JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JORGE ALBERTO ROMERO
Por orden señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Octava Nominación Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: “SPOLIDORI NILDA ESTER c/OTRA s/Ejec. Hipotecaria (Exp. 1945/2001)“ se ha dispuesto que el martillero Jorge Alberto Romero, (Mat. 161-R-6), venda en pública subasta al último y mejor postor el día treinta y uno de mayo de 2018 a las 12,30 hs en el Hall del Juzgado de 1era Inst. de Circuito de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez (Prov. de Santa Fe) el inmueble hipotecado a favor de la actora consistente en: El lote 17A del plano de mensura y subdivisión Nº 139927/97 y que en mayor área se describe como Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado situado en Villa Gob. Gálvez, Dep. Rosario, señalado como lote 17 de la manzana 14 en el plano del Agr. Helio H. Zambrano y archivado en el Dep. Topográfico de la Provincia bajo el N° 65.701 del año 1950 y de acuerdo al mismo se halla ubicado en calle Avellaneda entre las Av. Mitre y Gral. Mosconi, comenzando su ubicación a los 42,25mts de la Av. Mitre hacia el S y mide 9 mts. de frente por 48 mts. de fondo, lindando al N. con el lote 18 y fondos del lote N° 4, al S. con parte del lote N° 16 , al E. con parte del lote Nº 5 y al O. con calle Avellaneda, todos de la misma manzana y plano.-Dominio Inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario al T° 782 F° 73 N° 376644 Dep. Rosario.- Del certificado del Registro General de la Propiedad consta la Hipoteca que se ejecuta al T° 564B F° 334 N° 376645 por U$S 20.500.- de fecha 29/8/2000 a favor de la actora mediante escritura N° 127 de fecha 7/8/2000 pasada por ante escribana Reg. 66.- De resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente. Exhibición del inmueble los dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 11 a 12 hs.-. El bien saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo a las constancias de autos, con una base de pesos trescientos veintitrés mil ochocientos cincuenta y dos ($ 323.852). Seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% y de persistir la falta de interesados se retirará la oferta. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra y la comisión de ley al martillero actuante (3%), en efectivo y/o cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pago mencionados conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del martillero los importes de las deudas que posea el inmueble. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, sucursal caja de abogados para estos autos y a la orden de este juzgado. En caso contrario, deberá abonarse por el retraso, en concepto de interés, la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 del CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual, de superar el importe de $30.000 se realizará por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/ o el martillero actuante a la AFIP. Se hace saber, asimismo, que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, no permitiéndose la compra en comisión. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pese sobre el bien inmueble (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F Código Fiscal). No se aceptarán mejoras inferiores a $1.000. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia del dominio a su favor. Se excluye la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Conforme resolución 745 AFIP Cuit Martillero 20-11270660-8 y DNI demandada 18482592.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales.- Rosario, 16 de Mayo de 2018. Santiago M. Malé Eranclo, secretario.
$ 650 356971 May. 22 May. 24
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POR
FLORENCIA G. GROSSO
Por disposición de la Sra. Jueza de la Instancia C.y C. de Circuito N° 30 de Sastre en autos caratulados “COMUNA DE MARÍA JUANA c/GUARDAMAGNA, DANTE LUIS CRISTÓBAL s/Apremio Municipal -Expte. 31/2015”, que se tramitan por ante este Juzgado, ha ordenado que la Martillera Pública Florencia G. Grosso, matrícula N° 1001, CUIT N° 27-27636705-1, venda en publica subasta el día 08 de Junio de 2018, a las 9 hs. o el inmediato posterior hábil, a la misma hora, si aquel resultare feriado, en el juzgado de Pequeñas Causas Comunitarias de la localidad de María Juana, el siguiente inmueble: “un terreno ubicado en calle Gral. López s/n esquina Laprida de esta localidad de María Juana Departamento castellanos Provincia de Santa Fe... Según descripción de ficha registral...c) También en una tercera parte indivisa, una fracción de terreno ubicada en el radio del pueblo de María Juana y que forma la mitad parte Este de la manzana o cuadra designada en el plano de dicho pueblo con el número setenta y cinco, cuya fracción mide: cincuenta y seis metros veintinueve centímetros en los frentes Norte y Sud, o sea de Este a Oeste, por ciento doce metros y cincuenta y ocho centímetros de fondo y contrafrente al Este, o sea de Norte a Sud, equivalente a una superficie de tres mil trescientos treinta y siete metros y doce centímetros cuadrados... “.- Se aclara por el presente como se aclara en la medida cautelar, que la misma fue dispuesta en relación al lote número 8 (Ocho) de la manzana número setenta y cinco (75) de la localidad de María Juana, provincia de Santa Fe, según plano de mensura N° 48187/67, con una superficie de 412,50 m2. La Tercera Parte Indivisa (1/3) de dicho lote consta inscripta a nombre de Dante Luis Cristóbal Guardamagna al dominio referido (Tomo 168 Impar, Folio 1353, N° 16178) como parte de una fracción mayor descripta bajo el punto “I” apartado “c”, y que según titulo forma la mitad parte E de la manzana N° 75 y tienen una superficie de 3.337,12 m2.- Titular Registral: el demandado. El Registro General al 09/02/2018 informa que a nombre del expresado no se registran Hipotecas ni inhibiciones. Embargos: 1- de fecha 31/05/2016. Aforo N° 68742. Expte. de estos autos. Monto $33.875,17, Observaciones: Con, deducciones de venta y de lo subastado sin poder determinar si subsiste remanente. Consta Cesión de Derechos y Acciones s/Lote 1 el 12/09/78 al N° 23093 F 376 T 47.- Catastro informa al 16/03/2018: Partida Impuesto Inmobiliario N° 08-44-00-573668/0007-4. Avalúo fiscal $566,12.