ABRAN PAMPA S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro de la ciudad de Rafaela se ha ordenado la publicación del siguiente edicto por un día de “ABRAN PAMPA S.A.”, Expediente N° 871/2023 - C.U.I.J. N° 21-05396330-4 s/Constitución de Sociedad.
Integrantes: MUSSO, Lucas Andrés, D.N.I. 32.703.284, C.U.I.T. 20-32703284-5, apellido materno Perotti, nacido el 09/02/1987, de estado civil soltero, de nacionalidad argentino, de profesión Ingeniero Agrónomo, domiciliado en Roque Saénz Peña N° 435 de la ciudad de Sunchales, departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe y MUSSO, Carlos Sebastián, D.N.I. 30.640.682, C.U.I.T. 20-30640682-6, apellido materno Perotti, nacido el 25/07/1984, soltero, de nacionalidad argentino, empleado, domiciliado en calle Pasteur N° 1025 de la ciudad de Sunchales, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe;
Denominación de la sociedad: “ABRAN PAMPA S.A.”
Domicilio Social: 9 de Julio N° 71 de la ciudad de Sunchales, provincia de Santa Fe.
Objeto Social: Tiene por objeto las siguientes actividades: A) Tambera: mediante la producción de leche fluida, proveniente de un rodeo, cualquiera fuera la raza de ganado mayor o menor, su traslado, distribución y destino, su transformación posterior - en todo o en parte- de la leche en subproductos diversos, mediante la aplicación de las tecnologías y modalidades que se estimen convenientes en cada caso, ambos, producción y/o transformación podrán realizarse a través de la propia firma -en instalaciones propias o de terceros; B) Agropecuaria: a) mediante la explotación en todas sus formas, de inmuebles rurales de propiedad de la firma o de propiedad de terceros, tomados -estos últimos- bajo cualquier modalidad contractual, producción agrícola para consumo y/o comercialización; Compras y ventas de hacienda, de todas las especies y categorías, en pie o faenada, a nombre y por cuenta propia; Intermediación, como comisionista, en las compras y ventas de hacienda en pie o faenada, de todas las especies y categorías; Consignaciones de hacienda, en pie o faenada, de todas las especies y categorías; Compras y ventas de los productos derivados de explotaciones agrícolas y/o ganaderas, de propia producción, o de terceros, a nombre y por cuenta propia o de terceros; Cría, recría y engorde bovino, ovino y caprino; Explotaciones, frutícola, forestal, de granja, mediante la aplicación de la tecnología que en cada caso se estime pertinente; comercialización minorista de carne de cualquier especie, a través de carnicerías, mercados, o cualquier otra estructura y/o modalidad, propias, o en sociedad con terceros; Faenamiento de ganado en pie, de propia producción, o de propiedad de terceros, de cualquier especie y categoría, transformación posterior -en todo o en parte- de la carne en subproductos diversos, mediante la aplicación de las tecnologías y modalidades que se estimen convenientes en cada caso, ambos, faenamiento y/o transformación podrán realizarse a través de la propia firma -en instalaciones propias o de terceros- o bien como partícipe societario de una tercera empresa; b) o bien, incluyendo como actividad anexa la cría y recría de hembras con destino a reposición o venta, como así también las ventas de las crías machos, reproductores que se reemplacen y los despojos de animales muertos; C) Inmobiliaria: mediante la adquisición, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la compraventa de terrenos y su subdivisión, el fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el Régimen de Propiedad Horizontal, exceptuadas las operaciones previstas en el inciso 4) del art. 299 de la Ley de Sociedades, sometiéndola a los regímenes que en cada caso corresponda, la administración de propiedades; la totalidad de las operaciones mencionadas en este inciso se entienden siempre realizadas sobre bienes de propiedad de la sociedad. Se deja expresa constancia que la sociedad no tiene por objeto la realización del corretaje inmobiliario según el art. 2° de la Ley 13.154. Si la sociedad incorpora en el futuro la actividad de intermediación se procederá a la reforma de la presente cláusula y se cumplirá con lo prescripto en el art. 9° de la citada ley. Las actividades que así lo requieran serán efectuadas por profesionales con el correspondiente título habilitante en la materia. D) Importación y exportación, de todos los productos derivados de las actividades mencionadas en los puntos A) Tambera y B) Agropecuaria del objeto social.
