L.G. ARGENTINA S.R.L.
CONTRATO
Por estar así dispuesto, en los autos caratulados L.G. ARGENTINA S.R.L., s/inscripción, expte. Nº 289, folio nº 77, año 2014, tramitado por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que Lucas Bernardo Gueseloff, argentino, soltero, D.U. 26.120.486, domiciliado en Saavedra 2462, Depto. 01 de Santa Fe, y Norberto Esteban Gueseloff, argentino, divorciado, D.U. 10.714.613, con domicilio en Saavedra 2462, Depto. 01 de esta ciudad de Santa Fe, convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, conforme a las siguientes cláusulas:
Denominación: L.G. ARGENTINA S.R.L.
Duración: 20 años a partir de la fecha de inscripción en el R.P.C.
Objeto Social: por cuenta propia, o de terceros o asociadas a tercero, tanto dentro como fuera del país, las sgtes. actividades: a) Servicios de toma de lectura de medidores de luz, agua y gas; b) Servicios de limpieza, mantenimiento, desinfección de espacios verdes y edificios; c) Servicios de diseño, proyección ejecución y mantenimiento de obras eléctricas, civiles y viales; d) Gestión de servicios en gral. públicos o privados, sean por concesión o licitación; e) Prestación de servicios de asesoramiento, implementación y ejecución de programas operativos, y toda clase de operaciones vinculadas con la actividad consultora en aspectos financieros, administrativos económicos e inclusive jurídicos.
Capital Social: Se establece en $ 200.000.- dividido en 200 cuotas partes de $ 1.000.- c/u, totalmente suscripto s/detalle: Lucas Bernardo Gueseloff, 190 cuotas partes de $ 1000.- c/u. totalizando $ 190.000.- y Norberto Esteban Gueseloff, 10 cuotas partes de $ 1000.- c/u. totalizando $ 10.000.-
Se integra el 25% ($ 50.000.-) en efectivo y el saldo en dos años.-
Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de un socio, que actuará como gerente. -
Sindicatura: Se prescinde de la misma.-
Resoluciones Sociales: se toman de manera unánime por ambos socios.-
Ejercicio Comercial: fecha de cierre de ejercicio, fijado el 31 de mayo de cada año.-
Sede Social: Se fija en calle J. de Garay 3077, 1º Piso Depto. B de Santa Fe.-
Gerencia: Se designa al Cont. Lucas Bernardo Gueseloff.-
Santa Fe, 15 de mayo de 2014.- Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 75,90 230213 May. 22
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SPRING WHITE S.R.L
MODIFICACION DE CONTRATO
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. B de la Ley de Sociedades Comerciales, se hace saber sobre la modificación del contrato social de SPRING WHITE S.R.L. de acuerdo a lo siguiente:
1) Fecha de resolución de la sociedad que aprobó la modificación del contrato: 6 de mayo de 2014.
2) Capital social: El capital Social se fija en la suma de pesos Doce Mil ($ 12.000) divididos en un mil doscientas (1200) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una; que está totalmente suscripto e integrado por el señor Muguerza Agustín Ignacio y la señora Muguerza Valeria Marcela en la siguiente proporción: Muguerza Agustín Ignacio (600) Seiscientas Cuotas representativas de Pesos Seis Mil ($ 6.000), y Muguerza Valeria Marcela, (600) Seiscientas Cuotas representativas de Pesos Seis Mil ($ 6.000). Conforme a lo anterior, el capital se encuentra totalmente integrado.
3) Administración y Fiscalización: La administración de la sociedad será ejercida por el socio Muguerza Agustín Ignacio, o quien él designe. A tal fin usará su propia firma con el aditamento “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social. La Fiscalización estará a cargo del socio Muguerza Agustín Ignacio.
$ 52 229547 May. 22
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REMISERIA SAN MARTIN
CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “REMISERIA SAN MARTIN s/CONTRATO” (Expte. 1846/2013) de trámite por ante el Registro Público de Comercio, se hace saber que se ha dispuesto publicar el siguiente edicto:
En la ciudad de San Genaro, Provincia de Santa Fe, a los 22 días del mes de Noviembre de 2013, se reúnen los Sres. Ricardo Augusto Venier, argentino, D.N.I. N° 13.195.676, C.U.I.T. Nº 20-13195676-3, estado civil casado en primeras en primeras nupcias con Macerata, Graciela Alicia, nacido el 08 de Septiembre de 1957, con domicilio en San Martín N° 1120 de la ciudad de San Genaro (2146), de profesión comerciante; y Graciela Alicia Macerala, argentina, D.N.I. 12.202.647, C.U.I.T. N° 27-12202647-2, estado civil casada en primeras nupcias con Ricardo Augusto Venier, nacida el 11 de Mayo de 1958, con domicilio en calle San Martín Nº 1120 de la ciudad de San Genaro (2146), Provincia de Santa Fe, de profesión comerciante, todos hábiles para contratar, convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por la Ley 19.550 y sus modificaciones en general.
Primero: Denominación La sociedad girará bajo la denominación de “REMISERIA SAN MARTIN”.
Segundo: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de San Genaro, Provincia de Santa Fe, en la calle San Martín N° 1120 (2146).
Tercero: Duración: El término de duración será de 50 (cincuenta) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Cuarto: Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar servicios de transporte por automotor de pasajeros de corta, media y larga distancia y de conformidad con las concesiones, permisos y/o autorizaciones que le otorguen las autoridades competentes en el orden Nacional, Provincial o Municipal, utilizando vehículos propios o de terceros o subcontratando servicios afines o pudiendo tomar representación o comisiones tanto en el país como en el extranjero. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y, ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
Quinto: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Setenta Mil ($ 70.000) divididos en Siete Mil cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una valor nominal, totalmente suscriptas por cada uno de los socios, de acuerdo al siguiente detalle: El socio Ricardo Augusto Venier, suscribe Tres Mil Quinientas (3.500) cuotas de capital representativas de Pesos Treinta y Cinco Mil; el Socio Graciela Alicia Macerata, suscribe Tres Mil Quinientas (3.500) cuotas de capital representativas de Pesos Treinta y Cinco Mil; Las cuotas se integran en un 25% por ciento en dinero efectivo en este acto, o sea que los socios integran la suma de pesos Diecisiete Mil Quinientos ($ 17.500) que se justificará mediante la boleta de Depósito del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal San Genaro, Santa Fe. En consecuencia el capital integrado en este acto asciende a la suma de pesos Diecisiete Mil Quinientos ($ 17.500) y el saldo de pesos Cincuenta y Dos Mil Quinientos”($ 52.500) se comprometen a integrarlo, también en efectivo dentro del plazo de un año, contado desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Sexto: Administración, Dirección y Representación: La administración, dirección, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de Ricardo Augusto Venier (C.U.I.T. 20-13195676-3) y Graciela Alicia Macerata (C.U.I.T. 27-12202647-2), que se designan en carácter de Socios gerentes que ejercerán la gerencia teniendo el uso indistinto de la firma social.
Séptimo: Fiscalización: Reunión de socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones asentarán en un libro especial rubricado, que será el libro de actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar y firmado por todos los presentes. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el art. 158 de la citada ley.
Octavo: Balance General y Resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 21 de Noviembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio.
Una vez confeccionado el balance general, por intermedio de uno de los gerentes, se convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración, en la forma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiere realizarse, el balance se considerará automáticamente aprobado si, dentro de los 10 días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de los socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de éstas se destinarán el 5% para la constitución de la “Reserva Legal”, hasta que la misma alcance el 20% del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan movilizables, dentro de los términos del artículo 70 de la ley 19.550 y sus modificaciones. Salvo lo dispuesto por el artículo 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebranto de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojare pérdidas, ésta se cargará a las reservas especiales y, defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley 19.550 y sus modificaciones. Las pérdidas de capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.
Novena: Cesión de Cuotas: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir proporcionalmente sus cuotas. Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a todas las condiciones establecidas por la ley 19.550 en el artículo 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros sino con el consentimiento unánime de los socios.
El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios; quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de 30 días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.
Décima: Fallecimiento o Incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar: a) por continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente incapaz o eliminado. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales, deberán unificar su personería y presentación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores; b) por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, ausente, incapaz o eliminado, puedan tener con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte o declaración de ausencia, incapacidad o eliminación del socio, con citación de los herederos sucesores o representantes, a cuyos efectos deberán los mismos actuar bajo única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b) el importe resultante se le abonará a los herederos o sucesores en veinticuatro cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las veintitrés restantes a partir de los sesenta días en veintitrés meses respectivamente debidamente actualizadas con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina, para préstamos de capital ajustables, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania, exclusión, etc. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad, en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la sociedad, en el término de diez días de ocurrido el fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de ésta comunicación se entenderá que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas por este artículo.
