picture_as_pdf 2012-11-21

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCION Nº 2205/2012


CONCURSO INTERNO


VISTO:

El expediente N° 00501-0114610-1 del S.I.E., mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo de Jefe de Departamento Enfermería en el Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe, correspondiente a la categoría 6 del agrupamiento Hospitalario- Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo N° 2695/83; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 1729/2009, en su artículo 2°, el Poder Ejecutivo Provincial reemplazó el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del referido escalafón, por el establecido en el Anexo A del citado acto administrativo, derogando además las restricciones impuestas en la materia por el Decreto N° 3924/87, facultándose así a los titulares de las Jurisdicciones a efectuar llamados a concurso;

Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal el referido cargo se encuentra vacante, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo contables previos para la realización del concurso;

Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para el puesto ofrecido;

Que, asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente Ley Nº 10052 y modificatorias en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;

Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93° y 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sin formular objeciones (fs. 39 vto.);

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º. Llámase a concurso interno para cubrir el cargo de Jefe de Departamento Enfermería en el Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe, correspondiente a la categoría 6 del agrupamiento Hospitalario- Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto Acuerdo Nº 2695/83.

ARTICULO 2°. El concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 1729/09, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón (artículo 88°).

ARTICULO 3º. Apruébanse la descripción y el perfil del puesto solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo “A” de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo “B” de esta resolución.

ARTICULO 4º. Establécese que, en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica y psicotécnica, y entrevista personal, el jurado del concurso mediante Acta podrá cambiar las mismas, con notificación fehaciente a los postulantes.-

ARTICULO 5°. Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92°, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese.


Concurso Interno

Dcto. N° 1729/09 Régimen de Concurso


Cargo:

Jefe de Departamento Enfermería en el Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe (Categoría 06 - agrupamiento Hospitalario - Asistencial)

DIRECCION:

Mendoza 4158 Santa Fe (Pcia. de Santa Fe)

REQUISITOS:

Título de Enfermero/a Profesional (Excluyente)

Matrícula Profesional expedida por el respectivo Colegio de Profesionales

PERFIL DEL PUESTO:

Proyectar, dirigir y coordinar las actividades de enfermería, a fin de posibilitar un aprovechamiento eficaz de los recursos humanos y materiales.

Promover la participación activa de la Enfermería en un modelo de salud que priorice el contexto, la accesibilidad, la equidad, la participación y el enfoque epidemiológico, tanto en el análisis de problemas como en el diseño de estrategias, centrándose en el sujeto en todas sus dimensiones, a fin de fortalecer vínculos y lograr abordajes intersectoriales e interdisciplinarios desde la lógica de redes y cuidados progresivos.

Incorporar las normativas vigentes a las lógicas del cuidado, en sus distintas áreas (gestión, educación, asistencia e investigación), integrando los programas referidos al área de la Salud Pública.

* Estructurar, organizar y dirigir el Servicio de Enfermería de acuerdo a las normas establecidas y a las necesidades de la institución, a fin de posibilitar la atención integral de los pacientes.

Cumplir y hacer cumplir las normativas vigentes (Reglamentos, rutinas, etc.) inherentes a su área, como así también aquellas que refieran a la organización médico-asistencial del Hospital y que resulten de su competencia específica.

Diseñar en conjunto con el resto del equipo, un sistema de registros de actividades de enfermería que permita dar cuenta de la aplicación del Proceso de Atención de Enfermería (P.A.E.) en los distintos niveles (operativo, supervisión, coordinación) y etapas (valoración, diagnóstico, publicación y evaluación), participando activamente, en la capacitación, control y evaluación de su efectividad.

Mantener informada a la Dirección del Hospital sobre los problemas particulares del Servicio, tanto en lo que se refiere a pacientes como al personal, presentando sugerencias para solucionarlos.

Interpretar v transmitir al personal los objetivos, la reglamentación y las normas de funcionamiento del establecimiento, como así también las directivas, novedades y proyectos emanados de la Dirección.

Programar y coordinar reuniones de los Equipos de Enfermería.

Programar y promover la capacitación permanente del personal a su cargo.

Participar de forma personal y/o designando representantes, de todas aquellas reuniones interdisciplinarias e intersectoriales que promuevan lógicas y estrategias para el abordaje de problemas ligados al ámbito de la salud.

Colaborar con instituciones (públicas y/o privadas) que, siendo autorizadas por la Dirección, soliciten participar en campos de experiencia relacionados con Enfermería.

Definir el nivel de calidad de los protocolos de atención que el Servicio se obliga a prestar.

Participar en la educación para la salud desde las distintas áreas (asistencial, educación e investigación), a partir de sus incumbencias disciplinares.

FORMACION PARTICULAR


1) De la Organización, gestión y procesos administrativos:

Experiencia en procesos de atención de enfermería (teoría y aplicación).

Conocimiento en gestión de personal e insumos.

Dominio de técnicas de planificación, organización y gestión de personal.

2) Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Administración Pública Provincial y al Ministerio de Salud:


Ley N° 8525 (Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial)

Decreto N° 2695/83 (Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial) Decreto N° 1919/89 (Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para los agentes de la Administración Pública Provincial)

Ley N° 12501 de Regulación del Ejercicio de la Enfermería

Ley Nº 10608 (Descentralización Hospitalaria a nivel provincial y Decretos reglamentarios)

Decreto N° 2542/72 (Reglamento Básico de Hospitales)

3) Competencias Personales y de Actitud

* Condición de liderazgo para la toma de decisiones.

* Capacidad para entablar vínculos interpersonales.

* Buen uso de criterio personal para resolver situaciones problemáticas.

* Integridad, honestidad y ética.

* Profunda responsabilidad y compromiso.


