picture_as_pdf 2016-11-21

NUTRITION CARE COMPANY S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Fiscalización - Reunión de Socios: la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentaran en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptaran según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550.

$ 45 306897 Nov. 21

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MEF S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Fecha de modificaciones: 14 de Septiembre de 2016.

Cesión de cuotas: “El capital social se fija en la suma de pesos doce mil ($12.000), dividido en ciento veinte (120) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, que los socios tienen totalmente suscriptas de la siguiente manera: el Sr. Juan Manuel De Rosa la cantidad de ciento ocho (108) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una, o sea la suma de pesos diez mil ochocientos ($ 10.800), representativas del 90% del capital social y la Sra. Natalia Ronda, la cantidad de doce (12) cuotas de capital de pesos cien ($ 100) cada una, o sea la suma de pesos mil doscientos ($ 1.200), representativas del 10% del capital social.

Designación del socio gerente: Se ratifica como socio gerente al Sr. Juan Manuel De Rosa, argentino, nacido el 24 de abril de 1974, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con la Sra. Natalia Ronda, D.N.I. 23.899.742, Nº de C.U.I.T 23-23899742-9, con domicilio en Av. Pellegrini 3635 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 45 306892 Nov. 21

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LLUEN S.R.L.


CONTRATO


1) Datos De Los Socios: Lluen Capuñay José Del Carmen, peruano, nacido el 13 de Abril de 1954, D.N.I. 92.422.699, de profesión perito clasificador de granos, de estado civil casado, con domicilio en calle Pacheco 469, de la ciudad de Rosario, Santa Fe; Lluen Diego Martín, argentino, nacido el 21 de Febrero de 1985, D.N.I. 31.340.447, de profesión perito clasificador de granos, de estado civil soltero, con domicilio en calle Pacheco 469, de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

2) Fecha de Instrumento Constitutivo: 1 de Noviembre de 2016.

3) Denominación de la Sociedad: LLUEN Sociedad de Responsabilidad Limitada.

4) Domicilio de la Sociedad: Ciudad de Rosario. Sede Social: Pacheco 469.

5) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: desarrollar servicios de control de carga y descarga de cereales y subproductos, ya sea a granel o embolsados sobre transporte marítimo o terrestre, aptas para su comercialización.

6) Plazo de Duración: El término de duración se fija en treinta (30) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 300.000, dividido en 300 cuotas de $ 1.000 cada una.

8) Fiscalización: A cargo de todos los socios.

9) Administración y Representación: A cargo de Lluen Diego Martín.

10) Fecha de Cierre del Balance: El 31 de Diciembre de cada año.

$ 45 306957 Nov. 21

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LA KADE S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por estar así dispuesto en expediente Nro. 3924/16, autos caratulados LA KADE S.R.L. s/Cesión de cuotas, por el Sr. Juez en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, a/c del Registro Público de Comercio, ha ordenado la publicación del siguiente edicto:

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las 17 hs, en la sede social de la calle Cerrito 3288 entre los señores: Ojeda Silvia Mabel, argentina, comerciante, nacida el 13 de Julio de 1965, mayor de edad, con D.N.I. 17.280.964, CUIT 27-17280964-8, divorciada de Bassetti Norberto Antonio, sentencia Nº 2106 del 5 de Agosto de 2008 Juzgado de Familia N° 3, en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, con domicilio en calle Cerrito 3288, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Kopec Marcelo Jaime, argentino, comerciante, nacido el 6 de Agosto de 1969, mayor de edad, con DNI 21.058.714, CUIT 20-21058714-5, soltero, con domicilio en calle Cerrito 3288, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, todos mayores de edad y aptos para contratar, y únicos integrantes de la sociedad LA KADE S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario el 12 de Enero de 2015 en Contratos al Tomo 166, Folio 964, Número 56. Se encuentran presentes además Bassetti Vanesa Soledad, argentina, comerciante, nacida el 26 de Septiembre de 1985, mayor de edad, con DNI 31.757.622, CUIL 27-31757622-1, soltera, con domicilio en calle José Hernández 960, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y Bassetti Sofía Agustina, argentina, comerciante, nacida el 9 de Febrero de 1996, mayor de edad, con DNI 39.368.458, CUIL 27-39368458-0, soltera, con domicilio en calle Cerrito 3288, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, como interesadas en la compra de cuotas sociales.