Décimo Primero: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19.550 y sus modificaciones. En tal caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías estipuladas en el punto séptimo decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 112 de la ley 19.550, e instrucciones de los socios. Realizando el activo y cancelando el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado en moneda constante; y b) el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.
Décimo Segundo: Diferencias entre los socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la Interpretación del presente documento o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o participación de la sociedad será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe, a cuya competencia se someten los socios, expresamente renunciando, a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponderles.
Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada; y previa lectura y ratificación del presente documento, a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obliga en forma legal, firman el mismo en 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha más arriba indicados. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 11 de Abril de 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 350 229494 May. 22
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ARTEMIO GERMONDARI E HIJOS S.R.L.
AUMENTO DEL CAPITAL
1. Socios: Gustavo Daniel Germondari, con Documento Nacional de Identidad número 22.259.126, con domicilio en Boulevard Santafesino 279 de la localidad de Coronel Arnold, casado en primeras nupcias con Valeria del Carmen Savini, nacido el 3 de Mayo de 1971, con C.U.I.T. 20-22259126-1 Silvio Adrián Artemio Germondari, con Documento Nacional de Identidad número 21078205 con domicilio en Boulevard Santafesino 279 de la localidad de Coronel Arnold casado en primeras nupcias con Jorgelina María Rosa Bianchi, nacido el 4 de Noviembre de 1969 con C.U.I.T. 20-21078205-3 y Artemio Pedro Germondari, con Libreta de Enrolamiento número 6.173.528, con domicilio en Boulevard Santafesino279 de la localidad de Coronel Arnold, casado en primeras nupcias con Ana María Frattin, nacido el 30 de Agosto de 1938, con C.U.I.T. 20-06173528-4; todos argentinos, productores agropecuarios. Mediante instrumento de fecha 6 de Setiembre de 2013 se decide un aumento del Capital Social por la suma de $ 400.000.00 mediante la capitalización parcial de los saldos de las cuentas particulares de los socios al 30/09/2012, quedando la nueva redacción del artículo quinto del Contrato Social como sigue:
Artículo Quinto: Capital: El Capital social se fija en la suma de Pesos Seiscientos Sesenta Mil ($ 660.000.00 ) dividido en Seiscientas Sesenta (660) cuotas partes de Pesos Mil ($ 1000,00) cada una, que los socios suscriben e integran de la manera siguiente: el socio Artemio Pedro Germondari, suscribe trescientas treinta (330) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Trescientos treinta mil ($ 330.000.00) y que le corresponden, ciento treinta (130) cuotas de capital por tenencia anterior y doscientas (200) cuotas de capital por capitalización parcial del saldo de su cuenta particular según Estados Contables al 30/09/2012, el socio Silvio Adrián Artemio Germondari suscribe ciento sesenta y cinco (165) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Ciento sesenta y cinco mil ($ 165.000.00) y que le corresponden, sesenta y cinco (65) cuotas de capital por tenencia anterior y cien (100) cuotas de capital por capitalización parcial del saldo de su cuenta particular según Estados Contables al 30/09/2012 y el socio Gustavo Daniel Germondari suscribe ciento sesenta y cinco (165) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Ciento sesenta y cinco mil ($165.000.00) y que le corresponden, sesenta y cinco (65) cuotas de capital por tenencia anterior y cien (100) cuotas de capital por capitalización parcial del saldo de su cuenta particular según Estados Contables al 30/09/2012
$ 85 229527 May. 22
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CABLETEL S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Mediante Asamblea N° 14 llevada a cabo en el local social de la firma el día 07/02/14, en base al punto quinto del Orden del Día, se procedió a designar nuevo Directorio por un período de dos ejercicios, según el siguiente detalle: Presidente: Sr. Norberto Omar Bertero, casado, con domicilio en Belgrano 1109 de la localidad de Arequito, con D.N.I. 13.479.807, con C.U.I.T. 20-13479807-7 Vicepresidente: Sra. María Beatriz Alessandría, viuda, con domicilio en Av. Colón 934 de la localidad de San José de la Esquina, con D.N.I. 10.989.014, con C.U.I.T. 27-10989014-1 y Director Suplente: Sra. Flavia Margarita Grau, casada, con domicilio en 1° de Mayo 725 de la localidad de Arequito, con D.N.I. 20.478.583, con C.U.I.T. 27-20478583-5, todos argentinos, comerciantes, hábiles para contratar. Establecen sus domicilios especiales en los enunciados para cada uno.
$ 45 229526 May. 22
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MOSAICOS LA CANDELARIA
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
El Sr. Fabián Darío Castagna, con C.U.I.L. 20-31498761-7, que acredita su identidad mediante Documento Nacional de identidad N° 31.498.761, nacido el 31 de Agosto de 1985, soltero, domiciliado en calle Güemes 3018 de la ciudad de Casilda y la Srta. Daniela Ayelén Castagna, con C.U.I.L. 27-34855667-9, con Documento Nacional de Identidad número 34.855.667, nacida el 18 de Febrero de 1990, soltera, con domicilio en calle Güemes 3018 de la ciudad de Casilda, ambos argentinos, comerciantes y hábiles para contratar, únicos socios de MOSAICOS LA CANDELARIA S.R.L., mediante reunión de fecha 16/04/2014 deciden modificar la cláusula sexta del Contrato Social a los efectos de que el Gerente sea indistintamente un socio o no socio de la empresa. Se redacta a continuación la nueva cláusula.
Sexta: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo indistintamente de un socio o no socio, quien en su respectivo carácter de “Gerente” de la sociedad, hará uso de la firma social en forma indistinta e individualmente para todos los actos y contratos de la sociedad. A tal fin, usará su propia firma con el aditamento de “Gerente” precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 788 y 1881 del Código Civil y decreto 5965/63, artículo 9, con la única excepción de prestar flamas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. A tales efectos se designa al señor Daniel Alberto Castagna.-Presente en el acto, el Sr. Daniel Alberto Castagna, con D.N.I. 12.222.792, argentino, comerciante, acepta el cargo y establece domicilio en la calle Güemes 3018 de la ciudad de Casilda.
$ 57 229523 May. 22
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GIAGO S.R.L.
AUMENTO DEL CAPITAL
Mediante reunión celebrada el 21/09/2013 según Acta N° 7, que consta en Libro de Actas de Reunión N° 1 en su folio N° 8, los socios; la señorita Agustina Pastorini, con Documento Nacional de Identidad número 33.128.419, con domicilio en San Martín 775 de la localidad de Villa Mugueta, soltera, nacida el 5 de Octubre de 1987, con C.U.I.T. 27-33128419-5 y el señor Giuliano Pastorini, con Documento Nacional de Identidad número 31.088.424, con domicilio en calle San Martín 775 de la localidad de Villa Mugueta, soltero, nacido el diez de Enero de 1985, con C.U.I.T. 20-31088424-4 ambos argentinos, comerciantes y hábiles para contratar, en su carácter de únicos socios de la sociedad, convienen el aumento del Capital Social en la suma de $ 480.000.00 mediante la capitalización parcial de sus saldos de cuentas particulares. La nueva redacción del Artículo Quinto queda como sigue:
Artículo Quinto: Capital: El Capital social se fija en la suma de Pesos Seiscientos Noventa y Cuatro Mil ($ 694.000.00) dividido en Seiscientas Noventa y Cuatro (694) cuotas partes de Pesos Mil ($ 1000.00) cada una, que los socios suscriben e integran de la manera siguiente: el socio Giuiano Pastorini, suscribe trescientas ochenta y ocho (388) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Trescientos ochenta y ocho mil ($ 388.000.00) y que le corresponden, ciento cuarenta y ocho (148) cuotas de capital por tenencia anterior y doscientas cuarenta (240) cuotas de capital por capitalización parcial del saldo de su cuenta particular según Estados Contables al 30/09/2012 y la socia Agostina Pastorini suscribe trescientas seis (306) cuotas de capital o sea la suma de Pesos Trescientos seis mil ($ 306.000.00) y que le corresponden, sesenta y seis (66) cuotas de capital por tenencia anterior y doscientas cuarenta (240) cuotas de capital por capitalización parcial del saldo de su cuenta particular según Estados Contables al 30/09/2012.