COMPOSICION DEL JURADO


El jurado estará integrado de la siguiente manera:

(Cargo: Jefe de Departamento Enfermería en el Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe)

Presidente: Dr. Javier Deud - Subsecretario Legal y Técnico

Titulares:

- Dr. Juan Carlos Beltramino, Director Asociado de Docencia e Investigación (Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia” de Santa Fe)

- Lic. Arnaldo José Brunetti, Jefe Provincial de Enfermería

- Lic. Gabriela Ciccioli, Supervisora de Enfermería (Región de Salud)

- Dra. Edit Alicia Zamora, Directora General de Personal

- Sra. Delia Churrarín, En representación de U.P.C.N.

- Sra. Patricia Gutiérrez, En representación de U.P.C.N.

- Sra. Mercedes Landaida, En representación de U.P.C.N.

- Sra. Guadalupe Valls, En representación de A.T.E.

Suplentes:

- Lic. Jorge Márquez, Director Provincial de Regulación y Registro del Trabajo en Salud

- Dr. Rolando Vergara, Sub Director General de Asuntos Jurídicos

- Lic. Jorge Luis Cuaglini, Director de la Escuela Superior de Enfermería de Santa Fe

- Sra. Mónica Nieres, Coordinadora Técnica Administrativa (Dirección Provincial de Recursos Humanos)

- Sr. César Colliard, En representación de U.P.C.N.

- Sra. Elida Dal Lago, En representación de U.P.C.N.

- Sr. Angel González, En representación de U.P.C.N.

- Sra. Lucía Del Pino, En representación de A.T.E.


PROCEDIMIENTO PE INSCRIPCION:

Fecha: Las inscripciones se recibirán durante el período de difusión y hasta cinco (5) días hábiles después de su finalización, desde el 16 de noviembre al 10 de diciembre de 2012, en el horario de 8 a 12 hs.

Lugar de presentación de la documentación y de celebración de las etapas: Dirección Provincial de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, sito en calle Juan de Garay 2880, Planta Baja ciudad de Santa Fe.

El Formulario de Inscripción (cuya copia se adjunta) se deberá bajar desde la portada principal de la página web oficial de la Provincia o podrá ser retirado en la Dirección Provincial de Recursos Humanos, en el horario de 8 a 12 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso, y enviará copia del llamado, dentro de las veinticuatro (24) horas de aprobado, a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública y a las entidades sindicales con personería gremial con ámbito de actuación provincial precisados en la Ley Nº 10.052 y modificatorias.

El llamado a concurso se difundirá dentro de las 48 horas de la fecha de aprobación de la presente Resolución, durante un plazo de diez (10) días, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de la difusión. Se realizará por los medios más idóneos que aseguren el conocimiento del mismo por parte de los interesados, debiendo publicarse a su vez, en cartelería instalada en la sede de la Jurisdicción y en la portada principal de la página web oficial de la Provincia.

Para el supuesto de declararse desierto el presente, la convocatoria a concurso abierto será publicada además, como mínimo en dos medios masivos de comunicación del ámbito provincial, durante 3 días y con una antelación previa a los diez (10) días del cierre de inscripción.

En la difusión se transcribirá el contenido de la presente o en su caso, lugar y horario en que la reglamentación del concurso se encuentre a disposición de los interesados.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado, una fotocopia autenticada por el organismo del último recibo de sueldo; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I del postulante y su correo electrónico, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Salud en la que se consignará la fecha de excepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el los postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: martes 11 de diciembre de 2012.

Hora: a partir de las 10 hs.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, discriminándolos en la forma que se presenta en el cuadro que continúa; siendo la valoración particular de cada ítem y componente las dispuestas en la Guía de Valoración de Antecedentes para Concursos Internos que forma parte del Anexo I del Decreto Nº 1729/09.


PUNTAJE TOTAL 40

ÍTEM 1. Estudios y Capacitación

COMPONENTES PUNTAJE

1.1 Educación Formal 20

1.2. Capacitación específica

1.2.1. Cursos 20

1.2.2. Jornadas, Seminarios, Congresos

PUNTAJE TOTAL 60

ÍTEM 2. Antecedentes Laborales

2.1. Posición escalafonaria

2.1.1. En el organismo 25

2.1.2. En la Administración Provincial

2.2. Desempeño específico

2.2.1.Actual 20

2.2.2. Últimos 5 años

2.3 Antigüedad en la

Administración Provincial 5

2.4 Otros 5

2.5 Docentes y de investigación 5


Etapa II: Evaluación Técnica:

Fecha: jueves 13 de diciembre de 2012.

Hora: a partir de las 10 hs.

La calificación será numérica de 0 a 100 puntos. Indagará con mayor profundidad el ajuste de los aspirantes a los requerimientos de conocimientos y competencias técnicas del puesto, determinando si el postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formación a situaciones concretas según los requerimientos típicos del puesto.

Será elaborada por el Jurado, teniendo como base los requerimientos establecidos en el perfil del puesto.

Las evaluaciones escritas deberán ser anónimas, mediante la utilización de claves convencionales de identificación que permitan identificar a cada uno de los postulantes solo después de su evaluación. Los aspirantes que se hubieran identificado en los exámenes escritos serán excluidos del proceso de concurso.

Para acceder a la siguiente etapa se deberá obtener un mínimo de 60 puntos.

Etapa III: Evaluación Psicotécnica:

Fecha: lunes 17 de diciembre de 2012.

Hora: a partir de las 10 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Estará a cargo de profesionales con amplio conocimiento en la temática, y obtendrá a partir de herramientas psicométricas un conocimiento más profundo sobre las capacidades cognitivas y de relación propias de la personalidad del concursante, en relación a las exigencias del puesto específico que se concursa y al ámbito en que deberá prestar sus servicios. El resultado de estos exámenes tendrá carácter reservado. Cada postulante, cuando así lo solicite, podrá conocer los resultados que le conciernan personalmente.

Etapa IV: Entrevista Personal:

Fecha: jueves 27 de diciembre de 2012.

Hora: a partir de las 10 hs.