Se ponen seguidamente a consideración los temas objeto de esta reunión, a saber:

Punto Primero: Cesión de cuotas sociales.

Se deja constancia que luego de las negociaciones realizadas se ha llegado al siguiente acuerdo de cesión de cuotas, a saber: Ojeda Silvia Mabel, cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, o sea sus 1.000 cuotas sociales de $ 100 cada una, a Bassetti Vanesa Soledad 500 cuotas sociales, por un importe equivalente a su valor nominal integrado, o sea la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en dinero en efectivo, y a Bassetti Sofía Agustina 500 cuotas sociales, por un importe equivalente a su valor nominal integrado, o sea la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en dinero en efectivo; dejándose constancia que se ha hecho entrega del importe convenido, en dinero en efectivo, previo a este acto, sirviendo el presente de suficiente recibo de pago.

Se deja expresa constancia que se encuentra comprendido en esta venta, todo cuanto pueda corresponder a la cedente como titular de la participación social que vende, ya sea sobre el patrimonio social al momento de la cesión así como cualquier otro concepto que genere derechos para la cedente, quedando las compradoras en el mismo lugar y grado de prelación que correspondía a la misma.

Además la cedente declara que a la fecha tiene sobre la participación societaria que cede, la plena y total disponibilidad por no encontrarse inhibida y no pesar sobré las cuotas gravamen alguno de ninguna naturaleza.

Punto Segundo: Designación de Gerente.

La señora Ojeda Silvia Mabel renuncia a su cargo de Socia Gerente y se resuelve designar Socio Gerente a Marcelo Jaime Kopec.

Punto Tercero: Reforma contractual de la cláusula quinta.

Tal lo dispuesto en los puntos anteriores, se resuelve redactar nuevamente la cláusula quinta referida a capital social, por la dispuesta cesión de cuotas sociales: Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) divididos en dos mil (2.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, suscriptas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Basetti Vanesa Soledad, suscribe quinientas (500) cuotas sociales, de $ 100 (cien pesos) cada una, que representan $ 50.000 (pesos cincuenta mil), Basetti Sofía Agustina, suscribe quinientas (500) cuotas sociales, de $ 100 (cien pesos) cada una, que representan $ 50.000 (pesos cincuenta mil), y Marcelo Jaime Kopec, suscribe mil (1.000) cuotas sociales, de $ 100 (cien pesos) cada una, que representan $ 100.000 (pesos cien mil, Quedan ratificadas las demás cláusulas contractuales o modificadas por el presente instrumento.

$ 140 306904 Nov. 21

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GÁLVEZ CEREALES S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “GALVEZ CEREALES Sociedad Anónima s/Designación de Autoridades - CUIJ N° 21-05192773-4, Año 2.016, de trámite ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que GÁLVEZ CEREALES S.A., mediante Acta de Asamblea Ordinaria de fecha 5 de Octubre de 2.016, ha designado la composición de su Directorio según se detalla: Presidente: Guillermo Adrián Vuelta, DNI 26.078.887, domiciliado en Salta N° 347 de la ciudad de Gálvez, Departamento San Jerónimo, Santa Fe; y Director Suplente: Marcelo Domingo José Aimaro, DNI 18.214.616, domiciliado en Zona Rural de Bdo. de Irigoyen (Santa Fe); con mandatos hasta el 31 de Enero de 2.020 y permaneciendo en sus cargos hasta ser reemplazados en la primera Asamblea Ordinaria posterior. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley. - Santa Fe, 24 de octubre de 2016 - Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 55 307019 Nov. 21

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LA GRINGA TRANSPORTE S.R.L.


CONTRATO


En Rosario, a los treinta y un días del mes de octubre de 2016, se reúnen los señores Mario Alcides Abranchuk, argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Natalia Analía Barberis, D.N.I. Nº 17.828.344, C.U.I. Nº 20-17828344-9 nacido el 30 de agosto de 1966,de profesión comerciante, de apellido materno Gassman, domiciliado en 25 de Mayo Nº 2463 de la ciudad de Zavalla, y Natalia Analía Barberis, soltera, comerciante, domiciliada en 25 de Mayo N° 2463 de la ciudad de Zavalla, de apellido materno Nebreda, nacida el 12 de mayo de 1975, únicos integrantes de la sociedad que gira bajo la denominación de “LA GRINGA TRANSPORTES “ S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos, Al Tomo 162, Folio 31396 y N°2052 del 22 de setiembre de 2011, a fin de proceder a la prórroga de contrato de la mencionada sociedad cuyo contrato social vencerá el 22 de setiembre de 2016, resolviendo prorrogarla por el término de cinco años más, a contar desde el vencimiento del contrato original cuyo vencimiento será el 11 de noviembre de 2016, por lo tanto se cuentan los cinco años desde ese momento, venciendo en consecuencia el 11 de noviembre de 2021.

