JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
JAIME ADOLFO LAMAS
Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial 4ª. Nominación Rosario, la Secretaria que suscribe haces saber: “Que en autos: CORRADI CARLOS GUSTAVO s/ Quiebra - Expte. 150/07” se dispuso que el Martillero nombrado con oficinas en calle De los Robles 231 de Rosario, proceda a vender en pública subasta el día Martes Diez de Abril de 2012 a las Diez y Seis Horas (10/04/2012 Hora 16) en la Asociación de Martilleros, Entre Ríos 238 de Rosario, los tres lotes saldrán cada uno con una base de $ 14.085; de no haber postores y a continuación con retasa del 25% menos o sea $ 10.564; y si no hubiera ofertas y de inmediato con una base fija e inamovible de $ 4.226; Los Siguientes Lotes; los que se Rematarán en Forma Separada: Designados con los N°S 16, 17 y 18 de la manzana “C” el que según el plano 90.449/77 son linderos entre si y tienen una superficie cada uno de 270 m2 y se describen así: LOTE 16: Se encuentra ubicado en el Pasaje Lola Membrives (Antes Pasaje letra C) entre las calles Alvarez Condarco y Pasaje E hoy Alvarez Condarco y Pasaje Pagano Angélica y mide 10 m de frente al Sud por 27 m de fondo, lindando por su frente al Sud con Pasaje “C”, al Norte con lote 6, al Este con lote 15 y al Oeste con lote 17 Matrícula 16-2795. Lote 17: Se encuentra ubicado en el Pasaje Lola Membrives (antes pasaje letra C) entre las calles Alvarez Condarco y Pasaje “E” hoy Alvarez Condarco y Pasaje Pagano Angélica y mide 10 m de frente al Sur por 27 m de fondo, lindando por su frente Al Sud con Pasaje letra “C”, al Norte con el lote 5, al Este con el lote 16 y al Oeste con el lote 18 Matrícula 16-2796 y Lote 18: Se encuentra ubicado en el Pasaje Lola Membrives (antes Pasaje letra C entre las calles Alvarez Condarco y Pasaje “E” hoy Alvarez Condarco y Pasaje Pagano Angélica y mide 10 m de frente al Sud por 27 m de fondo, lindando por su frente al Sud con Pasaje “C”, al Norte con el lote 4, al Este con el lote 17 y al Oeste con el lote 19 Matrícula 16 - 2797. El comprador deberá abonar en el acto de remate en efectivo, cheque certificado o valores ad-referéndum del Martillero, el 20% de seña, más el 3% de comisión, el saldo de precio una vez aprobada la subasta, de conformidad al art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos. En caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación correspondiente. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. El inmueble saldrá a la venta bajo la condición que da cuenta el acta de constatación (desocupados). Impuestos, tasas, servicios de agua, cloacas, contribuciones y -eventualmente- expensas comunes qué adeudare el inmueble, serán a cargo del comprador, desde el auto declarativo de quiebra; como así también los impuestos que cargue esta compra venta, encontrándose agregados al expediente los informes previos, títulos y demás constancias, por lo que no se admitirán reclamos una vez adjudicado en la subasta. El inmueble será exhibido, los cinco días hábiles antes de la fecha de subasta en el horario de 10 a 11 horas. Para el caso de que las sumas de seña y de saldo al aprobarse la subasta supere los $ 30.000 no podrá realizarse en efectivo, se deberá abonar mediante cheque certificado o en su defecto deberá depositar la día siguiente de la subasta dicho monto en el Banco Municipal de Rosario - Sucursal 80 - Caja de Abogados a la orden de este juzgado y para estos autos según resolución B.C.R.A. Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a Escribano público para confeccionar la escritura traslativa de dominio. El fallido se encuentra inhibido por estos autos y al Tomo 123 I Folio 3950 N° 346809 del 15/06/2011 por el Juzgado Federal Nº 2; Secretaría B de Rosario en autos Banco de la Nación Argentina c/ Otros s/ Cobro de Pesos, Expte. 73.993/1998 por $ 60.000. Rosario, Secretaría, 14 de Marzo de 2012. Raquel A. M. Badino, secretaria.