Se calificará de 0 a 100 puntos. Se orienta a conocer a los candidatos y a establecer el grado de ajuste global, experiencia, comportamientos, características de personalidad si así se requiriese y motivación de los mismos a los requerimientos y condiciones del cargo. El Jurado del Concurso elaborará una Guía de Entrevista, pautando las características a observar y evaluar en el postulante. Deberá permitir obtener información que complemente la apreciación de los antecedentes académicos, la experiencia laboral y las competencias laborales específicas o generales, exigidas por el cargo al cual se postula, distribuyendo entre esas características los cien (100) puntos previstos para la etapa. Este puntaje deberá ser resuelto al finalizar cada entrevista o, en su defecto, en el mismo día que se efectuará.

Orden de Méritos:

El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

En esta fase, se deberá calcular el puntaje bruto ponderado de cada Etapa.

Para ello se multiplicara el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida previamente. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global ponderado. Con este puntaje global se realizara el Orden de Méritos.

El Orden de Méritos se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo precederse a convocar a concurso abierto.

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:


Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%


La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Lo establecido en el presente anexo, se encuentra en un todo de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 1729/09, modificatorio del Capitulo XIV “Régimen de Concursos” del escalafón aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.

S/C 9495 Nov. 21 Nov. 22

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN Nº ­­0446


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 16/11/2012

V I S T O:

El expediente Nº 02001-0016850-5 del Registro de Información de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- mediante el cual se gestiona la implementación del Sistema de Mediación Previa Obligatoria establecido por La Ley N° 13.151, y Decreto Reglamentario N° 1747/11, en relación a las causas a iniciarse por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito Nº. 28, con asiento en la ciudad de Santo Tomé; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Provincial N° 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la Provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, en los términos y para las causas que ella establece;

Que, el art. 42º segundo párrafo, expresa que su implementación no deberá exceder el plazo de tres años desde su promulgación y permite hacerlo en forma gradual conforme las características de cada Sede Judicial;

Que, por Resolución Nº 0484/11 se fijó el día 29 de noviembre de 2011 para dar inicio al Sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria, en las causas a iniciarse en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito en materia Civil y Comercial con asiento en las ciudades de Santa Fe y Rosario;

Que, en el artículo 3° de la Ley Nº 13.151, crea el Registro de Mediadores y Comediadores que se constituye en la órbita de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia;

Que, la Resolución Nº 0413/11 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos convocó a la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores para la 1° y 2° Circunscripción Judicial, desde el día 6 de octubre al 4 de noviembre del 2011; y mediante Resolución Nº 0002/12 se convocó nuevamente a la inscripción en el Registro, desde el día 13 de Febrero al 16 de Marzo de 2012;

Que, del informe presentado por la Sra. Directora Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales, se colige que la cercanía territorial de las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé, fundada en los principios de economía y en la optimización de las instalaciones y recursos existentes en la actualidad, así como en el importante número de mediadores habilitados en sede Santa Fe en relación al número de causas susceptibles de ser mediadas, es suficiente para extender el trámite de mediación previa obligatoria al Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la localidad de Santo Tomé, ello sin perjuicio de extenderse a otros Juzgados Civiles del mismo Distrito, en oportunidad de estimarse conveniente;

Que, en el mismo reporte se informa que se han inspeccionado y habilitado siete Centros de Mediación, como así también un considerable número de oficinas particulares de Mediación;

Que, por todo esto se considera pertinente dar inicio al Sistema de Mediación Previa Obligatoria en las causas a iniciarse en el Juzgado de 1º Instancia de Circuito en materia Civil y Comercial con asiento en la Ciudad de Santo Tomé;

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 13.151 y el Art. Nº 2 del Decreto Nº 1747/11;

Que tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Dictamen Nº 469 de fecha 14 de Noviembre de 2012, sin formular objeciones al respecto;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º: Fíjese el día 29 de noviembre del corriente año, como fecha de inicio para la Implementación del Sistema de Mediación Previa Obligatoria establecido en la Ley Nº 13.151, en las causas a iniciarse en el Juzgado de 1º Instancia de Circuito en materia Civil y Comercial con asiento en la ciudad de Santo Tomé.-

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

JUAN T. LEWIS

Ministro de Justicia y

Derechos Humanos

S/C. 9506 Nov. 21

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RESOLUCION Nº 0447


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,16/11/2012

V I S T O:

El Expediente Nº 02001-0016851-6, del Registro del Sistema de Información de Expedientes – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -, mediante el cual se gestiona la implementación del Sistema de Mediación Previa Obligatoria establecido por Ley N° 13.151 y Decreto Reglamentario N° 1747/11, en relación a las causas a iniciarse por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito Nº 24, con asiento en la ciudad de San Carlos Centro; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Provincial N° 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la Provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, en los términos y para las causas que ella establece;

Que, el art. 42º segundo párrafo, expresa que su implementación no deberá exceder el plazo de tres años desde su promulgación y permite hacerlo en forma gradual conforme las características de cada Sede Judicial;

Que, por Resolución Nº 0484/11, se fijó el día 29 de noviembre de 2011 para dar inicio al Sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria, en las causas a iniciarse en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito en materia Civil y Comercial con asiento en las ciudades de Santa Fe y Rosario;

Que, el artículo 3° de la Ley Nº 13.151, crea el Registro de Mediadores y Comediadotes, que se constituye en la órbita de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia;

Que, la Resolución Nº 0413/11 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, convocó a la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores para la 1° y 2° Circunscripción Judicial, desde el día 6 de octubre al 4 de noviembre del 2011; y mediante Resolución Nº 0002/12, se convocó nuevamente a la inscripción en el Registro, desde el día 13 de Febrero al 16 de Marzo de 2012;

Que, del informe presentado por la Sra. Directora Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales, se colige que la cantidad de Mediadores y Comediadores inscriptos en la Sede San Carlos Centro es suficiente para extender el trámite de mediación previa obligatoria al Juzgado de Primera Instancia de Circuito de aquella localidad, atento al número de causas susceptibles de ser mediadas y oportunamente informado a través de la mesa de entradas única del Poder Judicial de la sede antes mencionada; ello sin perjuicio de extender a otros Juzgados Civiles del mismo Distrito, en oportunidad de estimarse conveniente;

