picture_as_pdf 2017-04-21

MINISTERIO DE SALUD


ORDEN Nº 27


Santa Fe, 03 ABR 2017

VISTO:

El expediente nº 00501-0112006-6 Tomo I y II y en relación al mismo el legajo nº 021-02675-1-41-10-10347 de Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria nº 10.169 y la Resolución N.º 814/04 , del establecimiento de salud con internación “HOLEPAM BELGRANO” de la ciudad de Rafaela; y

CONSIDERANDO:

Que el Holepam precitado obtuvo la Habilitación para funcionar por Órdene Nº 31 del 09 de Abril de 2.012, bajo denominación e identificación de “Holepam Belgrano” a nombre de la Sra Galizzi, Silvina Laura DNI N.º 27.039.442;

Que conforme al Artículo 9 de Lay 9.847 la institución dio inicio al tramite de renovación de la habilitación, en el cual se le notifico e intimo el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos a los fines de alcanzar la misma;

Que no habiendo obtenido respuestas, el Dr. Tarchini Mario Martín Medico Auditor del Nodo Rafaela, se constituyo en el establecimiento en cuestión y pudo constatar que el Holepam Belgrano no funciona mas;

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Holepam Belgrano” a nombre de la Sra. Galizzi, Silvina Laura DNI N.º 27.039.442”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

O R D E N A:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “HOLEPAM BELGRANO” ubicado en Calle Belgrano nº 758 de la ciudad de Rafaela, Departamento Catellanos, Provincia de Santa Fe, en razón de haber dejado de funcionar, según lo informado por el Dr. Tarchini Mario Martin Medico Auditor del Nodo Rafaela.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 19350 Ab. 21 Ab. 24

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MINISTERIO DE

INFRAESTUCTURA Y

TRANSPORTE


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16102-0033864-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2594 de fecha 18/11/2014 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21º inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, a los infractores Avilas Gabriel Omar, con ultimo domicilio conocido en Zona Urbana s/n de la localidad de Basail, Provincia de Chaco, Guy Joel Yoni y Otros con ultimo domicilio conocido en Ruta Nacional 14 km de la localidad de San Pedro Provincia de Misiones, y Javila S.A. con ultimo domicilio conocido en Lote 1 Manzana 53 de la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 1041 dictada el 16 de Agosto de 2016 el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2594 de fecha 18/11/2014, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor Avilas Gabriel Omar, con domicilio en Zona Urbana s/n de la localidad de Basail, Provincia de Chaco, el Transportista - Chasis Guy Joel Yoni y Otros con domicilio en Ruta Nacional 14 km de la localidad de San Pedro, Transportista –Acoplado Javila S.A. con domicilio en Lote 1 Manzana 53 de la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $29.946,60.- (Pesos veintinueve mil novecientos cuarenta y seis con 60/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. Todo ello en función de lo dispuesto por Resolución Nº 301/16. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. Nº 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión Marca Iveco, Modelo 190E31/200, Dominio Chasis DZI 291 y Dominio Acoplado FXI 080, siendo el conductor Avilas Gabriel Omar, con domicilio en Zona Urbana s/n de la localidad de Basail, Provincia de Chaco, el Transportista - Chasis Guy Joel Yoni y Otros con domicilio en Ruta Nacional 14 km de la localidad de San Pedro, Transportista –Acoplado Javila S.A. con domicilio en Lote 1 Manzana 53 de la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $29.946,60.- (Pesos veintinueve mil novecientos cuarenta y seis con 60/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. Todo ello en función de lo dispuesto por Resolución Nº 301/16. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 19346 Ab. 21 Ab. 24

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NOTIFICACIÓN DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16102-0035160-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2612 de fecha 07/10/2015 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21º inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, a los infractores Centurion Mario Juan Carlos, con Registro de Conducir Nº 33105509 (No se registra domicilio) de la Provincia de Santa Fe, y Fideicomiso Garavi Eidico con ultimo domicilio conocido en Paraje San Antonio de la localidad de Gobernador Virasoro Provincia de Corrientes, de lo establecido en la Resolución N° 1047 dictada el 16 de Agosto de 2016 el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2612 de fecha 07/10/2015, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al conductor, Centurion Mario Juan Carlos, con Registro de Conducir Nº 33105509 (No se registra domicilio) de la Provincia de Santa Fe, el Transportista Deltin Martin Sebastián con domicilio en calle 17 s/n de la localidad de Las Toscas, Provincia de Santa Fe, y el Cargador Fideicomiso Garavi Eidico con domicilio en Paraje San Antonio de la localidad de Gobernador Virasoro Provincia de Corrientes, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $8.367,66.- (Pesos ocho mil trescientos sesenta y siete con 66/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. Nº 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión Marca Mercedes Benz, Modelo L 1114/42, Dominio Chasis VCG 332 y Dominio Acoplado VCG 331, siendo el conductor Centurion Mario Juan Carlos, con Registro de Conducir Nº 33105509 (No se registra domicilio) de la Provincia de Santa Fe, el Transportista Deltin Martin Sebastián con domicilio en calle 17 s/n de la localidad de Las Toscas, Provincia de Santa Fe, y el Cargador Fideicomiso Garavi Eidico con domicilio en Paraje San Antonio de la localidad de Gobernador Virasoro Provincia de Corrientes, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $8.367,66.- (Pesos ocho mil trescientos sesenta y siete con 66/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 19347 Ab. 21 Ab. 24

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N° 0002


"SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional"

18 ABR 2017

VISTO:

La necesidad de mejorar el mecanismo para la cobertura de trabajos que por su naturaleza o transitoriedad no pueden ser cubiertos por empleados de planta permanente, en el ámbito de la Subsecretaria de Asuntos Regístrales de esta cartera;

CONSIDERANDO:

Que la ley N° 8.525 en su artículo N° 7 establece que personal no permanente es el Personal Contratado y el Transitorio.

