JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
FEDERICO M. IANNITTO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría a cargo de la Dra. Maria Sol Sedita, se hace saber que en los autos caratulados: “PERINAT S.A. c/SCATTOLINI, ALBERTINA y Otros s/APREMIO” (Expte. N° 63/2014), se ha dispuesto que al martillero Federico Matías Iannitto, mat. Nº 2089-1-22, CUIT/L N° 23-34100272-9 que venda al último y mejor postor el día 29 de marzo de 2017, a partir de las 10:00 horas, en las puertas del Juzgado Comunitario y de Pequeñas Causas sito en calle Sarmiento 1091 (esq. Lábrate) de la localidad de Carcarañá (Depto. San Lorenzo), en caso de no poder realizarse dicha subasta, se hará el día hábil inmediato posterior, en pública subasta el 100% del siguiente inmueble, a saber: Un lote de terreno con todo lo edificado clavado y plantado, ubicado sobre la Av. Argentina S/N en la localidad de Carcarañá, Departamento San Lorenzo, Prov. de Santa Fe. El dominio consta inscripto en el folio real matrícula 15-1599 en el Registro General Rosario. Partida de Impuesto Inmobiliario 15-09-00 209366/0002-3, Lote “C-2”, Manzana “D”, Plano Nro. 132.064/1992, Superficie de Terreno 5.115,02 mts.2. Superficie Edificada 26 mts.2. Zona: Sub-Urbana, Arranque s/título: a los 40 mts. Hacia el SO de la esquina formada por Av. Argentina y calle Pública Nro. 5 (S/H). Hágase saber que el inmueble saldrá a la venta con carácter Desocupado, con una base de $765.000.- y en caso de no existir oferentes con una única retasa del 25%. Para el supuesto que no existan oferentes por la suma equivalente al 25% de la retasa, el bien será retirado de la venta. Asimismo, impónese como condiciones de subasta que: 1) Los impuestos y tasas que se adeudaren por el inmueble a subastar como así también los gastos e impuestos por transferencia quedarán a cargo exclusivo de quien resulte adquirente; y deberá el martillero actuante, como obligación inherente a su cargo, hacer saber tal circunstancia en el acto de martillar así como a cuánto asciende el importe de lo adeudado. 2) Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido este término sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó personalmente en el acto de remate. 3) El martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el adquirente deberá abonar en el acto el 10% del valor de venta en concepto de seña y el 3% de la venta en concepto de comisión del martillero y atento lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A.,- si la seña y la comisión a abonar en el momento del remate fuere inferior a la suma de $30.000.- podrá abonarse en efectivo al martillero interviniente y en el caso de que fuera superior deberá entregarse cheque certificado y/o cheque cancelatorio. 4) Asimismo, el martillero advertirá antes de comenzar el acto de remate y en los edictos a publicarse que el saldo de precio que deberá pagar el adquirente será abonado al aprobarse la subasta de conformidad con el art. 499 del C.P.C. y si intimado no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma con los efectos previstos por el art. 497 del C.P.C, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. por lo cual de superar el importe de $ 30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. Dicho saldo deberá depositarse en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados- a la orden de este Juzgado y para estos autos. 5) El comprador en subasta no podrá hacer uso de la opción que le confiere el art. 505 párrafo 2° del C.P.C.. Informes al martillero al mail: martilleroiannitto@gmail.com o al Teléfono: (0341) 4650650/700. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Publíquese el presente adicto por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL de la Prov. de Santa Fe y hall de Tribunales. Rosario, de de 2017. Fdo. María Sol Sedita, secretaria.
