picture_as_pdf 2012-08-21

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCION Nº 1436


VISTO:

El expediente N° 00501-0116734-4 del S.I.E. mediante el cual los Colegios de Farmacéuticos y Médicos de la Provincia de Santa Fe, en acuerdo con la Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central, propician la aprobación de la utilización de formularios de receta a color, para la prescripción de PSICOTROPICOS Lista III y ESTUPEFACIENTES Lista III; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 2461/11, entre otras medidas, se aprobó la puesta en marcha de una prueba piloto en la ciudad de Rosario, que implementó la utilización de formularios de receta a color para la prescripción por parte de los profesionales médicos radicados en esa ciudad, de determinados estupefacientes lista III y psicotrópicos lista III;

Que el resultado obtenido, con la aplicación de la citada normativa, fue altamente satisfactorio, ya que se detectó ausencia de falsificaciones de recetas, disminuciones de prescripciones y consecuentemente del consumo de las sustancias involucradas en la prueba;

Que en tal sentido y en procura de aunar esfuerzos para imprimirle seguridad al sistema en protección de la salud de la población, se acordó entre este Ministerio, a través de sus áreas técnicas competentes, y los Colegios de Médicos y Farmacéuticos de la Provincia de Santa Fe, poner en vigencia un formulario en papel color, tipo receta, para la prescripción de los medicamentos denominados PSICOTROPICOS que integran la Lista III de la Ley Nacional Nº 19.303 (adhesión Provincial por Decreto 696/73) y ESTUPEFACIENTES incluidos en la Lista III de la Ley Nacional Nº 17.818 (adhesión Provincial por Decreto N° 851/70);

Que oportunamente se han expedido la Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Bioquímica, Farmacia y Droguería Central y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en este último caso mediante Dictamen N° 86.898/12 (fs. 33/34), sin formular objeciones al trámite;

Que compete a este Ministerio decidir en las presentes actuaciones, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 11° y 22°, incisos 1) y 6), de la Ley N° 12.817;

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:

Artículo 1° - Dispónese el uso obligatorio en todo el territorio provincial, para la prescripción de los medicamentos denominados PSICOTROPICOS que integran la Lista III de la Ley Nacional N° 19.303 (adhesión Provincial por Decreto Nº 696/73) y ESTUPEFACIENTES incluidos en la Lista III de la Ley Nacional Nº 17.818 (adhesión Provincial por Decreto N° 851/70), del formulario RECETA COLOR, cuya impresión corresponderá exclusivamente al Ministerio de Salud de la Provincia o institución en la que éste delegue dicha tarea.

Artículo 2° - Los referidos formularios serán impresos en papel de color, numerados correlativamente y llevarán en el anverso el escudo de la Provincia de Santa Fe, el nombre de Provincia de Santa Fe y Ministerio de Salud. En su reverso estarán impresos los siguientes Ítems, que el farmacéutico deberá controlar y hacer constar al momento de la dispensa: firma y aclaración del paciente o de quien retira el medicamento, número de documento, domicilio, teléfono particular, número de registro en el libro recetario y firma y sello del farmacéutico.

Artículo 3° - Los Colegios de Médicos controlarán la distribución de los recetarios, determinando los mecanismos más idóneos para ello, asegurándose la adecuada utilización por los médicos matriculados y debidamente autorizados.

Artículo 4° - Establécese que a los recetarios oficiales -de tres cuerpos- para prescripción de Psicotrópicos Lista II y Estupefacientes Lista I y II que se utilizan actualmente, se les incorpora en sus impresos un color.

Artículo 5° - La presente reglamentación se pondrá en vigencia a los 30 (treinta) días de la fecha de esta resolución.

