REGISTRADA BAJO EL Nº 12497
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1º.- Autorízase
a la Dirección Provincial de Vialidad, a donar al Club
Atlético Timbuense una (1) parcela de terreno,
designada como Lote 2 del plano N° 48417/66, la que
se encuentra ubicada en el distrito Timbúes (ex
Colonia Jesús Maria), Departamento San Lorenzo, lindando con la Autopista
AP-01, sección Noroeste, de una superficie de 4 hectáreas, 71 a., 35 ca, 44 dm2, Partida Impuesto Inmobiliario N° 15-01-00989385/0000, cuyo dominio se encuentra inscripto
al Nº 91417, Folio 947, Tomo 147, departamento San Lorenzo, del Registro
General de Rosario.
ARTICULO 2º.- La donación dispuesta en
el artículo 1° es con el cargo de que la donataria construya en el mismo un
campo de deportes, debiendo iniciar las obras dentro de los dos (2) años de la
toma de posesión del inmueble.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 19 de diciembre de 2005
De conformidad a lo prescripto en el
Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado,
insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en
el Boletín Oficial.
JORGE ALBERTO OBEID
Gobernador de Santa Fe
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