MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION N° 187
SANTA FE, Cuna de la Constitución
Nacional 14 ABR 2014
VISTO:
El expediente N° 00312-0007156-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes, donde obran los antecedentes relacionados con el llamado a concurso interno para la cobertura del cargo vacante de Director General de Administración, Categoría 9 – Agrupamiento Administrativo de la Jurisdicción autorizado por Resolución Nº 118/14; y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente se remitieron a los gremios, el perfil de conocimientos del cargo antes mencionado para su consideración, de conformidad a lo establecido por el artículo 21º del Decreto Nº 1729/09;
Que analizados los mismos, los gremios sugirieron detallar taxativamente la normativa requerida en el Item “Conocimientos Específicos” y el ítem “Requisitos, estudios y/o experiencia” limitar a la exigencia del título requerido, en razón de que el jurado valorará las experiencias que acrediten los postulantes;
Que atento a ello, corresponde modificar el Anexo I de la citada Resolución, adecuando el perfil del puesto a los requerimientos de la Entidad Gremial;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1° - Rectificar el Anexo I de la Resolución N° 118/13, el cual quedará establecido conforme la Planilla Anexa “A” que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese y archívese.
Cr. ANGEL JOSE SCIARA
Ministro de Economía
PLANILLA ANEXA “A” A LA RESOLUCION Nº 187
ANEXO I
PERFILES DEL PUESTO
Cargo a cubrir: Categoría 9 – Agrupamiento Administrativo – Director General de Administración
Sector: Dirección General de Administración.
Lugar de prestación de servicios: Avda. Arturo Illía Nº 1151- 6º Piso - ciudad de Santa Fe.
Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).
FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO
Formular el Presupuesto Preliminar de la Jurisdicción de cada ejercicio administrativo, controlar su ejecución e intervenir en el reajuste de sus partidas.
Programar la ejecución presupuestaria siguiendo los lineamientos que determinen las Unidades Rectoras Centrales
Organizar la contabilidad conforme las normas impartidas por la Contaduría General de la Provincia,
Controlar el trámite del gasto en todas sus etapas, desde la afectación preventiva hasta la aprobación de la rendición de cuentas respectiva, conforme el punto de vista normativo y presupuestario.
Tramitar las autorizaciones del gasto que requieran la intervención de la Secretaría de Hacienda
Gestionar, recibir y distribuir fondos y valores, con destino a la atención de gastos de funcionamiento y de personal del Ministerio, emitiendo las órdenes de pago correspondientes para su efectivización.
Intervenir en compras, contrataciones de servicios y locaciones de obra, conforme la normativa vigente.
Aplicar los regímenes tributarios vigentes que graven los pagos que se efectúan, dando cumplimiento a las formalidades y obligaciones establecidas por el fisco.
Cumplimentar con la presentación de los Balances de Movimientos de fondos.
Controlar la aplicación de las disposiciones reglamentarias en materia de personal, intervenir en su reclutamiento, proyectar los actos administrativos relativos a su administración y propiciar políticas concretas tendientes a una mayor eficiencia general.
Ordenar el pago de los haberes y demás remuneraciones conforme la normativa vigente.
Disponer las inspecciones administrativas necesarias para asegurar la marcha de los servicios.
Entender en cuanto a la ejecución, asesoramiento y/o asistencia sobre los trámites en general, con ajuste a las normas legales, como asimismo efectuar el seguimiento sistemático de las gestiones administrativas de interés para la Superioridad.
Conocimientos Generales:
De la organización del Estado
Ley Nº 12.817 – Ley de Ministerios y modificatorias
Decreto N° 033/11 – Estructura Funcional del Ministerio de Economía
Conocimiento general de la normativa específica inherente a la Jurisdicción:
Conceptos generales de la Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado y Decretos reglamentarios
Conocimientos específicos:
Normativa sobre contrataciones de bienes y servicios en la Provincia:
1. Decreto N° 2368/97 y modif. Autorización del gasto
2. Decreto N° 3226/05 régimen de compra
3. Decreto N° 1247/08 compra directa
4. Decreto N° 1299/08 montos compras directas
5. Resolución M.E. N° 10/04 – Programación Financiera
Normativa sobre administración de Recursos Humanos;
1. Ley 8525 - Estatuto del Personal de la APP;
2. Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y mod. - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública
3. Decreto Acuerdo N° 1919/89 - Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias
Conocimiento de regímenes tributarios en su papel de agente de retención.