Que, en el mismo reporte se informa que se ha inspeccionado y habilitado un Centro de Mediación, y que han manifestado su voluntad de mediar en dicha localidad 39 mediadores;

Que, por todo esto, se considera pertinente dar inicio al Sistema de Mediación Previa Obligatoria en las causas a iniciarse en el Juzgado de 1º Instancia de Circuito en materia Civil y Comercial con Asiento en la Ciudad de San Carlos Centro;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 13.151 y el Art. Nº 2 del Decreto Nº 1747/11;

Que tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Dictamen Nº 468 de fecha 14 de noviembre de 2012, sin formular objeciones al respecto;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º: Fíjese, el día 19 de noviembre del corriente año, como fecha de inicio para la implementación del Sistema de Mediación Previa Obligatoria establecido en la Ley Nº 13.151, en las causas a iniciarse en el Juzgado de 1º Instancia de Circuito Nº 24 con asiento en la ciudad de San Carlos Centro.-

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

JUAN T. LEWIS

Ministro de Justicia y

Derechos Humanos

S/C. 9507 Nov. 21

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RESOLUCIÓN Nº 0448


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 16/11/2012

V I S T O:

El expediente Nº 02001-0016932-0 el Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- mediante el cual se gestiona la modificación de la Resolución Nº 0462/11 de este Ministerio, referida al Protocolo de Actuación de los Centros de Asistencia Judicial de la Provincia de Santa Fe creados mediante Decreto N° 1326/2008; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Ley N° 12.817, art. 18°, inc. 5, es competencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos “entender en proyectos y/o programas y/o creación en su orbita de órganos que permitan y favorezcan que todos los habitantes tengan la debida asistencia y atención profesional en materia judicial, el acceso a la justicia y la asistencia integral de aquellos que se consideren víctimas de delitos”; correspondiendo a los Srs. Ministros resolver “los asuntos concernientes a su Jurisdicción”, preparar los reglamentos de ejecución, autónomos y delegados sobre los asuntos de su competencia, según el art. 11°, inc. b), apartados 4 y 6 de dicha norma;

Que se destaca, en lo referente al presente proyecto, el art. 82° de la Ley N° 12.734 – del nuevo Código Procesal Penal- cuando establece que el “… Centro de Asistencia a la Victima u organismo pertinente…” le deberá proveer gratuitamente un abogado si “… no contara con medios suficientes para contratar un abogado a fin de constituirse como querellante…”, disponiendo por su parte, el art. 2° de la Ley N° 12.912 de implementación progresiva de este Código que corresponden a este Ministerio las acciones e inversiones que resulten necesarias para llevar adelante el nuevo Sistema de Justicia Penal, articulado con el Poder Judicial y el Poder Legislativo aquellas que reclamen su intervención;

Que el Decreto N° 1326/08 creo los Centros de Asistencia Judicial, dejando a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos disponer lo conducente en orden a la aprobación de la reglamentación de éstos (arts. 1°, 2° -2da. Parte-, 7°, 9° y 10°);

Que la necesidad de modificar el apartado c) del acápite I.4 sobre “Cuestiones de conflictos de intereses. Funcionario Público Provincial (se atenderá por derivación)” de la Resolución Nº 0462/11 relativa al Protocolo de Actuación de los Centros de Asistencia Judicial de la Provincia de Santa Fe radica en despejar cualquier duda interpretativa respecto a la forma de ejecución del objeto institucional, cuando la persona sindicada por la víctima asistida por los equipos de profesionales de los CAJ como autora del delito perpetrado en su contra, sea un funcionario público provincial;

Que en primer lugar el punto I.4 apartado c) tiene como título: “Cuestiones de conflictos de intereses. Funcionario Público Provincial (se atenderá por derivación)”;

Que la aclaración final (se atenderá por derivación) resulta redundante atento que conforme el Decreto Nº 1326/08 artículo 4º, “Los Centros de Asistencia Judicial no intervendrán por iniciativa propia, sino a solicitud de los interesados o sus representantes legales o por requerimiento de las Instituciones Gubernamentales Provinciales o Municipales, Judiciales y/u Organizaciones de la Sociedad Civil”;

Que con miras a mejorar la técnica utilizada es menester establecer una nueva redacción del precepto de inferior jerarquía, en la que desaparezca la aclaración apuntada (se atenderá por derivación);

Que en su actual redacción, el punto I.4 apartado c) dispone: “para aquellos casos en que el imputado sea un funcionario público de la órbita del estado provincial, y se trate de un delito cometido en ocasión del ejercicio de sus funciones, la Oficina procederá a realizar una recepción primaria para luego derivar su atención, si fuera necesario, hacia un profesional independiente contratado a dichos efectos. Hasta tanto se implemente la contratación de los mencionados profesionales para asistir a este tipo de víctimas, si el denunciado / imputado es un miembro de la Policía de la Provincia, se articulará la asistencia del consultante con la Secretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia”;

Que desde un análisis interpretativo sistemático se puede concluir que mientras que en la primer parte de la disposición se habilita el trabajo de los equipos profesionales de los CAJ en la asistencia de victimas de delitos cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, hasta que siempre que sea necesario, se resuelva la derivación de la atención hacia un profesional contratado al afecto, en la segunda parte se prevé una especie de etapa intermedia durante la cual la asistencia del consultante estaría a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos;

Que este mecanismo atenta contra toda lógica de trabajo y favorece practicas revictimizantes debiendo permanecer la atención del caso en la órbita de los CAJ desde donde si se estima necesario, teniendo como norte la mejor defensa de los derechos del asistido y los criterios de orientación prioritaria de recursos plasmados en el Punto I.5 de la Resolución Nº 462/11, se adoptarán las decisiones pertinentes;

Que el criterio institucional de admisión de casos es amplio procurando dar a los habitantes de nuestra provincia numerosas y eficaces herramientas para el ejercicio de sus derechos y el acceso a la justicia;