Artículo 6° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 9081 Ag. 21 Ag. 22

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DIRECCION GENERAL DE

DESPACHO Y SERVICIO

INTERMINISTERIAL



COMUNICADO


Por la presente, se comunica al Sr. OSCAR DANIEL DIAZ, domiciliado en Calle 151 N° 3389 de la Localidad de Plátanos de la Provincia de Buenos Aires, lo expresado por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y la Dirección General de Control del Agente Financiero con referencia a su reclamo de cancelación del importe de las Acciones Clase “B” correspondientes al “Programa de Propiedad Participada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. que dice: El Nuevo Banco de Santa Fe S.A. informa mediante Nota N° 921/12 que “... el Señor Oscar Daniel Díaz (D.N.I. N° 13.786.450) es titular al día de la fecha de 7335 Acciones Clase “B” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.; 2) respecto de los dividendos correspondientes a las acciones antes señaladas cabe destacar que se encuentran alcanzados por la medida cautelar dispuesta por el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito N° 3 de Santa Fe, en autos caratulados “Sociedad de Trabajadores del Nuevo Banco de Santa Fe c/Acetta, Juan Vicente s/Acción Mere Declarativa” (Expte. N° 1323/2009). En tal sentido se informa que se encuentran comprendidos dentro del alcance de la medida cautelar los dividendos correspondientes a los años 2006, 2007, 2009 y 2010; 3) en relación a los ejercicios 2008 y 2011 ponemos en su conocimiento que el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. no efectuó en esas ocasiones distribución de dividendos. Por otro lado, el Director Provincial del Control del Agente Financiero expresa que: “...visto el Decreto N° 1146/2006 del Poder Ejecutivo Provincial, en su artículo 1° establece: Apruébese el modelo de Acuerdo General de Transferencia de las acciones clase “B” del Programa de Propiedad Participada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. que forma parte del presente Decreto designado como Anexo “A” y que dicho Acuerdo fue formalizado y forma parte del mencionado Decreto, la Provincia de Santa Fe a transferido la totalidad de las Acciones Clase “B” del Programa de Propiedad Participada del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Asimismo y con la finalidad de dar respuesta a lo solicitado se requirió al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. contestación a la Carta Documento del Señor Oscar Daniel Díaz. Existe una causa en sede judicial sobre el reclamo en cuestión. - Fdo. Dr. Ernesto Gaspar Francisco Luna - Director General de Despacho y Servicio Interministerial del Ministerio de Economía.

S/C 9078 Ag. 21

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACION


En relación a los autos administrativos Nº 16101-0121714-3 y su agregado por cuerda floja Expediente Nº 16101-0130849-0, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1635 de fecha 15/04/10 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28 del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. PICCIRILLO ANGEL, con último domicilio conocido en Rosario 2042 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 355/11 dictada el 6 de Abril de 2011 por el Téc. Juan Manuel Rafael De Córdoba Sub-Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad por ausencia del Sr. Administrador General y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente. Visto;... y Considerando:... Resuelve:... Artículo 1º - Aprobar el Acta de Infracción N° 1635 de fecha 15/04/10, conforme lo dispone la normativa vigente. Artículo 2º - Intimar al Sr. Picirillo Angel, en carácter de conductor, con domicilio en Rosario 2042 de la localidad de y Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, el transportista GLIKSTEIN y COMPAÑIA S.A.C.I.A.M., con domicilio en 27 de Febrero 4156 y Bv. Avellaneda 4156, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y el cargador GLIKSTEIN y COMPAÑIA S.A.C.I.A.M. con domicilio en Obrador R.P. 21 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia, de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 30 días de recibida la presente la suma de $ 14.734,56 (Pesos Catorce Mil Setecientos Treinta y Cuatro con 56/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El que deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de La Dirección Provincial de Vialidad. Bv. Muttis 880 de este ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 3º - La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión, marca Volkswagen; Modelo 17310, Dominio Chasis GCI 038, Dominio Semirremolque DFY 079, Sr. Piccirillo, Angel, con domicilio en Rosario 2042 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Pe el transportista (GLIKSTEIN y COMPAÑIA S.A.C.I.A.M. con domicilio en 27 de Febrero 4156 y Bv. Avellaneda 4156, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y el cargador GLIKSTEIN y COMPAÑIA S.A.C.I.A.M. con domicilio en Obrador R.P. 21 localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 14.734.56 (Pesos Catorce Mil Setecientos Treinta y Cuatro con 56/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 4º - Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 9076 Ag. 21 Ag. 22

