picture_as_pdf 2013-01-21

REGISTRADA BAJO EL Nº 13324


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1.- Ractifícase el Acta Acuerdo celebrado en fecha 12 de mayo de 2011, entre los Ministerios de Salud de la Provincia y de la Nación, en el marco de la Programación e Implementación de la Red Nacional del Componente Salud Mental y Adicciones en la Estrategia de Atención Primaria de la Salud y la Convocatoria Nacional de Proyectos para la inclusión Social de Personas con Padecimientos Mental y Adicciones.

Dicho convenio fue aprobado “ad referéndum” de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 0697/12 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 25 de enero de 2012, con el Nº 4818, Folio 113, Tomo IX, cuyo texto se agrega e integra la presente.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 14 ENE 2013

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@santafe.gov.ar

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