Que los Centros de Asistencia Judicial se han erigido como la primera agencia ejecutiva insertada en el marco del Nuevo Sistema de Justicia Penal que coloca a la victima en el centro del Proceso como titular de sus derechos, protagonista de su propia historia. En ese cometido desde el año 2009, con la instalación de las primeras oficinas en las ciudades de Santa Fe y Rosario, se ha desarrollado un fuerte trabajo en la implementación de prácticas forenses adecuadas a lineamientos emergentes de los Instrumentos Internacionales de Protección de Derechos Humanos;

Que en relación con la posibilidad de contraposición de intereses, es menester aclarar que mal puede hablarse de contraposición cuando lo que está en juego es la asistencia a victimas de delitos y es esa justamente una de las principales competencias de la cartera de Justicia Provincial. Es así que corresponde habilitar para la atención de este tipo de casos el mismo circuito de trabajo que para los demás, siendo factible la contratación de abogados externos sólo en hipótesis puntuales de acuerdo a la mejor defensa de los derechos de las victimas;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos en Dictamen N° 465, de fecha 9 de noviembre de 2012, no ha encontrado obstáculos de la legalidad a la modificación proyectada;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º - Modifíquese el Punto I.4 apartado c)

de la Resolución Nº 0462/11 – Protocolo de Actuación de los Centros de Asistencia Judicial, el que quedará redactado de la siguiente manera:

I.4 CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN

c.- Cuestiones de conflictos de intereses. Funcionario Público Provincial: Para aquellos casos en que el imputado sea funcionario público de la órbita del Estado Provincial, y se trate de un delito cometido en ocasión del ejercicio de sus funciones, la Oficina procederá a realizar una recepción primaria, a brindar asistencia interdisciplinaria a la víctima, y cuando sea necesario derivará su atención, teniendo en consideración la mejor defensa de los derechos del asistido y los criterios de orientación prioritaria de recursos plasmados en el Punto I.5 de la presente Resolución, hacia un profesional independiente contratado a dichos efectos.”

ARTICULO 2º - Deróguense el segundo párrafo del artículo 27º de la Resolución Nº 370/08 y el segundo párrafo del artículo 36º de la norma indicada.

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

JUAN T. LEWIS

Ministro de Justicia y

Derechos Humanos

S/C. 9508 Nov. 21

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DIRECCION PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTION DE BIENES


DISPOSICIÓN Nº 301


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 19/11/2012

V I S T O:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cuatro (04) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES

D I S P O N E:

ARTÍCULO 1º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CONCRETE S.A. CUIT N° 30-71074852-3; CONTACSA S.A. CUIT N° 33-70753587-9; D´STEFANO MARCOS FEDERICO CUIT N° 20-26343232-1.

ARTÍCULO 2º: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de diez (10) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: LA ALMUNIA S.A. CUIT N° 30-70941421-2.

ARTÍCULO 3º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses

a partir de la presente, a las siguientes firmas: CLAUDIO LAMELZA S.R.L. CUIT

N° 30-64750909-2; COMPAÑIA ARGENTINA DE LIMPIEZA S.R.L. CUIT N° 33-70986577-9; “ES.PLA.GA. FUMIGACIONES” de ESQUIVEL HERNAN CUIT N° 20-28158356-6; FORMATO S.A. CUIT N° 30-63554243-4; IGARRETA S.A.C.I. CUIT N° 33-53876676-9; “VERDULERIA Y FRUTERIA QUIQUE” de USKAER ENRIQUE

PEDRO CUIT N° 24-06042856-1.

ARTÍCULO 4º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “SUPER IMPECABLE” de CHAVEZ CLAUDIA MARCELA CUIT N° 27-23394719-4.

ARTÍCULO 5º: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de seis (06) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: BASSO MARTIN SEBASTIAN CUIT N° 23-32660263-9

ARTICULO 6º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C. 9510 Nov. 21 Nov. 22

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


Entrevistas Orales y Públicas


Se llevarán cabo las Entrevistas Orales y Públicas en el concurso múltiple para cubrir los cargos de Juez de Cámara de Apelación en lo Penal Sala II (1 vacante) y Sala IV (2 vacantes) de Santa Fe, a los siguientes postulantes: Dr. CARBONE, Carlos Alberto; Dr. FERRER, Fernando Ignacio; Dra. FEIJOO, Martha María; Dra. BALANGIONE, Jaquelina Ana; Dr. CURTO, Juan Carlos; Dr. BURTNIK, Oscar José y Dr. FIZ, Cristian Pablo.-

La misma se celebrará el día 06 de Diciembre de 2012 a partir de las 10:30 hs. en el Aula Ateneo del Rectorado de la Universidad Nacional del Litoral sita en Bv. Pellegrini 2750 – Planta baja – Santa Fe.

Participación ciudadana: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art 8° de la Resolución Nº 0260/10. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 – 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533 ó en forma digital en el correo conmagsfe@santafe.gob.ar. Quienes hagan llegar sus preguntas deberán acreditar su domicilio en la provincia con la presentación del documento de identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.

Plazo de recepción: hasta el día Lunes 03 de Diciembre de 2012 a las 13 hs.

CUERPO COLEGIADO ENTREVISTADOR: Dr. Roberto Joaquín VICENTE Presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Héctor Raúl GASPARY del estamento académico y Dra. María Antonia BELLUCCIA por los Colegios de Abogados de la Provincia.

Dr. Roberto Joaquín Vicente

Presidente del Consejo de la Magistratura

Provincia de Santa Fe

S/C. 9509 Nov. 21 Nov. 23

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.)


