REGISTRADA BAJO EL N° 13862
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Establécese el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días para solicitar el procedimiento especial de determinación de deuda previsto por la Ley N° 13116 y modificatorias.
ARTÍCULO 2 - Dicho plazo, se contará a partir de la promulgación de la presente ley y será aplicable a los procesos en curso de ejecución.
ARTÍCULO 3 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional - 7 ENE 2019
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.-
Dr. PABLO G. FARÍAS
Ministro de Gobierno
Y Reforma de Estado
27583
__________________________________________