picture_as_pdf 2017-02-21

MINISTERIO DE SALUD


ORDEN Nº14


Santa Fe, 10 FEB 2017

VISTO:

El expediente nº 00501-0115066-5 Tomo I, II y III relacionado con el legajo 063-09723-5-27-10-10393 de habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria Nº 10.169, su reglamentación y Resolución Nº 653/02 del establecimiento de salud con internación “SERVICIO DE INTERNACION DOMICILIARIA NUTRI-HOME” de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, de la provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento precitado obtuvo la Habilitación para funcionar por Orden nº 55 el 02 de Septiembre de 2.011, bajo denominación e identificación de “Servicio de Internación Domiciliaria Nutri-Home” – foja 228 a 231;

Que posteriormente el Sr. Gagneten Juan Carlos en carácter de representante de la “Sociedad Nutri-Home S.A”, solicita la baja de dicho establecimiento dado que el servicio de muda a otro domicilio – foja 439;

Que ha regularizado el pago de las tasa de los años 2.017 ($ 29,08), año 2.016 ($ 30,82) y 2.012 a 2.015 ($160,28) – fojas 444 a 446;

Que por lo expuesto deviene procedente disponer la Baja del “Servicio de Internación Domiciliaria Nutri-Home”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección

General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial Nº 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

O R D E N A:

1º. Dar de Baja al establecimiento de salud con internación “SERVICIO DE INTERNACION DOMICILIARIA NUTRI-HOME” ubicado en calle Francia Nº 3.133 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, en razón de haber sido solicitado por el Sr. Gagneten Juan Carlos en carácter de representante de la “Sociedad Nutri-Home S.A.

2º. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

S/C 18959 Feb. 21 Feb. 22

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TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCIÓN Nº 0006/17 - TCP


SANTA FE, 16 de febrero de 2017

VISTO:

El Expediente N° 00901-0077552-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes del Tribunal de Cuentas de la Provincia sobre la reglamentación del artículo 70º del “Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias” TCP; y,

CONSIDERANDO:

Que, el “Estatuto para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe” y el “Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias” para el personal comprendido en dicho Estatuto, propuestos a instancia del Presidente TCP, CPN Oscar Marcos Biagioni, han sido elaborados y aprobados por unanimidad por la totalidad del Cuerpo Colegiado, luego de minuciosos análisis y cumplimiento de etapas procedimentales;

Que, la consolidación del Régimen comprensivo de los derechos y obligaciones de las partes en la relación Empleado-Tribunal de Cuentas, dió lugar a la aprobación del Estatuto para el Personal del Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante Resolución del Cuerpo Plenario N° 0109 de fecha 07-07-2016, luego instituido por Ley N° 13.608 de fecha 30 de noviembre de 2016;

Que, posteriormente en un proceso encaminado a lograr una normativa específica, adecuada y actualizada para el trabajador del Tribunal de Cuentas de la Provincia, se dicta la Resolución Plenaria Nº 0254 de fecha 31-10-2016, que da origen al presente trámite;

Que, dicho régimen, en su artículo 70º dispone: “El Tribunal de Cuentas de la Provincia en Acuerdo Plenario deberá instituir el 'Día del Empleado del Tribunal de Cuentas', el cual se establecerá como no laborable”;

Que, en cumplimiento de tal cometido, el Presidente del Cuerpo Colegiado propone como “Día del Empleado del Tribunal de Cuentas de la Provincia”, el último viernes del mes de noviembre de cada año, en estrecha relación con el acto parlamentario aprobado por unanimidad en ambas Cámaras Legislativas, consagrando de esta manera el Estatuto para el Personal del Organismo, bajo Ley Nº 13.608, de fecha 30 de noviembre de 2016;

Que, dicha propuesta se inscribe en el conjunto de actos de revalorización institucional que este Tribunal de Cuentas de rango constitucional, que funciona bajo la órbita de control del Poder Legislativo a través de la Comisión Legislativa de Control y Revisora de Cuentas – Ley N° 12510-, asumió dentro del rol estatal que le corresponde;