Los socios también decide por unanimidad realizar un aumento del capital social que actualmente es de $ 150.000 (ciento mil pesos) dividido en 150.000 cuotas de capital de valor nominal $ 10 cada una y que pertenece actualmente a los socios en las siguientes proporciones: Mario Alcides Abranchuk, 120.000 cuotas de capital de valor nominal $ 10 (diez pesos) cada una, lo que representa un capital de $ 120.000 (ciento veinte mil pesos) o sea un 80% del capital social y Natalia Analía Barberis, 3.000 cuotas de capital de valor nominal $ 10 (diez pesos) cada una, lo que representa un capital de $ 30.000, o sea un 20% del capital suscripto. Debe procederse a realizar un aumento de capital para adecuarlo a los requerimientos actuales. Los socios deciden aumentar el capital social en la suma de $ 250.000 y mantener sobre este capital aumentado los mismos porcentajes de participación que poseían sobre el capital social antes de procederse a su aumento. Como consecuencia del aumento de capital efectuado, el capital queda perteneciendo a los socios en las siguientes proporciones: Mario Alcídes Abranchuk 32000 cuotas de capital de valor nominal $ 10 cada una, lo que representa un capital de $ 320.000 (trescientos veinte mil pesos) o sea, un 80% el capital suscripto y Natalia Analía Barberis 8000 cuotas de capital de valor nominal $ 10 cada una lo que representa un capital de $80.000 (ochenta mil pesos), o sea, un 20% del capital. Es voluntad unánime de los socios mantener el capital suscripto en los mismos porcentajes de participación que poseían en el capital social antes de producirse el aumento de capital.

$ 90 306978 Nov. 21

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BAJO DICHOSO S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “BAJO DICHOSO SOCIEDAD ANÓNIMA s/Constitución de Sociedad”, CUIJ N° 21-05192724-6, año 2016, que se tramita por ante el Registro Público de Comercio del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que se ha constituido la sociedad “BAJO DICHOSO S.A.”:

Socios: Adelqui Vignolo, argentino, casado en primeras nupcias, nacido el 27/01/1942, productor agropecuario, D.N.I. N° 6.292.794, CUIT 20-06292794-2, apellido materno Tomatis, domiciliado San Martín N° 930 de Colonia Belgrano; Diego Adelqui Vignolo, argentino, casado en primeras nupcias, nacido el 27/01/1970, productor agropecuario, D.N.I. N° 21.418.337, CUIT 20-21418337-5, apellido materno Menza, domiciliado San Martín N° 930 de Colonia Belgrano; y Darío Martín Vignolo, argentino, casado en primeras nupcias, nacido el 27/04/1974, Ingeniero Agrónomo, DNI N° 23.236.624, CUIT 23-23236624-9, apellido materno Menza, domiciliado en Belgrano N° 757 Dpto 6) de la ciudad de Gálvez.

Fecha instrumento constitución: 22 de Agosto de 2016.

Denominación: BAJO DICHOSO S.A.

Domicilio Legal: San Martín N° 930, de la localidad de Colonia Belgrano, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe.

Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: a) La explotación agropecuaria realizada sobre campos propios o de terceros, consistente en: 1) La producción y comercialización de cereales, legumbres, oleaginosas y/o productos derivados de la agricultura; 2) La explotación de tambos de ganado bovino; y 3) La producción y comercialización de ganado bovino, ovino y/o porcino; b) La locación, arrendamiento y/o administración de toda clase de bienes inmuebles propios; y c) Otorgar préstamos con o sin garantía real; la compra, venta y negociación de valores y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse; otorgar avales y garantías a terceras personas; realizar toda clase de operaciones financieras permitidas por las leyes - con exclusión de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y las previstas en el Artículo 299 - Inciso 4°- de la Ley 19.550, percibiendo intereses y/o comisiones por dichas actividades.