$ 70 229521 May. 22
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ABI ODONTOLOGIA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Señor Juez de la. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª. Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, ordénase la publicación del siguiente aviso referido a la reconducción, cesión de cuotas y aumento de capital de ABI ODONTOLOGIA S.R.L.:
Integrantes: Sergio Jorge Hiskin, argentino, nacido el 22 de Septiembre de 1959, D.N.I. Nº 13.502.796, C.U.I.T. Nº 20-13502796-1, de estado civil divorciado de Ana Alicia Gerson, según Resolución No. 3963 de fecha 19 de Diciembre de 2006 del Tribunal Colegiado de Familia de la 5a. Nominación de Rosario, Expte. Nº 863/06, domiciliado en 3 de Febrero 1223, Piso 1° de la ciudad de Rosario, de profesión odontólogo; y Andrea Elisa Feldman, argentina, nacida el 30 de Marzo de 1978, D.N.I. Nº 26.538.416, C.U.I.T. Nº 27-26538416-7, soltera, domiciliada en Balcarce 462, P. Baja Dto. B de la ciudad de Rosario, de profesión odontóloga.
Reconducción: Habiendo operado el vencimiento del plazo de duración de la sociedad el 7 de junio de 2011, y no habiendo realizado la inscripción de la prórroga de la sociedad antes del mismo, los dos únicos socios acuerdan la reconducción de “ABI ODONTOLOGIA S.R.L.”.
Cesión de Cuotas: Que por instrumento de fecha 11 de Marzo de 2014, la Srta. Andrea Elisa Feldman, ha vendido, cedido y transferido la totalidad de su participación en el capital de ABI ODONTOLOGIA S.R.L., compuesta de 15 cuotas de $ 120 cada una, que representan un total de $ 1.800 (Pesos Un mil ochocientos) a la Srta. Zalia Mariel Hiskin, argentina, nacida el 22 de Junio de 1992, D.N.I. Nº 35.751.772, C.U.I.T. Nº 27-35751772-4, soltera, domiciliada en 1° de Mayo 844, Piso 3°, Dto. B de la ciudad de Rosario, de profesión estudiante.
Aumento del capital: Se dispone aumentar el capital social de ABI ODONTOLOGÍA S.R.L. en la suma de $ 192.000, con lo cual el mismo quedará fijado en la suma de $ 204.000 dividido en Un mil setecientas cuotas de $ 120 cada una. Este incremento es totalmente suscripto por los socios de la siguiente manera: el Sr. Sergio Jorge Hiskin suscribe un mil trescientas sesenta cuotas por valor de $ 163.200; y la Srta. Zalia Mariel Hiskin suscribe doscientas cuarenta cuotas por un valor de $ 28.800. La integración del aumento de capital se realiza en efectivo, aportando en este acto el veinticinco por ciento.
Contrato social:
1.- Fecha del instrumento: 11 de Marzo de 2014.
2.- Denominación: ABI ODONTOLOGIA S.R.L.
3.- Domicilio: Ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Sede social: 3 de Febrero 1223 Piso 1° de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
4.- Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse a la prestación de servicios odontológicos por cuenta propia ó de terceros, ó asociada a terceros.
5.- Plazo de duración: Veinte años contados desde la fecha de la inscripción de la Reconducción en el Registro Público de Comercio.
6.- Capital Social: Es de $ 204.000 (Pesos Doscientos cuatro mil) representado por Un mil setecientas cuotas de $ 120 valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios de la siguiente manera: el Señor Sergio Jorge Hiskin suscribe Un mil cuatrocientas cuarenta y cinco cuotas por un valor de $ 173.400, y la Srta. Zalia Mariel Hiskin suscribe Doscientas cincuenta y cinco cuotas por un valor de $ 30.600.
7.- Administración y Fiscalización: La administración está a cargo del socio Sergio Jorge Hiskin, quien es designado gerente. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
8.- Representación legal de la sociedad: Corresponde al socio gerente, quien tendrá todas las atribuciones de ley, quedándole sólo prohibido comprometer el patrimonio social para asuntos o negocios ajenos a la sociedad o para garantía de terceros.
9.- Fecha de cierre del ejercicio: El 31 de Marzo de cada año.
$ 120 229513 May. 22
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GENZANO PROPIEDADES S.A.
EDICTO COMPLEMENTARIO
1) Fecha de Cierre de Ejercicio: El ejercicio económico cierra el 31 de diciembre de cada año, a esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones vigentes y normas técnicas en la materia.
$ 45 229509 May. 22
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C&M SERVICIOS AGROPECUARIOS S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del señor Juez en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, en autos C&M SERVICIOS AGROPECUARIOS S.R.L. s/Prorroga y Modificación Expte. 364-14, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto:
Según acta Nro. 19, con fecha 13-2-14, los socios decidieron modificar el Artículo cuarto y sexto del Contrato Social, inscripto al Tomo 157, Folio 25406, Nro. 1966 y su modif. Tomo 159, Folio 10593, Nro. 879, quedando redactado de la siguiente manera:
Cuarta: La sociedad tendrá una duración de 30 años a partir de la inscripción del contrato social en el Registro Público de Comercio (17-11-2006)
Sexta: La administración, dirección y marcha de los negocios estará a cargo de uno o más gerentes socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento Gerente o Socio Gerente, según el caso precedida de la denominación social actuando en forma individual, indistinta y/o alternativamente cada uno de ellos. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones podrán efectuar todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna incluidos los especificados en los artículos 782,1881 de código civil y decreto 5964-63, articulo 9, y los de prestar fianza o avales a favor de terceros. Se designa como socio gerente al Sr. Iván Jesús Amachan, quien actuara acorde esta cláusula.-
$ 55 229470 May. 22
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LA ELSITA S.A.
ESTATUTO
Conforme al acta constitutiva de LA ELSITA S.A. a los efectos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, se publica por el término de ley:
Datos de los Socios: Elsa Beatriz Montironi, argentina, D.N.I. 5.946.454, viuda, C.U.I.T. 27-05946454-5 de 62 años de edad, nacida el 8 de Junio de 1951, de profesión comerciante, con domicilio en Sarmiento 1011-Chovet-Santa Fe; Hernán Javier Bradas, argentino, D.N.I. 22.691.226, soltero, C.U.I.T. 20-22691226-7, de 42 años de edad, nacido el 10 de Abril de 1972, de profesión comerciante, con domicilio en Sarmiento 1011-Chovet-Santa Fe; Betiana Haydee Bradas, argentina, D.N.I. 25.410.557, C.U.I.T. 27-25410557-6, soltera, de 37 años de edad, nacida el 10 de Junio de 1976, de profesión comerciante, con domicilio en Sarmiento 1011-Chovet-Santa Fe; Virginia Bradas, argentina, D.N.I. 31.753.851,C.U.I.T. 27-31753851-6, soltera, de 28 años de edad; nacida el 20 de Mayo de 1985, de profesión comerciante, con domicilio en Sarmiento 1011-Chovet-Santa Fe.
Fecha de Constitución: 3 de Septiembre de 2013.
Denominación: “LA ELSITA” SOCIEDAD ANONIMA.
Domicilio: San Juan 3797, Rosario, Provincia de Santa Fe.
Objeto Social: a) explotación agrícola, ganadera, directa o indirecta, por si o por terceros, de establecimientos rurales propios o de terceros; b) compra, venta, explotación, arrendamiento, locación, leasing y administración de toda clase de inmuebles con excepción de las actividades establecidas en los Art. 1 y 9 de la Ley Nº 13154.
Plazo de Duración: 99 (noventa y nueve) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital Social: La suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000) divididos en cinco mil (5.000) acciones ordinarias nominativas no endosables, clase “ A “, con derecho a 5 (cinco) votos por acción, de $ 100 (pesos cien) cada una, valor nominal.
Las mismas son suscriptas e integradas de la siguiente manera:
ACCIONISTAS ACCIONES SUSCRIPTAS INTEGRACION
MONTIRONI
ELSA BEATRIZ 1250 Acc $ 125.000 $ 31.250
BRADAS
HERNAN JAVIER 1250 Acc $ 125.000 $ 31.250
BRADAS
BETIANA HAYDEE 1250 Acc $ 125.000 $ 31.250
BRADAS VIRGINIA 1250 Acc $ 125.000 $ 31.250
TOTALES 5000 Acc $ 500.000 $ 125.000
Administración, Dirección y Representación Legal: Estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, durarán en sus funciones tres ejercicios.
Fueron designados como Presidente la señorita Bradas Virginia, y como Directores Suplentes la señorita Montironi Elsa Beatriz y la señorita Bradas Betiana Haydee. En el mismo acto fueron aceptados los cargos y fijados los domicilios particulares de cada uno.
Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura tomando a su cargo los señores accionistas el contralor.
Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de diciembre.
$ 88 229564 May. 22
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GAM S.R.L.