Que, fundamenta la misma en que las funciones de control externo del Sector Público Provincial, son asumidas con la dedicación y la responsabilidad que ameritan una regulación adecuada para sus empleados, y que la aprobación legislativa de su propio Estatuto, viene a marcar un hito histórico e institucional que no puede pasar inadvertido;

Por ello, de conformidad con lo establecido en los Artículos 192° segundo párrafo y 200° inciso b), de la Ley N° 12.510 ss. y cc. y en la Resolución N° 254/16 TCP; en Reunión Plenaria realizada en fecha 16-02-2017, registrada en Acta N° 1521;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE

LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Artículo 1°: Establecer como “Día del Empleado del Tribunal de Cuentas de la Provincia”, el último viernes del mes de noviembre de cada año, en conmemoración a la sanción de la Ley que consagró el Estatuto para el Personal del Órgano de Control Externo, bajo el Nº 13.608.

Artículo 2º: Derogáse la Resolución Nº 0083/2002 PTCP y toda otra normativa de este organismo que se contraponga con la presente.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en el sitio Web de este Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gob.ar; notifíquese a las H. Cámaras Legislativas, comuníquese en novedades Intranet TCP a los estamentos internos y; luego, archívese.

CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.

Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.

CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.

CPN Germán Luis Huber-Vocal.

Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.

CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos de Plenario

S/C 18963 Feb. 21 Feb. 23

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RESOLUCIÓN Nº 0007 / 17 - TCP


SANTA FE, 16 de febrero de 2017

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0068519-3-TCP y su agregado Nº 00901-0064561-2-TCP y la Resolución Nº 0031/14 TCP relacionada con el Sistema de Análisis de Legalidad y la modificación de los importes que surgen de la promulgación anual de la Ley de Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, existe la necesidad de contar con una propuesta viable para instrumentar el procedimiento formal de comunicación de los nuevos importes para el análisis de legalidad que, anualmente, surgen de la aplicación de la Ley de Presupuesto;

Que, la Resolución Nº 0031/14 TCP ha establecido que los montos se determinan tomando como base los importes que se fijen para la realización de las licitaciones privadas, lo que le confiere automaticidad al procedimiento;

Que, la sugerencia realizada por la Fiscalía General Área I (fs. 20) a la que adhirió la Fiscalía General Área II (fs. 22) y la Dirección General de Informática TCP (fs. 12 y 17), resulta viable;

Por ello, de conformidad con lo establecido por el inciso g) del Artículo 200° de la Ley N° 12.510 ss. y cc. y de acuerdo con lo resuelto en Reunión Plenaria realizada en fecha 16-02-2017 y registrada en Acta N° 1521;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Artículo 1°:Disponer que anualmente la Subdirección General de Documentación y Archivo, en oportunidad de tomar conocimiento del dictado de la Ley de Presupuesto y su respectivo decreto de promulgación, notifique los mismos a las Fiscalías Generales a los efectos de que realicen los cálculos pertinentes y los remitan al área Informática, para que ésta efectúe los ajustes necesarios en el Sistema de Análisis de Legalidad, a los fines de su actualización.

Artículo 2º: A partir de la entrada en vigencia de la Ley Anual de Presupuesto serán de aplicación los montos correspondientes en virtud de lo dispuesto por Resolución N° 0031/14-TCP, sin perjuicio de la actualización en el Sistema informático.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, Novedades Intranet TCP, en la página Web-TCP; y, por las Fiscalías Generales Áreas I y II, a través de los Contadores Fiscales delegados se les hará saber a las Jurisdicciones controladas, que tomen conocimiento del presente acto en la página web institucional. Luego, archívese.

CPN Oscar Marcos Biagioni-Presidente.

Dr Dalmacio Juan Chavarri-Vocal.

CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.

CPN Germán Luis Huber-Vocal.

Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.

CPN Estela Imhof-Secretaria de Asuntos de Plenario

S/C 18964 Feb. 21 Feb. 23

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