Duración: Noventa (90) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Capital: Ciento Veinte Mil Pesos ($ 120.000), representado por Ciento Veinte (120) acciones ordinarias de Un Mil Pesos ($ 1.000) valor nominal cada una.

Administración y Fiscalización: Son designados por un período de tres (3) años: Presidente: Darío Martín Vignolo; Vicepresidente: Diego Adelqui Vignolo; y Director Suplente: Adelqui Vignolo. En cumplimiento del Art. 256 de la Ley 19.550, los designados fijan como domicilio el determinado en sus datos de identidad personales.Se prescinde de la Sindicatura.

Organización de la Representación Legal: A cargo del Presidente del Directorio.

Fecha cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

Fiscalización: A cargo de los accionistas.

Santa Fe, 24 de octubre de 2016 - Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 152 307016 Nov. 21

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GRUPO CAREY S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En Asamblea General Ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2015 los señores accionistas que representan el 100% del capital social de Grupo Carey S.A., agente de liquidación y compensación y agente de negociación — propio -, eligieron por unanimidad los miembros del directorio por tres ejercicios, conforme, lo prescripto por el art. 10 del Estatuto Social, habiéndose elegido por los ejercicios 2015, 2016, y 2017 a los Sres.: Arturo Victor Trini (apellido materno Lalli, argentino, nacido el 27 de abril de 1957, D.N.I. 12.788.732, CUIT: 20-12788732-3; domiciliado en Montevideo 5596 de Rosario; profesión: empresario; estado civil casado en segundas nupcias con la Sra. Florencia Anatilde Frutos) como presidente; María Mónica Carey (apellido materno Russomanno, argentina, nacida el 10 de febrero de 1955, D.N.I. 11.752.348, CUIT: 27-11752348-4; domiciliada en Belgrano 984 piso 6 de Rosario; profesión: empresaria; estado civil divorciada) como vicepresidente; y Juan Carlos Lucio Greco (apellido materno Roca, argentino, nacido el 13 de diciembre de 1944, D.N.I. 5.503.825, CUIT: 20-05503825-0, domiciliado en Madres de Plaza de Mayo 2820, piso 12-02 de la ciudad de Rosario; profesión: empresario; estado civil soltero) como director titular, quienes aceptaron el cargo en el mismo acto. Asimismo, se eligió por unanimidad al síndico titular Gabriel Carlos Fernández y síndico suplente Pablo Vitali, para el ejercicio 2015.

$ 75 307079 Nov. 21

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MADAME PAMPA S.R.L.


CONTRATO


En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 28 días del mes de agosto de 2016, entre los señores Martínez Jorge Damián DNI 31.398.032, nacido el 20 de julio de 1985, domiciliado en calle Cerrito 53 de Rosario, estado civil soltero, cuit 20-31398032-5; y Ricardo Fabián Aracil, DNI. 13.077.706; nacido el 19 de febrero de 1959, domiciliado en calle Pasaje Alvarado 1574 de Rosario, de estado civil divorciado según resolución homologatoria del divorcio de fecha 23 de diciembre de 1991, tomo 1 folio 178 Nro. 378 expte. “Aracil, Ricardo Fabián c/ Pelosi, Marcela Lidia del Lujan s/ Divorcio Nº 2061/1991 de Juzgado Colegiado de familia Nro. 4 de Rosario, sobre divorcio vincular, cuit 20-13077706-7 todos argentinos y de profesión comerciantes, convienen en celebrar la presente constitución de una Sociedad De Responsabilidad Limitada, que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por las de la ley 19550 en general:

Primera. Denominación: MADAME PAMPA S.R.L.

Segunda. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en la calle Alvear 701 pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.

Tercera. Duración: diez (10) años a partir de su inscripción en el RPC.

Cuarta. Objeto. La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o terceros y/o asociada a terceros, a las siguientes actividades: explotación de establecimientos gastronómicos de restaurant, bar, cafetería y bar temático. En cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relaciones con su objeto.

Quinta. Capital. Ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.-) divididos en 150 (ciento cincuenta) cuotas de pesos un mil ($1.000.-) cada una que suscriben totalmente, el socio Martínez Jorge Damián ochenta y cinco mil pesos (85.000) o sea 85 (ochenta y cinco) cuotas y el socio Aracil Ricardo Fabián sesenta y cinco mil ($ 65.000;-) o sea 65 (sesenta y cinco) cuotas. Integran el 25% en este acto y el 75% dentro de los dos (2) años.