CONTRATO
Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de “GAM S.R.L”
Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio legal en calle Boulevard Buenos Aires 361, de la localidad de Arteaga; pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país y del extranjero. Duración: El término de duración se fija en cinco años a partir de la inscripción de la presente reactivación ante el Registro Público de Comercio Objeto: El objeto de la Sociedad será la elaboración y comercialización de productos de panadería, confitería y golosina. Capital Social: El Capital Social asciende a la suma de Pesos doscientos mil ($ 200.000) el que se encuentra dividido en 2.000 cuotas de Pesos cien ($ 100) cada una valor nominal, suscripta por los socios de la siguiente manera: A) La Socia María Inés Teresa Piatti suscribe mil cuotas de Capital de Pesos cien ($ 100) cada una, que representan la cantidad de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) del capital; B) El socio Gustavo Martín Piatti suscribe mil cuotas de Capital de Pesos cien ($ 100) cada una, que representan la cantidad de Pesos Cien Mil ($ 100.000) del capital; el Capital Social se encuentra integrado de la siguiente manera: con el Capital anterior, más el 25% del aumento que se integra en este acto y el 75% restante que se integrará en el término de dos años a contar de la firma del presente instrumento, todo en efectivo. Administración, Disección, y Representación: Estará a cargo de Un Gerente, designándose a María Inés Teresa Piatti. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de Socio Gerente, o Gerente según el caso, precedida de la denominación social.- El Gerente en cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos que sean necesarios, como así también los contratos, para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluidos o los especificados en los artículos Nros. 782 y 1881, del Código Civil y Decreto; 5965/63 a favor de terceros, por asuntos, operaciones o .negocios ajenos a la sociedad.- En caso de ausencia y/o imposibilidad física ó jurídica del Gerente nombrado, y por razones de urgencia y necesidad, podrá ocupar dicho cargo, cualquier otro Socio o no que surja mediante resolución social. Debiendo inscribirse. Fiscalización. Reunión de Socios. La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de todos los socios.- En las deliberaciones por asuntos de la Sociedad expresarán en un libro especial rubricado, que será el libro de Actas de la sociedad detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19550. Balance General y Resultados La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de Junio de cada año.- Dichos balances se confeccionarán con sujeción a las normas legales y criterios técnicos legales usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también el estado de resultado del ejercicio General. Una vez confeccionando el Balance General, la Gerencia convocará a reunión de Socios, afín de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración, en las condiciones establecidas en la cláusula séptima.- Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiere realizarse, el balance se considerará automáticamente aprobado si dentro de los diez días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuere objetada por la mayoría del Capital Social, objeciones que en tal caso deben efectuarse por escrito y fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias de estas se destinarán el 5% (el cinco por ciento) para la constitución de la Reserva Legal hasta que la misma alcance al veinticinco por ciento del capital social.- Podrán constituirse otras reservas facultativas, de acuerdo al art. 70 de la Ley 19550.- Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma Ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivos integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares.- Si el ejercicio arrojará pérdidas, estas se cargan a las reservas especiales y en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro.- Las pérdidas del capital que insuman el capital social no importará la disolución de la sociedad si los socios acuerdan el reintegro. Cesión de Cuotas Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desiste de la compra los restantes podrán adquirir sus cuotas en proporción a su participación social. El socio que se propone ceder deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a sus consocios, por medio de la gerencia, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de 30 días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y forma de pago. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la Sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración. Fallecimiento o Incapacidad. En caso de fallecimiento o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente.- En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma quien no tendrá las facultades de los gerentes ni de los liquidadores, b) Por retirarse de la sociedad percibiendo el -valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapaz o declaración de ausencia. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días del fallecimiento, incapacidad, o declaración de ausencia, con citación de los interesados, a cuyo efectos se deberá unificar la personería.- El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes, en plazo no mayor de cinco año, en cuotas trimestrales, actualizadas y con un interés sobre saldo fijada por el Banco de la Nación Argentina, para prestamos de capital ajustable.- El representante de los herederos podrá ser socio o no de la sociedad, en caso de ser Socio queda sin efecto la prohibición establecida anteriormente. Disolución y Liquidación La Sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19550.- En tal caso la liquidación se practicará por el Gerente, en ejercicio en ese momento, salvo que los socios por la mayoría establecida en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta días de haber entrado la Sociedad en ese estado.- Los liquidadores actuarán de acuerdo a la Ley 19550 Diferencia Entre Los Socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios, y/o sus representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo, o al tiempo de la disolución, liquidación, o partición, de la Sociedad, será sometido a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia se someten los socios, expresamente renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponderle.
$ 183 229557 May. 22
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DON CESAR TRANSPORTE S.R.L.
CONTRATO
Datos Personales de los Socios: Juana Alicia Majic, argentina, nacida el 15 de mayo de 1956, divorciada, titular del D.N.I. Nº 12.143.419, C.U.I.T. 27-12143419-4, empresaria, con domicilio en calle Libertad n° 728 de Serodino, Provincia de Santa Fe, y Conrado Hipólito Lanatti, argentino, nacido el 23 de febrero de 1936, soltero, titular del D.N.I. N° 6.170.780, C.U.I.T. 20-06170780-9, empresario, con domicilió real en calle Libertad n° 728 de la localidad de Serodino, Provincia de Santa Fe.
Fecha de Instrumento de Constitución: 21 de noviembre de 2013.
Razón Social: “DON CESAR TRANSPORTE” Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Domicilio: Libertad n° 728 de Serodino, Provincia de Santa Fe.
Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades: transporte de cargas generales, cereales y oleaginosas, fertilizantes y agroquímicos, productos peligrosos, sustancias químicas, combustibles y cualquier otra sustancia o elemento que sea susceptible de ser transportado.
Plazo de Duración: Veinte (20) años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá prorrogarse por diez (10) años más, por resolución que se tomará por mayoría de votos que represente como mínimo las tres cuartas partes del capital social, debiendo inscribirse la misma en el Registro Público de Comercio.
Capital Social: Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000) dividido en veinticinco mil cuotas de pesos diez ($ 10) cada una.
Organo de Administración: Un Socio Gerente, dura dos años.
Juana Alicia Majic, D.N.I. N° 12.143.419.
Fiscalización: A cargo de todos los socios.
Representación Legal: Obliga y representa a la sociedad, el Socio Gerente.
Cierre del Ejercicio: 30 de junio de cada año.
$ 65 229517 May. 22
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DE VICENZO CEREALES S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Modificada el día 01 de Abril de 2014. Cedente: Mariano José De Vicenzo, D.N.I. N° 25.942.826, argentino, nacido el 13 de Octubre de 1977, con domicilio en calle J. Hipólito Vieytes 529, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante, soltero,
Cesionarios: sr. Fernando Andrés De Vicenzo, argentino, nacido el 19 de Julio de 1971, D.N.I. Nº 22.300.121, con domicilio en calle Tucumán 1051, 5° “A”, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, comerciante, soltero y la Sra. María angélica gulla. D.N.I. N° 11.127.635, C.U.I.L. Nº 27-11127635-3, argentina, nacida el 02 de Junio de 1954, con domicilio en Ruta 34 Km. 37, Zona Rural, Lucio B. López, Provincia de Santa Fe, comerciante, de estado civil casada en primeras nupcias con Walter L. Mateo , Denominación: “DE VICENZO CEREALES S.R.L.”. Domicilio: Tucumán 1015, 5° piso, Dpto. “A”, de la ciudad de Rosario. Valor Total Cesión: El Sr. Mariano José De Vicenzo, titular de dos mil (2000) cuotas sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas sociales que tiene suscriptas e integradas, de valor nominal Pesos Cien ($ 100) cada una de dichas cuotas, en favor del Sr. Mariano José De Vicenzo, la cantidad de 900 cuotas de $ 100 cada una, representativas de un capital de $ 90.000 y en favor: de la Sra. María Angélica Gulla, la cantidad de 100 cuotas de $ 100 cada una, representativas de un capital de $ 10.000, por lo tanto la venta se realiza por un total de $ 100.000 (Pesos cien mil) Nueva Composición del Capital Social: $ 200.000 (Pesos doscientos mil), Sr. Fernando Andrés De Vicenzo, 1.900 (Un mil novecientas) cuotas sociales, de valor nominal $ 100 (Pesos cien) cada una, representando las mismas $ 190.000 (Pesos ciento noventa mil), y Sra. María Angélica Gulla, 100 (Cien) cuotas sociales, de valor nominal $ 100 (Pesos cien) cada una representando las mismas $ 10.000 (Pesos Diez mil).
Dirección y Administración: a cargo de un gerente el Sr. Fernando Andrés De Vicenzo.
$ 75 229507 May. 22
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AHS S.R.L.
