MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca un INMUEBLE para alquilar en la ciudad de San Jorge.
Ubicación del inmueble: Zona céntrica de la ciudad de San Jorge.
Superficie mínima construida: 125 m2
Características del inmueble: Para funcionamiento del Registro Civil.
Plazo de la locación: 3 años.
Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir I.V.A., comisiones o gastos adicionales.
Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.
Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211.
Consultas: Teléfono: 0342-4506790.
S/C 10848 En. 21
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DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACIONES
En relación a los autos administrativos N° 16132-0000568-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta. de Constatación de Infracción Nº 2099 de fecha 29/08/12 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. GABRIEL OMAR AVILA CONTRERAS, con último domicilio conocido en Planta Urbana de la localidad de Makalle, Provincia de Chaco de lo establecido en la Resolución N° 1065 dictada el 6 de Noviembre de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:
ARTICULO 1º - Aprobar el Acta de infracción N° 2099 de fecha 29/08/12, conforme la legislación vigente. ARTICULO 2° - Intimar al Sr. AVILA CONTRERAS GABRIEL OMAR, en carácter de conductor, con domicilio en Planta Urbana de la localidad de Makalle, Provincia de Chaco y al transportista PAPELERA NICARAGUA S.A. con domicilio en Presidente Juan Domingo Perón 10359 de la localidad de Pablo Podestá Provincia de Buenos Aiies, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente abonen la suma de $ 54.473,91 (Pesos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Tres con 91/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bvrd. Muttis Nº 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º - La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Iveco, Modelo 190 E31, Año 2000, Dominio Chasis DII 921, Dominio Acoplado FXJ 080, Sr. AVILA CONTRERAS GABRIEL OMAR, con domicilio en Planta Urbana de la localidad de Makalle, Provincia de Chaco y el transportista PAPELERA NICARAGUA S.A., con domicilio en Presidente Juan Domingo Perón 10359 de la localidad de Pablo Podestá, Provincia de Buenos Aires, tendiente al cobro de la suma de $ 54.473,91 (Pesos Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Setenta y Tres con 91/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese y archívese.
Lo que se publica, en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 10842 En. 21 En. 22
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En relación a los autos administrativos Nº 16102-0030818-4 y su agregado por cuerda floja Expte. N° 16101-0142128-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta. de Constatación de Infracción Nº 2035 de fecha 25/03/2013, se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, a los infractores JORGE ANTONIO COLMAN con último domicilio conocido en Sarmiento 189 de la localidad de Pujato, Provincia de Santa Fe, y GRACIELA M. BOMPADRE S.H., con último domicilio conocido en Lisandro de la Torre de la localidad de Pujato, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N° 1209 dictada el 11 de Diciembre de 2013 cor el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto:... y Considerando:... Resuelve:... ARTICULO 1º - Rechazar el recurso de revocatoria interpuesto por FIPLASTO S.A., mediante apoderado, contra la Resolución N° 531 de recha 12/07/2013, por inadmisible. ARTICULO 2º - Regístrese, notifíquese y archívese.
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAI, a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 10843 En. 21 En. 22
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En relación a los autos administrativos Nº 16102-0029451-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2103 de fecha 15/03/2012 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto N° 10.204/58, al infractor Sr. RAMALLO CASTILLO LEANDRO DANIEL, con último domicilio conocido en Juan B. Justo Nº 1108 de la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 922 dictada el 11 de Octubre de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto … y Considerando … Resuelve … “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de infracción N° 2103 de fecha 15/05/12, conforme lo dispone la normativa vigente.- ARTICULO 2º.- Intimar a RAMALLO CASTILLO LEANDRO DANIEL en carácter de conductor, con domicilio en Juan B. Justo Nº 1108 de la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, al transportista y cargador SOSA CLAUDIA ANGELINA, con domicilio en Calle 57 y 70 de la localidad de Villa Cañás, Provincia de Santa Fe, y al transportista MOLINA GRISELDA LUCIANA EDITH, con domicilio en Avellaneda 1124 - P 1 DP de la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 18.792,89 (Pesos Dieciocho Mil Setecientos Noventa y Dos con 89/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Volkswagen, Modelo 17220, Dominio Chasis DOS 699, Dominio Semirremolque VYP 533, RAMALLO CASTILLO LEANDRO DANIEL con domicilio en Juan B. Justo Nº 1108 de la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, el transportista y cargador SOSA CLAUDIA ANGELINA, con domicilio en Calle 57 y 70 de la localidad de Villa Cañás, Provincia de Santa Fe y el transportista MOLINA GRISELDA LUCIANA EDITH, con domicilio en Avellaneda 1124 - P 1 DP de la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe tendiente al cobro de la suma de $ 18.792,89 (Pesos Dieciocho Mil Setecientos Noventa y Dos con 89/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 10844 En. 21 En. 22
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