Sexta. Administración, Dirección y Representación. A cargo de un socio gerente, se nombra al Sr. Martínez Jorge Damián como socio gerente y durará en el cargo dos (2) ejercicios, pudiendo ser reelecto.

Séptima. Fiscalización — Reunión De Socios. A cargo de todos los socios, las reuniones se asentarán en Libro de Actas rubricados.

Octava. Balance General Y Resultados. Cierre del ejercicio 31 de diciembre de cada año. Se considerará el balance dentro de los 120 días del cierre y se pondrá a consideración 15 días antes de su tratamiento. Si arroja ganancias se destina 5% hasta cubrir el 20% del capital social para Reserva Legal y el resto se distribuye a prorrata entre los socios. Las pérdidas se acreditarán a las cuentas particulares.

Novena. Cesión De Cuotas. Se harán entre los socios o entre terceros. Se comunicará en forma fehaciente, la resolución se anotará en el libro de Actas y se inscribirá en el RPC.

Décima. Fallecimiento o incapacidad. Los herederos podrán continuar o retirarse con el valor proporcional de las cuotas determinados en un balance que se confeccionará dentro de los 30 días de producido el deceso o la incapacidad.

Décima Primera. Disolución Y Liquidación. Se disolverá según art. 94 ley 19.550.

Décima Segunda. Prohibiciones A Los Socios. Queda prohibido intervenir en negocios afines al objeto social salvo expresa autorización.

Décima Tercera. Diferencia Entre Los Socios. Será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Rosario.

$ 125 307101 Nov. 21

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VENETIAN S.R.L.


PRÓRROGA


Por disposición del señor Juez del Juzgado Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial de la Primera Nominación de Reconquista (Sta.Fe), a cargo del Registro Público Dr José María Zarza, se hace saber que en los autos caratulados “VENETIAN S.R.L. s/Prórroga y Modificación Contrato (Cláusula 2da. Duración)“, Expte. 291 año 2016, instrumentados mediante acta de Reunión de Socios N° 8 de fecha 20/09/2016, ha ordenado la publicación de la misma:

1. Denominación: VENETIAN S.R.L.

2. Inscripción en el Registro Público de Comercio n° 736, T° 2 (dos) F° 357 de S.R.L. de fecha 23/11/2011;

3. Fecha del instrumento a través del cual se decide prórroga del Contrato Social: 20 de septiembre de 2016;

Prórroga del Plazo de Duración - Cláusula Segunda del Contrato Social: Segunda: “El plazo de duración de la Sociedad será de diez años a contar desde la inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo prorrogarse y extenderse el mismo, con el acuerdo unánime de las socias. La prórroga debe resolverse y la inscripción solicitarse ante el Registro Público de Comercio, antes del vencimiento del plazo de duración de la Sociedad”.

Reconquista, 28 de Octubre de 2.016. Dra. David, Secretaria.

$ 118,80 307136 Nov. 21 Nov. 22

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FBM GROUP S.R.L.


CONTRATO


Integrantes: Valentín Gustavo Carrasco, argentino, nacido el 11 de octubre de 1964, soltero, de profesión arquitecto, con domicilio en calle Pasaje Santa Cruz Nº 375 de la ciudad de Rosario titular del D.N.I. Nro. 17.326.299, C.U.I.T. N° 20-17326299-0; y Daniela Beltrame, argentina nacida el 06 de octubre de 1967, soltera, comerciante, con domicilio en calle Pasaje Santa Cruz Nº 375 de la ciudad de Rosario, titular del D.N.I. Nro. 18.389.553, C.U.I.T. Nº 27-18389553-8.

Denominación: FBM GROUP S.R.L.

Domicilio: calle Moreno Nº 495 Oficina 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Fecha De Constitución: 28 de setiembre de 2016.

Duración: Diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto Social: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación comercial de los siguientes rubros: A) La ejecución, dirección y administración de proyectos y obras civiles y además la ejecución de obras civiles de construcción, reparación, refacción y arreglos de edificios y viviendas de todo tipo y dentro de dicho rubro la fabricación y comercialización de objetos y elementos de diseño y decoración. B) Explotación de servicios de prácticas deportivas mediante la locación de espacios para la práctica de fútbol de césped sintético para equipo de 5 jugadores y de servicios de bar dentro de la misma instalación. C) Explotación de espacios para el alquiler de cocheras para automotores en general por el sistema de pago mensualizado, por día o por hora, dentro del tejido urbano de la ciudad de Rosario; contando a tal fin con plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y en general ejecutar todos los actos que no le estén prohibido por normas legales o estipulaciones de este contrato.

