picture_as_pdf 2016-03-21

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCIÓN Nº 0383


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

14 de marzo de 2016

VISTO:

El expediente N° 00501-0138047-3 del S.I.E. relacionado con la convocatoria de aspirantes efectuada por Resolución Nº 300 de fecha 30 de diciembre de 2015, para cubrir el ingreso de ocho (8) agentes a la Planta Permanente de este Ministerio, con carácter provisional - artículo 4° de la Ley N° 8525-; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 207 de fecha 17/02/16 se dispuso la modificación de dicho acto administrativo, estableciéndose -entre otras medidas- un nuevo período para la inscripción de aspirantes a dos (2) cargos de Asistente Profesional (Abogado) – Agrupamiento Profesional - Categoría 3 (Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2685/83), en el Departamento Delegación 2da. Circunscripción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sita en calle San Luis N° 979 (Planta Alta) de la ciudad de Rosario;

Que de acuerdo a lo informado a fs. 87 por la Dirección Provincial de Gestión y Bienestar de Recursos Humanos, por un error involuntario dicha modificación no fue debidamente consignada en el apartado “Concurso y Selección de Personal” del Sitio Web Oficial de la Provincia, dado que mientras se encontraba “abierta” la convocatoria, dicho apartado señalaba que la misma estaba “en proceso”, es decir, no habilitada para la presentación de la documental;

Que, por tal motivo, la referida Dirección Provincial solicita en esta instancia establecer una prórroga para la presentación de los antecedentes relativos a los dos (2) cargos en cuestión, habiéndose determinado a tales efectos que los legajos correspondientes deberán entregarse en calle Tucumán N° 1364 de la ciudad de Rosario, desde el 16/03 al 29/03/16, en el horario de 8 a 12 hs.;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

Resuelve:

ARTICULO 1° - Prorrógase el plazo previsto en la Resolución N° 300/15, modificada por la N° 207/16, para la entrega de la documentación destinada a la cobertura de dos (2) cargos de Asistente Profesional (Abogado) - Agrupamiento Profesional - Categoría 3 (Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/83) en el Departamento Delegación 2da. Circunscripción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, extendiéndose por el período comprendido entre el 16/03 y el 29/03/16; debiendo la misma presentarse en calle Tucumán Nº 1364 de la ciudad de Rosario, en el horario de 8 a 12 hs.

ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, U.P.C.N. - Seccional Santa Fe y A.T.E. - Consejo Directivo Provincial Santa Fe, y archívese.

Bioq. MIGUEL GONZALEZ

Ministro de Salud

S/C 16785 Mar. 21 Mar. 23

__________________________________________


MINISTERIO DE ECONOMIA


RESOLUCION Nº 117


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

14 MAR 2016

V I S T O:

El expediente Nº 00312-0007570-9 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir el cargo vacante de Coordinador General de Evaluación Sectorial de Proyectos, Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos; y

CONSIDERANDO:

Que dicho cargo se encuentra vacante y por Decreto N° 1720 de fecha 17 de junio de 2015 se asignaron las funciones inherentes al mismo, estableciendo en su artículo 3° que debían disponerse las medidas tendientes al llamado a concurso para la cobertura definitiva del cargo subrogado;

Que conforme a ello, la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos adjunta el pertinente perfil del puesto y gestiona el correspondiente llamado a concurso;

Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

Que asimismo, las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han tomado conocimiento de los perfiles previstos para los puestos y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes del mismo;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1° - Llamar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir el cargo vacante

de Coordinador General de Evaluación Sectorial de Proyectos, Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo de la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos.

ARTÍCULO 2° - La descripción del puesto y determinación del perfil solicitado, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el “Anexo I”. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección, fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según la Categoría a concursar, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Lic. GONZALO MIGUEL SAGLIONE

MINISTRO DE ECONOMÍA

PROVINCIA DE SANTA FE


ANEXO I

PERFIL DEL PUESTO


Cargo a cubrir: Coordinador General de Evaluación Sectorial de Proyectos - Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo.

Sector: Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos.

Lugar de prestación de servicios: Centro Cívico Gubernamental – Avda. Arturo Illia 1151, 8° Piso – Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Intervenir en la planificación de todas las tareas de relevamiento, formulación y evaluación de anteproyectos y proyectos de desarrollo institucional y de inversión.

Supervisar y coordinar acciones tendientes a la evaluación económica y social de proyectos.

Asesorar técnicamente a las jurisdicciones que lo requieren a partir de las metodologías y normas de los Manuales del BIRF, del BID y otros organismos de financiamiento.

Participar en la preparación de los proyectos desde la perspectiva de su ámbito de acción, colaborando en la definición de las actividades, sub actividades y metas de proceso y resultado.

Realizar el seguimiento periódico de las actividades de los Programas y Proyectos a fin de reconocer el avance de acuerdo con sus objetivos específicos y metas periódicas.

Conocimientos Generales:

De la Organización del Estado:

Constitución de la Provincia de Santa Fe.

Ley Orgánica de Ministerios Nº 13509.

Ley Nº 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado - Conceptos Generales.

Del Personal:

Ley Nº 8525 – Estatuto del Personal de la Administración Pública Provincial.

