SUBSECRETARIA DE INFORMACION PUBLICA Y COMUNICACIÓN SOCIAL
RESOLUCION N°
0014
SANTA FE, 09 de Agosto de 2005.
VISTO:
El expediente N°
00101-0143240-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el
cual ésta Subsecretaría de Información Pública y Comunicación Social,
dependiente del Ministerio Coordinador propone la adopción de parámetros
mínimos de elaboración y contenido de cartelería de
obra pública, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N°
1626/05 ha determinado las normas que deben aplicarse en materia de cartelería de obra pública, facultando a esta Subsecretaría
de Información Pública y Comunicación Social a establecer las características
de composición, diseño gráfico, textos, y dimensiones de los mismos;
Que corresponde determinar los
parámetros que deben aplicarse tanto al diseño y composición de la cartelería como a las características estructurales de la
misma;
Que los parámetros técnicos que se
dicten en materia de cartelería de obra, deben
aplicarse uniformemente por la Administración Provincial, a los fines de evitar
enviar mensajes contradictorios a la sociedad;
Que la adopción de parámetros mínimos de
elaboración y composición en esta materia, permitirá un mejor acceso de la
ciudadanía a la información sobre la obra pública que realiza el Estado
provincial;
Que el presente acto se dicta en uso de
las facultades establecidas por el artículo 2° del Anexo 1° del Decreto N° 1626/05.
Por ello:
EL SUBSECRETARIO DE INFORMACION PUBLICA
Y COMUNICACIÓN SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1°: Las especificaciones que
integran la presente, serán exigibles en materia de confección de cartelería de obra pública, y de utilización en el ámbito
de la Administración Pública Provincial, incluso cuando la obra se realice por
terceros con aportes de la Provincia de Santa Fe.
Artículo 2°: Diseño y Composición: Las
características de composición, diseño gráfico, textos, colores, y tipografías
deberán realizarse conforme los términos del manual de identificación
institucional, con notificación previa a la Subsecretaría de Información
Pública y Comunicación Social, cuando la cartelería
supere los 3 metros cuadrados de superficie. En aquellos casos en que la cartelería supere los 15 metros de superficie se deberá
consultar el diseño gráfico y texto del cartel con la Subsecretaría de
Información Pública y Comunicación Social.
Artículo 3°: Dimensiones Mínimas: la cartelería de obra pública tendrá una superficie y
dimensión mínima de acuerdo al siguiente detalle:
3.1.- Obras cuyo presupuesto supere la
suma de $ 50.000.- (pesos cincuenta mil): 3 metros cuadrados mínimos de cartelería, en un cartel.
3.2.- Obras cuyo presupuesto supere la
suma de $ 300.000.- (pesos trescientos mil): 8 metros cuadrados mínimos de cartelería, en un cartel.
3.3.- Obras cuyo presupuesto supere la
suma de $ 1.000.000.- (pesos un millón): 20 metros cuadrados en uno o más
carteles.
3.4.- Obras cuyo presupuesto supere la suma
de $ 3.000.000.- (pesos tres millones): 40 metros cuadrados en dos o más
carteles.
Artículo 4°: Iluminación: Cuando el
presupuesto de obra o monto de contratación supere la suma de $ 1.000.000.- el
o los carteles deberán estar iluminados.
Artículo 5°: Estructura de Sostén: La
estructura será adecuada al tamaño y materiales del cartel.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese y
archívese.
Dr. Raúl Antonio Glavinich
Subsecretario de Inform. Pública y
Comunicación Social
Ministerio Coordinador
__________________________________________