picture_as_pdf 2009-06-22

DECRETO Nº 1051


Santa Fe, 11 de junio de 2009

VISTO:

El expediente Nº 00101-0190327-2 del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona el otorgamiento de asueto al Personal Docente y de la Administración Pública Provincial que fuere designado como Autoridad de Mesa en los comicios a llevarse a cabo los días 05 de Julio y 06 de Setiembre del año en curso, conforme el Decreto Nº 0157/09 modificado por el Decreto Nº 0397/09; y,

CONSIDERANDO:

que por la Ley Nº 12.367 se ha adoptado para la Provincia el sistema electoral de Comicios Primarios, Abiertos, Simultáneos y Obligatorios de un solo voto por ciudadano, para la elección de candidatos para presentarse a los Comicios Generales de Autoridades Provinciales, Municipales y Comunales;

que mediante Acordada Nº 0005/09, el Excelentísimo Tribunal Electoral de la Provincia, ha aprobado la Estructura Operativa de Designación y Capacitación de Autoridades de Mesa, solicitando además, que este Poder Ejecutivo disponga de los recursos necesarios para hacer frente a los gastos que demande la implementación de la misma;

que previéndose la utilización preferente de establecimientos educativos como lugares de votación, resulta necesario liberar a los mismos de las restricciones que en materia de utilización de los servicios telefónicos imponen los artículos 3º, 4º y 6º del Decreto Nº 2341/78 y su complementario Nº 1.443/92;

que asimismo, se estima pertinente facilitar la capacitación del personal afectado a dichas tareas comiciales, así como compensar mediante el otorgamiento de la franquicia pertinente, a quienes se desempeñen efectivamente en las mismas el día del acto eleccionario;

que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo por el artículo 72º incisos 15), de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º) Otórgase al Personal Docente y de la Administración Pública Provincial que hubiere sido designado como Jefe de Departamento, de Fracción, de Locales y Autoridades de Mesa, dentro de la Estructura Operativa Electoral, aprobada por Acordada Nº 0005/09 del Excelentísimo Tribunal Electoral de la Provincia, para los Comicios Primarios, Abiertos, Simultáneos y Obligatorios a realizarse el día 05 de Julio de 2009 y en los Comicios Generales a realizarse el día 06 de Setiembre del corriente año conforme el Decreto Nº 0157/09 modificado por el Decreto Nº 0397/09, un asueto equivalente a media jornada de labor, cada día, de la correspondiente a su situación de revista, con la finalidad de justificar su asistencia a los cursos de instrucción que a tal fin se dictarán por la Secretaría Electoral.

ARTICULO 2º) Concédese un día de franquicia compensatoria -sin pérdida de Presentismo-, al Personal Docente y de la Administración Pública Provincial que hubiere sido designado como Autoridad de Mesa en los comicios que se hace referencia en el Artículo precedente y que efectivamente haya cumplido tales funciones, lo que acreditará mediante la presentación de la correspondiente documentación.

ARTICULO 3º) Dispónese la liberación de pulsos telefónicos en los establecimientos educacionales dependientes del Ministerio de Educación, donde funcionen mesas de sufragio desde veinte (20) días antes y hasta el día posterior al de los Comicios Primarios, Abiertos, Simultáneos y Obligatorios y de los Generales, ampliándose dicho período en los locales escolares donde se establezcan los Jefes de Departamento y los de Fracción, a treinta (30) días antes y una (1) semana después.

ARTICULO 4º) Refréndese por el señor Ministro de Gobierno y Reforma del Estado y la señora Ministra de Educación.

ARTICULO 5º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

Lic. Elida Elena Rasino

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