picture_as_pdf 2009-01-22

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 021

Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL "QUINI-6" PARA EL MES DE FEBRERO DE 2009.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº 00302-0073550-1 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la GERENCIA DE QUINI-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de Febrero de 2009.

Que dicha Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.

Que la misma prevé la realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades "TRADICIONAL", "REVANCHA" y "SIEMPRE SALE" Nros. 1598, 1599, 1600, 1601, 1602, 1603, 1604 y 1605 a sortearse los días 01, 04, 08, 11, 15, 18, 22 y 25 de Febrero de 2009, a las 21,30 horas.

Que el precio de venta al público de cada apuesta del "QUINI-6 TRADICIONAL" para todos los Concursos del mes de Febrero de 2009, se ha establecido en pesos dos ($ 2,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el "QUINI-6 REVANCHA" y en el "QUINI-6 SIEMPRE SALE" se fija en PESOS UNO ($ 1,00) para cada uno.

Que se estima importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional Primer Sorteo, La Segunda del Quini y el Quini-6 Revancha, otorgarán como mínimo un premio de Pesos Un millón quinientos mil ($ 1.500.000.-) cuando se registren ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que se considera conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de Febrero de 2009, un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.

Que en lo que respecta a la modalidad "BRINCO" se prevé la realización de los concursos Nros. 464, 465, 466 y 467 cuyos sorteos se realizarán los días 01, 08, 15 y 22 de Febrero de 2009 a las 21,00 horas.

Que a fin de mantener el interés de los apostadores en esta modalidad, se estima conveniente asegurar como mínimo la suma de Pesos Un millón ($ 1.000.000.-) para el Primer Premio, en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes por venta de apuestas. Igual tratamiento seguirá el Premio Estímulo Agenciero. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6

Que además, en esta modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de Febrero de 2009, diez (10) Premios Adicionales, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos aquellos tickets del respectivo concurso.

Que cada premio adicional será de pesos doce mil ($ 12.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de pesos un mil ($ 1.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

Que los fondos necesarios para el pago de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente, más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación.

Por ello y atento a lo dispuesto por la Ley Nº 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva No 134/2001 y sus modificatorias Nros. 045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar la Programación de Concursos de "QUINI-6" en sus modalidades "TRADICIONAL", "REVANCHA" y "SIEMPRE SALE" correspondiente al mes de Febrero de 2009, la que como Anexo I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 1598, 1599, 1600, 1601, 1602, 1603, 1604 y 1605 a sortearse los días 01, 04, 08, 11, 15, 18, 22 y 25 de Febrero de 2009, a las 21,30 horas.

ARTICULO 2º.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba en el artículo anterior en PESOS DOS ($ 2,00) para participar del "QUINI-6 TRADICIONAL", mientras que los adicionales para participar con la misma apuesta en el "QUINI-6 REVANCHA" y en el "QUINI 6 siempre sale" se fija en pesos uno ($ 1,00) para cada uno.

ARTICULO 3º.- Otorgar un premio extra de pesos trescientos mil ($ 300.000.-) en cada uno de los concursos de QUINI-6 aprobados en el artículo 1º de la presente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 30º del Reglamento del Juego.

ARTICULO 4º.- Asegurar en todos los concursos del mes de Febrero de 2009, como mínimo pesos un millón quinientos mil ($ 1.500.000.-) para el Primer Premio de las modalidades Quini-6 Tradicional Primer Sorteo, La Segunda del Quini y el Quini-6 Revancha, sólo en caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes de Recaudación por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.

ARTICULO 5º.- Aprobar la Programación de Concursos de la modalidad "BRINCO", la que como Anexo II forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 464, 465, 466 y 467 a sortearse los días 01, 08, 15 y 22 de Febrero de 2009 a las 21,00 horas.

ARTICULO 6º.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para los Concursos cuya realización se aprueba en el artículo anterior en pesos dos ($ 2,00).

ARTICULO 7º.- Asegurar en todos los concursos de BRINCO del mes de Febrero de 2009, como mínimo un Primer Premio de pesos un millón ($ 1.000.000.-), sólo en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.

ARTICULO 8º.- Otorgar en cada Concurso de BRINCO del mes de Febrero de 2009, diez (10) premios adicionales, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de apuestas del respectivo concurso.

ARTICULO 9º.- Cada uno de los premios adicionales dispuestos en el artículo anterior será de pesos doce mil ($ 12.000.-) los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

ARTICULO 10º.- La suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los artículos 4º y 7º, como los importes destinados para premios más gravámenes a que refieren los artículos 8º y 9º, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

ARTICULO 11º.- El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, S.A. F. 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 01, Función 30, Inciso 8 - Otras Pérdidas, Partida Principal 04 - Pérdidas Operativas, Partida Subparcial 06 - Premios.

ARTICULO 12º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Santa Fe, 15 de Enero de 2009.-

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

ANEXO I

PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE "QUINI-6" "TRADICIONAL", "REVANCHA"

Y "SIEMPRE SALE"

MES: FEBRERO DE 2009

CONCURSO FECHA FECHA DE PRECIO DE APUESTAS

NUMERO DE PRESCRIP. TRADIC. CON CON S. SALE

SORTEO REVANCHA

1598 01/02/09 16/02/09 $2,00 $3,00 $4,00

1599 04/02/09 19/02/09 $2,00 $3,00 $4,00

1600 08/02/09 23/02/09 $2,00 $3,00 $4,00

1601 11/02/09 26/02/09 $2,00 $3,00 $4,00

1602 15/02/09 02/03/09 $2,00 $3,00 $4,00

1603 18/02/09 05/03/09 $2,00 $3,00 $4,00

1604 22/02/09 09/03/09 $2,00 $3,00 $4,00

1605 25/02/09 12/03/09 $2,00 $3,00 $4,00

Premio Extra: En todos los concursos cuyos sorteos se realizarán durante el mes de Febrero de 2009, se ha establecido otorgar un Premio Extra de pesos trescientos mil ($ 300.000.-).

Horarios de recepción de apuestas:

Sorteo Miércoles: Miércoles 19,30 horas.

Sorteo Domingo: Sábado 20,45 horas.

Santa Fe, 15 de enero de 2009.

ANEXO II

PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 "BRINCO"

MES: FEBRERO de 2009

CONCURSO FECHA DE FECHA DE PRECIO DE APUESTA

NUMERO SORTEO PRESCRIP.

464 01/02/09 16/02/09 $2,00

465 08/02/09 23/02/09 $2,00

466 15/02/09 02/03/09 $2,00

467 22/02/09 09/03/09 $2,00

Todos los Premios Adicionales Especiales de los Concursos del mes de Febrero de 2009 serán de pesos doce mil ($ 112.000.-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de pesos un mil ($ 1.000.-) cada una.

Horarios de cierre de recepción de apuestas:

Sistema on line: Sábado 20,45 horas.

Santa Fe, 15 de Enero de 2009.

S/c 2576 En. 22