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DECRETO N° 0358

Santa Fe, 13 de Marzo de 2007.

VISTO:

El Decreto N° 0027 de fecha 11/12/03; y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma legal se dispuso la intervención de la Empresa Provincial de la Energía;

Que el objetivo de esa medida de gobierno consistía en iniciar un proceso de adecuación normativa, que permitiera transformar la Empresa dentro del ámbito del Estado Provincial, afirmando su carácter de herramienta indelegable para la consecución del interés público;

Que en ese orden de ideas se propuso a las honorables Cámaras Legislativas la revisión de la Ley 11727;

Que dicha normativa fue derogada por su similar N° 12700;

Que esta última en su Artículo 3° dispone que este Poder Ejecutivo debe proceder a integrar el Directorio de la Empresa en un término de sesenta días de la fecha de su vigencia;

Que en el mismo sentido el Artículo 5° del Decreto N° 27/03 fijó como límite para intervención el tiempo necesario para concluir con el proceso de revisión de las Leyes 11727 y 10.014;

Que habiendo desaparecido las razones que dieran origen al Decreto N° 27/03 y atento a lo dispuesto por el Art. 3° de la Ley N° 12700, se estima procedente declarar el cese de esa medida de excepción y restituir la conducción de la Empresa a su órgano directivo natural contemplado en el Capítulo IV, Artículo 10 siguientes y concordantes de la Ley 10014 de creación de la mencionada empresa pública;

Que a esos fines, corresponde designar en este acto a los señores Presidente, Vicepresidente y Vocales del Directorio, dejándose constancia que quienes asumen dichas funciones reúnen los requisitos establecidos por el Artículo 11 del Estatuto Orgánico de la Empresa y no se encuentran alcanzados por las inhabilidades establecidas en su Artículo 12°;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1. - Dispónese a partir de la fecha, el cese de la intervención de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe.

ARTICULO 2. - Confórmese el Directorio de la Empresa Provincial de la Energía. Poniéndose en marcha los mecanismos previstos en el Capítulo IV, Artículo 10 de la Ley Orgánica N° 10.014.

ARTICULO 3. - Designase como Presidente del Directorio de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe al Dr. LUIS ABRAHAM EL HALLI OBEID (Clase 1952 -D.N.I. N° 10.572.527).

ARTICULO 4. - Designase como Vice-presidente del Directorio de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe al Ing. JUAN ANGEL RUIZ (Clase 1952 - D.N.I. N° 10.316.617).

ARTICULO 5. - Designase como Vocal del Directorio de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe al Dr. OSCAR RAUL PUCCINELLI (Clase 1962 - D.N.I. N° 14.510.801).

ARTICULO 6. - Designase como Vocal de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe en representación de los trabajadores de la Empresa al señor ATILIO ANTONIO HECTOR MANUEL BONANTINI (Clase 1943 L.E. N° 6.253.657).

ARTICULO 7. - Designase como Vocal del Directorio de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, en representación de las Cooperativas de Servicios Eléctricos con sede en la Provincia, al Ing. RICARDO ALBERTO AIRASCA (D.N.I. N° 11.178.161).

ARTICULO 8. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Arq. Alberto Nazareno Hammerly

5402

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