Capital Social: Se fija en la suma de $ 500.000.- divididos en 50.000 cuotas de $ 10.- cada una, suscriptas de la siguiente manera: el socio Valentín Gustavo Carrasco suscribe 25.000 cuotas de capital social; la socia Daniela Beltrame suscribe 25.000 cuotas de capital social. Integrado en efectivo el 25% del capital social, el 75 % del resto del capital social será integrado en efectivo, dentro de los 2 años desde la fecha de su constitución.

Administración Y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, quienes durarán en su cargo mientras la asamblea no revoque sus mandatos, debiendo utilizar su firma habitual precedida de la denominación social y seguida de las palabras socio gerente o gerente; quedando designado en el acto de constitución como “Socio Gerente” el socio señor Valentín Gustavo Carrasco, titular del D.N.I. Nº 17.326.299, C.U.I.T. 20-17326299-0.

Fiscalización: A cargo de todos los socios, que la ejercerán por si mismos.-

Cierre De Ejercicio: 31 de agosto de cada año.

$ 100 307134 Nov. 21

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GRUPO NEO S.R.L.


CONTRATO


1-Filiación de datos: Sebastián Belloni. argentino, DNI N° 25.101:803, CUIT N° 20-25101803-13, soltero, nacido el 08/11/1976, diseñador gráfico, con domicilio en calle San Juan 491 de Villa Constitución y Jésica Janina Carozzo. argentina, DNI N° 28.395.099, CUIT Nº 27-28395099-4, soltera, nacida el 23/09/1980, médica, domiciliada en calle Mendoza 529 de la ciudad de Villa Constitución.-

2- Fecha del Instrumento de Constitución: 12/09/16.

3- Denominación social: GRUPO NEO S.R.L.

4- Duración: 10 años desde la inscripción en el Reg. Púb. de Comercio

5- Objeto: Prestación de servicios de publicidad.

6 - Domicilio de la sociedad: Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, en la calle Eva Perón 1627.-

7- Capital Social: $ 150.000 (ciento cincuenta mil pesos) dividido en mil quinientas (1.500) cuotas sociales de $ 100 (cien pesos) cada una.

8- Administración: a cargo del socio Sebastián Belloni, quien actuará como socio gerente, con facultad para obligar a la sociedad con su firma precedida por la denominación social “GRUPO NEO SRL” y el aditamento “socio gerente”.

9- Fiscalización: a cargo de los socios.-

10- Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de agosto de cada año.

11- Suscripción y cuadro de Integración: Sebastián Belloni, 1.200 (mil doscientas) cuotas sociales, representativas de $120.000 (ciento veinte mil pesos) y Jesica Janina Carozzo, 300 (trescientas) cuotas sociales, representativas de $30.000 (treinta mil pesos). Los socios integran en este acto, en dinero en efectivo, el 25 % del capital suscripto, comprometiéndose a integrar el resto, también en efectivo, dentro de los 2 (dos) años contados desde el día de la fecha.

$ 75 307145 Nov. 21

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LOS ABUELOS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por Asamblea General Ordinaria Nº 32 del 15 de marzo 2016 y reunión de Directorio Nº 103 del 4 de julio de 2016, se ha efectuado la elección de Director Titular y Suplente de la sociedad “LOS ABUELOS S.A”, CUIT 30-64257486-4, con domicilio en Avenida Pellegrini 2464 de la ciudad de Rosario, inscripta en el Registro Público de Comercio en Estatutos el 23 de enero de 1990 al Tomo 71, Folio 209, Nº 18, por el término de dos ejercicios, quedando el mismo integrado de la siguiente forma:

Director Titular: Oscar Alberto Andreani, apellido materno Trébol, argentino, casado, nacido el 25 de enero de 1943, con domicilio constituido en calle Hipólito Yrigoyen 2672 de Casilda, de profesión comerciante, DNI Nº 6.134.917, CUIT 20-06134917-1, para el cargo de Presidente del directorio. Director suplente: Juan Carlos Pagura, apellido materno Tettamanzi, argentino, divorciado, nacido el 04 de noviembre de 1946, con domicilio constituido en calle Hipólito Yrigoyen 2672 de Casilda, de profesión abogado, DNI Nº 6.142.352, CUIT 20-06142352-5.