1. Decreto N° 224/92 gravámenes exigibles - Resol. Gral. API Nros. 15/97 y modificatorias; y 019/11 – Resol. Gral. AFIP Nros. 757 y modificatorias; y 830)
Conocimientos en materia presupuestaria, contable y financiera.
1. Decreto N° 553/01 y modif. – Nivel autorización para modif. presupuestarias
Conocimientos en materia de rendición de cuentas.
1. Resolución TC N° 07/06 – control de legalidad y modificatoria Res. TCP 014/12.
2. Resolución TC N° 08/06 y su modif. Res 21/07 y Res 12/11 – balance de movimientos de fondos y rendiciones de cuentas
3. Resolución TC N° 09/06 examinar estados contables y financieros
Conocimientos exhaustivos de manejo de expedientes y de administración.
1. Decreto-Acuerdo Nº 10204/58 - Reglamentación de actuaciones administrativas.
2. Decreto N° 1774/09 – Sistema Provincial de Información Mínima Publicable respecto de agentes públicos
3. Decreto N° 4211/90 – Recomendación para elaboración de Proyectos de Decretos, modificado por Decreto N° 2717/95.
4. Decreto N° 0916/08 – Delegación de Facultades y Resolución N° 045/11 M.Ec.
5. Decreto N° 3321/93 publicación obligatoria en el BO de actos administrativos con contenido normativo
6. Resolución MGyRE remisión de proyectos de decretos.
Conocimientos técnicos no específicos:
Conocimientos del Sistema Informático Provincial de Administración Financiera.
Conocimientos del Sistema de Administración de Recursos Humanos
Conocimientos en el manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).
Excelente nivel de expresión oral y redacción propia
Requisitos, estudios y/o experiencia:
Título Universitario de Contador Público.
Características personales:
Capacidad para la organización de sus funciones y del trabajo en equipo.
Predisposición para la formación y capacitación permanente.
Trato amable y respetuoso con los distintos integrantes de la repartición y con personas ajenas a la misma.
Disposición para emprender y dinamizar positivamente el pensamiento estratégico de la repartición.
Profunda responsabilidad y compromiso.
S/C 11296 Abr. 21
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESOLUCIÓN Nº 0109
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 09/04/2014
VISTOS:
El Expediente Nº 02001-0022450-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual la Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales informa el estado actual de coberturas y vacantes de los Juzgados comunitarios de la Provincia;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 0593/14 el Poder Ejecutivo aprueba el Sistema de Selección de Candidatos para la cobertura de vacantes de Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas conforme al mandato legal establecido en el art. 119º de la Ley Nº 10160 modificada por Ley Nº 13178
Que, del informe elevado por la Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales surge el estado actual de las vacantes de juzgados comunitarios de toda la Provincia;
Que, resulta imperiosa la necesidad de cubrir con nuevos jueces técnicos un número importante de vacantes distribuidas estratégicamente por todos los departamentos para hacer efectiva la nueva Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas con su procedimiento específico;
Que, se han tenido en cuenta criterios de cantidad de población, localización geográfica, distancia con otras localidades y juzgados de mayores competencias, existencia cercana de juzgados comunitarios cubiertos o que cuentan con secretarios letrados, así como se han oído las solicitudes y planteos de autoridades comunales y legisladores de todos los departamentos;
Que, más allá de lo expuesto ut supra, la sola existencia de las vacantes es causa suficiente para convocar al concurso para cubrir las vacantes de los antes citados;
POR ELLO
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Convóquese a Concurso Abierto según el procedimiento del Decreto Nº 593/14, para cubrir los cargos vacantes de Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas de las siguientes localidades: Gato Colorado (Departamento 9 de Julio); Armstrong y Montes de Oca (Departamento Belgrano); Chabas (Departamento Caseros); Santa Clara de Saguier (Departamento Castellanos); Juan B. Molina y Juncal (Departamento Constitución); Saladero Cabal (Departamento Garay); Maria Teresa, Teodolina y Villa Cañas (Departamento Gral. Lopez); Lanteri y Las Toscas (Departamento Gral. Obligado); Oliveros y Villa Eloisa (Departamento Iriondo); Monte Vera y San José del Rincón (Departamento La Capital); Franck, Progreso y Sarmiento (Departamento Las Colonias); General Lagos y Funes (Departamento Rosario); Hersilia y Huanqueros (Departamento San Cristóbal); Cacique Ariacaiquin (Departamento San Javier); Centeno, Gessler y Lopez (Departamento San Jerónimo); Cayastacito y Gobernador Crespo (Departamento San Justo); Luis Palacios y San Jerónimo Sur (Departamento San Lorenzo); Los Cardos y Maria Susana (Departamento San Martín); El Toba (Departamento Vera).-
ARTICULO 2º: Instrúyase al Sr. Secretario de Justicia y a la Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales para que instrumenten los mecanismos previstos en la Ley 13.178 y el Decreto Nº 593/14 para la cobertura de las vacantes enumeradas en el artículo 1º.-
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
S/C. 11289 Ab. 21 Ab.23
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
COMUNICA BUSQUEDA INMUEBLE
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca Inmueble para alquiler en la ciudad de Santa Fe.
