MUNICIPALIDAD DE RECREO
ORDENANZA Nº 2157/2015
Visto... Considerando... EL Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Recreo sanciona lo siguiente: ARTICULO 1.- Autorízase al Señor Intendente Municipal, Mario Luis Formento, a ausentarse del Municipio por siete (07) días hábiles, desde el 08 (ocho) hasta el día diecisiete (17) de Julio de 2015, inclusive.
ARTICULO 2.- Dispónese que el Presidente del H. Concejo Municipal reemplace al Señor Intendente en sus funciones, mientras dure la ausencia en su cargo.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, sancionada por unanimidad en Sesión Ordinaria N° 15/2015 del 01/07/2015. Fdo.: Concejal Franco Passarelli -Presidente de HCM- y Marta Villa Sayago -Secretaria Parlamentaria. Registrada Bajo el Nº 2157/2015. Promulgada Mediante Decreto N° 1544/2015 del 07/07/2015.
ORDENANZA N° 2158/2015
Visto... Considerando...: EL Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Recreo sanciona el siguiente ARTICULO 1.- Otórguese a Industrias Frigoríficas Recreo S.A.I.C. la habilitación con Uso No Conforme, exceptuándola de la presentación de las mejoras existentes en los inmuebles identificados como Sección 12-Parcela 9; Sección 12- Manzana 1915-Parcelas 06 a 23; Sección 12-Manzana 1915-Parcelas 26 y 27; Sección 12-Manzana 1815-Parcelas 01 a 08; y para el desarrollo de las siguientes actividades:
• Engorde en corrales (Feed-Lot).
• Matanza de ganado bovino.
• Procesamiento de carne de ganado bovino.
• Elaboración de fiambres y embutidos.
• Operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo.
ARTICULO 2.- Autorízase la ejecución de una ampliación de la planta existente en el inmueble identificado como Sección 7-Manzana 1914 B-Parcela 02, en el marco del proyecto de modernización de la fábrica de chacinados propuesta.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
Sancionada por unanimidad en Sesión Ordinaria N° 15/2015 del 01/07/2015. Fdo. Concejal Franco Passarelli - Presidente de HCM- y Marta Villa Sayago -Secretaria Parlamentaria. Registrada Bajo el Nº 2158/2015. Promulgada Mediante Decreto N° 1545/2015 del 07/07/2015.
ORDENANZA Nº 2159/2015
Visto... Considerando...: EL Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Recreo sanciona lo siguiente ARTICULO 1.- Declárese el “estado de emergencia hídrica pluvial, fluvial o combinada”, en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Recreo, por un plazo de doce (12) meses desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza. ARTICULO 2.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante procedimientos excepcionales de compra directa siempre que se respete la debida concurrencia de oferentes, tratamiento igualitario de los mismos, cotejo de ofertas y condiciones análogas, cuando se trate de adquisiciones y/o contrataciones destinadas a estudios profesionales, obras públicas, de limpieza, desobstrucción de desagües pluviales y canales reservorios, todo ello con comunicación al Honorable Concejo Municipal dentro del plazo de cinco (5) días de celebrado/s. ARTICULO 3.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante las gestiones necesarias ante el Gobierno Nacional y Provincial, a los fines de obtener la ayuda económica necesaria para materializar los objetivos de prevención que se diseñen, y producto de tales gestiones a suscribir Convenios con ambos estados, a fin de proveer a la mejor ejecución de las acciones en jurisdicción de Recreo en el plazo más breve posible; todo ello con comunicación al H. Concejo Municipal dentro del plazo de cinco (5) días de celebrado/s. ARTICULO 4.- Facúltase al DEM a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. ARTICULO 5.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal. Sancionada por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 15/2015 del 01/07/2015. Fdo, Concejal Franco Passarelli -Presidente de HCM- y Marta Villa Sayago -Secretaria Parlamentaria. Registrada Bajo el N° 2159/2015. Promulgada Mediante Decreto N° 1546/2015 del 07/07/2015.
$ 107,25 266668 Jul. 21
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