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DECRETO Nº 2152


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 13 AGO 2018

VISTO:

El Expediente N° 02201-0005100-5 — S.I.E. - (MinCTIP) - mediante el cual se tramita la creación del Programa Estratégico de Género del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y;

CONSIDERANDO:

Que, como establece la ley 13.509 en su artículo 11 inciso b) punto 2, compete a cada Ministerio en lo concerniente a su materia específica: "Proponer al Poder Ejecutivo los objetivos, políticas y estrategias en los asuntos de su competencia, ejecutar los planes, programas y proyectos aprobados";

Que a partir de la creación del Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos (PIOD) en el año 2013 la Provincia asume el compromiso de realizar acciones que tiendan a transformar las asimetrías entre los géneros;

Que acortar la brecha de género constituye un tema fundamental para lograr el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, que debe ser transversal y que requiere un esfuerzo explícito para mejorar la participación de las mujeres en todas las iniciativas relacionadas con la creación, difusión y aplicación de conocimiento, investigación e innovación;

Que se hace necesario promover un entorno más favorable que no presente tantos obstáculos para las mujeres, modificando el entorno para que perciban que su lugar en la ciencia y la tecnología es legítimo y que su trabajo se desarrolle bajo el mismo trato y las mismas condiciones y derechos que sus pares varones;

Que es preciso incorporar un enfoque de género en las investigaciones y la prá ctica científica y aumentar la producción de conocimientos, tecnologías e innovaciones de cali- dad mediante capacitación y difusión de herramientas;

Que si bien la participación es cada vez mayor y más calificada en la mayoría de los sectores de ciencia y tecnología, las mujeres están muy poco representadas en puestos jerárquicos y de toma de decisiones en instituciones de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), y en empresas innovadoras y como emprendedoras, siendo necesario alcanzar un balance;

Que, el Programa tiende a una ciencia más innovadora y robusta en la Provincia, a partir de aumentar la participación, contribución y visibilidad de las mujeres en la producción de conocimiento y tecnologías, mediante la integración de equipos más diversos, la incorporación de la perspectiva de género y la facilitación de la llegada de mujeres a puestos de decisión;

Que la gestión cuenta con la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción actuante;

Que el trámite se encuadra en lo previsto por el Artículo 72° inciso 1° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE

LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Créase el "Programa Estratégico de Género" del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, que como Anexo I se agrega y forma parte integrante del presente decisorio.-

ARTÍCULO 2°.- Desígnase como autoridad de aplicación del Programa citado en el artículo precedente al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-

ARTÍCULO 3°,- Refréndese por la señora Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

LIFSCHITZ

Dra. Erica Rut Hynes

Nota: Se publica sin el anexo, pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.

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