CENTRO DE EX SOLDADOS COMBATIENTES EN MALVINAS DE ROSARIO
ACTA COMISIÓN DIRECTIVA
En la ciudad de Rosario siendo las 19 hs. del día 12 de Abril del 2017, se encuentra reunida la comisión directiva y sus asociados en nuestra institución sito en la calle Ayacucho 1477, los presentes de la comisión son el Presidente Claudino Chamorro, Omar Debnedetto, Enrique Córdoba, Julio Mas, Roberto Rubén Rada, Daniel Castillo, Carlos Ibalo, Alejandro Moreyra y Luis Otero, y asociados presentes para considerar los siguientes orden del día en acta nº 59
1) Convocatoria a asamblea general ordinaria
2) Publicación del boletín oficial
3) Designar una persona para realizar tramites
4) Convocatoria para aprobar balance 2016
5) Aumento cuota bica
6) Designar 2 asociados para que firmen el acta junto al presidente
$ 45 320751 Ab. 21
__________________________________________
MUNICIPALIDAD DE
VILLA CAÑÁS
CEMENTERIO: REDUCCIÓN DE RESTOS
Habiendo sido solicitada la reducción de los restos de quien en vida fuera OLMEDO, DELICIA, fallecida el 25/01/1964, sepultada en Nicho Nº 319 3° Fila, del Cementerio de Villa Cañás, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios, por el plazo de 10 días, para presentarse ante la Municipalidad sita en calle 53 N° 453 de Villa Cañás, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a la Reducción solicitada, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.-
CEMENTERIO: TRASLADO
Habiendo sido solicitado el Traslado de los restos de quienes en vida fueran OLMEDO, DELICIA, fallecida el 25/01/1964, sepultada en el Nicho Nº 319 3° Fila, hacia Nichera Doble N° 48, calle 3 A, Flia. Parola, Oscar; Mora, Andrés, fallecido el 17/04/2001, sepultado en Nicho Chico N° 663 3° Fila, hacia la Tumba N° 4 calle 3 B Flia. Merlo- Verdinelli, todos del Cementerio de Villa Cañás, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios, por el plazo de 10 días, para presentarse ante la Municipalidad sita en calle 53 N° 453 de Villa Cañás, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a la Reducción solicitada, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.-
$ 330 320802 Ab. 21 Ab. 27
__________________________________________
CEMENTERIO: REDUCCIÓN DE RESTOS
Habiendo sido solicitada la reducción de los restos de quien en vida fuera Piedrabuena, Rogelia, fallecida el 14/07/1975, sepultada en Nicho N° 25 1° Fila; Regnicoli de Grighini, María, fallecida el 09/11/1973 y Grighini, Luis, fallecido el 22/04/1964, ambos sepultados en la Nichera N° 8 Avda. 2 A Flia. Grighini Regnicoli, todos del Cementerio de Villa Cañás, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios, por el plazo de 10 días, para presentarse ante la Municipalidad sita en calle 53 N° 453 de Villa Cañás, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a la Reducción solicitada, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.-
CEMENTERIO: TRASLADO
Habiendo sido solicitado el Traslado de los restos de quienes en vida fueran Piedrabuena, Rogelia, fallecida el 14/07/1975, sepultada en el Nicho N° 25 1° Fila, hacia Nicho N°21 1° Fila, del Cementerio de Villa Cañas, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios, por el plazo de 10 días, para presentarse ante la Municipalidad sita en calle 53 N° 453 de Villa Cañas, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a la Reducción solicitada, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.-
$ 330 320801 Ab. 21 Ab. 27
__________________________________________
GRUPO UNIÓN S.A.
NOTIFICACION
Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”), Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”) y Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”), que se identifican con los números:
276518,277600,277628,278039,278102,278149,278155,278166,278174,278176,278178,278223,278362,278414,278450,278465,278486,278541,278568,278619,278659,278664,278753,278794,278807,278819,278861,278910,278978,278984,279013,279115,279190,279193,279214,279284,279391,279414,279433,279475,279515,279538,279570,279577,279598,279615,279622,279659,279672,279689,279709,279719,279779,279783,279791,279835,279844,279846,279847,279867,279868,279880,279924,279941,279943,279947,279951,279964,279988,280061,280062,280063,280080,280084,280115,280119,280126,280136,280145,280147,280155,280167,280180,280183,280189,280194,280212,280226,280228,280233,280235,280247,280248,280249,280290,280292,280311,280324,280340,280344,280380,280386,280394,280400,280404,280406,280416,280423,280433,280453,280456,280462,280464,280469,280477,280479,280483,280492,280494,280502,280503,280507,280516,280522,280529,280533,280553,280558,280566,280569,280574,280585,280599,280601,280618,280619,280622,280624,280628,280640,280657,280667,280679,280683,280692,280705,280713,280716,280729,280730,280733,280737,280739,280747,280750,280753,280754,280762,280789,280792,280806,280808,280815,280818,280819,280827,280842,280846,280850,280854,280856,280858,280859,280863,280864,280869,280887,280889,280893,280896,280905,280908,280910,280912,280914,280916,280928,280945,280946,280949,280953,280956,280958,280971,280972,280977,280978,280981,280982,280983,280984,280987,280988,280991,280997,281003,281006,281038,281039,281041,281043,281053,281054,281055,281058,281065,281073,281079,281085,281087,281088,281097,281125,281128,281132,281186,281189,281212,281215,281393 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grugo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados y (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S,A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.
$ 350 320755 Ab. 21
__________________________________________
INN TRAVEL S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio, Rosario, se hace saber que en autos caratulados: Expte. 375 Año. 2.017 “INN TRAVEL S.R.L. s/Constitución” se ha ordenado la siguiente publicación:
Representación Legal: Corresponde al Gerente, habiendo siendo designados Walter Daniel Agu, DNI 22.438.468, Romina Florencia Ribaudo, DNI 26.867.224 y Sebastián Pablo Ribaudo, DNI 24.344.827.
$ 33 320594 Ab. 21
__________________________________________