CONTRATO
1) Socios: Gastón Kunst, argentino, nacido el 06 de Diciembre de 1984, soltero, de profesión empresario, con domicilio en calle Paraguay 481 de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe, D.N.I. 31.115.823, C.U.I.T. 20-31115823-7, Matías Leandro Moccagatta, argentino, nacido el 27 de Septiembre de 1984, soltero, de profesión empresario, con domicilio en calle Dorrego 1468 de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe, D.N.I. 31.095.858, C.U.I.T. 20-31095858-2 y Carla Giuliano Albo, argentina, nacida el 25 de Marzo de 1985, casada en primeras nupcias con Bruno Andrés Faragó, de profesión profesora de inglés, con domicilio en calle Italia 948 Piso 8 Departamento A de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe, D.N.I. 31.432.813, C.U.I.L. 27-31432813-8.
2) Fecha del instrumento constitutivo: 22 de Abril de 2014.
3) Razón social: AHS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
4) Domicilio: Jujuy 2699- Rosario.
5) Objeto social: Prestación del servicio de bar.
6) Plazo de duración: Diez años.
7) Capital Social: Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150.000,00) en 15.000 cuotas de $ 10,00 cada una. Gastón Kunst 9.000 cuotas por un valor de $ 90.000,00, Matías Leandro Moccagatta 3.000 cuotas por un valor de $ 30.000,00 y Carla Giuliano Albo 3.000 cuotas por un valor de $ 30.000,00. Integrando 25% en efectivo y saldo dentro 12 meses.
8) Administración: La administración, dirección y representación de la sociedad será ejercida por un gerente, que podrá o no ser socios. Se designa como gerente a Gastón Kunst que actuará en forma individual.
9) Fiscalización: a cargo de todos los socios.
10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Marzo de cada año.
$ 60 229468 May. 22
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DISTRIPACK S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se ordena la siguiente publicación de edictos, por Resolución de fecha 6 de Mayo de 2.014, mediante la cual se hace conocer las modificaciones de artículos segundo y sexto del contrato social de DISTRIPACK S.R.L., con domicilio en la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe:
Artículo Segundo: Domicilio: La sociedad tendrá domicilio legal en la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.
Artículo Sexto: Administración. Dirección y Representación: La administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, precedido de la denominación social y actuada en forma individual y alternativamente cualquiera de ellos. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna, incluida las especificadas en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63 artículo 9 con la única excepción de prestar fianzas o garantías a terceros por negocios ajenos a la Sociedad; quienes tendrán el uso de la firma social indistintamente para todos los actos, contratos, y obligaciones que sean necesarios para el desenvolvimiento de la misma.
Venado Tuerto, 09 de mayo de 2014
$ 77,55 229565 May. 22
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LAURIA MIGUEL ANGEL
CESION DE CUOTAS
Por estar así dispuesto en los autos caratulados Oficio: del Juzgado Primera Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial 11ma. Nominación, en autos caratulados LAURIA MIGUEL ANGEL s/Sucesorio 1232/10 s/Adjudicación de cuotas, de trámite por ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, Expte. 1341, Folio 50, Año 2013, se hace saber que mediante oficio judicial de fecha 03/10/2013, se ordeno la inscripción de cuotas societarias que tenía el causante, a favor de su cónyuge supérstite doña María Del Rosario Filippi, D.N.I. 03.897.596, y sus hijos Gabriel Alejandro Lauria, D.N.I. 20.181.092; Diego Miguel Lauria, D.N.I. 22.614.035; Gustavo David Lauria, D.N.I. 23.029.948 y Mariana Noemí Lauria, D.N.I. 23.676.505 de acuerdo a la resolución dictada en Santa Fe el día 9 de septiembre de 2013, que dice, VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: Ordenar la inscripción del bien inmueble y de las cuotas societarias a fs. 55, a nombre de los herederos declarados en autos. Ofíciese a sus efectos autorizándose a la profesional interviniente al diligenciamiento.- Insértese y hágase saber.- Fdo. Dr. Gustavo A. Ríos -Juez.-Walter E. Hrycuk, Secretario.- Lo que se publica los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL de esta ciudad de Santa Fe, a los 29 días del mes Abril del 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 99 229542 May. 22 May. 26
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LOGISTICA VERA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Civil y Comercial, Dr. José María Zarza a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista en Autos Caratulados Logística Vera S.A. s/Designación de Autoridades, Expte. N° 59 Folio Nº 118 año 2014, se hace saber que mediante Acta de Asamblea Ordinaria N° 3 de fecha 7 de febrero de 2014, entre los puntos del orden del día, los socios, por unanimidad y en virtud de las condiciones, idoneidad y relaciones humanas que posee para el cumplimiento del objeto social, han resuelto renovar por otro idéntico plazo legal, la función de Director Titular.
Presidente en la persona del Sr. Osvaldo Rogelio Bressan, argentino, D.N.I. N° 17.847.927- C.U.I.T. N° 20-17847927-0, Domiciliado en Pte. Perón N° 922 de la ciudad de Vera (Santa Fe), fecha de Nacimiento 16 de Setiembre de 1966, estado Civil Casado, de profesión Comerciante. Quien a ese efecto tendrá todas las facultades y derechos estipulados en la cláusula sexta del Estatuto Social, y
Director Suplente a Yanina Maricel Del Barco, Argentina, D.N.I. N° 21.049.701- C.U.I.T. N° 27-21049701-9, domiciliada en Pte. Perón N° 922 de la ciudad de Vera (Santa Fe), fecha de nacimiento 29 de julio de 1969, estado civil casada, de profesión docente, quién ocupará el cargo en caso de vacancia del titular, con el alcance previsto en la mencionada cláusula sexta.
Secretaría, Reconquista, 8 de Mayo de 2014. Fdo. Mirian Graciela David, secretaria.
$ 45 229532 May. 22
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DECAROLIS Y BORDIGA S.R.L.
RECONDUCCION
Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, en los autos “DECAROLIS Y BORDIGA S.R.L. s/reconducción, texto ordenado” Expte. Nro. 1816 folio 64 año 2013- se hace saber la reconducción de la sociedad. Como asimismo, que por acta de asamblea del 18 de noviembre de 2013, reunidos los Sres. Juan Luis Decarolis, argentino, apellido materno Angeleri, nacido el 9 febrero de 1939, casado en primera nupcias con Hilda Esther Díaz, comerciante, domiciliado en Hernandarias 1248 de esta ciudad, documento nacional de identidad nro. 5.177.053 y Miguel Angel Bordiga, argentino, apellido materno Tosini, nacido el 16 de enero de 1955, casado en primeras nupcias con Graciela Liliana Saavedra, comerciante, domiciliado en Buenos Aires 1121 de la localidad de Monte Vera, provincia de Santa Fe, se resolvió prorrogar el plazo de duración de la sociedad por Diez años a partir de la fecha de inscripción de la reconducción y aprobar por unanimidad la redacción del nuevo texto del contrato social, que indica. -1) Socios los nombrados; 2) Fecha contrato 18 de noviembre de 2013; 3) Duración: diez años a partir de la inscripción de la reconducción; 4) Objeto: La realización por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades; a) Industriales, relacionadas con la fabricación de máquinas, implantación y/o puesta en marcha de plantas industriales de todos tipo. Fabricación de tanques y accesorios para la industria lechera. Reparación en general de equipos industriales, inclusive embarcaciones, automotores, máquinas, herramientas y afines dentro de la actividad metalúrgica dentro y fuera del país, asimismo la explotación de establecimientos manufacturaros y/o fabriles de cualquier índole que se resolviera realizar; b) Comerciales: Compra venta de bienes muebles, mercaderías en general, materias primas, productos elaborados y semielaborados y frutos del país, importación y/o exportación de los mismo, ya sea por cuenta propia y/o de tercero, ejercer representaciones, comisiones, consignaciones; c) Transportes: por la explotación directa o indirecta de establecimientos propios o de terceros; d) Inmobiliarias: mediante la compraventa, explotación, construcción y administración de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sean urbanos o rurales con facultades de fraccionarlos y lotearlos, inclusive bajo el régimen de propiedad horizontal. Todo con plena capacidad jurídica para llevar a cabo todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directamente con el objeto social. 5) Capital: Se fija en $ 9.000 (nueve mil) dividido en novecientas (900) cuotas de $ 10 (diez) cada una, que los socios suscribe e integran por partes iguales, en dinero efectivo. 6) Administración, Dirección y Representación: estará a cargo de uno o más gerentes, que serán nombrados en asamblea de socios y durarán en su cargo por tiempo indeterminado, con facultades de realizar todos los actos tendientes al cumplimiento del objeto social, asimismo, los previstos en el artículo 1881 del C. Civil con la única limitación de no comprometerla en negociaciones ajenas al giro comercial en prestaciones a título gratuito u oneroso ni para fianzas o garantías de terceros, quienes para obligar a la sociedad, deberán hacerlo con su firma y sello en forma individual e indistinta. En el contrato asumen la calidad de gerentes los socios Juan Luis De Carolis y Miguel Angel Bordiga. Fiscalización a cargo de los socios. Balance cierra el 31 de diciembre de cada año. Domicilio legal: Ruta 11, Km. 497,5 Recreo Sur, Departamento la Capital, Santa Fe. Santa Fe, 6 de mayo de 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 158 229723 May. 22
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DISTRIBUIDORA GAL S.A.
CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: DISTRIBUIDORA GAL S.A. s/Cambio de domicilio, Expte. Nº 349 Folio 79 año 2014, de trámite ante el Registro Público de Comercio de Santa Fe, se hace saber que mediante Acta de Directorio n° 34 de fecha 05 de Abril de 2014, se resolvió fijar nuevo Domicilio Social en calle Blas Parera 10200 de la ciudad de Santa Fe.
Lo que se publica a sus efectos y por el término de Ley.
Santa Fe, 07 de Mayo de 2014. Fdo. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 45 229616 May. 22
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TERRASOLE S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza. Conforme lo ordenado en autos caratulados “Terrasole S.A. s/Escisión- Fusión de Campos Ganaderos S.A. (Modificación Artículo Quinto - Capital) y Nuevo Texto Ordenado” Expte. Nº 47, folio 117, Año 2014, en trámite por ante dicho Registro Público de Comercio, se hace saber que mediante Asamblea General Extraordinaria N° 2 de fecha 16 de diciembre de 2013, se procedió a la aprobación de la fusión por Escisión de Campos Ganaderos S.A. y modificación Parcial del Estatuto Social de Terrasole S.A., (Artículo Quinto- Capital, decidiéndose que el mismo quede redactado del siguiente modo: “Capital: Artículo Quinto: El capital social es de Pesos Seis Millones veintinueve mil cien ($ 6.029.100,00), representado por Seiscientas dos mil novecientas diez (602.910) acciones ordinarias nominativas no endosables de Pesos diez ($ 10,00) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley 19.550”. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.- Dra. Miriam Graciela David, Secretaria.- Reconquista, 09 de Mayo de 2014. Fdo. Mirian Graciela David, secretaria.
$ 99 229647 May. 22
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ANGUS CEREALES S.R.L.
CONTRATO
1) Instrumento: Constitución de Sociedad.
2) Fecha del instrumento: 21 de abril de 2014.
3) Socios: Agustín Socca, argentino, D.N.I. 36.445.358, nacido el 2 de Diciembre de 1991, soltero, con domicilio en calle Avenida Real 9516 de la ciudad de Rosario, de profesión comerciante, de apellido materno Cobe y Martín Alejandro Socca, argentino, D.N.I. 31.535.555, nacido el 1 de Abril de 1985, con domicilio en calle Paraguay 708, piso 8vo, departamento 03 de la ciudad de Rosario, de profesión Contador Público, soltero, de apellido materno Pavese.
4) Denominación: “ANGUS CEREALES S.R.L.”
5) Domicilio legal: Tucumán 951, piso 1, departamento B, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
6) Objeto social: por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, Corretaje y Comercialización de Cereales y Oleaginosas.
7) Plazo de duración: Diez (10) años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
8) Capital social: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Mil ($200.000).
9) Organos de administración y fiscalización. Organización de la Representación: La dirección, administración y representación estará a cargo de Un Gerente Socio quien tendrá el uso de la firma social, anteponiendo siempre a la rúbrica la denominación de la sociedad. El Socio que lleva adelante la gerencia es el Sr. Martín Alejandro Socca. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
10) Fecha de cierre del ejercicio: el 31 de diciembre de cada año.
$ 55 229610 May. 22
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ANCALO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Fecha Prorroga-Aumento de Capital- Objeto. 25 de Abril de 2014.
Integrantes de la Sociedad. Julián Alfredo Csalino, argentino, soltero, nacido 10/05/1968, D.N.I. 20.320.704, C.U.I.T. 20-20320704-3, Comerciante, domicilio Balcarce 579 Rosario y Claudia Patricia Ortiz, argentina, soltera, nacida 16/09/1971, D.N.I. 22.094.835, C.U.I.T. 27-22094835-3, Comerciante, domicilio Balcarce 579 Rosario.
Plazo de Duración. Se prorroga por diez años más a partir de su vencimiento que opera el 15 de Mayo de 2014, o sea hasta el 15 de Mayo de 2024.
Objeto. Los socios modifican el Objeto señalando que el Objeto Social será el de Administración de Inmuebles propios, excluyendo el corretaje.
Capital Social. Se procede Aumentar el Capital hasta la suma de pesos Ciento Veinte mil, que los socios suscriben, el socio Julián A. Casalino suscribe Noventa mil cuotas de un peso cada una representativa de un capital de pesos Noventa mil y el socio Claudia Patricia Ortíz, suscribe treinta mil cuotas de valor un peso representativas de un capital de pesos treinta mil.
$ 45 229627 May. 22
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CAMPOS GANADEROS S.A.
ESCISION-FUSION (Modificación Parcial del Estatuto, Nuevo Texto Ordenado)
Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 83, punto 5, en autos caratulados CAMPOS GANADEROS S.A. S/ESCISION FUSION (Modificación Parcial del Estatuto (Art. 1°, 5°, 6°, 7°, 10°, 11º, 12°, 13°, 14°, 15°; 17° y 20° 13°, 14°, 15°, 20° y 21°) Nuevo Texto Ordenado) Expte N° 46, Folio 117, Año 2014 se hace saber las siguientes Modificaciones del Estatuto mediante Asamblea General Extraordinaria N° 33 de fecha 16 de Diciembre de 2013: Los artículos modificados quedarán redactados del siguiente modo: “Denominación: Artículo Primero: La Sociedad se denomina Campos Ganaderos Sociedad Anónima y se rige por el presente Estatuto”. “Capital: Artículo Quinto: El capital social es de Pesos quinientos mil ($ 500.000,00), representado por cincuenta mil (50.000) acciones ordinarias nominativas no endosables, de Pesos diez ($ 10,00) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley 19.550”. “Acciones - Clase: Artículo Sexto: Las acciones serán siempre nominativas no endosables, pudiendo ser ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias”. “Artículo Séptimo: Cada acción ordinaria, nominativa no endosable suscripta, confiere derecho de Uno a Cinco votos, conforme se determine al suscribir el Capital inicial y en oportunidad de resolver la Asamblea General su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto”. “Administración y Representación: Artículo Décimo: La Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de dos (2) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. La Asamblea General fijará la remuneración del Directorio”. “Designación de Presidente y Vice-Presidente: Artículo Décimo Primero: En el caso que la Asamblea nombre un Directorio compuesto por dos o más miembros y hasta un máximo de cinco, inmediatamente después de celebrada la Asamblea General Ordinaria, el Directorio nombrará en su seno el Presidente y el Vice-Presidente y los demás cargos que resolvieran establecer. El Vicepresidente sustituirá en todas las funciones al Presidente, en los casos de renuncia, fallecimiento, ausencia o cualquier impedimento de éste”. “Reuniones del Directorio - Quórum: Artículo Décimo Segundo: El Directorio funcionará válidamente con la presencia de la mayoría de sus miembros y las resoluciones serán tomadas por mayoría de votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión, incluso el Director que preside la reunión, en el caso de Directorio compuesto por dos o más miembros, cuyo voto decidirá en caso de empate. En caso de muerte o ausencia del Presidente y del Vice-Presidente, las reuniones serán presididas por el Director que designen los miembros presentes. “Garantía de Directores: Articulo Décimo Tercero: En garantía de su gestión, cada Director depositará en la Sociedad Pesos diez mil ($ 10.000) en efectivo o en títulos valores, públicos o privados, computados a su valor nominal. No podrán depositarse en garantía las acciones de la misma Sociedad”. “Facultades del Directorio: Artículo Décimo Cuarto: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la Ley requiera poderes especiales conforme el artículo 1881 del Código Civil y artículo 9 del Decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: a) Operar con toda clase de bancos y demás instituciones oficiales y/o privadas y/o mixtas; b) Establecer agencias, sucursales y otras especie de representación, dentro o fuera del país. c) Otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente; d) Nombrar o remover a uno o más apoderados, otorgándoseles las facultades que juzgue conveniente; e) El Directorio podrá nombrar a uno o más administradores, delegados y/o encomendar a uno o más de sus miembros funciones específicas, técnicas y/o administrativas o encargarles alguna gestión determinada; f) Dar fianzas o garantías de cualquier índole por obligaciones o contratos de terceros; g) Adquirir bienes muebles o inmuebles para el uso de la Sociedad; h) Celebrar contratos de prenda, prendas con registro o hipotecas en garantía de deudas existentes o de créditos que se acuerden a la sociedad; i) Adquirir el activo y pasivo de establecimientos y fondos de comercios. “Representación Legal de la Sociedad: Artículo Décimo Quinto: La representación legal de la Sociedad será ejercida por el Presidente del Directorio o por el Vice-Presidente en los casos previstos por el artículo décimo primero de este estatuto, o por el Directorio para gestiones determinadas”. “Asambleas Convocatorias: Artículo Décimo Séptimo: Todas las Asambleas deben ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley 19550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de la Asamblea unánime”. “Distribución de Utilidades: Artículo Vigésimo: Las ganancias realizadas y liquidas que resulten del Balance anual se destinarán: a) el cinco por ciento
(5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto para el Fondo de Reserva Legal; b) a Remuneración del Directorio; c) a Dividendos de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a Dividendos de las acciones Nominativas no Endosables, ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva, o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción”. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.- Dra. Mirian Graciela David, secretaria. Reconquista, 09 de Mayo de 2014.
