picture_as_pdf 2008-11-21

DECRETO N° 2723


SANTA FE, 17 de Noviembre de 2008.-


V I S T O:

El Expediente N° 00201-0103228-9 del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), en cuyas actuaciones la Jefatura de Policía de la Provincia gestiona la actualización de los valores asignados al personal policial en concepto de “viáticos” y la equiparación del monto del viático diario del personal de la Policía de la Provincia al del personal permanente comprendido en el Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley N° 8525; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° del acta de Paritaria N° 20, de fecha 25 de abril de 1989, homologada por Decreto N° 1745/89 se aprobó el Régimen de Comisiones de Servicios para los agentes de la Administración Pública Provincial;

Que por Decreto N° 1904, de fecha 12 de octubre de 2004, se elevó el monto del viático diario a la suma de Pesos Ochenta ($ 80,00) -art. 4°-, previsto en la normativa arriba citada;

Que por Decreto N° 0667, de fecha 28 de marzo de 2006, se volvió a incrementar el valor diario del viático, estableciéndoselo en la suma de Pesos Ciento Veinte ($ 120,00) -art. 28°-;

Que, asimismo, por Decreto N° 993/08 se actualizó el monto de los viáticos en el marco del artículo 6º del Régimen de Comisiones de Servicios aprobado por Acta Paritaria Nº 20/89 y homologado por Decreto Nº 1745/89 estableciendo el valor del viático diario en la suma de Pesos Ciento Ochenta ($ 180,00) -art. 22°-;

Que, para el personal policial, por Decreto N° 4381/88 se fijó como viático diario en un cinco por ciento (5%), calculado sobre los importes que se perciben en concepto de Sueldo Básico, Riesgo Profesional, Dedicación Especial y Responsabilidad Funcional;

Que este último monto resulta exiguo para cubrir los costos originados en las comisiones de servicio, limitando las tareas del personal;

Que con la finalidad de posibilitar un viático que responda a los costos reales que originan tales servicios y con el objeto de que el mismo sea equitativo para todo el personal policial dependiente del Ministerio de Seguridad, resulta procedente acceder a lo solicitado;

Que la Ley N° 7979 faculta al Poder Ejecutivo a mantener actualizados los viáticos para el personal de la Administración Pública Provincial;

Que a fs. 62 y 64/65 obran los informes de la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia de Santa Fe y de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, donde consta la existencia de crédito presupuestario suficiente para hacer lugar a la presente gestión;

Que habiendo tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto –Actual Ministerio de Seguridad–, se ha expedido favorablemente mediante Dictámenes N° 1225/05, N° 0510/06 y N° 0050/2007 – fs.18, 28 y 41 respectivamente-;

Que ha tomado intervención Fiscalía de Estado mediante los dictámenes 0004/08 (fs. 45/48) y 0358/08 (fs. 73/74);

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTICULO 1° - Modifícase el art. 1 del Decreto 2831/80 en lo que respecta al Personal de Seguridad, con el siguiente texto: “Personal de Seguridad: Fíjase como valor del viático diario para la totalidad del Personal Policial dependiente del Ministerio de Seguridad, el mismo que rija para el personal permanente comprendido en los alcances del Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley N° 8525.

ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, y archívese.

BINNER

Dr. Daniel O. Cuenca

2288

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