picture_as_pdf 2003-04-22

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

RESOLUCION 014/03

 

SANTA FE, 26 de Marzo de 2003.

VISTO:

El expediente 13301-0096918-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario adoptar medidas a fin de no entorpecer el accionar de la Administración Regional Santa Fe, en oportunidad en que se producen ausencias del Administrador de la misma, C.P.N. Carlos Marcelo Ceballos;

Que existen tramitaciones que por su carácter de urgente no admiten dilaciones, dado que de ello ocurrir, se producirían perjuicios fiscales,

Que en consecuencia corresponde designar a quien lo reemplace para no entorpecer el normal funcionamiento de esa Regional;

Que quien posee la idoneidad y capacidad para cubrir dicho cargo es el actual Subdirector de Asesoramiento Fiscal de Administración Regional Santa Fe;

Que la presente se dicta de acuerdo a lo establecido por el Código Fiscal (t.o. 1997) en su Título Tercero “De los Organos de la Administración Fiscal”, Art. 12° inc. b);

POR ELLO:

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Encomendar para la atención y firma del despacho de la Administración Regional Santa Fe, de la Administración Provincial de Impuestos en los casos de ausencias de su titular, al C.P.N. LUIS MARIO LLADÓS, L.E. 6.262.562, sin perjuicio de las actuales funciones como Subdirector de Asesoramiento Fiscal en dicha Administración Regional.

ARTICULO 2° - Regístrese, notifíquese, comuníquese por Circular y elévese a conocimiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Hecho, archívese.

C.P.N. DAVID ESSAYA

Administrador Pcial. De Impuestos

S/C                   7846     Abr. 22

_________________________________________

 

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

 

CONCURSO DE PRECIOS 6138

 

Objeto: Contratación de una camioneta tipo pick up modelo 1992 en adelante, por un período aproximado de 3000 horas, con destino a Malabrigo y zona rural.

Apertura: 02-05-2003 - Hora: 9

 

CONCURSO DE PRECIOS 6139

 

Objeto: Contratación de una camioneta tipo pick up modelo 1992 en adelante, por un período aproximado de 3000 horas, con destino a la agencia Vera.

Apertura: 02-05-2003 Hora: 9

Consultas y presentación de ofertas: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe Primera Junta 2558 1° Piso - Of. 7 -

Santa Fe Tel. 0342-4505849

S/C       8091     Abr. 22 Abr. 24

_________________________________________

 

SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA

 

NOTIFICACIONES

 

Corresponde Expediente Nº 01501-0016942-9, caratulado: SILVERO GRACIELA - DELEG ZONA SUR MENOR REF: SOLICITA ASIGNACION COMO HABILITADA DE LA DELEGACION ZONA SUR DCCION. MENOR A LA AGENTE DE REFERENCIA.

La Subdirectora General de Despacho a/c, de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, Dra. Liliana Bellone, notifica por este medio a la señora ANGELA GRACIELA SILVERO, que para su conocimiento y demás fines se le informa que en la Resolución Nº 000055 de fecha 12 de marzo de 2003 se ha dispuesto lo siguiente:

ARTICULO 1º) Declarar la caducidad por perención de instancia, de las actuaciones iniciadas en el Expediente Nº 01501-0016942-9, en virtud de haberse excedido con creces el plazo del Artículo 65º del Decreto-Acuerdo Nº 10204/58, sin que la interesada inste la causa y ordenar el archivo de las mismas.

Señora ANGELA GRACIELA SILVERO (Clase 1963 - M.I. Nº 16.306.667) Personal de Planta Permanente de la Dirección Provincial de la Tercera Edad. Jurisdicción Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria. Fdo. Dra. Liliana Bellone. Subdirectora Gral. de Despacho a/c. Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria. Santa Fe, 03 de abril de 2003.

S/C                   7704     Abr. 22

_________________________________________

 

SANTA FE, 3 de Abril de 2003.

Corresponde Expediente 01501-0027339-7, caratulado: SECRETARIA DE ESTADO DE PROMOCION COMUNITARIA REF: S/APROBACION DEL PROGRAMA DE PROMOTORES COMUNITARIOS.