Ubicación del inmueble: Zona céntrica o cercano a dependencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -Casa de Gobierno, -Centro de Asistencia Judicial (CAJ), Agencia de Gestión de la Mediación (AGEM)- y Tribunales federales y provinciales.
Superficie mínima construida: 700 m2.
Características del inmueble: Para oficinas. Deberá contar como mínimo con dos baños.
Plazo de la locación: 3 años.
Precio del alquiler: El monto de alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.
Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.
Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211. También se podrá enviar por correo a mpchiappero@santafe.gov.ar
Consultas: Teléfono: 0342-4506790.
E-mail:mpchiappero@santafe.gov.ar
S/C 11295 Abr. 21
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DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION DE EDICTOS
En relación a los autos administrativos Nº 16101-0131884-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1919 de fecha 20/07/11 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor ASCHIERI JUAN PABLO, con último domicilio conocido en Urquiza 161 de la localidad de Coronel Du Graty, Provincia de Chaco, de lo establecido en la Resolución Nº 1250 dictada el 17 de Diciembre de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ARTICULO 1°: Aprobar el Acta de Infracción Nº 1919 de fecha 20/07/11, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el reclamo efectuado por el Sr. MAURO PREVIOTTO en base a los argumentos vertidos en los considerandos que anteceden. ARTICULO 3º. Intimar a ASCHIERI JUAN PABLO, en carácter de conductor, con domicilio en Urquiza 161 de la localidad de Coronel Du Graty, Provincia de Chaco, al transportista PREVIOTTO MAURO DAMIAN con domicilio en San Juan de la localidad de San Antonio, Provincia de Santa Fe y al cargador MARCELO ALBERTO MONCUNILL con domicilio en Avda. Moyano Trebeq S/Nº de la localidad de Villa Totoral, Provincia ce Córdoba, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 8.446,10 (Pesos Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 10/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Ford, Modelo Cargo 1722, Año 2007, Dominio Chasis FLE 351, Dominio Acoplado HVC 937, ASCHIERI JUAN PABLO, con domicilio en Urquiza 161 de la localidad de Coronel Du Graty, Provincia de Chaco, el transportista PREVIOTTO MAURO DAMIAN con domicilio en San Juan de la localidad de San Antonio, Provincia de Santa Fe y el cargador MARCELO ALBERTO MONCUNILL con domicilio Avda. Moyano Trebeq S/N° de la localidad de Villa Totoral, Provincia de Córdoba, tendiente al cobro de la suma de $ 8.446,10 (Pesos Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 10/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, notifíquese y archívese.” Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 11284 Abr. 21 Abr. 22
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NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos nº 16101-0129001-0 del Registro del Sistema de información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1903 de fecha 14/12/2010 se proceda a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor AGROMIRAL S.R.L., con último domicilio en Zona Rural de la localidad de Justiniano Posse, Provincia de Córdoba, de lo establecido en la Resolución Nº 1182 dictada el 9 de Diciembre de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ARTICULO 1º.- Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por el Sr. GUSTAVO GUERINI, en carácter de Titular registral del vehículo Dominio CQP 155, contra el Acta de Infracción Nº 1903 de fecha 14/12/2010, por los motivos invocados en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 1903 de fecha 14/12/2010, conforme la legislación vigente e incorporar a la misma en carácter de transportista a TADICH SEBASTIAN A GUERINI, GUSTAVO N. y GUERINI GERMAN A. S.A., titular registral del Dominio CQP 155, con domicilio en Gral. Paz 696 de la localidad de Marcos Juárez, Pcia. de Córdoba, a los transportistas BONAMICI DIEGO DARIO, con domicilio en Vélez Sarsfield 1191, de la localidad de Marcos Juárez, Provincia de Córdoba y TADICH SEBASTIAN A GUERINI, GUSTAVO N. y GUERINI GERMAN A. S.A. con domicilio en Gral. Paz 696 de la localidad de Marcos Juárez, Pcia. de Córdoba y al cargador AGROMIRAL S.R.L, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Justiniano Posse Provincia de Córdoba, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 25.528,94 (Pesos veinticinco mil quinientos veintiocho con 94/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º: La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Ford, Modelo