Decreto Nº 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.

Conocimientos Específicos:

Metodologías y herramientas de Identificación, Formulación y Evaluación de proyectos de Inversión.

Ley de Obras Públicas Nº 5188 y modificaciones.

Políticas para la adquisición de bienes y obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo.

Políticas para la selección y contratación de consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo.

Normas de Selección y contratación de consultores con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por Prestatarios del Banco Mundial.

Normas de adquisiciones de bienes, obras y servicios distintos a los de consultoría con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por Prestatarios del Banco Mundial.

Conocimientos No Específicos:

Conocimiento en el manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).

Requisitos de Estudios y/o Experiencia:

Ingeniero, preferentemente en las terminalidades Civil, Industria o Construcción, o Profesional en Ciencias Económicas, prioritariamente Licenciado en Economía, con no menos de diez años de antiguedad en el título (carácter excluyente).

Competencias Actitudinales y Personales:

Capacidad y buena predisposición para el trabajo en equipo.

Facilidad de expresión escrita y oral.

Trato amable y respetuoso.

Búsqueda constante de mejoras.


ANEXO II

COMPOSICIÓN DEL JURADO


El Jurado estará integrado para todos los cargos de la siguiente manera:

Presidente: El señor El señor Secretario Legal y de Coordinación, Dr. PABLO RANGEL

Titulares:

El señor Secretario de Finanzas, C.P.N. PABLO ANDRES OLIVARES

El Director General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos, C.P.N. SERGIO NICOLAU.

El señor Director General del Promudi C.P.N. JUAN JOSE MASPON.

La señora Directora General de Administración, C.P.N. IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.

El señor DARÍO ADOLFO COSTA, en representación de U.P.C.N.

El C.P.N. MARCELO SILVESTRO, en representación de U.P.C.N.

El señor LUIS COPELLO, en representación de U.P.C.N.

La señora MONICA DI PASCUALE, en representación de A.T.E.

Suplentes:

El señor Subsecretario de Proyectos de Inversión, Lic. CESAR AUGUSTO IZA FARJE El señor Subdirector General de Licitaciones Nacionales e Internacionales, Arq. OSCAR EDUARDO MAGGI.

El señor Subdirector del Programa General del Programa Municipal de Inversiones, Arq. RAÚL HÉCTOR VACOU.

La señora Coordinadora General de Personal, VIVIANA BEATRÍZ CARRERAS

La señora MONICA PAYA, en representación de U.P.C.N.

El señor HUGO RODRIGUEZ, en representación de U.P.C.N.

El señor ROBERTO FRANCUCCI, en representación de U.P.C.N.

La señora EDIT BUGLIOLO, en representación de A.T.E.

LUGAR y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Coordinación General de Personal, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 – 6º. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe (Puerta 617).

Desde el día 18/04/16 hasta el 29/04/16 en el horario de 8 hs. a 12 hs..

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado, en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir 11/04/2016 y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92º del Decreto Nº 1729/09.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de las dos primeras hojas de su D.N.I. o documento equivalente, con constancia del último cambio de domicilio realizado; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, como así también las certificaciones digitalizadas deberán estar legalizadas por el Organismo o Entidad emisor. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de D.N.I. del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del órgano de selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A partir del 03/05/2016, en horario a determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.

La calificación de antecedentes será numérica de 0 a 100 puntos, conforme lo dispuesto por el artículo 102º del Decreto Nº 1729/09 – Régimen de Concursos, y modificatorios.

Etapa II, III y IV:

Lugar y Fecha: A determinar por el Jurado.

La calificación de cada etapa será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en los artículos 103º, 104° y 105° del Decreto Nº 1729/09 - Régimen de Concursos y modificatorios.

Orden de Méritos:

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30 %

Evaluación Técnica 40 %

Evaluación Personalidad 20 %

Entrevista Personal 10 %

Total 100 %


El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos (Categoría 7). En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

S/C 16784 Mar. 21 Mar. 23

__________________________________________


DESTRUCCIÓN DE

EXPEDIENTES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 5° Nom. de Rosario, Dr. Iván D. Kvasina, Secretaría del Dr. Alfredo Farias, se hace saber que por Resolución Nº 140 de fecha 18 de febrero de 2016, se ha dispuesto: "1) Precédase a la destrucción de la documental reservada en Secretaría, perteneciente a causas que no registran movimientos posteriores al 31 de diciembre de 2004, la que se llevará a cabo a partir del día 27 de abril de 2016. 2) Hágase saber que los interesados que acrediten interés legítimo en alguna de esas documentales, podrán presentarse hasta el día 06 de abril de 2016 inclusive, ante este Juzgado, de lunes a viernes, de 8 a 12 hs., a fin de efectuar el requerimiento que estimen pertinente. No se admitirá reclamo alguno con posterioridad a tal fecha. 3) Publíquese edictos en el BOLETÍN OFICIAL tres veces en 20 días y dos avisos en el Diario La Capital - un miércoles y un domingo. 4) Remítase copia de la presente a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario. Insértese y hágase saber.". Fdo. Dr. Iván D. Kvasina -Juez-; Dr. Alfredo Farias -Secretario. Rosario, 24 de febrero de 2016.

