisar y controlar las medidas de mitigación.

i) Participar, junto con organismos provinciales de competencia, en la elaboración de proyectos de inversión tendientes a fortalecer y mejorar el funcionamiento de las instituciones relacionadas con la red vial y el transporte.

j) Aprobar los proyectos de inversión que contengan acciones de fortalecimiento institucional y mejoramiento vial elaborados por área especificas.

k) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de los proyectos de fortalecimiento y mejoramiento de la gestión institucional en área de transporte y vialidad.

l) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de servicios.

m) Supervisar el cumplimiento de los planes de trabajo aprobados.

Area de Gestión Componentes Sociales y Ambientales, con las siguientes funciones:

a) Intervenir en todo lo referente a aspectos socio-ambientales de los proyectos.

b) Aprobar los proyectos de inversión relacionados con componentes sociales y ambientales.

c) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de las de los componentes específicos.

d) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de servicios.

e) Supervisar el cumplimiento de los planes de trabajo aprobados.

Area Técnica de Proyectos Complementarios, con las siguientes funciones

a) Participar, junto con organismos provinciales de competencia, en la elaboración de proyectos de inversión previstos en el “Programa de Infraestructura Vial Santa Fe”, tendientes a fortalecer y mejorar el funcionamiento de las instituciones relacionadas con la red vial y el transporte.

b) Aprobar los proyectos de inversión que contengan acciones de fortalecimiento

institucional y mejoramiento vial elaborados por área específicas.

c) Coordinar las actividades de seguimiento, supervisión y control de los proyectos de fortalecimiento y, mejoramiento de la gestión institucional en área de transporte y vialidad.

d) Intervenir, supervisar y controlar la emisión de certificaciones de servicios.

e) Supervisar el cumplimiento de los planes de trabajo aprobados.

Area de Seguimiento de la Ejecución de los Proyectos, con las siguientes funciones:

a) Supervisar la aplicación de las normas exigidas por los organismos de crédito internacional en lo referente a procesos de licitaciones y contrataciones.

b) Participar en la elaboración de pliegos licitatorios de obras, servicios y equipamiento.

c) Gestionar todos los procesos de todas las licitaciones a desarrollarse en el marco del Programa.

d) Elaborar actos administrativos necesarios para el desarrollo de los contratos.

e) Supervisar el seguimiento contractual de las licitaciones.

 Area Administración, Finanzas y desembolsos, con las siguientes funciones

a) Administrar las cuentas del Programa.

b) Gestionar los desembolsos de la cuenta especial y la recomposición de la misma.

c) Informar a la Coordinación Ejecutiva sobre la ejecución financiera del Programa.

d) Remitir al Organismo de Crédito Internacional los informes de auditoría convenido oportunamente.

e) Efectuar las rendiciones de cuentas consolidadas que deba presentar la Provincia en los períodos pertinentes antes los organismos de financiamiento internacional:

Area Legal, con las siguientes funciones

a) Brindar el asesoramiento legal general para todos los niveles operativos y administrativos de la Unidad de Gestión.

b) Asesorar a la coordinación General y Ejecutiva en todo lo concerniente a acuerdos, convenios, etc. en los que la Unidad tenga que participar.

c) Verificar todos los aspectos referidos a la elegibilidad de los proyectos desde el punto de vista de las normas de titularidad de dominio y demás aspectos jurídicos que pudieran surgir, emitiendo los dictámenes correspondientes.

d) Intervenir en todos los procesos licitatorios, concursos de precios, contrataciones, etc. que la Unidad de Gestión lleve a cabo.

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