REGISTRADA BAJO EL Nº 12457
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase
la exención de la rendición de cuentas del subsidio otorgado a diversos
beneficiarios, por medio del Decreto Nº 2268 de fecha 08 de noviembre de 2004,
en concepto de compensación por los sufrimientos padecidos ante el
fallecimiento de la señora Dora Margarita Benítez, tía de los peticionantes,
ocurrido como consecuencia del fenómeno hídrico acontecido en nuestra ciudad
los días 29 y 30 de abril de 2003.
La citada norma legal, se agrega como
anexo y forma parte de esta Ley
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A UN DIA DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL CINCO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
José Ariel Ugalde
Subsecretario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2083
SANTA FE, 13 SET 2005
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.457 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Roberto Arnaldo Rosua
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607
- e-mail:ditecleg@arnet.com.ar