S/C 285117 Mar. 21

__________________________________________


EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


RESOLUCION N° 107


SANTA FE, 17-02-2016

VISTO: El Expte. Nº 1-2015-792.723-EPE., a través de cuyas actuaciones se tramita la aprobación del Acta Acuerdo suscripta con la Co­muna de Pueblo Andino para el suministro eléctrico a propietarios del Loteo Quebradas de Andino II; y

CONSIDERANDO:

Que la Gerencia Comercial informa que la Comuna de Pueblo Andino autorizó la urbanización aún cuando la misma no contaba con obras de infraestructura básica;

Que existe en dicho lugar una red de baja tensión de características precarias, no acorde a la demanda del mismo y que deriva en conflictos con los clientes ya radicados;

Que a efectos de satisfacer el derecho al servicio de la energía eléctrica a todos los propietarios de los lotes, y brindar seguridad a aquellos que se encuentran tomando servicio de manera irregular, se eleva para la aprobación el convenio en cuestión suscripto con la Comuna;

Que del mismo surge que “la EPESF realizará el proyecto y ejecutará las obras a su criterio y conforme la reglamentación vigente; todo solicitante de un nuevo suministro eléctrico deberá abonar, por la realización de las obras en MT y BT, la suma que resulte del costo promedio, por cada lote, de las obras de infraestructura eléctrica necesarias para satisfacer la demanda en el lugar; los solicitantes de un nuevo suministro eléctrico deberán abonar el cargo para amortizar los costos correspondientes a la expansión de infraestructura eléctrica en el Reglamento de Extensiones de Redes aprobado por Resolución EPESF N° 180/2011; la Comuna de Pueblo Andino se compromete a dar amplia difusión al Acta Acuerdo formalizado y exigir a los solicitantes del suministro eléctrico que cumplimenten con todos los requisitos establecidos por la EPESF, incluidos los que obran en el acta acuerdo formalizado;

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos en Dictamen N° 76/2016, señala al respecto que la situación de irregularidad descripta ha sido originada por la omisión del ente loteador de realizar obras de infraestructura adecuadas para dotar de energía eléctrica a los distintos lotes;

Que sin embargo, esta situación actualmente produce una desigualdad manifiesta entre vecinos de un mismo loteo;

Que a pesar de que las obras no fueron realizadas por el ente loteador, obtuvo la correspondiente habilitación comunal para su urbanización;

Que resulta necesario lograr satisfacer el derecho al servicio de energía eléctrica, no sólo el abastecimiento de los lotes sino también la regularización de las instalaciones ya realizadas, de forma que posibilite un mayor control de seguridad;

Que de esta forma, no sólo se garantiza a los usuarios el derecho que les otorga el Art. 42 de la Constitución Nacional con su correlato en el Art. 6 de la Consitución de la Provincia de Santa Fe, sino que también se estará cumpliendo con el fin esencial de esta Empresa, consagrado en el Art. 4 de la Ley Orgánica N° 10.014;

Que en relación al Acta Acuerdo que se adjunta, se observa que ha sido confeccionada contemplando el aporte por parte de los usuarios para la obra a realizar, en montos y condiciones que permitan obtener el servicio público de energía eléctrica en forma regular;

Que sugiere la aprobación del Acta Acuerdo a suscribir, el cual establece el régimen de excepción aplicable a dicho loteo;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los Artículos 6º y 17º de la Ley Orgánica Nº 10014;

EL DIRECTORIO DE LA

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

R e s u e l v e :

ARTICULO 1°.- Aprobar el Acta Acuerdo suscripta entre representantes de esta Empresa Provincial de la Energía y la Comuna de Pueblo Andino, en fecha 28 de Noviembre de 2014, obrante de fs. 20 a 23 de autos referida a la solicitud de suministro a propietarios de lotes que forman parte del Loteo Quebradas de Andino II, la cual establece el régimen de excepción aplicable a dicho loteo.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Ing. Raúl Enrique Stival

Dr. Fabián Lionel Bastia

Lic. Mauricio Abel Weibel

Sr. Daniel A. Rossi

Sr. Rodolfo Carlos Nobile

S/C 16786 Mar. 21

__________________________________________


ARCHIVO GENERAL DE LOS

TRIBUNALES DE SANTA FE


DESTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES


Conforme los términos del artículo 272 de la Ley 10.160 (t.o.). Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, anunciase a través de la Dirección, a cargo de la Sra. Noemí Calvo de Costa (Directora General), que el Archivo General de los Tribunales de Santa Fe, el día 04 de Mayo de 2016, realizará la Destrucción de Expedientes con plazos de conservación vencidos al 31/12/2012, al 31/12/2013 y al 31/12/2014, habiendo finalizado la tarea de clasificación de las causas correspondientes a Órganos Jurisdiccionales de distintos fueros y de distintas localidades, y de Expedientes Reingresados al Archivo General cuyos plazos de conservación se encuentran vencidos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley. - Santa Fe, 14 de Marzo de 2016.

S/C 285789 Mar. 21 Mar. 23

__________________________________________