REMATE POR

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) con intervención del Juzgado Federal Nº 2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaría del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados: FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ ROSSI OMAR JOSE s/ Ejecución Fiscal, Expte. N° 16.462-F, Boleta de Deuda Nº 40.082/1996, se ha dispuesto que la Martillera Mirta Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 4 de Diciembre de 2012, a las 11 horas la que se llevará a cabo en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en calle Moreno Nº 1546, y donde se encontrará expuesta la bandera de Remate, lo siguiente: El 50% indiviso de una fracción de terreno, con todo lo clavado y plantado, situada en el Pueblo de Las Parejas, Dpto. Belgrano de la Pcia. de Santa Fe, en la manzana Nº 41 del plano de dicho pueblo, sobre la Calle 30 a los 12 m de la esquina formada por la Avenida 13 y Calle 30 hacia el Sur-Este y es la designada con el Nº “3 b” en el plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Eladio A. Fresia y archivado en la Dirección Gral. de Catastro bajo el Nº 84.031, en el año 1975, compuesta de: 12 m. de frente al Nor-Este por 15 m. de fondo, encerrando una superficie total de 180 m2., lindando: al Nord-Este con Calle 30; al Nord-Oeste con el lote 3a del mismo plano; al Sur-Oeste y al Sur-Este con más propiedad de Andrés Lorenzo Borghi. Inscripción Dominio Tº 141 F° 209 Nº 107.453 Dpto. Belgrano. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del 50% del demandado, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargos: Al Tº 119 E Fº 3479 Nº 364.488 por $ 13.721,91 del 12/08/10 o/ Juz. Fed. Nº 2. Exp. Nº 17.827/98, autos Fis. Nac. (AFIP) c/Rossi Omar José s/Ejec. Fiscal; Al Tº 120 E Fº 5099 Nº 396.222 por $ 13.020,86 del 09/11/11 o/ Juz. Fed. Nº 1, Expte. Nº 47.597/05, autos Fis. Nac. (AFIP) c/Rossi Omar José s/Ejec. Fiscal; Al Tº 121 E F° 2304 Nº 353.693 por $ 2.205,95 del 29/06/12 o/ Juz. Fed. Nº 2-F. Exp. Nº 9098/00, autos Fis. Nac. (BD. Nº 424/00) c/Rossi Omar José s/Ejec. Fiscal; y Al Tº 121 E F° 2387 N° 355.522 por $ 6.401,99 del 04/07/12 o/los presentes autos. Inhibiciones: Al Tº 191 Fº 10541 Nº 407.202 del 23/11/97 por $ 3.541,22 o/ Juz. Fed. Nº 2, Exp. Nº 17.679/03, autos Fis. Nac.(AFIP) c/Rossi Omar José s/Ej. Fiscal; Al Tº 119 I Fº 10734 N° 409.553 del 30/11/07 por $ 26.475,87 o/ Juz. Fed. Nº 2. Exp. Nº 16.706/97, autos Fis. Nac. (AFIP) c/Rossi Omar José s/Ejec. Fiscal; y Al Tº 120 I Fº 4331 Nº 344.596 del 19/05/08 por $ 5.756,70 o/Juz. Fed. Nº 1, Exp. Nº 25.060/97, autos Fis. Nac. (AFIP) c/Rossi Omar José s/Ejec. Fiscal. El 50% indiviso del inmueble saldrá a la venta con la condición de “Ocupado” según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del C.P.C. y C.N., con la Base de $ 100.000. Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25% de la Base o sea $ 75.000 y de persistir la falta de oferentes la subasta se declarará desierta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio de compra como seña, con más el 3% de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopias del título de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios, y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e IVA si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Las compras en comisión serán previamente autorizadas por razones fundadas según orden del Juzgado de fecha 03/07/12. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera (TE. 0341-4402392). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. del ejecutado es 29-06184410-5 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 12 de Noviembre de 2012. Fdo. Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/05.

S/C 185174 Nov. 21 Nov. 22

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REMATE POR

LIDIA DORA DOMINGUEZ LEGUIZAMON


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaría del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ ESTRELLA RICARDO R. en su carácter de Responsable Solidario de ASIFAR S.R.L. s/Ejecución Fiscal”, Exp. Nº 62.240-F, Boleta de Deuda N° 40.278/2011, se ha dispuesto que la Martillera Lidia Dora Domínguez Leguizamón venda en pública subasta el día 6 de Diciembre de 2012, a las 11 horas, la que se llevará a cabo en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en calle Moreno Nº 1546, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: El 50% indiviso de Un lote de terreno con todo lo en el edificado, clavado y plantado designado Lote 20 de la Manzana 41 del Plano N° 117.381/1985, con una Superficie de 286,44 m2. Arranque a los 61,38 mts de calle 1619 (hoy calle A. Piazzolla) hacia el Este, compuesto de 10,23 mts. De frente al Sur, por 28 mts. de fondo. Linda al Sur con Pasaje 1642, Hoy Pje. Troilo Aníbal al Este con lote 19; Norte con lote 7 y Oeste con Lote 21. Inscripción Dominio en la Matrícula 16-2052 Depto. Rosario. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del 50% de la demandada, no registrándose hipotecas, pero si lo siguiente: Embargo: Asiento 1 presentación 310.756/06-02-12 (Incorporado de Oficio) Embargo por $ 20.840,05 o/los presentes autos. Asiento 2 Presentación 321.119/15-03-12 Embargo: por $ 259.001,38 Relat. As. 1 R 6 Autos: “Juzg. Federal c/ Estrella Ricardo Rubén s/Embargo Preventivo”, Expte. N° 62089/11 Juzgado Federal Nº 2 (o Secretaría B) de Rosario Santa Fe Inhibiciones: Al T° 122 I F° 8971 N° 388156 del 21/10/10 por $ 338.985. o/Juzgado Federal N° 4 de Rosario, Exp. N° 104/03, autos “Estrella Ricardo R. y Frost de Estrella Edith Rita s/Infracción Ley 24769” (Observ.: T. 5MI F 57 N° 388157 cambio de Juzgado a Favor del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario); Al T° 123 I F° 2043 Nº 324037 del 06/04/11 por $ 210.707,14 o/Juzgado en lo Laboral de la 3° Nom. de Rosario, Exp. N° 712/06, autos “Almirón Antonio Aníbal c/ ASIFAR S.R.L. y Ot. s/Cobro de Pesos”; T° 124 I F°. 5600 N° 313995 del 16/02/12 por $ 4.439 nota anterior T° 119 i F° 1264 n° 314603 del 21/02/07 o/ Juzgado Dist. 4° Nom. Rosario Expte. N° 1498/06 Autos: “Bco. Credicoop CL c/Estrella Ricardo s/Juicio Ejecutivo y Al T° 122 I F° 5991 N° 351166 del 30/06/10 por $ 36.478 o/Juzgado Federal N° 4 de Rosario, Exp. N° 104/03, autos “Estrella Ricardo R. y Frost de Estrella Edith Rita s/Inf. Ley 24769” (Observ.: 24/9/10 N° 379333 cambio de Juzgado al Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 Rosario). El 50% indiviso del inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación según constancias de autos, con la Base de $ 75.000. Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una Retasa del 25% de la Base o sea $ 59.625 y de persistir la falta de oferentes la subasta se declarará desierta.- El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio de compra como seña, con más el 3% de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble y fotocopias del título de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios, y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan, resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Las compras en comisión serán previamente autorizadas por razones fundadas según orden del Juzgado de fecha 03/07/12. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera (TE. 0341-4566891 y/o cel. 155033438). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el Nº de C.U.I.T. del ejecutado es 20-12503525-7 y de la Martillera C.U.I.T. 27-13077070-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 12 de Noviembre de 2012. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-

