picture_as_pdf 2009-01-21

COLEGIO DE BIOQUIMICOS DE SANTA FE

RESOLUCION N° 055

Al matriculado que adeudare cuotas de colegiación se le cobrará como recargo, además de la multa determinada por la resolución de Consejo Asesor, un interés equivalente al promedio de la tasa activa mensual que el Banco Nación cobra por sus operaciones en descuento de documentos. Para su cálculo se determinará la deuda de cuotas en forma semestral y se aplicará este interés desde la fecha de vencimiento de la última cuota de cada semestre, 30 de junio o 31 de diciembre, hasta el mes inmediato anterior al del efectivo pago. En caso de que el matriculado optare por cancelar su deuda mediante un convenio de pago, a ésta se le calcularán los intereses correspondientes según el plazo convenido, fijándose como tasa de cálculo la indicada anteriormente. Vigencia de la resolución 01 de enero de 2009.

Bioq. Rodolfo Maiarota, Presidente.

$ 15 58005 Ene. 21