CONSEJO PROFESIONAL DE
CIENCIAS ECONOMICAS
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
CAMARA SEGUNDA
COMUNICADO
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, Cámara Segunda comunica por este medio que Sancor Cooperativa de Seguros Limitada ha rescindido en forma unilateral la póliza del Seguro Colectivo de Vida N° 49921 debido al déficit que ha generado la misma por la elevada tasa de siniestralidad ocurrida en su universo poblacional. Dada la imposibilidad de renegociar las condiciones, por no ser estas sustentables económicamente en el tiempo, a partir del mes de Agosto de 2009 se ha dejado de facturar a los asegurados voluntarios adheridos a la póliza de referencia el cargo correspondiente en la respectiva chequera mensual. Rosario, 14 de setiembre de 2009. Firmado: Lic. Marcelo R. Marchetti. Gerente General.
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MUNICIPALIDAD DE
CAÑADA DE GOMEZ
DECRETO N° 3.677/08
DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2008 - DICTADO EN EL MARCO DEL EXPEDIENTE MUNICIPAL N° 4812. LETRA “D” Año 2008.
“INTENDENCIA, 30 de Diciembre de 2008; VISTO:... CONSIDERANDO:...
POR ELLO: En uso de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA:
Artículo 1º - Intímese por intermedio de la Subsecretaría de Gestión Jurídica a los contribuyentes enunciados en listado obrante a fs. 1 a 5 en los domicilios enunciados a fs. 19 a 24 del expediente municipal Nro. 4812 - Letra “D” - Año 2008, y/o a quien resulte responsable; a fin de que procedan a la reducción de cadáveres en los términos del art. 34° inc. b) de la Ordenanza N° 2275 y del art. 94° de la Ley N° 8173; bajo apercibimiento de proceder el Municipio a la reducción y posterior depósito en urnarios disponibles en el Cementerio Municipal; todo a exclusivo costo y cargo del infractor - conforme art. 41 ° inciso 7) Ley Orgánica de Municipalidades y art. 29° de la Ordenanza N° 2.275.
Art. 2º - En los casos e que se verifique el incumplimiento a lo dispuesto en el art. 1° precedente, dispondrá la reducción de cadáveres y posterior depósito en urnarios disponibles en el Cementerio Municipal, a costo y cargo de quien resulte responsable; previa publicación por edictos de la disposición respectiva citando a los legitimados.
Art. 3º - Autorizar a las oficinas técnicas del Municipio correspondientes a proceder conforme lo dispuesto por el presente decreto.
Art. 4º - Tome razón División Cementerio, Subsecretaría de Gestión Jurídica a fin de que proceda de acuerdo a lo precedentemente dispuesto, y todas/aquellas oficinas a quienes les incumba la aplicación de la presente norma legal.
Art. 5º - Comuníquese, publíquese y dése al R.M” Fdo. Dra. Stella Maris Clérici (Intendente Municipal)- C.P. Ana Pamela Suárez (Secretaria de Hacienda).
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