JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
ADRIAN MARCELO HUERTA
Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Décima Octava Nominación Rosario, autos: CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO CEREALES ROSARIO c/OTROS s/EJECUTIVO, Expte. 775/10, (Demandado CUIT se desconoce), Martillero Adrián Marcelo Huerta (C.U.I.T. Nº 20-17818911-6), venderá en pública subasta, el día 27 de junio de 2012 a las 18,00 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, Rosario, si resultare inhábil y/o razones de fuerza mayor, se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar, siguiente inmueble: Consorcio de Copropietarios Edificio Cereales Rosario ubicado en calles Italia 646/66 2; Dorrego 639/641/653 y 661; y San Lorenzo 1819/1831, Rosario, Provincia de Santa Fe, Sección Catastral Municipal Nº 1°, Manzana Nº 87, Gráfico Nº 10, 13 y 30. Unidad “A-Cincuenta y Cinco” (A-55): Ubicada en planta primer subsuelo, se compone de un espacio destinado a cochera; tiene acceso a la vía pública por la rampa de propiedad común que tiene entrada por calle Dorrego N° 661; encierra una superficie de propiedad exclusiva de 9,08 m2; le corresponde una superficie de bienes comunes de 3,11 m2; su superficie total sumando ambos tipos de áreas es de 12,19 m2; y se le asigna un valor actualmente de 0.10% con relación al conjunto del inmueble. Dominio inscripto al Tomo 238, Folio 65, Nº 106899, Propiedad Horizontal, Dto. Rosario.- Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre del demandado. Embargos: al Tº 119E, F° 5407, Nº 396416 de fecha 18/11/10, monto $ 21.354,00, por los autos que se ejecutan. El inmueble se subastará en el estado de ocupación que consta en autos a fs. 153, Desocupado. Saldrá a la venta con la base de $ 80.000, para el caso de no haber postores en segunda subasta con una retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes en tercera subasta con la última base del 20% de la base inicial, los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia, e I.V.A., si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f Código Fiscal). Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes v en el acto de la subasta: que en supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quién resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión, todo al Martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pagos mencionados o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal, sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina, según comunicación “A”5147 de fecha 23/11/2010. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento de art. 497 C.P.C.C., dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A”5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumpliese dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por éste Tribunal y/o el martillero actuante a la A.F.I.P. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes y asimismo; cumplimentarse con la información expresada en el párrafo anterior de ser menester. Hágase saber que previo a la transferencia deberán estar abonados los impuestos que gravan el acta de subasta, así como las tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble. Cumpliméntese con la publicidad de ley. Publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL. La publicación adicional a la de los edictos consistirá en tres avisos en el Diario la Capital (Sección Remates). Oficiase a los fines del art. 506 C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C.C. y permanecerá en Secretaria. Hágase saber que se fijan como días de exhibición del inmueble, los tres días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta, en los horarios fijados a sus efectos. Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran en Secretaria de este Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Más informes al Martillero al Tel. 0341-155-311386. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 13 de Junio de 2012. Fdo. Dra. Myrian Huljich, secretaria.
$ 310 170618 Jun. 21 Jun. 26
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POR
ADRIAN MARCELO HUERTA
Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Décima Octava Nominación Rosario, autos: CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO CEREALES ROSARIO c/OTROS s/EJECUTIVO, Expte. 363/10, (Demandado CUIT se desconoce), Martillero Adrián Marcelo Huerta (C.U.I.T. Nº 20-17818911-6), venderá en pública subasta, el día 27 de junio de 2012 a las 17,30 hs., en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238, Rosario, si resultare inhábil y/o razones de fuerza, mayor, se realizará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar, siguiente inmueble: Consorcio de Copropietarios Edificio Cereales Rosario ubicado en calles Italia 646/66 2; Dorrego 639/641/653 y 661; y San Lorenzo 1819/1831, Rosario, Provincia de Santa Fe, Sección Catastral Municipal Nº 1°, Manzana Nº 87, Gráfico N° 10, 13 y 30. Unidad “B-Cero Cuarenta y Ocho” (B-048): Ubicada en planta segundo subsuelo, se compone de un espacio destinado a cochera; tiene acceso a la vía pública por la rampa de propiedad común que tiene entrada por calle Dorrego N° 661; encierra una superficie de propiedad exclusiva de 8,79 m2; le corresponde una superficie de bienes comunes de 2,18 m2; la superficie total sumando ambos tipos de áreas es de 10,97 m2; y se le asigna un valor actualmente de 0.07% con relación al conjunto del inmueble. Dominio inscripto al Tomo 238, Folio 65, N° 106899, Propiedad Horizontal, Dto. Rosario. Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre del demandado. Embargos: al T° 119E, F° 4905, Nº 388277 de fecha 22/10/10, monto $ 7.675,00, por los autos que se ejecutan. El inmueble se subastará en el estado de ocupación que consta en autos a fs. 152, Desocupado. Saldrá a la venta con la base de $ 80.000, para el caso de no haber postores en segunda subasta con una retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes en tercera subasta con la última base del 20% de la base inicial, los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos e impuestos de transferencia, e I.V.A., si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f Código Fiscal). Los importes adeudados deberán ser informados por el martillero en el acto de remate. Hágase saber a los interesados mediante la publicación de edictos correspondientes y en el acto de la subasta: que en supuesto de comprar en comisión se deberá indicar los datos de identificación del comitente. Quién resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión, todo al Martillero, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pagos mencionados o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal, sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina, según comunicación “A”5147 de fecha 23/11/2010. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento de art. 497 C.P.C.C., dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A”5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumpliese dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por éste Tribunal y/o el martillero actuante a la A.F.I.P. Previo a la aprobación de las cuentas de gastos del martillero, se deberá oficiar al Registro General, con copia certificada del acta de remate a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la que se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes y asimismo; cumplimentarse con la información expresada en el párrafo anterior de ser menester. Hágase saber que previo a la transferencia deberán estar abonados los impuestos que gravan el acta de subasta, así como las tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble. Cumpliméntese con la publicidad de ley. Publíquense los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL. La publicación adicional a la de los edictos consistirá en tres avisos en el Diario la Capital (Sección Remates). Oficiase a los fines del art. 506 C.P.C.C. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C.C. y permanecerá en Secretaria. Hágase saber que se fijan como días de exhibición del inmueble, los tres días hábiles anteriores a la fecha da realización de la subasta, en los horarios fijados a sus efectos. Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran en Secretaria de éste Tribunal para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Más informes al Martillero al Tel. 0341-155-311386. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, 13 de junio de 2012. Fdo. Dra. Myrian Huljich, secretaria.
$ 310 170619 Jun. 21 Jun. 26
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