REGISTRADA BAJO EL Nº 13526
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2016, cuando razones de gobierno así lo aconsejen. El señor Gobernador informará previamente a la Legislatura Provincial en cada oportunidad que haga uso de esta autorización.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2016.
Antonio Juan Bonfatti –
Presidente Cámara de Diputados
Carlos A. Fascendini –
Presidente Cámara de Senadores
Mario González Rais –
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco –
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
DECRETO Nº 0340
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”
10 MARZ 2016
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.526 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla
y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
Pablo Gustavo Farias
16791
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