picture_as_pdf 2005-08-22

SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA Y COMUNICACIÓN SOCIAL

 

RESOLUCION 0014

 

SANTA FE, 09 de Agosto de 2005.

VISTO:

El expediente 00101-0143240-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual ésta Subsecretaría de Información Pública y Comunicación Social, dependiente del Ministerio Coordinador propone la adopción de parámetros mínimos de elaboración y contenido de cartelería de obra pública, y;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1626/05 ha determinado las normas que deben aplicarse en materia de cartelería de obra pública, facultando a esta Subsecretaría de Información Pública y Comunicación Social a establecer las características de composición, diseño gráfico, textos, y dimensiones de los mismos;

Que corresponde determinar los parámetros que deben aplicarse tanto al diseño y composición de la cartelería como a las características estructurales de la misma;

Que los parámetros técnicos que se dicten en materia de cartelería de obra, deben aplicarse uniformemente por la Administración Provincial, a los fines de evitar enviar mensajes contradictorios a la sociedad;

Que la adopción de parámetros mínimos de elaboración y composición en esta materia, permitirá un mejor acceso de la ciudadanía a la información sobre la obra pública que realiza el Estado provincial;

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades establecidas por el artículo 2° del Anexo 1° del Decreto 1626/05.

Por ello:

EL SUBSECRETARIO DE INFORMACION PUBLICA Y COMUNICACIÓN SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°: Las especificaciones que integran la presente, serán exigibles en materia de confección de cartelería de obra pública, y de utilización en el ámbito de la Administración Pública Provincial, incluso cuando la obra se realice por terceros con aportes de la Provincia de Santa Fe.

Artículo 2°: Diseño y Composición: Las características de composición, diseño gráfico, textos, colores, y tipografías deberán realizarse conforme los términos del manual de identificación institucional, con notificación previa a la Subsecretaría de Información Pública y Comunicación Social, cuando la cartelería supere los 3 metros cuadrados de superficie. En aquellos casos en que la cartelería supere los 15 metros de superficie se deberá consultar el diseño gráfico y texto del cartel con la Subsecretaría de Información Pública y Comunicación Social.

Artículo 3°: Dimensiones Mínimas: la cartelería de obra pública tendrá una superficie y dimensión mínima de acuerdo al siguiente detalle:

3.1.- Obras cuyo presupuesto supere la suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil): 3 metros cuadrados mínimos de cartelería, en un cartel.

3.2.- Obras cuyo presupuesto supere la suma de $ 300.000.- (pesos trescientos mil): 8 metros cuadrados mínimos de cartelería, en un cartel.

3.3.- Obras cuyo presupuesto supere la suma de $ 1.000.000.- (pesos un millón): 20 metros cuadrados en uno o más carteles.

3.4.- Obras cuyo presupuesto supere la suma de $ 3.000.000.- (pesos tres millones): 40 metros cuadrados en dos o más carteles.

Artículo 4°: Iluminación: Cuando el presupuesto de obra o monto de contratación supere la suma de $ 1.000.000.- el o los carteles deberán estar iluminados.

Artículo 5°: Estructura de Sostén: La estructura será adecuada al tamaño y materiales del cartel.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. Raúl Antonio Glavinich

Subsecretario de Inform. Pública y

Comunicación Social

Ministerio Coordinador

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