$ 396 229648 May. 22
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VOCES S.A.
INSCRIPCION DE DIRECTORIO
Se hace saber que por acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 20 de mayo 2013 se designó el nuevo directorio y por acta de Directorio de fecha 20 de mayo de 2013 se distribuyeron los cargos de directorio quedando el directorio constituido de la siguiente manera: Presidente: Rafael Carlos Caronna, D.N.I. Nº 10.271.232, Vicepresidente: Norberto Valerio Castro D.N.I. N° 8.524.555 y Director Titular: Adolfo Enrique Allegri D.N.I. N° 12.113.569. Los miembros del Directorio constituyen domicilio especial - art. 256 ley 19550 - en calle Córdoba N° 1843 de Rosario.
$ 45 229708 May. 22
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AMRO S.R.L.
MODIFICACION DEL CONTRATO
Por orden del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad, a cargo del Registro Público de Comercio, se informa que por reunión de socio de fecha 23 de abril de 2014, los socios han resuelto por unanimidad lo siguiente: 1) Prorrogar el plazo de duración de la sociedad por un período adicional de diez (10) años a contar desde su vencimiento, es decir, 13 de mayo de 2014, de tal forma que el vencimiento se producirá en fecha 13 de mayo de 2024, si previamente no se resolviera una nueva prórroga o la disolución anticipada.- 2) Aumentar el capital social elevándolo a la suma de ($ 200.000) Pesos Doscientos Mil, divididos en Dos Mil (2000) cuotas sociales de Pesos Cien ($ 100) cada una de ellas, valor nominal, que los socios suscriben e integran, de la siguiente manera: la socia Marta Alicia Fernández, la cantidad de (150) ciento cincuenta cuotas de capital, representativas de ($ 15.000) Pesos Quince Mil; el socio Marcelo Daniel Kohanoff, la cantidad de (150) ciento cincuenta cuotas de capital, representativas de ($ 15.000) Pesos Quince Mil; el socio Ricardo Mario Mena, la cantidad de mil cien cuotas de capital, representativas de ($ 110.000) Pesos Ciento Diez Mil; y la socia Renata Liliana Testa, la cantidad de (600) seiscientas cuotas de capital, representativas, de $ (60.000) Pesos Sesenta Mil.
$ 56 229665 May. 22
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M.B.M. GROUP S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Integrantes de la Sociedad: Marcelo Pablo José Borras, de nacionalidad argentino, con D.N.I. Nro. 6.042.270, nacido el 25/09/1941, de profesión Abogado, de estado civil casado en segundas nupcias con Nelda Lucila Carey, D.N.I. 6.434.281, con domicilio en Av. Del Huerto 1115, 8° piso de Rosario, Pcia. de Santa Fe, con C.U.I.T. Nro. 20-06042270-3; y Cecilia Mana Borras de nacionalidad argentina, con D.N.I. Nro. 25.007.178, nacida el 19/01/1976, de profesión Comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en Av. Del Huerto 1115, 8° piso de Rosario, Pcia. de Santa Fe, con C.U.I.T. Nro. 27-25007178-2
2) Fecha del instrumento: 14 de enero de 2014
3) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto a) la fabricación, comercialización, importación y exportación de prendas de vestir e indumentaria en general, calzado, artículos de marroquinería y accesorios; b) la actividad agropecuaria mediante la explotación de inmuebles y establecimientos propios y arrendados, incluyendo la producción agrícola de todo tipo de especies, inclusive frutícolas, forestales, apícolas y granjeras y todo tipo de ganaderas, como tamberas, cría, engorde e invernada de ganado.
4) Plazo de Duración: Se fija en 20 (veinte) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, es decir, hasta el 21 de enero de 2024.
5) Capital Social: Se fija en la suma de pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000,00)
$ 50 229652 May. 22
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LA TAVOLA S.R.L.
CONTRATO
Nombre de la Sociedad: LA TAVOLA S.R.L.
Socios: Sra. Gabriela Andrea Cazzoli, nacido el 22 de setiembre de 1965, de estado Civil Casada, Documento Nacional de identidad número 17.460.532, C.U.I.T. 27-17460532-2 de profesión contador público nacional, nacionalidad argentina, con domicilio en calle Godoy Cruz 649 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y el Sr. César Leonardo Jijón nacida el 14 de octubre de 1969, de estado civil casado. Documento Nacional de Identidad número 20.923.531. C.U.I.T.: 20-20923531-6 de profesión Comerciante, nacionalidad argentina, con domicilio en la calle Godoy Cruz 649, de la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Duración: 10 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la calle Pellegrini 1038, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Objeto: La sociedad tendrá por Objeto, por si o por cuenta de tercero o bien asociados a terceros, sean personas físicas o jurídicas, las siguientes actividades: Venta de productos alimenticios (carnes, Fiambres, verduras, productos de almacén y todos los derivados de los anteriores) en su estado natural y elaborados, productos de limpieza y golosinas.
Administración y Representación: Estará únicamente a cargo del Sr. César Leonardo Jijón, Documento Nacional de identidad número 20.923.531., a tal fin usará su propia firma con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social.
Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos doscientos mil ($ 200.000), divididos en doscientos mil (200.000) cuotas de Pesos uno, ($ 1) cada una.
Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
Cierre de ejercicio comercial: 28 de febrero de cada año.
Fecha de la constitución: 10 de octubre de 2012.
$ 60 229651 May. 22
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VIENTOS AZULES S.R.L.
CONTRATO
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la constitución social de VIENTOS AZULES S.R.L. de acuerdo al siguiente detalle:
1) Datos personales socios: Roberto Isidoro Orchani, argentino, nacido el 25 de mayo de 1956, D.N.I. N° 12.032.395, C.U.I.T. N° 20-12032395-5, estado civil divorciado según Sentencia N° 7828 del 11 de julio de 1995, dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 1, de la ciudad de Pergamino, de profesión comerciante, con domicilio en calle Sarmiento Nº 980 de la ciudad de Las Rosas; y Patricia María Zaffaroni, argentina, nacida el 25 de mayo de 1958, D.N.I. N° 12.393.482, C.U.I.T. N° 27-12393482-8, estado civil viuda, de profesión comerciante, con domicilio en calle Sarmiento N° 980 de la ciudad de Las Rosas.
2) Fecha del instrumento de constitución: 25/04/2014.
3) Denominación social: VIENTOS AZULES S.R.L.
4) Domicilio y sede social: Sarmiento N° 980, de Lar Rosas.
5) Objeto social: a) compraventa e intermediación en la compraventa, mediante operaciones de comisión y consignación de semillas e insumes para la actividad agrícola, incluyendo el servicio de prueba a campo de tales productos y servicios de marketing de los mismos; b) la realización de todas las actividades inherentes al servicio de logística de distribución de estos productos, con medios propios o de terceros, abarcando desde el almacenamiento, la gestión de stocks, el transporte por cualquier medio y toda actividad vinculada a la distribución, comercialización y gestiones de cobranzas.
6) Plazo de duración: 10 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.
7) Capital social: El capital se fija en la suma de $ 200.000.-, dividido en 20.000 cuotas sociales de $ 10.- cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Roberto Isidoro Orchani 12.000 cuotas sociales; y Patricia María Zaffaroni 8.000 cuotas sociales.
8) Administración y fiscalización: La administración social estará a cargo del Señor Roberto Isidoro Orchani, que hará uso de la firma social en forma individual. Fija domicilio especial en la sede social.