-API: informa al 13/04/2018, no registra deuda, exención.- La Comuna de María Juana informa al 10/04/2018 que adeuda Obra Pavimento urbano la suma de $94.325,00 a la fecha. -La Constatación efectuada el día 17/11/2016, por el Juez Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Esmeralda, Pcia. De Santa Fe, dice: se procedió a constatar un lote baldío, cubierto de malezas, sin persona alguna, completamente desocupado y sin mejoras. Firmado: Eldo Juan Carlos Marozzi, Juez Comunitario de las Pequeñas Causas.- Condiciones de la Subasta: El inmueble saldrá a la venta con la base del Avalúo fiscal $556,12, de no haber ofertas con la retasa del 25% $363,09 y de persistir la falta de oferentes, sin base y al mejor postor. El que resulte comprador deberá abonar el 10% de seña a cuenta de precio y la comisión de ley del martillero, el 3% (o mínimo establecido por Ley N° 7547), todo en dinero en efectivo. El saldo será abonado una vez aprobada la subasta, a los cinco días de recibir ejecutoriedad el acto mencionado, previa notificación y por cédula en legal forma. Establécense a cargo del comprador los impuestos y/o tasas que graven el bien, a partir de la toma de posesión. Se podrá ver el inmueble dos días anteriores a la subasta en horarios a convenir por la tarde. Todo lo que se publica a sus efectos legales, en le BOLETÍN OFICIAL y estrados del Juzgado. Por el término de ley y Sin cargo. Mayores informes en Secretaría del Juzgado y/o Martillera, 03406-15416009. San Jorge. Sastre, 15 de Mayo de 2018.- María Laura Savignano, secretaria.
S/C 357024 May. 22 May. 24
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Por
JUAN JOSE MARIA ENRICO
Por disposición Señor Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Quinta Nominación Rosario, Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría autorizante hace saber en autos “BARTOLI, RAFAEL RAMON s/ CONCURSO PREVENTIVO - HOY QUIEBRA”, Expte. 143/2005, se ha dispuesto que el Martillero Juan José María Enrico, Mat. 771-E-10, CUIT 20-11118925-1, venda en pública subasta el día 07 de Junio de 2018, a las 17,00 hs., en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros, sita Entre Ríos 238 de Rosario, el 100% del siguiente inmueble: “Un lote de terreno con lo todo en el edificado, clavado y plantado, situado en la calle Chacabuco, entre el Pasaje Carlos Casado (Hoy Pasaje Falcón) y calle Amenábar del Barrio Calzada de esta ciudad, el que está señalado con el número TRES de la Manzana letra G, al Sur del Pasaje Carlos Casado (Hoy Pje. Falcón) y que de acuerdo con el plano registrado bajo el n° 30.352, del año 1931, está ubicado a los 20,68 mts. del citado Pje. hacia el Sud, y se compone de: 9,93 mts. de frente al Oeste, por 18,186 mts. de fondo, y linda: al Oeste con la calle Chacabuco; por el Norte con el lote 2; por el Sud con el lote 4; y por el Este con parte de los lotes 26, y 6, de la misma manzana”.- Informa el Registro General Rosario: Dominio inscripto al T° 384 C, F° 110, N° 146.906, Dpto. Rosario, a nombre del fallido. No Informa Hipotecas. No Informa Embargos. Informa Inhibición s/t/r: Aforo 337416. Fecha de inscripción 17/05/2005. Tomo 15. Letra IC. Folio 332. Sin monto. Obs: Se tomó razón de la rectificación del tipo y Nro. de documento al T. 10 MI F° 25 de Marginales s/n 336186 de fecha 21/05/2015, siendo el correcto L.E. 6.121.050. Orden Autos y Juzgado del presente trámite.- El bien saldrá a la venta con carácter de Ocupado, con la Base de $ 600.000,00, de no existir oferta, se ofrecerá con una retasa del 25% y, de persistir la falta de oferentes, con última base de $ 400.000,00. Quién resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio ofertado, en carácter de seña y a cuenta de precio, con más el 3% más IVA del precio de venta en concepto de comisión del martillero, en efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio; para el caso de que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000,00, no se realizará en efectivo, pudiendo optar por los medios de pago mencionados o por depósito previo al día de la subasta de dicho monto en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80, Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010.- El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta y, si intimado el adquirente no efectuara el pago, se dejará sin efecto la misma, con apercibimiento del artículo 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario, -Sucursal 80- Caja de Abogados, a la orden de este Tribunal y para estos autos, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A., por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. Se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por el Tribunal y/o martillero actuante a la AFIP.- Queda prohibida la compra por terceros.- Los impuestos, tasas y contribuciones que se adeudaren a partir de la fecha de declaración de quiebra, como así también los gastos e impuestos por transferencia, levantamiento de gravámenes, toma de posesión, regularización del planos e I.V.A, si correspondiere, quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente, y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar, así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado.- Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente.- El adquirente deberá obtener la protocolización en el Registro General de las diligencias relativas a la venta y posesión mediante la intervención de un escribano público. Toda cesión de los derechos y acciones que emerjan de la subasta, deberá efectuarse por escritura pública.- Edictos diarios Boletín Oficial sin cargo y ‘El Forense’. Publicidad adicional diario La Capital de Rosario y volantes.- Exhibición del bien a subastar desde tres días antes de la fecha de subasta, en el horario de 14:00 a 15:00 horas.- Copias de títulos agregados en autos a disposición de los interesados, en Secretaría, no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia de los mismos una vez realizada la subasta.- Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar.- Secretaría, 15 de Mayo del 2018. Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria.
S/C 357170 May. 22 May. 29
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