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POR
MARÍA ROSA YBALO DE HASAN
Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nom., Rosario, (Sta Fe) en autos “MUTUAL AGINCO c/OTRO s/Ejecución Prendaria” Expte. CUIL: 21-00765089-9 se ha dispuesto que la Martillera María Rosa Ybalo de Hasan (CUIT 27-06684228-8) proceda a la subasta de la unidad: un automotor marca peugeot modelo 206 XRD Premium 5 - puertas.- tipo sedan 5 Ptas. - Año 2004 con motor marca Peugeot N° 10DXDQ0005002.- chasis Peugeot Nº 8AD2AWJYU3G012079. Dominio EHG 248,-que se ejecuta en autos, el día 3 de Abril 2017 a las 16,30 Hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos 238 de Rosario. El rodado saldrá a la venta con la base de la prenda por la suma de $ 18.175. Seguidamente y si no hubiere postores, se ofrecerá con una retasa del 25% y de persistir la falta de los mismos, sin base. El comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo y/o cheque certificado el 30% del precio alcanzado, con más el 10% de comisión al martillero. Y el pago del saldo de precio, deberá abonarse por transferencia interbancaria dentro de los tres días hábiles posteriores a la subasta, en el Banco Municipal de Rosario sucursal Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos; bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de perder el importe entregado a cuenta de precio. La entrega del rodado se hará una vez acreditado el pago total del precio de compra. Se subasta en el estado y condiciones en que se encuentra, no admitiéndose reclamos posteriores de ninguna naturaleza. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. Ofíciese a los Juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre los bienes muebles a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas de realización de la subasta, y con la debida antelación acompañarse constancia del diligenciamiento cinco días antes del acto de subasta. Ello sin perjuicio de lo normado por el Art. 503 del CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes los fines de los Arts. 494 y 495CPCC, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate, haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta. Intímese a los demandados para que informen a este Juzgado dentro del término de tres días, si los bienes embargados en autos reconocen gravámenes prendarios u otros gravámenes, debiendo denunciarse el nombre y domicilio de los acreedores que existieren, bajo apercibimientos de ley. Para el caso que el precio a abonar en el acto de subasta supere el valor de $ 30.000, el pago no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010, dejándose constancia que respecto del saldo de precio también deberá asimismo con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual, de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse esta disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Se hace saber asimismo que son a cargo del comprador si lo hubiere lo adeudado en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, y patente, multas, altas, bajas y radicaciones de ser necesarias, contribuciones y gastos y honorarios por reclamos judiciales y/o extrajudiciales, y toda otra deuda fiscal relacionada al bien, son también a cargo del comprador levantamiento de gravámenes, gastos y honorarios correspondientes a la transferencia, e IVA si correspondiere El Registro Automotor informa: Dominio: a nombre del demandado (D.N.I. 24.239.434). - Embargo: No Posee - Prenda: del 10/1/2014 por $ 28.200.- a favor de la Actora. Inhibición: No Posee. El Automóvil se vende en el estado de uso, utilidad y funcionamiento que se encuentra. - Secretaría, 14 de marzo de 2017 - Elvira Sauar, Secretaria.
$ 792 317506 Mar. 21 mar. 23
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CAÑADA DE GÓMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRBAJO
POR
DAVID BOSCHI
Por orden Sr. Juez Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 6 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Cañada de Gómez, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “VOLKSWAGEN SAHPFD c/OTRO s/Ejecución Prendaria” (Expte. N° 935/2014); se ha dispuesto que el Martillero Público David Boschi, (Mat. 1929-B-179), venda en pública subasta, al último y mejor postor el día 28 de Marzo de 2017 a las 14 Hs. en el hall de los Tribunales de la ciudad de Cañada de Gómez (Balcarce 999), Pcia. de Santa Fe, o el día inmediato hábil posterior de resultar feriado, inhábil o si su inicio y/o desarrollo se impidiera por caso fortuito y/o fuerza mayor y/o cualquier otro hecho equiparable a la misma hora y en el mismo lugar, el siguiente bien automotor prendado y embargado en autos, Dominio JYQ 035, Marca Volkswagen, Modelo Suran 1.6L 5D 11A, tipo sedán 5 ptas. Año 2011. Inscripto a nombre del demandado en el R.N.P.A. Secc. San Genaro. Registrando Prenda de fecha 18/05/2011, re inscripta el 23/03/2016, por $ 47.779,20 y el siguiente Embargo: de fecha 03/06/2015, por $ 70.679,05 por los autos que se ejecutan. El automotor sale a la venta con la base de $ 58.815,85 y en caso de no haber postores por dicha base, con la retasa del 50% de la base inicia] y de persistir la falta de oferentes se venderá sin base y al mejor postor, debiendo abonar quien resulte comprador en el acto de la subasta el 10% en calidad de seña a cuenta del precio alcanzado, más el 10% de comisión al martillero actuante más IVA, todo en dinero en efectivo o cheque certificado. El automotor subastado se entregará una vez aprobada la subasta, debiendo solicitar judicialmente el retiro de la misma, dejando constancia que se subasta el bien prendado en las condiciones en las que se encuentra, no aceptando reclamos de ninguna índole, naturaleza por faltad e componentes que pudiera adolecer la unidad, modelo, año, tipo, estado del rodado una vez subastado y sin ningún tipo de garantía de lo unidad en virtud que es usada, habiendo sido exhibida y revisada por los interesados, asimismo se deberá hacer constar en el acta que él rodado se entregará para su tenencia, bajo las responsabilidades de ley hasta que se formalice las transferencia traslativa del mismo. Los gastos por transferencia de dominio, levantamiento de prenda y/u otra cautelar, impuestos y/o cualquier carga fiscal e IVA si correspondiere serán a cargo del adquirente en subasta. No se acepta la compra en comisión, ni cesión del acta (art. 3936 inc. c C.C.). Exhibición: los dos días hábiles anteriores a la fecha de realización de la subasta en el horario de 10 a 12 hs. en el lugar en donde se halla depositada la unidad. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Cañada de Gómez, 14 de marzo de marzo de 2017 - Guillermo R. Coronel, Secretario.
$ 495 317641 Mar. 21 Mar. 22
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