Cargo 1722, Año 1999, Dominio Chasis CPV 019, Dominio Acoplado CQP 155, Sr. GONZALEZ RUBEN DARIO, con domicilio en Vélez Sarfield 1143 de la localidad de Marcos Juárez, Provincia de Córdoba, los transportistas BONAMICI DIEGO DARIO, con domicilio en Vélez Sarfield 1191, de la localidad de Marcos Juárez, Provincia de Córdoba y TADICH SEBASTIAN A GUERINI, GUSTAVO N. y GUERINI GERMAN A. S.A. con domicilio en Gral. Paz 696 de la localidad de Marcos Juárez, Pcia. de Córdoba y el cargador AGROMIRAL S.R.L. con domicilio en Zona Rural de la localidad de Justiniano Posse, Provincia de Córdoba, tendiente al cobro de la suma de $ 25.528,94 (PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON 94/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 11285 Abr. 21 Abr. 22
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NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos N° 16101-0117491-8 y su agregado Expediente N° 16101-0130551-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1550 de fecha 25/02/2010 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. Luis Martín Passaglia con último domicilio conocido en la Zona Rural de Manuel Ocampo, Provincia de Buenos Aires y/o Cuartel y 12 de la Localidad de Manuel Ocampo, Provincia de Buenos Aires, de lo establecido en la Resolución Nº 276 dictada el 21 de Marzo de 2011 por el Tec. Juan Manuel De Córdoba, Sub-Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad p/a Sr. Administrador General y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta de Infracción N° 1550 de fecha 23/02/2010, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el reclamo interpuesto por el Sr. Juan Roberto Cartosiello por los motivos invocados en los Considerandos que anteceden. ARTICULO 3º.- Intimar al Sr. Juan Roberto Cartosiello, en carácter de conductor y transportista, con domicilio en Zona Rural de la Localidad de Manuel Ocampo, Provincia de Buenos Aires y/o Cuartel N° 12 de la Localidad de Manuel Ocampo, Provincia de Buenos Aires, y al cargador Luis Martín Passaglia con domicilio en Provincia de Buenos Aires, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recitada la presente abonen la suma de $ 9.380,08.- (PESOS NUEVE MIL TRECIENTOS OCHENTA CON 08/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Bv. Muttis 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor y transportista del Camión marca Dodge, modelo DP600 - 175, Dominio Chasis SUQ 387, Dominio Acoplado SVZ 973, Sr. Juan Roberto Cartosiello, con domicilio en Zona Rural de Manuel Ocampo, Provincia de Buenos Aires y/o Cuartel Nº 12 de la Localidad de Manuel Ocampo, Provincia de Buenos Aires, y al cargador Luis Martín Passaglia con domicilio en Provincia de Buenos Aires, tendiente al cobro de la suma de $ 9.380,08 (PESOS NUEVE MIL TRECIENTOS OCHEHTA CON 08/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 11286 Abr. 21 Abr. 22
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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
RESOLUCIÓN Nº 0012
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 18 FEB 2014
VISTO:
El Expediente N° 00101-0205548-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL en el marco de los Convenios de Coordinación y Complementación para el control de Tránsito y la Seguridad Vial suscriptos con Gendarmería Nacional, Municipios y Comunas de la Provincia y la necesidad de precisar los requerimientos y procedimientos que deben llevar adelante las partes para cumplir con las obligaciones establecidas, establece el Modelo Único de Acta de Infracción de Tránsito y Cédula de Notificación;
CONSIDERANDO:
Que la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL ha suscripto con Municipios y Comunas de la Provincia, Convenios de Coordinación y Complementación para el control de Tránsito y la Seguridad Vial, autorizándolos a fiscalizar, juzgar conductas y ejecutar sanciones por la comisión de infracciones relativas a la materia, de conformidad al modelo previsto en el Anexo II del Decreto Provincial Nº 2065/09;
Que mediante Resolución Nº 0018/10 de fecha 25 de agosto de 2010, de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, se aprobó el formulario único denominado “ACTA DE INFRACCIÓN DE TRÁNSITO Y CÉDULA DE NOTIFICACIÓN”, que junto con el “INSTRUCTIVO PARA EL LABRADO DE LAS ACTAS EN CONTROLES PERSONALES” incorpororados a la norma bajo el Anexo I;
Que asimismo, en el Artículo 2° de la citada Resolución aprobó los formularios denominados “Planilla de Información General del Operativo” y “Planilla de Relevamiento de Vehículos en operativos” agregado bajo el Anexo II; y en el Artículo 3° aprobó el “Listado de Códigos de Infracciones de Tránsito y Seguridad Vial” -Anexo III;
