picture_as_pdf 2004-07-21

REGISTRADA BAJO EL Nº 12295

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTICULO 1º - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripta entre los Productores Lecheros, las Industrias Lácteas y los Gobiernos de las Provincias de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, La Pampa y Buenos Aires y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, a través del Programa Nacional de Política Lechera (implementado mediante Resolución SAGPYA 320/02) el día 8 de Mayo de 2003, dentro de la Mesa Nacional de Política Lechera.

Dicha Acta Acuerdo fue aprobada ad-referéndum de la Honorable Legislatura mediante Decreto 3531/03 e inscripta en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, el día 19-06-03 bajo el 1766, Folio 85, Tomo IV, que se agrega y forma parte de esta ley.

 

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Marcos Corach

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 1231

SANTA FE, 15 julio de 2004

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.295 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

OBEID

Ing. Qco. Roberto Armando Ceretto

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe Tel.0342-4506607 - email:ditecleg@arnet.com.ar

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