S/C.- 161475 Mar. 22 Mar. 28
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POR
LEANDRO MACAYA
Por orden del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, la Secretaria que suscribe, hace saber que en los autos: MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN c/ Otros s/ Apremio Fiscal, Expte. Nº 1157/09, se ha dispuesto que el Martillero Leandro Macaya (Matrícula 1746-M-171), venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 29 de Marzo de 2012 a las 10:45 hs. o el día siguiente posterior hábil a la misma hora, en las puertas del Juzgado Comunal de Puerto General San Martín lo siguiente: El Lote número 19 de la Manzana 31, situado en la Colonia Jesús María, actualmente Distrito Puerto San Martín, Departamento San Lorenzo, ubicado, según el plano confeccionado por el Ingeniero Antonio Hure, inscripto número veinte y tres mil ciento treinta y nueve, año mil novecientos cincuenta y nueve, en la esquina Sud-Este, hacia el Oeste, de trece metros de frente por treinta metros de fondo, con una superficie de trescientos noventa metros cuadrados. Linda: al Sud, con calle Pública; al Norte, con fondos del lote 18; al Este, con calle Pública sin nombre; y al Oeste, con lote doce.- Inscripto al T° 120 F° 275 Nº 117235 Dto. San Lorenzo. El inmueble saldrá a la venta en el carácter de ocupación que surge del acta de constatación (Desocupado) y con la Base de $ 19.000.-, de no haber postores con una retasa del 25%, y de persistir la falta de los mismos, saldrá a la venta con una última base del 20% de la primera base. Inf. del Reg. Gral.: libre de inhibiciones e hipotecas, pero sí los siguientes embargos: 1) por $ 6.645,28.- insc al T° 119 E F° 158 Nº 309477 de fecha 05/02/2010.- 2) por $ 6.645,28.- insc. al T° 119 E F° 598 N° 316266 de fecha 02/03/2010.- ambos de estos autos y juzgado. El adquirente en subasta abonará en el momento del remate el 10% del precio en efectivo y/o ch. certificado o cheque cancelatorio, con más el 3% de comisión al martillero actuante y/o comisión mínima. El saldo de precio deberá ser abonado por el adquirente al aprobarse la subasta; caso contrario deberá abonarse por el retraso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe SA, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del CPCC y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Las copias y los títulos agregados a autos están a disposición de los interesados en Secretaría para ser examinados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate (art. 494 incisos 2 y 3 del C.P.C.C.). Hágase saber que estarán a cargo del adquirente los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que se adeudaren, a la fecha de la subasta. Para el caso de compra por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona para la cual adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido el plazo señalado sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó en el acto de subasta. Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial, dejándose constancia que en caso de ser feriado el día fijado para la subasta, la misma se realizará en día inmediato posterior a la misma hora y lugar fijados. A los fines de obtener el título, el adquirente deberá acudir a escribano público a fin de protocolizar los testimonios correspondientes a las diligencias relativas a la venta y posesión para su posterior inscripción en el Registro General; quedan excluidas, por lo tanto las otras opciones previstas en el art. 505 del CPCC. Los gastos, sellados y honorarios notariales, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador, inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles, de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) Impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F. Código Fiscal) e IVA. Precédase a efectuar la publicidad como solicita. Practique el acreedor liquidación del crédito y formule estimación a tenor del art. 495 del CPCC, bajo apercibimiento de no autorizarse los edictos, se autoriza a la exhibición del inmueble como se solicita, dos días hábiles anteriores a la subasta.- Rosario, 16 de Marzo de 2012. Dra. Jessica Cinalli, secretaría.
S/C.- 161485 Mar. 22 Mar. 26
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CAÑADA DE GOMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
OSVALDO MANARESI
Por disposición Señor Juez 1ª. Instancia CCL 2ª. Nominación Distrito Nº 6 Cañada de Gómez, la Secretaria autorizante hace saber en autos caratulados: “Municipalidad de Armstrong c/ L.E. Nº 01.034.813 s/ Apremio, Expte. N° AF 688/06, se dispuso que Martillero Osvaldo Manaresi (Cuit 20-12.004.243-3), proceda a vender en pública subasta en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Armstrong sito en Bv 14 de Diciembre 1565, el día 29 de Marzo de 2012 a partir de 10:00 horas, según proveído de fecha 14/02/12 y auto N° 160 del 08/03/12, el inmueble de propiedad en 3/27 partes indivisas respecto de quien aparecen nombrados a fs 78 de autos situado en Armstrong: Por la base de $ 5.542,80.- y a falta de posturas se retira de venta el que se describe: “Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en el Pueblo de Armstrong, Departamento Belgrano, de esta Provincia, designado en el plano respectivo con el número cinco de la manzana número diez y seis, al Sud de la vía férrea, que mide diez y ocho metros cincuenta centímetros de Este a Oeste, por cincuenta y cinco metros de Norte a Sud; Lindando al Norte, con Boulevard Leones; al Sud con la callejuela Venezuela; al Este, con el lote número cuatro y al Oeste, con el lote número seis, todos de la misma manzana.”- Se encuentra inscripto bajo nota dominial en Registro General de la Propiedad al Tomo 91 Folio 176 Nº 119.481, Departamento Belgrano. De Registro general de Propiedad certificado “C” Nº 105691-0 del 02/02/12: Dominio: titularidad a nombre de los demandados. Embargo: sobre las partes indivisas de los titulares 1) Tomo 116 E Folio 4560 N° 369683 Orden de este Juzgado y para estos autos por $ 14.301,94.- del 10/08/2007. Hipoteca e Inhibiciones: no registran. Constatación revisar a fs. 73 agregado en copia certificada contrato de comodato. Se encuentran glosados en autos estados de deuda de fs. 57 a 71 y títulos de escritura fs. 95/98, por lo que el comprador deberá conformarse con lo existente, sin derecho a reclamo de ninguna especie por falta o insuficiencia de los mismos después de la subasta. El adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 25% a cuenta de precio, más IVA si correspondiere, más el 3% de comisión o mínimo de Ley al Martillero, la que se integrará precio de venta más los impuestos adeudados informados en autos, todo en dinero efectivo en pesos y/o cheque certificado, el saldo dentro de los cinco días de notificada la judicial aprobación en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe, Suc. Cañada de Gómez, a nombre de autos y Juzgado, todo bajo apercibimientos de los Arts. 497 y 499 del CPCC.; los impuestos y/o servicios atrasados de pago creados y/o a crearse hasta su efectivo pago, transferencia de titularidad y/o impuestos que la afectaren, actualización de planos si correspondiere, honorarios profesionales y/u notariales generados de la transferencia de dominio serán a exclusivo cargo del adquirente; de resultar feriado, inhábil o por cualquier motivo que impida el normal desarrollo, se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora, lugar y condiciones. Establécese que la transferencia se deberá realizar mediante Escribano Público. Todo lo que se publica a sus efectos legales y por el término de Ley en Boletín Oficial de Santa Fe (Sin cargo por ser ejecución fiscal) no aceptando reclamo de ninguna naturaleza después de la subasta. Informes en Secretaría de este Juzgado y/o Martillero. Cañada de Gómez, 14 de marzo de 2012. Dr. Mariano Jesús Navarro, secretario
S/C 161416 Mar. 22 Mar. 26
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