Que la entrada en vigencia de la Ley de Tránsito Provincial Nº 13.133 , y el dictado del Código de Faltas de Tránsito de la Provincia, Ley Provincial Nº 13.169 obligó a modificar los instrumentos aprobados por la Resolución Nº 0012/11 de la Agencia Provinial de Seguridad Vial, de fecha 09 de mayo de 2011;
Que a los fines de brindar seguridad jurídica a los usuarios de las distintas rutas que atraviesan el territorio de la provincia, y conforme las funciones establecidas por la ley Provincial nº 13.133, la Agencia Provincial de Seguridad Vial debe propiciar y desarrollar un modelo único de acta de infracción y cédula de notificación, para ser utilizado en los procedimiento de fiscalización llevados adelante por el Organismo, Gendarmería Nacional y Municipios y Comunas debidamente habilitados al efecto;
Que conforme lo solicitado por la Dirección de Coordinacion Interjurisdiccional, se acredita la necesidad de eliminar algunos códigos de infracción y reemplazarlos por otros de mayor constatación en los operativos de control;
Que habiendo tomado conocimiento las áreas técnicas y jurídicas del organismo, no encontrándose objeciones que formular a la presente y conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial Nº 13.133;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE LA
AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Déjese sin efectos el artículo 1º de la Resolución 0016/12 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial.
ARTICULO 2º: Apruébese el formulario único denominado “ACTA DE INFRACCIÓN DE TRÁNSITO Y CÉDULA DE NOTIFICACIÓN PARA FISCALIZACION PERSONAL” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución, cuya utilización y seguimiento serán exclusivos y obligatorios en los procedimientos de control autorizados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial en el marco de los Convenios de Coordinación y Complementación para el Control de Tránsito y la Seguridad Vial, previstos en el Anexo II del Decreto Provincial Nº 2065/09, especialmente autorizados a tales efectos.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JORGE TARQUINI
SUBSECRETARIO
AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
Ministerio de Seguridad
S/C. 11288 Ab. 21 Ab. 22
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HONORABLE TRIBUNAL
DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
NOTIFICACION
Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber a los Sres. Jorge Rubén Fain y José Antonio Armando. Presidente y Tesorero del Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de la localidad de Villa Saralegui -Nodo Santa Fe, que en autos caratulados: “Expediente Nro. 00901-0060928-5 SIE.TCP - s/Resolución de Emplazamiento S.II Nro. 323/13 de fecha 18 de Septiembre de 2013”, la cual en su parte pertinente establece: VISTO … CONSIDERANDO: … RESUELVE: Artículo 1º: “Emplazar a los responsables de los SAMCo. que a continuación se detallan para que, dentro del término de 15 (quince) días, a contar desde la fecha de recepción de la presente, procedan a presentar los “Estados de Saldos Iniciales, Ingresos, Erogaciones, Devoluciones y Saldos Finales” adeudados, conforme a lo establecido en la normativa vigente (Resolución N° 008/806 TCP y modificatoria), incluyendo los fondos transferidos por el Ministerio de Salud y los recursos percibidos en concepto de Recaudación Propia, bajo apercibimiento de dictar resolución definitiva formulando el cargo y oportunamente ejecutado: Efector: Villa Saralegui -Período: 1° Trimestre 2011 - Responsables: Presidente Jorge Rubén Fain y Tesorero José Antonio Armando -Fondos Ministeriales: $ 10.603,00”. Artículo 2º: “Las rendiciones de cuentas deberán incluirse en el próximo Balance de Movimiento de Fondos que sea presentado a este Tribunal de Cuentas dentro del plazo establecido por la presente resolución por la Región de Salud Nodo Santa Fe”. Artículo 3°: “El control de lo dispuesto por la presente resolución será efectuado por las Contadores Fiscales delegadas en la Jurisdicción, para lo cual se derivarán las actuaciones n° 00901-0060928-5 SIE-TCP a esa área, debiendo ésta producir en las mismas las informaciones que obtenga al respecto y que impliquen el levantamiento del emplazamiento o la procedencia de la formulación del cargo pertinente”. Artículo 4°: “Regístrese, notifíquese y archívese”.”Fdo.: CPN Germán Luis Huber. - Presidente, Dr. Gerardo Gasparrini - Vocal, CPN María Del Carmen Crescimanno - Vocal, CPN Ibis E. Braga- C.F. Secretaría Sala II”.