S/C 185146 Nov. 21 Nov. 22

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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERIA


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 177


Ref.: PROGRAMA DE SORTEO - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE

Sorteo Extraordinario Navidad 2012

Emisión: 3487


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente n° 00302-0100419-4 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación la programación del sorteo extraordinario de Lotería Tradicional de Santa Fe “Navidad 2012”;

Que para este sorteo se ha proyectado un Premio Mayor de CUATRO MILLONES DE PESOS ($ 4.000.000) al precio de Doscientos Ochenta Pesos ($ 280) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 4 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS PESOS ($ 10.297.176,00), lo que representa el Sesenta y Uno con Veintinueve por Ciento (61,29%) sobre el total a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General N° 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nº 2688/78 y Decreto Nº 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa del sorteo y premios correspondiente a la emisión N° 3487 de Lotería Tradicional de Santa Fe, Sorteo Extraordinario de Navidad 2012, realizarse el día 19 de Diciembre de 2012 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presenta Resolución.

Art. 2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas Premios.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, 12 de Noviembre de 2012.

Dra. MONICA B. CALDERON

A/C Dirección General


ANEXO I


EMISION

Partes por entero Millares Total emitido Premios

4 60 $ 16.800.000,00 $ 10.297.176,00

% premios 61,29%

PRECIO

ENTERO UNA PARTE

Valor Nominal $ 280,00 $ 70,00

Provincia de Santa Fe con impuesto $ 308,00 $ 77,00

Otras Jurisdicciones con impuesto $ 336,00 $ 84,00


SORTEOS

NUMERO FECHA PRESCRIPCION

3.487 19-Dic-12 18-Ene-13

PREMIOS

CANTIDAD UNA PARTE ENTERO TOTAL

1 premio de $ 1.000.000,00 $ 4.000.000,00 $ 4.000.000,00

1 premio de $ 125.000,00 $ 500.000,00 $ 500.000,00

1 premio de $ 50.000,00 $ 200.000,00 $ 200.000,00

1 premio de $ 25.000,00 $ 100.000,00 $ 100.000,00

1 premio de $ 15.000,00 $ 60.000,00 $ 60.000,00

5 premios de $ 10.000,00 $ 40.000,00 $ 200.000,00

10 premios de $ 5.000,00 $ 20.000,00 $ 200.000,00

600 premios 10 extrac. De 3 cifras $ 250,00 $ 1.000,00 $ 600.000,00

59 premios term.3 c. del primer premio $ 250,00 $ 1.000,00 $ 59.000,00

540 premios term.2 c. del primer premio $ 150,00 $ 600,00 $ 324.000,00

5400 premios term.1 c. del primer premio $ 84,00 $ 336,00 $ 1.814.400,00

6666 premios progresión 9 en 9 $ 84,00 $ 336,00 $ 2.239.776,00

13285 premios por un total de $ 10.297.176,00

APROXIMACIONES

5% DEL PRIMER PREMIO

2 aprox. Número anterior y posterior $ 16.000 $ 32.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 12.000 $ 24.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 8.000 $ 16.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 4.000 $ 8.000

Reserva $ 120.000

5% DEL SEGUNDO PREMIO

2 aprox. Números anterior y posterior $ 7.500 $ 15.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 5.000 $ 10.000

5% DEL TERCER PREMIO

2 aprox. Número anterior y posterior $ 3.000 $ 6.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 2.000 $ 4.000

Progresión

Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 6, 7 u 8, el importe de un premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquel (50% a la anterior y 50% a la posterior).

S/C 9500 Nov. 21

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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL NUMERO: 178


Ref.: PROGRAMA DE SORTEO - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE

Sorteo Extraordinario Fin de Año 2012

Emisión: 3488


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0100466-6 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación el programa de premios del sorteo extraordinario de Fin de Año 2012 de Lotería Tradicional de Santa Fe para el 28 de Diciembre de 2012;

Que para este sorteo se ha proyectado un Premio Mayor de DOS MILLONES DE PESOS ($ 2.000.000) al precio de Ciento cuarenta Pesos ($ 140) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($ 5.148.588,00), lo que representa el Sesenta y Uno con Veintinueve por Ciento (61,29 %) sobre el total a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General N° 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nro. 2688/78 y Decreto Nº 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa del sorteo y premios correspondiente a la emisión n° 3488 de Lotería Tradicional de Santa Fe, sorteo extraordinario de Fin de Año 2012, realizarse el día 28 de Diciembre de 2012 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas Premios.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

Santa Fe, 12 de Noviembre de 2012.