La fiscalización queda a cargo de los señores socios de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.
9) Representación legal: Corresponde a uno o más gerentes, socios o no, con uso de la firma social en forma individual e indistinta cualesquiera de ellos.
10) Fecha de cierre del ejercicio: el 31 de mayo de cada año.
$ 81 229628 May. 22
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PRIMEROS PASOS S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber que el 06 de mayo de 2014 se instrumentaron los siguientes cambios contractuales:
1) Prórroga de duración: Se resuelve prorrogar el plazo de duración por un período adicional de 5 años a contar desde el 06/05/2014, de tal forma que el vencimiento se produzca el 06 de mayo de 2019.
2) Aumento de capital: Se resuelve elevar el Capital Social a la suma de $ 200.000 dividido en 200.000 cuotas sociales de $ 1 cada una, quedando: Elva Ester Olaizola con 160.000 cuotas sociales; y José Alberto Adriani con 40.000 cuotas sociales.
LA GERENCIA
$ 45 229629 May. 22
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“LA EXELENCIA” S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 10°. inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber que el 20 de noviembre de 2012, se instrumentó lo siguiente:
1) Plazo de duración: 10 años a partir de la inscripción de la reconducción social en el Registro Público de Comercio de Rosario.
2) Cambio de denominación: se cambia el nombre “LA EXELENCIA” S.R.L. por “LA EXCELENCIA” S.R.L.
3) Aumento de capital: Se resuelve elevar el Capital Social a la suma de $ 300.000, dividido en 7.500 cuotas sociales de $ 40.- cada una, quedando: Marcelo Daniel Crossetti 1.875 cuotas sociales; Rubén Eduardo Crossetti 1.875 cuotas sociales, Heraldo Federico Isidori 1.875 cuotas sociales, y Eliana Mabel Isidori 1.875 cuotas sociales.
4) Ratificación de Gerente: Se ratifica como Socio Gerente a Marcelo Daniel Crossetti, con uso de la firma social en forma individual. Se dispone la exclusión del nombre del gerente del artículo séptimo del contrato social.
5) Cambio de domicilio y exclusión de la sede social: Se cambia el domicilio de la localidad de Bouquet a la ciudad de Las Rosas, fijando la sede social en Avda. Dickin son Nº 826. Se dispone la exclusión de la sede social del artículo segundo del contrato social.
LA GERENCIA
$ 50 229630 May. 22
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MB AGROPECUARIA S.A.
DESIGNACION DE DIRECTORIO
Cumplimentando las disposiciones del artículo 10° inc. b) y 60 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber que por asamblea general ordinaria del 31 de marzo de 2014, se procede a la elección de los miembros del directorio, de acuerdo al siguiente detalle:
Directores Titulares: Presidente: Aníbal Gustavo Buzaglo, D.N.I. N° 18.406.814, CUIT Nº 20-18406814-2, con domicilio en calle Moreno N° 501 de Ibarlucea, Pcia. de Santa Fe. Vicepresidente: Fernando Javier Boldt, D.N.I. N° 18.478.879, CUIT N° 23-18478879-9, con domicilio en calle Cullen N° 1134, Piso 4°, Dpto. A, de Rosario, Pcia. De Santa Fe. Director Suplente: Saúl Alberto Isacson, D.N.I. N° 11.271.756, CUIT N° 20-11271756-1, con domicilio en calle España N° 65, de Rosario, Pcia. de Santa Fe.
El plazo de duración es de tres ejercicios, o sea hasta la asamblea general ordinaria que considere el balance general a cerrarse el 31/12/2016.
Se fija domicilio especial de los Señores Directores, de acuerdo al art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la misma sede social, sita en calle Tucumán N° 1911, de la ciudad de Rosario.
EL DIRECTORIO
$ 50 229631 May. 22
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CAPEI S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, Secretaría a cargo de la Dra. Montea Gesualdo, en los autos: CAPEI S.R.L. s/ Cesión de Cuotas, Expte. N° 890/14, se ha ordenado el presente a efectos de hacer saber que por Escritura Pública da fecha 20/03/14: El Sr. Oscar Horacio Giardina cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir, quinientas (500) cuotas de pesos cien ($100) cada una, doscientas cincuenta (250) cuotas al Sr. Gabriel Oscar Giardina, por la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000) recibidos en el acto en efectivo y doscientas cincuenta (250) cuotas al Sr. Daniel José Giardina por la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000) recibidos en el acto en efectivo. El capital social continúa siendo de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) dividido en 1500 cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, participando el Sr. Gabriel Oscar Giardina con 750 cuotas de $ 100 cada una, o sea $ 75.000 que representan el 50% del Capital Social; y el Sr. Daniel José Giardina con 750 cuotas de $ 100 cada una, o sea $ 75.000, que representa el 50% del Capital Social Sr. Oscar Horado Giardina cesa a partir de dicho acto en el cargo de Socio Gerente, como consecuencia se modifica la cláusula quinta la cual queda redactada de la siguiente manera: La gerencia de la Sociedad estará a cargo de los socios Daniel José Giardina y Gabriel Oscar Giardina, a tal fin, usarán su propia firma en forma Indistinta, con el aditamento de “socio gerente”, precedido de la denominación social “CAPEI S.R.L.” La Sra. María del Carmen Spahn, casada en primeras nupcias con Oscar Horacio Giardina, Nº 5269771, presta su más y absoluto consentimiento a la cesión de cuotas que efectúa su esposo. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 12/05/l4.
$ 68 229612 May. 22
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CLUSTERS S.R.L.
CONTRATO SOCIAL
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “CLUSTERS S.R.L. s/Contrato, Expte. Nº 324, F° 78, Año 2014” de trámite por ante el Registro Público de Comercio, se hace saber: Barra Fernando Rubén Ceferino, DNI. Nº 18.476.397, CUIT N° 20-18476397-4 y Maguregui Fernando Javier, DNI. Nº 17.466.234, CUIT N° 20-17466234-8, convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, sujeta a las siguientes cláusulas:
Componentes: Barra Fernando Rubén Ceferino, argentino, DNI. N° 18.476.397, CUIT N° 20-18476397-4, casado en primeras nupcias con Lomónaco Claudia Elisa, nacido el nueve de noviembre del año mil novecientos sesenta y siete, con domicilio en calle Mitre 145, de la Ciudad de Gálvez, de profesión Veterinario y Maguregui Fernando Javier, argentino, DNI. N° 17.466.234, CUIT N° 20-17466234-8, casado en primeras nupcias con Villaseñor Graciela Guadalupe, nacido el diecisiete de abril del año mil novecientos sesenta y cinco, con domicilio en Manzana 6 Lote 6 del Barrio las Brisas, Complejo Aires del Llano, Autopista Santa Fe - Rosario Km. 5,5, Santo Tomé, Ingeniero agrónomo.
Fecha de Constitución: 14 de abril de 2014.
Denominación: CLUSTERS S.R.L.
Domicilio: Camino al cementerio de Coronda, Km. 2.5, Zona rural, Coronda, Provincia de Santa Fe.
Objeto Social: Servicio de asesoramiento, consultaría, dirección y gestión empresarial, compra, venta y distribución de alimentos balanceados para animales, compra y venta de productos veterinarios, semillas, agroquímicos e insumos para el cultivo de productos primarios hortícolas y frutícolas, la explotación por si o por terceros de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas, propiedad de la sociedad o de terceros, transporte, importación y exportación. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Plazo de Duración: Noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.-
Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) dividido en doscientas cuotas de pesos mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben de la siguiente forma: Barra Fernando Rubén Ceferino, cien cuotas de pesos mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000) en efectivo y Maguregui Fernando Javier cien cuotas de pesos mil ($1.000.-) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000.) en efectivo. Los socios en este acto integran el veinticinco por ciento del capital suscripto en efectivo a saber: Barra Fernando Rubén Ceferino la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000) y Maguregui Fernando Javier la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000). Los socios se obligan a integrar el saldo dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Composición de los Organos de Administración y Fiscalización: La administración de la sociedad estará a cargo de Maguregui Fernando Javier quien asume el carácter de socio gerente. El uso de la firma social estará a cargo de Maguregui Fernando Javier en forma personal, siendo suficiente su firma personal y el sello de la denominación social.
Representación Legal: La administración de la sociedad estará a cargo de Maguregui Fernando Javier quien asume el carácter de socio gerente. El uso de la firma social estará a cargo de Maguregui Fernando Javier en forma personal, siendo suficiente su firma personal y el sello de la denominación social.
Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de marzo de cada año.-
Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley.
Santa Fe, 24 de abril de 2014. Jorge E. Freyre, secretario.
$ 167 229757 May. 19
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