La Subdirectora General de Despacho a/c, de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, Dra. Liliana Bellone, notifica por este medio a el PROGRAMA DE PROMOTORES COMUNITARIOS, que para su conocimiento y demás fines se le informa que en la Resolución 000060 de fecha 20 de marzo del 2003 se ha dispuesto lo siguiente.

ARTÍCULO 1°: Aprobar en todos sus términos el “Programa de Promotores Comunitarios” el que se adjunta y forma parte integrante del presente acto administrativo, el cual será implantado por esta Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria.

PROGRAMA DE PROMOTORES COMUNITARIOS

Jurisdicción Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria. - Fdo. Dra. Liliana Bellone. Subdirectora Gral. de Despacho a/c. Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria.

 

PLANILLA ANEXA “A”

 

Nombre del Programa:

Programa de Promotores Comunitarios

Organismo Responsable:

Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria

Ambito de Aplicación:

Provincia de Santa Fe

Beneficiarios del Proparama:

Personas que a criterio de la Secretaria de Estado, acrediten idoneidad y perfil adecuado para el desempeño de actividades promocionales y se encuentren sin percibir ningún tipo de ingreso económico.

La Secretaria de Estado será la responsable de la selección de los beneficiarios y de la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la acreditación del perfil adecuado que en su caso se establezca, pudiendo delegar estas facultades en los organismos de su dependencia que considere pertinentes de acuerdo a las acciones que los promotores comunitarios deban desarrollar.

Documentación a Presentar por los Beneficiarios:

Los beneficiarios del Programa deberán presentar la siguiente documentación:

1) Ficha única de Beneficiarios de Programas Sociales.

2) Fotocopia de D.N.I. de primera y segunda hoja y del último cambio de domicilio.

3) Declaración Jurada de no percibir ningún tipo de ingreso certificada por autoridad competente.

4) Certificados de estudios de carreras terciarias y/o universitarias a fines al perfil requerido, como egresados o estudiantes regulares, pudiendo requerirse sólo certificación de estudios secundarios en los casos que la Secretaría así lo determine.

Contraprestación:

Los promotores comunitarios desarrollarán actividades que contribuyan a brindar servicios a la comunidad, en los lugares y horarios que se establezcan para las mismas, siguiendo las directivas emanadas por la Secretaria o el Organismo de su dependencia que ésta determine. Estas actividades estarán enmarcadas en líneas de acción previamente definidas por la Secretaría y su desarrollo será supervisado por los organismos competentes, quienes certificarán mensualmente el cumplimiento de la contraprestación.

La carga horaria prevista es de hasta veinte (20) horas semanales.

Monto y Periodicidad de Pago:

Se otorgará la suma de hasta PESOS DOSCIENTOS ($ 200,00) mensuales por todo concepto.

Forma de Pago:

El monto será abonado a los beneficiarios a través de las diversas sucursales del Banco de Santa Fe S.A. o por intermedio de la Dirección General de Administración de esta Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria.

Plazo de Duración:

La vinculación de la Secretaría de Estado con los beneficiarios tendrá una duración de cuatro (04) meses, con posibilidad de renovación por igual período.

La renovación dependerá de la evaluación que se haga de las actividades realizadas por el promotor y de las disponibilidades crediticias.

Esta vinculación no implica relación de empleo alguno, ni genera derechos provenientes de la aplicación de la normativa correspondiente.

Causal de Bajas:

Sin perjuicio de lo establecido en cuanto a la duración del beneficio, el mismo podrá ser dejado sin efecto a solicitud del beneficiario, en cualquier momento, sin expresión de causa, dando aviso a la Secretaría con una antelación no menor a quince (15) días a su desvinculación de las actividades; y por la Secretaría en cualquier momento y en forma unilateral, en los siguientes casos:

1) Incumplimiento de las actividades previstas como contraprestación, según directivas de la Secretaría o el organismo de su dependencia que ésta determine.

2) Comenzar a percibir el beneficiario algún tipo de ingreso económico.

S/C       7705     Abr. 22

_________________________________________