S/C 11290 Abr. 21 Abr. 22
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SUBSECRETARIA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
NODO RECONQUISTA
NOTIFICACION DE EDICTO
La Sra. Delegada de la Región 1, Nodo Reconquista, de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, T. S. Mariana A. Meza, conforme a lo dispuesto en los artículos 61 de la Ley 12.967, 20 inc. e) y 28 del Decreto Ley 10.204/5.8, notifica y hace saber a que en el Expte. Administrativo Nº 01503-0002378-5, caratulado “s/MEDIDA DE PROTECCION EXCEPCIONAL PARA LA NIÑA N/N”, que tramita por ante este organismo, se ha dispuesto los siguiente: “DISPOSICION ME-RE N° 113/2014.- Reconquista, 11 de Marzo de 2014.- VISTOS: … CONSIDERANDO: … DISPONE: ARTICULO N° 1: Adoptar una Medida de Protección Excepcional tendiente a resguardar a la niña NN, de aproximadamente 4 meses de edad, cuyos datos de identidad se desconocen, quien se encuentra bajo el sistema proteccional de esta Subsecretaría desde el día 12/12/2013, contra quien resulte ser su madre biológica. ARTICULO N° 2: Adoptar la Medida de Protección Excepcional por el plazo de noventa (90) días, plazo durante el cual la niña quedará a cargo del cuidado y contención de la familia solidaria individualizada en los considerandos de la presente Disposición, de conformidad con el art. 52 inc. b de la Ley N° 12.967; y se trabajará en el plan de acción trazado a los fines de restituir a la niña el efectivo goce y ejercicio de sus derechos. ARTICULO N° 3: El plazo de noventa (90) días comenzará a computarse una vez que quede firme la presente disposición administrativa, teniéndose en cuenta a dichos efectos lo dispuesto por el art. 62 de la Ley 12.967 y su reglamentación en el Decreto N° 619/2010, y el Decreto Ley 10.204/58.- ARTICULO N° 4: El Equipo Interdisciplinario de la ciudad de Vera dependiente de la Delegación de Niñez, Adolescencia y Familia de Reconquista, efectuará el procedimiento destinado a la Notificación de la Medida de Protección Excepcional y Solicitud del Control de Legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente, conforme lo dispuesto por el art. 63 de la Ley N° 12.967 y su Decreto Reglamentario. ARTICULO N° 5: Apruébese el Plan de Acción trazado para el abordaje de la problemática durante el plazo que dure la Medida Excepcional y/o sus Prórrogas, el que podrá ser modificado en caso de variar las circunstancias de hecho que dieron origen al dictado de la presente medida, en cuyo caso las modificaciones serán comunicadas a los representantes legales y/o responsables del niño, niña o adolescente y al juzgado y/o tribunal interviniente en el control de legalidad de la medida.- ARTICULO N° 6: Regístrese, notifíquese, désele el trámite correspondiente y archívese.- Fdo.: Mariana Andrea Meza, Delegada Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Delegación Reconquista - Nodo I”.- En cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, se hace saber a quien corresponda que la Medida ha sido dispuesta por la autoridad administrativa competente y que contra la misma se podrá interponer recurso de revocatoria dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto Nº 10.204 de la Provincia de Santa Fe, conforme lo dispuesto por los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 12.967 y 60,61 y 61 del Decreto Nº 619/2010. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Sin Cargo. Vera, Santa Fe, 14 de Marzo de 2014.
S/C 227143 Abr. 21 Abr. 23
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