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ESTANCIA MARÍA CRISTINA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


ESTANCIA MARÍA CRISTINA S.A., comunica que por Asamblea General Ordinaria Nº 22 Unánime del dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, resolvió elegir Nuevo Directorio, por lo que el mismo quedó constituido de la siguiente manera: Director Presidente: María Aurelia López D N I 6.480.984, nacida el 16/05/1941, casada, argentina, de profesión comerciante, CUIT 27-06480984-4, domiciliada en Crucero General Belgrano nro 94 de la localidad de Rafaela, y Director Titular Cristian Schaberger DNI 37.451.726, nacido el 23/06/1993, soltero, argentino, de profesión Contador Público Nacional, CUIT 20-37451726-1, domiciliado en Mariano Quiros nro 770 de la localidad de Rafaela. Ambos Directores designados constituyen domicilio especial, a los fines de cumplimentar lo dispuesto por el ultimo párrafo del artículo 256 de la Ley 19550 y sus modificatorias, en Lavalle 201 de la localidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe República Argentina.

Rafaela, 20 de Octubre de 2.016. Dra. Gatti, Secretaria.

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RADIOTELEFONÍA S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


En fecha 21 de Junio de 2001, la Sra. María Amanda Antonia Duarte, L.C. 0.963.375, argentina, comerciante y el Sr. Samuel Gluz, L.E. 6.209.526 ambos socios de Radiotelefonía S.R.L., venden al Sr. Sergio Armando Gluz, D.N.I. 13.377.578, argentino, soltero, nacido el 07/10/1959 con domicilio en calle Urquiza 1365 de la ciudad de Santa Fe la cantidad de 24 (veinticuatro) cuotas sociales cada uno de ellos (total venta 48 cuotas) de cien pesos de valor nominal cada una por el precio total de $5.000 (cinco mil), quedando el capital social de RADIOTELEFONÍA S.R.L. de la siguiente forma, 1(una) cuota social de cien pesos de valor nominal a nombre del Sr. Samuel Gluz, una cuota de valor nominal cien a nombre de María Amanda Antonia Duarte, y 48 cuotas de valor nominal cien cada una, a nombre del Sr. Sergio Armando Gluz. Autos: RADIO TELEFONÍA S.R.L. s/Modificación del Contrato Social C.U.I.J. 21-05192160-4. Santa Fe, 28 de Octubre de 2.016. Dr. Freyre, Secretario.

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INGESEA S.R.L.


CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados INGESEA S.R.L. s/Constitución de Sociedad, Expediente Nº 2006 del año 2016, que tramita por ante el Registro Público, se hace saber:

1) Socios: Sergio Rogelio Sosa, DNI 14.397.614, CUIT 23-14397614-9, de apellido materno Gutiérrez, nacido el 7 de noviembre de 1961, casado en terceras nupcias con María Alejandra Cattáneo, argentino, de profesión ingeniero eléctrico, domiciliado en calle Salta 3334 Departamento 4 de la ciudad de Santa Fe; Esteban Gabriel Sosa, DNI 30.292.525, CUIT 23-30292525-9, de apellido materno Zurita, nacido el 1 de octubre de 1983, soltero, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en calle Corrientes 2741 Departamento 5 de la ciudad de la ciudad de Santa Fe.

2) Denominación: INGESEA S.R.L.

3) Fecha Contrato de Constitución: 14 de octubre de 2016.

4) Plazo de Duración: 99 años desde su inscripción en el Registro Público.

5) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociadas a terceros, en participación y/o en cualquier otra forma contemplada por la legislación vigente, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: Comercial: compra y venta de artículos de ferretería, electricidad, herramientas y repuestos de instalaciones eléctricas, realizar importaciones y exportaciones de mercadería que eventualmente sea necesaria para el desarrollo de la normal actividad de la sociedad. Industrial: instalación, mantenimiento y reparación de redes de energía, gas, agua y otras. Instalaciones para edificios, sistemas de electricidad, iluminación y de señalización tanto eléctricas como electrónicas, alarma, telecomunicaciones, informáticas y otras en comercios, casas de familia, edificios residenciales y no residenciales tanto en inmuebles propios como ajenos, incluyendo trabajos generales de construcción. A tales efectos, la sociedad, tiene amplia capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato y que se vinculen con su objeto social.