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DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA


NOTIFICACION


Por disposición de la Lic. Elisa Carolina Galceran, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe s/ Adopción de Medida de Protección Excepcional en beneficio de los niños CACERES CRISTIAN GABRIEL, ASIS NAHIR LOURDES, CACERES MELANI BELEN, GUTIERREZ MILENA NAIARA, el Expediente N° 01503-0001543-2, se notifica al progenitor de la niña Gutiérrez Milena Naiara, al Sr. Miguel Angel Gutiérrez, quien acredita su identidad con DNI. N° 32.937.756, de la Disposición administrativa N° 000061 de fecha 26 de junio de 2012: “VISTOS. CONSIDERANDO. RESUELVO: ARTICULO N° 1: Se adopta una Medida de Protección Excepcional, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial N° 12.967 y su correlato en la Ley Nacional N° 26.061, que tiene por sujetos de protección a los niños CACERES CRISTIAN GABRIEL, de 10 años de edad, nacido el 03 de mayo de 2.002 y quien acredita su identidad con DNI. N° 44.025.450, ASIS NAHIR LOURDES, de 7 años de edad, nacida el 25 de abril de 2.005 y quien acredita su identidad con DNI. N° 46.492.107, CACERES MELANI BELEN, de 4 años de edad, nacida el 19 de octubre de 2.007 y quien acredita su identidad con DNI. N° 47.976.172 y GUTIERREZ MILENA NAIARA, de 2 Años de edad, nacida el 20 de abril de 2.010 y quien acredita su identidad con DNI. N° 50.210.295, siendo su progenitora en ejercicio de la patria potestad, la Sra. Marta María de Lourdes Cáceres, quien acredita su identidad con DNI. N° 31.459.332 y de la última niña mencionada, siendo el progenitor, el Sr. Miguel Angel Gutiérrez, quien acredita su identidad con DNI. N° 32.937.756, ambos progenitores domiciliados en calle Buenos Aires N° 4.761 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. Que la Medida de Protección Excepcional, tiene por objeto regularizar la situación legal de los niños referidos y continuar con la separación transitoria de la convivencia de sus progenitores, quedando alojado transitoriamente en el Sistema de Cuidados Alternativos Familiares. ARTICULO N° 2: La Medida de Protección Excepcional se establece por el plazo de noventa (90) días, y que comienza a correr a partir de que quede firme el presente acto administrativo. La contención y el abordaje de la problemática social continuarán siendo ejercidos por el Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe, dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe de manera articulada y coordinada con los profesionales del Equipo de Acción Social de la Municipalidad de Santo Tomé y del Comité de Violencia y Maltrato Infantil de la misma ciudad y demás referentes de la situación abordada y demás referentes del primer nivel intervinientes en la situación. ARTICULO N° 3: El Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia efectuará el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y peticionará el pertinente Control de la Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente. ARTICULO N° 4: En el transcurso de la aplicación de la Medida de Protección Excepcional, podrá modificarse en razón de la variación de las circunstancias de hecho que dieron origen a esta medida. Estas modificaciones serán comunicadas a los representantes legales y/o responsable del niño, niña o adolescente y al Tribunal de Familia interviniente en el control de legalidad de la misma, sin que ello implique una nueva Disposición por parte del órgano administrativo. ARTICULO N° 5: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese. Fdo. Lic. Elisa Carolina Galceran, Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe. Para hacer valer sus derechos en los autos mencionados dentro del término que determina la Ley Provincial N° 12.967 de “Promoción y Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” conforme a sus arts. 60, 61, 62 y su Decreto Reglamentario N° 0619/2010. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Santa Fe, agosto de 2012.