A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.
Plazo de duración: Su plazo de duración es de cincuenta (50) años contados desde la fecha de Inscripción en el Registro Público.
Capital social: El capital social es de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), representado por DIEZ MIL (10.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una y de valor PESOS CIEN ($100) cada acción.
Órgano de administración: Se resuelve integrar el Directorio para los tres (3) primeros ejercicios con un (1) Director Titular y un (1) Director Suplente. Acto seguido se designa para integrar el Primer Directorio a:
Director titular con cargo de PRESIDENTE: Lucas Andrés Nusso, D.N.I. 32.703.284, C.U.I.T. 20-32703284-5, apellido materno Perotti, nacido el 09/02/1987, soltero, de nacionalidad argentino, constituyendo domicilio especial a los fines del artículo 256 de la ley 19550 en calle Roque Saenz Peña N° 435 de la ciudad de Sunchales, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe.
Director Suplente: Carlos Sebastián Musso, D.N.I. 30.640.682, C.U.I.T. 20-30640682-6, apellido materno Perotti, nacido el 25/07/1984, soltero, de nacionalidad argentino, constituyendo domicilio especial a los fines del artículo 256 de la Ley 19550 en calle 9 de Julio N° 71 de la ciudad de Sunchales, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe.
Representante legal: corresponde al Presidente del Directorio.
Fiscalización: La Sociedad prescinde de la Sindicatura, teniendo los accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19550.
Fecha de cierre del ejercicio: 30 de junio de cada año. RAFAELA, 22 de Octubre de 2024. Dra. Marina Alejandra Borsotti, Secretaria.
$ 180 532602 Dic. 20
__________________________________________
ARMAR ROSARIO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo Registro Público de Comercio de Rosario, por resolución dentro del expediente “ARMAR ROSARIO S.R.L. 5/PRORROGA N° 464412024, se ordenó la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a los efectos que hubiere lugar y para conocimiento de terceros interesados, todo ello, para hacer saber que, mediante acta de asamblea de socios del 23 de octubre de 2024, ratificada el 4 de noviembre de 2024, se ha resuelto lo siguiente:
1. Prórroga de duración social y reforma de la cláusula segunda: Teniendo en cuenta que, según el contrato constitutivo, inscripto en el Registro Público de Comercio el 6 de noviembre de 2014, el vencimiento del plazo social es de 10 años desde su inscripción en dicho organismo, se resuelve prorrogar el plazo de duración por un periodo adicional de diez (10) años, venciendo en consecuencia el 6 de noviembre de 2034. “CLAUSULA SEGUNDA: Duración social. La duración de la sociedad es de 20 años a partir de la inscripción de la Constitución Social en el Registro Público de Rosario”.
2. Aumento de capital social por capitalización de cuentas contables y reforma de la cláusula cuarta: Se resuelve por unanimidad, elevar el Capital social de $300.000 a la suma de $ 13.200.000 (PESOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL), mediante la capitalización total de la cuenta del patrimonio neto “Aportes irrevocables”, por un valor de $1.900.000, y mediante la capitalización parcial de la cuenta “Ajustes al capital” por un valor de $11.000.000, según surge de los estados contables al 30 de junio de 2024. Se resuelve redactar nuevamente la cláusula cuarta referida a capital social, cuya redacción quedará como seguidamente se inserta: “CLAUSULA CUARTA. Capital social. El capital se fija en la suma de $ 13.200.000- (PESOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL), dividido en 1.320.000 cuotas sociales de $10.- (pesos diez) cada una totalmente suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Jorge Luis Antonio Vieli, suscribe e integra 858.000 cuotas sociales, equivalentes a $8.580.000 (PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL) sobre el capital social; Silvana María Ferraris, suscribe e integra 462.000 cuotas sociales, equivalentes a $4.620.000 (PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL) sobre el capital social.”
