picture_as_pdf 2004-07-21

DECRETO 1188

 

SANTA FE, 5 Julio 2004

VISTO:

El Expediente 00401-0120241-5 y su agregado en cuerda floja 20416- 0003161-8, ambos del registro del Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones su Servicio Provincial de Enseñanza Privada gestiona la caducidad del aporte estatal otorgado a la Escuela de Enseñanza Media Particular Incorporada 3049 “Centro Educativo Santafesino” y al Instituto Superior Particular Incorporado 9217 “Ciencias de la Comunicación” ambos de Rosario, propiedad de la “Sucesión de José Panarisi”; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 4419/89 se otorgó el beneficio de la incorporación con el 100 % de aporte estatal a la Escuela de Enseñanza Media 3049 precitada;

Que por otra parte, el Instituto Superior aludido fue transferido por la Superintendencia Nacional de Enseñanza Privada a la órbita provincial con el 100%;

Que en autos se advierten incumplimientos reiterados de las obligaciones establecidas en la Ley 6427, en lo que hace a falta de solvencia económica y financiera y deuda previsional, cuyo convenio se encuentra caído;

Que obran en las actuaciones informes técnicos y documentación que avalan lo afirmado;

Que la situación institucional de ambos establecimientos se encuentra alcanzada por el Artículo 206° del Decreto Ley 1757/56 - de Contabilidad de la Provincia, habiéndose dictado la Disposición 33/04 a través de la cual la Dirección General de Administración Jurisdiccional le suspende la transferencia de aporte estatal;

Que tales omisiones e irregularidades hacen pasibles a los responsables de las instituciones educativas de la sanción prevista en el Artículo 38° Inciso c) de la Ley 6427 y con encuadre en el Artículo 39° Inciso 2) del mismo cuerpo legal,

Que en Acta obrante a foja 52, se dejó constancia de que no se desarrollan actividades en el local de esos establecimientos,

Que corresponde a este Poder Ejecutivo resolver conforme lo peticionado,

Por Ello:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto, con retroactividad al 19 de marzo de 2004, la incorporación con aporte estatal del 100%, otorgada por Decreto 4419/89 y norma respectiva de la Superintendencia Nacional de Enseñanza Privada, a la Escuela de Enseñanza Media Particular Incorporada 3049 “Centro Educativo Santafesino” y al Instituto Superior Particular Incorporado 9217 “Ciencias de la Comunicación”, ambos de Rosario, dependientes del Servicio Provincial de Enseñanza Privada del Ministerio de Educación.

Artículo 2°.- El Ministerio de Educación, a través del Servicio Provincial de Enseñanza Privada, exigirá el cumplimiento de las restantes obligaciones emergentes de la normativa vigente (Ley 6427 y Decreto Reglamentario 2880/69).

Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

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