6) Capital Social: Cien mil pesos ($ 100.000) distribuidos en diez mil (10.000) cuotas de Pesos Diez ($ 10) de valor nominal cada una.

7) Domicilio Legal: Salta 3364 - Dpto. 4 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

8) Administración y Representación: A cargo de Sergio Rogelio Sosa, D.N.I. 14.397.614, CUIT 23-14397614-9 en calidad da Socio Gerente.

9) Fecha de Cierre de Balance: 31 de octubre de 2016.

Santa Fe, 28 de octubre de 2016 - Jorge E. Freyre, Secretario.

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CEPRISA S.A.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en autos caratulados “CEPRISA S.A. s/Modificación al Contrato Social” (Expte. CUIJ 21-05192557-9) en trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se efectúa la siguiente publicación: en fecha 30 de Julio de 2015, por asamblea general extraordinaria de accionistas se resolvió: 1) 1 Ampliar el plazo de vigencia de la sociedad y dar nueva redacción a la cláusula respectiva: “Artículo Segundo: La sociedad tendrá una duración de 99 años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. 2) Incorporar nuevas actividades al objeto social y dar nueva redacción a la cláusula respectiva. “Artículo Tercero: La sociedad, por sí, por medio de terceros o asociada a terceros, tendrá por objeto: (1) Explotación de Cementerios privados: mediante la construcción, explotación y administración de cementerios privados, parcelas, nichos y bóvedas de acuerdo con las ordenanzas comunales, municipales y con las disposiciones provinciales, nacionales o de otra índole que regulen la materia de que se trata (2) administrar y explotar establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, forestales, de propiedad de la sociedad o de terceros, dedicarse a la cría, inverné, faenamiento y venta de ganado de cualquier tipo y/o especie; explotar tambos, cultivos, comprar, vender y acopiar cereales; realizar forestación, tala y comercialización de árboles y sus derivados. A tales fines, la sociedad: a) podrá realizar cualquier acto vinculado y que tienda al cumplimiento del objeto social; b) tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. La sociedad no tiene por objeto realizar ninguna de las actividades previstas por el artículo 299 de la ley 19.550 (texto vigente). 3) que el directorio esté integrado por un mínimo de un director, con un máximo de tres directores y con una duración de tres ejercicios, dando nueva redacción a la cláusula respectiva. “Artículo Noveno: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3) quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelectos. La asamblea debe designar suplentes en igual número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Si el directorio fuera plural, los directores en su primera sesión deben designar un presidente y un vicepresidente; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, desempata el presidente. La asamblea fija la remuneración del directorio. La representación de la sociedad será ejercida por el presidente del directorio, o por el vicepresidente en caso de ausencia o imposibilidad del primero. El directorio podrá designar uno o mas gerentes o apoderados, quienes tendrán el uso de la firma social, con el alcance que éste les fije, cuya designación podrá recaer en miembros de dicho órgano.” 4) adecuar la garantía que deben otorgar los directores, dando nueva redacción a la cláusula respectiva. “Artículo Décimo: Cada director en garantía por el desempeño de sus funciones depositará en la sociedad, la cantidad de diez mil pesos ($ 10.000,00) o su equivalente en títulos públicos o acciones de otras sociedades por su valor nominal. 6.- actualizar la redacción del artículo 11, la que resulta de la siguiente manera: “Artículo Décimo Primero: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial y artículo 9 del decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos operar con todas las instituciones bancarias y de crédito, oficiales o privados; establecer agencias, sucursales, filiales y otras especies de representación, dentro o fuera del país; participar en negocios fiduciarios; otorgar a una o mas personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales, con el objeto y extensión que previamente determine la asamblea ordinaria. Por resolución de directorio se puede cambiar la sede social a otro domicilio, dentro de la ciudad de Santa Fe. 5) modificar la fecha de cierre del ejercicio y dar nueva redacción a la cláusula respectiva: “Artículo Décimo Quinto: El ejercicio social cierra el treinta y uno de Diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan a: (1) el cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto para el fondo de reserva legal; (2) a remuneración del Directorio y Síndico en sus casos; (3) a Dividendos de las acciones preferidas con prioridad los acumulativos impagos, si los hubiere; (4) a saldo, en todo o en parte , a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción y en la época que determine la asamblea. - Firmado. Dr. Jorge Freyre, Secretario. - Santa Fe, 31 de Octubre de 2016.

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