DECRETO Nº 0464
Santa Fe, 12 Abril 2004
Visto el actual período de Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de
la Provincia, convocada por Decreto Nº 11 de fecha 11 de diciembre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que este Poder Ejecutivo considera necesario el tratamiento de los asuntos
referidos en el Artículo 1 del presente
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Inclúyense en el temario de Sesiones
Extraordinarias de la H. Legislatura de la Provincia, para su tratamiento, los
siguientes asuntos:
* Facultades de los municipios y comunas para la administración del
Impuesto a la Patente Unica Sobre Vehículos.
* Modificación del Artículo 2 de la Ley Nº 11.105.
ARTICULO 2. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
C.P.N. Walter Alfredo Agosto
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