REGISTRADA BAJO EL Nº 12295
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º - Apruébase en todos sus términos el
Acta Acuerdo suscripta entre los Productores Lecheros, las Industrias Lácteas y
los Gobiernos de las Provincias de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, La Pampa y
Buenos Aires y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, a
través del Programa Nacional de Política Lechera (implementado mediante
Resolución SAGPYA N° 320/02) el día 8 de Mayo de
2003, dentro de la Mesa Nacional de Política Lechera.
Dicha Acta Acuerdo fue aprobada ad-referéndum de la Honorable Legislatura
mediante Decreto N° 3531/03 e inscripta en el
Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales,
el día 19-06-03 bajo el N° 1766, Folio 85, Tomo IV,
que se agrega y forma parte de esta ley.
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Marcos Corach
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1231
SANTA FE, 15 julio de 2004
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.295
efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes
corresponde observarla y hacerla observar.
OBEID
Ing. Qco. Roberto Armando Ceretto
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 2° Piso - Santa Fe
Tel.0342-4506607 - email:ditecleg@arnet.com.ar
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