S/C 9079 Ag. 21 Ag. 23

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EMPLAZAMIENTO


Por disposición de la Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Señor Eduardo Alomar D.N.I. 7.686.717, que en los autos caratulados “Expediente Nro. 00901-0044790-6 TCP s/ Pagos Boletas Gastos Electorales Cargo 2005-00/1012-000-30 (Rendición de Cuentas Nº 2005/6774), del 3º Trimestre de 2008 del Ministerio de Gobierno de Justicia y Culto, se ha resuelto emplazarlo para que remita la documentación original que justifique la erogación de los fondos de la inversión por $ 1.182,63 correspondiente a Pagos Boletas Gastos Electorales, habiéndose dictado al efecto la Resolución Nro. S.I. 194/11 de fecha 29 de diciembre de 2011, la cual en su parte pertinente expresa: “VISTO: ----------CONSIDERANDO: ----------------- RESUELVE: Artículo 1ro.: Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar Resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. FDO.: C.P.N. María del Carmen Crescimanno - Presidente - CPN German Luis Huber – Vocal – Doctor Mario Esquivel – Vocal – CPN Alicia Zulema Escudero – Secretaria Sala I.

S/C. 9083 Ag. 21 Ag. 22

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Por disposición de la Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Señor Miguel Angel Avalos, D.N.I. 12.215.057, que en los autos caratulados “Expediente Nro. 00901-0044729-4 TCP s/ Pagos Boletas Gastos Electorales Cargo 2005-00/1012-000-30 (Rendición de Cuentas Nº 2005/6718), del 3º Trimestre de 2008 del Ministerio de Gobierno de Justicia y Culto, se ha resuelto emplazarlo para que remita la documentación original que justifique la erogación de los fondos de la inversión por $ 1.224,25 correspondiente a Pagos Boletas Gastos Electorales, habiéndose dictado al efecto la Resolución Nro. S.I. 190/11 de fecha 29 de diciembre de 2011, la cual en su parte pertinente expresa: “VISTO: ----------CONSIDERANDO: ----------------- RESUELVE: Artículo 1ro.: Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar Resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. FDO.: C.P.N. María del Carmen Crescimanno - Presidente - CPN German Luis Huber – Vocal – Doctor Mario Esquivel – Vocal – CPN Alicia Zulema Escudero – Secretaria Sala I.

S/C. 9084 Ag. 21 Ag. 22

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Por disposición de la Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Señor Norberto J. Olivares D.N.I. 11.841.240, que en los autos caratulados “Expediente Nro. 00901-0044766-3 TCP s/ Pagos Boletas Gastos Electorales Cargo 2005-00/1012-000-30 (Rendición de Cuentas Nº 2005/6759), del 3º Trimestre de 2008 del Ministerio de Gobierno de Justicia y Culto, se ha resuelto emplazarlo para que remita la documentación original que justifique la erogación de los fondos de la inversión por $ 1.435,62 correspondiente a Pagos Boletas Gastos Electorales, habiéndose dictado al efecto la Resolución Nro. S.I. 178/11 de fecha 29 de diciembre de 2011, la cual en su parte pertinente expresa: “VISTO: ----------CONSIDERANDO: ----------------- RESUELVE: Artículo 1ro.: Emplazar al responsable para que dentro del término de 15 (quince) días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la presente, conteste por escrito los reparos formulados acompañando documentos y probanzas suficientes, bajo apercibimiento de dictar Resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutarlo. Artículo 2do.: Regístrese, notifíquese y resérvese hasta el vencimiento del término acordado. FDO.: C.P.N. María del Carmen Crescimanno - Presidente - CPN German Luis Huber – Vocal – Doctor Mario Esquivel – Vocal – CPN Alicia Zulema Escudero – Secretaria Sala I.

S/C. 9085 Ag. 21 Ag. 22

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COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en T.3 Agrupada 7 planta baja Bº Pucará, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 21 DE AGOSTO DE 2012, a las siguientes personas:

REGION I- NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO – LOCALIDAD LAS TOSCAS

1 Sr./a: ORDEN DE LOS SIERVOS DE MARIA, Matrícula Individual CUIT 30-68582719-7, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BºSAN AGUSTIN CASA Nº 21 ,de la ciudad de: LAS TOSCAS, identificado como: Lote 39 Manzana A Plano Nº 158359/2010: Partida Inmobiliaria Nº 03-05-00-9300260031-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 224 Par Fº 698 Nº 48106/2003 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0059650-8, Iniciador :PELOZO GUSTAVO BERNARDINO.

