DECRETO N° 0705
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
13 Abril 2016
VISTO:
El Expediente Nº 00320-0004716-1 del Sistema de Información de Expedientes referido al régimen de reconocimiento de gastos para las Autoridades Superiores y Personal de Gabinete; y
CONSIDERANDO:
Que los Decretos Nros. 0259/08 y 0267/08 y sus modificatorios establecieron el régimen de reconocimiento de gastos propios de la responsabilidad jerárquica para las Autoridades Superiores y Personal de Gabinete;
Que resulta conveniente modificar lo establecido en el artículo 4º de los decretos antes mencionados como así también lo dispuesto en el Decreto Nº 781/2015, fijándose nuevos montos a reconocer como gastos de manutención propios de la Responsabilidad Jerárquica;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 72 inciso 1 de la Constitución Provincial al titular del Poder Ejecutivo;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1° : Modifícase a partir del 1° de Abril de 2016, el Artículo 4° del Decreto Nº 259/08 y sus modificatorios, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Reconócese en concepto de gastos de manutención propios de la responsabilidad funcional, la suma diaria que se expresa a continuación y hasta un máximo de veinte (20) días mensuales, según los siguientes niveles jerárquicos:
a) Gobernador y Vicegobernador: Pesos Novecientos Cincuenta ($ 950.-)
b) Ministros, Secretarios de Estado y Fiscal de Estado: Pesos Setecientos Cincuenta ($ 750.-)
c) Secretarios Ministeriales: Pesos Seiscientos Sesenta ($ 660.-)
d) Subsecretarios Ministeriales: Pesos Seiscientos Cuarenta ($ 640.-)
Para el pago de los mismos será suficiente comprobante la planilla que se confeccione al efecto, suscripta por el funcionario y avalada por la autoridad jurisdiccional o el funcionario que éste designe.”
ARTÍCULO 2°: Modifícase a partir del 1° de Abril de 2016, el Artículo 4° del Decreto Nº 267/08 y sus modificatorios, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Reconócese en concepto de gastos de manutención propios de la responsabilidad funcional, la suma diaria que se expresa a continuación y hasta un máximo de veinte (20) días mensuales, según los siguientes niveles jerárquicos:
a) Directores Provinciales y Secretarios Privados: Pesos Cuatrocientos Cuarenta ($ 440.-)
b) Asistentes Técnicos y Asesores: Pesos Trescientos Ochenta ($ 380.-)
Para el pago de los mismos será suficiente comprobante la planilla que se confeccione al efecto, suscripta por el funcionario y avalada por la autoridad jurisdiccional o el funcionario que éste designe.”
ARTÍCULO 3°: Refréndese por los señores Ministros de Economía y de Gobierno y Reforma del Estado.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.
LIFSCHITZ
Lic. Gonzalo Miguel Saglione
Dr. Pablo Gustavo Farias
16994
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