Que en su articulo N° 8, la ley citada consigna que: "Este personal se ríge por un contrato escrito que, además de otras cláusulas, debe contener de manera. Precisa el servicio u obra a realizar en forma personal y directa. Su retribución no esta sujeta al mero transcurso del tiempo sino al cumplimiento de las etapas que se establezcan. Esta modalidad solo puede ser utilizada para la realización de trabajos que por su naturaleza o transitoriedad no puedan ser realizados por el personal permanente."

Que se entiende oportuno y conveniente establecer pautas para la elección de personal bajo términos y alcances establecidos en el articulo N° 8 de la ley N° 8.525, profundizando en tal proceso la igualdad de oportunidades, transparencia e idoneidad, instaurando a tales fines un mecanismo practico, simple y ágil compuesto de tres etapas, la primera vinculada con el análisis de los antecedente del postulante, como así también de los conocimientos técnicos de aquel, mediante un conciso examen bajo la modalidad que establezca la autoridad convocante con el posterior conocimiento personal del postulante.

Que el mecanismo que se plasma a través del presente, encuentra basamento en los principios de eficiencia y transparencia, así como en criterios objetivos como el merito y la amplitud, ello además en el entendimiento que el mejor funcionamiento de una institución, se encuentra estrechamente vinculado con el conocimiento, habilidades, creatividad e idoneidad del postulante.

POR ELLO,

EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: - Apruébese las pautas de convocatoria' y selección de personal no permanente según lo preceptuado por el articulo N° 8 de la ley N° 8.525 en el ámbito de la Subsecretaria de Asuntos Registrales de este Ministerio, que como Anexo Único se agrega y forma parte del presente decisorio.

ARTICULO 2": - La presente será de aplicación cuando así lo disponga el Sr. Subsecretario de Asuntos Registrales en los casos que considere pertinente.

ARTICULO 3°: - Regístrese, comuníquese y archívese.

Dr. Matías E. Figueroa

Subsecretario de Asuntos Registrales


Anexo I- Pautas de Convocatoria y Selección

Comité Evaluador

El comité de selección estará compuesto por:

El Subsecretario de Asuntos Registrales y/o Quien Este Designe.

El Subsecretario de Coordinación Técnica Administrativa y/o Quien Este Designe.

Planificación y pautas de aplicación:

Convocatoria Publica: mediante la publicación en cartelera instalada en las reparticiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la cual se solicita la cobertura de personal no permanente, que deberá contener: Plazo de presentación y medios a través de los cuales se recibirán dichas solicitudes como así también los cargos a cubrir; esto es: perfiles, sector, nivel y numero de puesto.

El postulante deberá acompañar copia de su Currículum Vitae, fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente y ultimo cambio de domicilio, y de cualquier otro antecedente (ej.: certificados de estudios, diplomas, constancias de titulo en tramite, certificados de trabajos desempeñados, cantidad de materias aprobadas y demás comprobantes pertinentes)

Toda la documentación deberá ser presentada o remitida en copia simple. El postulante deberá acreditar poseer domicilio con dos (2) años de antigüedad ( mediante copia de DNI), en la ciudad en la cual se ha realizado la convocatoria. La falta de acreditación del mismo constituirá causal de exclusión.

Evaluación de Antecedentes: El comité de Selección deberá realizar esta evaluación a quienes se hayan inscripto conforme las pautas de convocatoria.

En todos los casos, el comité evaluador llevará adelante la evaluación de antecedentes a los fines de comprobar idoneidad de cada unos de los postulantes a los cargos solicitados, tomando como criterio lo que se fije en cada instancia de convocatoria.

Esta jurisdicción tendrá la facultad de dejar sin efecto el llamado en cualquier estado del tramite o de declararlo desierto para todos o cualquiera de los cargos comprendidos.

,Evaluación Técnica: El comité de selección llevará adelante un examen bajo la modalidad que establezca la autoridad convocante y bajo los parámetros que oportunamente sean establecidos.

Entrevista Personal: Deberá ser realizada por el Comité de Selección, en el lugar y fecha que se determinará en cada caso y bajo los parámetros establecidos en la convocatoria.

Orden de Mérito: Se procederá a elaborar el correspondiente orden de merito, tomando en cuenta los resultado de los antecedentes, evaluación técnica y de la entrevista personal; dicho orden de merito será comunicado mediante la correspondiente cartelera instalada en la repartición del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la cual se solicitó la cobertura del o de los cargos correspondientes.

Se deja establecido que todas las etapas se aprobarán con un mínimo de 70 puntos.

S/C 19345 Ab. 21 Ab. 25

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