2 Sr./a: ORDEN DE LOS SIERVOS DE MARIA, Matrícula Individual CUIT 30-68582719-7, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Bº SAN AGUSTIN CASA Nº 26 ,de la ciudad de: LAS TOSCAS, identificado como: Lote 34 Manzana A Plano Nº 158359/2010: Partida Inmobiliaria Nº 03-05-00-9300260026-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 224 Par Fº 698 Nº 48106/2003 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0060102-8, Iniciador :ACEVEDO ORLANDO REY.

3 Sr./a: ORDEN DE LOS SIERVOS DE MARIA, Matrícula Individual CUIT 30-68582719-7, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Bº SAN AGUSTIN- CASA Nº 20 ,de la ciudad de: LAS TOSCAS, identificado como: Lote 40 Manzana A Plano Nº 158359/2010: Partida Inmobiliaria Nº 03-05-00-9300260032-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 224 Par Fº 698 Nº 48106/2003 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0059887-2, Iniciador :RAMIREZ MIGUEL ANGEL.

4 Sr./a: ORDEN DE LOS SIERVOS DE MARIA, Matrícula Individual CUIT 30-68582719-7, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Bº SAN AGUSTIN - CASA Nº 25 ,de la ciudad de: LAS TOSCAS, identificado como: Lote 35 Manzana A Plano Nº 158359/2010: Partida Inmobiliaria Nº 03-05-00-9300260027-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 224 Par Fº 698 Nº 48106/2003 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0060110-9, Iniciador :OTAZO JUANA NOEMI.

5 Sr./a: ORDEN DE LOS SIERVOS DE MARIA, Matrícula Individual CUIT 30-68582719-7, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Bº SAN AGUSTIN - CASA Nº 8 ,de la ciudad de: LAS TOSCAS, identificado como: Lote 3 Manzana Plano Nº 158359/2010: Partida Inmobiliaria Nº 03-05-00-9300260009-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 224 Par Fº 698 Nº 48106/2003 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0061152-0, Iniciador :MUÑOZ GABRIELA.

REGION I- NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO – LOCALIDAD RECONQUISTA

6 Sr./a: FRANCISCO JOSE LORENZON, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 85 Nº 768 ,de la ciudad de: RECONQUISTA, identificado como: Lote 21 Manzana C (concesión Nº 38) Plano Nº 100515/1982: Partida Inmobiliaria Nº Tomo 79 Impar Fº 96 Nº 12387/1952 y cuyo dominio obra inscripto en: 03-20-00-511457/0122-3 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 015010025320-1, Iniciador :BANDEO ENRIQUE JUSTO.

REGION I- NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO – LOCALIDAD VILLA OCAMPO

7 Sr./a: ANGELA FILIPPON, ATILIO ARMANDO O AMADO LOPEZ Y RUBIO, MABEL BALBINA LOPEZ Y RUBIO, FELISA LOPEZ Y RUBIO, MENARDO RAUL LOPEZ Y FILIPPON, JANUARIO LOPEZ Y FILIPPON, SALVADOR LOPEZ Y FILIPPON, ESTELA MARIA LOPEZ Y FILIPPON, RAFAEL LOPEZ Y FILIPPON, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: URQUIZA 1760 ,de la ciudad de: VILLA OCAMPO, identificado como: Lote 6 y 7 Manzana 81 Plano Nº 97237/1981: Partida Inmobiliaria Nº 03-08-00-013633/8000-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 58 Par Fº 72 Nº 51427- Nº 21757/55 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0024202-1, Iniciador :SPITZER ALFREDO DOMINGO

8 Sr./a: ALEJANDRO GUARIN/QUARIN, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DR. FARRAN 921 ,de la ciudad de: VILLA OCAMPO, identificado como: Lote PTE N Manzana 116 Plano Nº 15705/54: Partida Inmobiliaria Nº 03-08-00-014090/0027-4 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 086 Par Fº 145 Nº 21342/1956 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0024215-7, Iniciador :ENCINA LUIS REINALDO.