Dra. MONICA B. CALDERON

A/C Dirección General


ANEXO I


EMISION

Partes por entero Millares Total emitido Premios

2 60 $ 8.400.000,00 $ 5.148.588,00

% premios 61,29%

PRECIO

ENTERO UNA PARTE

Valor Nominal $ 140,00 $ 70,00

Provincia de Santa Fe con impuesto $ 154,00 $ 77,00

Otras Jurisdicciones con impuesto $ 168,00 $ 84,00


SORTEOS

NUMERO FECHA PRESCRIPCION

3.488 28-Dic-12 27-Ene-13

PREMIOS

CANTIDAD UNA PARTE ENTERO TOTAL

1 premio de $ 1.000.000,00 $ 2.000.000,00 $ 2.000.000,00

1 premio de $ 125.000,00 $ 250.000,00 $ 250.000,00

1 premio de $ 50.000,00 $ 100.000,00 $ 100.000,00

1 premio de $ 25.000,00 $ 50.000,00 $ 50.000,00

1 premio de $ 15.000,00 $ 30.000,00 $ 30.000,00

5 premios de $ 10.000,00 $ 20.000,00 $ 100.000,00

10 premios de $ 5.000,00 $ 10.000,00 $ 100.000,00

600 premios 10 extrac. De 3 cifras $ 250,00 $ 500,00 $ 300.000,00

59 premios term.3 c. del primer premio $ 250,00 $ 500,00 $ 29.500,00

540 premios term.2 c. del primer premio $ 150,00 $ 300,00 $ 162.000,00

5400 premios term.1 c. del primer premio $ 84,00 $ 168,00 $ 907.200,00

6666 premios progresión 9 en 9 $ 84,00 $ 168,00 $ 1.119.888,00

13285 premios por un total de $ 5.148.588,00

APROXIMACIONES

5% DEL PRIMER PREMIO

2 aprox. Número anterior y posterior $ 8.000 $ 16.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 6.000 $ 12.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 4.000 $ 8.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 2.000 $ 4.000

Reserva $ 60.000

5% DEL SEGUNDO PREMIO

2 aprox. Números anterior y posterior $ 3.750 $ 7.500

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 2.500 $ 5.000

5% DEL TERCER PREMIO

2 aprox. Número anterior y posterior $ 1.500 $ 3.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 1.000 $ 2.000

Progresión

Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 6, 7 u 8, el importe de un premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquel (50% a la anterior y 50% a la posterior).

S/C 9501 Nov. 21

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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL NUMERO: 179


Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE

EXTRAORDINARIO DE REYES 2013

Emisión: 3489


VISTO:

Las actuaciones que obran en el Expediente N° 00302-0100467-7 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Dpto. Loterías y Preimpresos atento a las facultades conferidas por el Decreto 2480/09, eleva para su aprobación la programación del sorteo extraordinario de Lotería Tradicional de Santa Fe “Reyes - 2013”;

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000) al precio de Setenta Pesos ($ 70) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTO NOVENTA Y CUATRO PESOS ($ 2.574.294,00), lo que representa e! Sesenta y Uno con Veintinueve por Ciento (61,29%) sobre el total; a emitirse de Sesenta Millares;

Que la Resolución de Dirección General Nro. 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contable de la Caja y que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nro. 2688/78 y Decreto Nro. 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondientes a la emisión n° 3489 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse el día 12 de Enero de 2013 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 4, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida parcial 06 - Pérdidas Operativas premios.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

SANTA FE, 12 de Noviembre de 2012.

Dra. MONICA B. CALDERON

A/C Dirección General


ANEXO I


EMISION

Partes por entero Millares Total emitido Premios

2 60 $ 4.200.000,00 $ 2.574.294,00

% premios 61,29%

PRECIO

ENTERO UNA PARTE

Valor Nominal $ 70,00 $ 35,00

Provincia de Santa Fe con impuesto $ 77,00 $ 38,50

Otras Jurisdicciones con impuesto $ 84,00 $ 42,00


SORTEOS

NUMERO FECHA PRESCRIPCION

3.489 12-Ene-13 11-Feb-13

PREMIOS

CANTIDAD UNA PARTE ENTERO TOTAL

1 premio de $ 500.000,00 $ 1.000.000,00 $ 1.000.000,00

1 premio de $ 62.500,00 $ 125.000,00 $ 125.000,00

1 premio de $ 25.000,00 $ 50.000,00 $ 50.000,00

1 premio de $ 12.500,00 $ 25.000,00 $ 25.000,00

1 premio de $ 7.500,00 $ 15.000,00 $ 15.000,00

5 premios de $ 5.000,00 $ 10.000,00 $ 50.000,00

10 premios de $ 2.500,00 $ 5.000,00 $ 50.000,00

600 premios 10 extrac. De 3 cifras $ 125,00 $ 250,00 $ 150.000,00

59 premios term.3 c. del primer premio $ 125,00 $ 250,00 $ 14.750,00

540 premios term.2 c. del primer premio $ 75,00 $ 150,00 $ 81.000,00

5400 premios term.1 c. del primer premio $ 42,00 $ 84,00 $ 453.600,00

6666 premios progresión 9 en 9 $ 42,00 $ 84,00 $ 559.944,00

13285 premios por un total de $ 2.574.294,00

APROXIMACIONES

5% DEL PRIMER PREMIO

2 aprox. Número anterior y posterior $ 4.000 $ 8.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 3.000 $ 6.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 2.000 $ 4.000

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 1.000 $ 2.000

Reserva para premios especiales $ 30.000

5% DEL SEGUNDO PREMIO

2 aprox. Números anterior y posterior $ 1.875,00 $ 3.750,00

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 1.250,00 $ 2.500,00

5% DEL TERCER PREMIO

2 aprox. Número anterior y posterior $ 750,00 $ 1.500,00

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 500,00 $ 1.000,00

Progresión

Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 6, 7 u 8, el importe de un premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquel (50% a la anterior y 50% a la posterior).

Integración del Primer Premio

De este programa $ 700.000,00 de reservas: $ 300.000,00

S/C 9502 Nov. 21

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