9 Sr./a: ROSA HAIDEE SOTO y MARIA FREDOLINA SOTO, Matrícula Individual L.C. Nº 4.475.244 Y L.C. Nº 7.571.548, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: F.L.BELTRAN 2100 ,de la ciudad de: VILLA OCAMPO, identificado como: Lote 7 Manzana 30 Plano Nº 54/1927 y Plano Nº 26721/1959: Partida Inmobiliaria Nº 03-08-00-0139570000-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 099 Par Fº 485 Nº 20894/1963 Departamento: GENERAL OBLIGADO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0025001-9, Iniciador :FIGUEROA CATALINO.

REGION III- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD LAGUNA PAIVA

10 Sr./a: JUAN RAFAEL CARRANZA y VICENTE TOMAS GARRERA, Matrícula Individual DNI DESCONOCIDO/ L.E. Nº 2.380.726, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: J.B. ALBERDI 2145 ,de la ciudad de: LAGUNA PAIVA, identificado como: Lote 7 Manzana 10 Plano 17470/1955: Partida Inmobiliaria Nº 10-05-00-637256/0025-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 133 Par Fol 1362 Nº 45510/1944 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0005379-3, Iniciador :RODRIGUEZ MARIA G..

REGION III- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTA FE

11 Sr./a: AMELIA MAGDALENA BIAGIONI, MIGUEL ANGEL ENRIQUE BIAGIONI, MAGDALENA FRITTOLI DE BIAGIONI y sus hijos ó MAGDALENA JOSEFINA AGUSTINA JUANA FRITTOLI DE BIAGIONI ó MAGDALENA JOSEFA AGUSTINA JUANA FRITTOLI DE BIAGIONI, ISABEL MARIA BIAGIONI, AMELIA MAGDALENA B, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SANTIAGO DERQUI 2128 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 13 Manzana H Plano Nº 97: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-124154/0000-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 315 Par Fº 02428 Nº 019074/1973 y Tomo 102 Par Fº 00403 Nº 025423/1965 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0023856-7, Iniciador :BOBOT CHOBOT VILMA

REGION III- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO SAN JAVIER – LOCALIDAD SAN JAVIER

12 Sr./a: MARIO MIGNO O MIJNO y OLIDEN ALEJANDRO COUVERT, Matrícula Individual L.E. Nº 6.318.429 y L.E. Nº 2.391.946, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RUTA PCIAL 1 Bº EL ONCE ,de la ciudad de: SAN JAVIER, identificado como: Lote 2 Manzana 152 Plano Nº 138548/2005 (conf. Catastro) Nº 39714/1964 (Conf. Titulo): Partida Inmobiliaria Nº Tomo 88 Fº 407 Nº 26061/1964 y cuyo dominio obra inscripto en: 04-04-00-020949/0025-1 Departamento: SAN JAVIER, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0054060-2, Iniciador :MONJE MIRTHA LAURA.

REGION III- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO SAN JUSTO – LOCALIDAD SAN JUSTO

13 Sr./a: MAGDALENA SOCORRO BASUALDO DE PENNO, Matrícula Individual L.C. Nº 10.315.469, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: HIPOLITO IRIGOYEN 1930 ,de la ciudad de: SAN JUSTO, identificado como: Lote 16 Manzana I Plano Nº 85152/77: Partida Inmobiliaria Nº Tomo 143 Fº 479 Nº 36633/1980 y cuyo dominio obra inscripto en: 06-11-00-030066/0049-6 Departamento: SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0059696-6, Iniciador :PIANETTI CARLOS ALBERTO.

S/C. 9048 Ag. 21

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