3. Ratificación de la Gerencia: Se resuelve por unanimidad ratificar en su cargo de gerente a: Jorge Luis Antonio Vieli quien tendrá las más amplias facultades para administrar la sociedad cumplimentando las disposiciones de la cláusula quinta del contrato social, con uso de la firma social en forma individual, fijando domicilio especial en su domicilio particular.
4. Ratificación de la sede social: Se deja expresa constancia de la ratificación por unanimidad de la sede social en Bv. Seguí N° 743, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5. Quedan ratificadas las demás cláusulas no modificadas.
$ 100 532638 Dic. 20
__________________________________________
ANDROETTO ESTRUCTURAS METALICAS S.R.L.
PRÓRROGA PLAZO DE DURACION
Por estar así dispuesto en los autos Caratulados: ANDROETTO ESTRUCTURAS METALICAS S.R.L. s/PRORROGA Y MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL (ART. 2)“ CUIJ 21-05397115-3, que tramitan por ante el Registro Público de la ciudad de Rafaela, se hace saber que por Asamblea Extraordinaria de fecha 12 de noviembre de 2024 los socios resolvieron prorrogar el plazo de duración de la sociedad hasta el 16 diciembre de 2025.
Como consecuencia de dicha cesión se procede a modificar el artículo segundo del Contrato Social que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo: La Sociedad tendrá una duración de veintiún años (21) años a partir de su inscripción en el Registro Público. Este plazo podrá prorrogarse por resolución de los socios que deberá tomarse por mayoría de votos que represente como mínimo las tres cuartas partes del capital social. Lo que se publica por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 10 inc. b de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.- Rafaela, 26 de noviembre de 2024. Dra. Borsotti, Secretaria.
$ 56,43 532471 Dic. 20
__________________________________________
ALIMENTIKA FOT S.R.L.
CONTRATO
Se hace saber que en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el 01/11/2024, reunidos los Señores FEDERICO TOMI, argentino, DNI 35.641.472, de apellido materno MALPIEDI, CUIL 20-35641472-2, nacido el 15 de octubre de 1990, Ingeniero Mecánico, de estado civil soltero, domiciliado en calle Zeballos Nº 957 “cero B”, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico federicotomi@hotmail.com y OMAR JOSE TOMI, argentino, DNI Nro. 13.002.655, de apellido materno BOZIKOVICH, CUIL Nro. 23-13002655-9, nacido el 01 de junio de 1957, de estado civil casado con Nora Edith Malpiedi (DNI 16.612.525), domiciliado en calle E. Destefanis Nº 1243 de la localidad de Arequito, Provincia de Santa Fe, domicilio electrónico omarjosetomi@gmail.com; todos hábiles para contratar, convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se denominará “ALIMENTIKA FOT S.R.L.” y tendrá su domicilio en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina. Dicho domicilio podrá ser trasladado, asimismo también podrá instalar sucursales, agencias, filiales, depósitos y representaciones en el país y en el extranjero. Tendrá un plazo de duración de noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: explotación comercial de restaurante, bar, cafetería, panadería; presentación y organización de servicios gastronómicos; producción y elaboración de productos de panadería, panificación, venta por menor y mayor de productos elaborados. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, no resultando propósito realizar actividades que incorporen a la sociedad entre las corporaciones regladas por el inc. 4 del art. 299 de la Ley 19.550. El capital social es de pesos dos millones ochocientos mil ($2.800.000) dividido en cuarenta mil (4.000) cuotas de pesos setecientos ($ 700) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: 1) El señor FEDERICO TOMI suscribe dos mil (2.000) cuotas de capital, de valor Pesos Setecientos ($700) cada una, equivalentes a Pesos Un Millón Cuatrocientos Mil ($1.400.000), integrando en efectivo un 25%, es decir, la suma de Pesos Trescientos Cincuenta Mil ($350.000) en este acto y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del presente contrato. 2) El Señor OMAR JOSE TOMI suscribe dos mil (2.000) cuotas de capital, de valor Pesos Setecientos ($700) cada una, equivalentes a Pesos Un Millón Cuatrocientos Mil ($1.400.000), integrando en efectivo un 25%, es decir, la suma de Pesos Trescientos Cincuenta Mil ($350.000) en este acto y el saldo dentro de los dos años a partir de la fecha del presente contrato. Los socios no pueden ceder sus cuotas de capital a terceros ajenos a la sociedad, sin el voto favorable de la mayoría de los socios. Confiriendo el presente contrato un derecho de preferencia a los socios o a la sociedad si esta adquiere las cuotas con utilidades o reservas disponibles o reduce el capital. Asimismo para el caso de que dos o más socios ejerzan el derecho de preferencia, acrecerán en proporción a sus aportes. El socio que se propone ceder sus cuotas a terceros deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la gerencia y a sus consocios, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor a 30 días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen el derecho de preferencia de la compra en proporción a las cuotas de los socios interesados en su adquisición, teniendo a si mismo derecho de acrecer al todo. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. En caso de fallecimiento o incapacidad de uno de los socios, los herederos podrán continuar en la sociedad debiendo, si la mayoría de los socios lo considerare necesario, unificar su personería. Si los mismos optaran por no incorporarse a la sociedad, percibirán el valor proporcional de las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente, conforme balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión de socio. El balance deberá confeccionarse dentro de los 60 días de acaecido el hecho, a cuyo efecto deberán los sucesores o representantes, unificar personería bajo única y sola. La administración estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, y hasta un máximo de tres. Serán designados por mayoría del capital presente, por el término de 2 años, reelegibles. A tal fin utilizarán sus propias firmas con el aditamento de “socio - gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual cualesquiera de ellos. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el artículo 158 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Las reuniones de los socios serán, por iniciativa de los gerentes o de cualquiera de ellos que lo solicite por considerarlo conveniente, estando obligados los gerentes a convocar a asamblea al menos una vez al año. Las deliberaciones y las resoluciones se asentarán en un Libro de Actas debidamente rubricado el cual deberá ser firmado por los presentes o quienes ellos designen a tal fin en cada asamblea. Los socios serán notificados fehacientemente de esta asamblea en el Último domicilio comunicado a la sociedad, dentro de los treinta días y con no menos de diez días de la celebración de la reunión. Todas las resoluciones se tomarán mediante el voto de los socios reunidos en asamblea, de acuerdo a las mayorías contempladas en el art. 160 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de julio de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el balance general, por intermedio de uno de los gerentes se convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración en la forma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum la reunión no pudiera realizarse, el Balance se considerará automáticamente aprobado, si dentro de los diez días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El balance deberá ser considerado dentro de los
120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de éstas se destinarán el cinco por ciento para la constitución de la Reserva Legal, hasta que la misma alcance el veinte por ciento del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del artículo 70 de la Ley 19550. Salvo lo dispuesto por el artículo 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arroja pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y, en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no distribuirán futuras ganancias hasta su total reintegro. No contando ésta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley 19550. Las pérdidas de capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro. La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la ley 19.550. En tal caso la liquidación estará a cargo de los administradores o de quien designen los socios, quienes actuarán de acuerdo al art. 101 y 112 de la mencionada ley. Una vez cancelado el pasivo, el saldo se adjudicará a los socios, en proporción a sus aportes. Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios de la interpretación del presente contrato, o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia se somete los socios expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el federal, si pudiere corresponderles. Designación de Gerentes: Fijar el número de gerentes en DOS, designando a los Sres. FEDERICO TOMI y OMAR JOSE TOMI a tal fin, cuyos demás datos se mencionan en el encabezado del presente, quienes aceptan el cargo. Fijación de la sede social: Fijar la sede social en calle San Martín N° 1301 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, quedando facultados los gerentes a modificar la misma cuando lo consideren oportuno. Autorizan al Dr. Emanuel Antegiovanni (DNI 32.659.913) CUIT 20-32659913-2) correo electrónico e.antegiovannkhotmail.com como mandatario especial designado para realizar los trámites integrantes de la constitución de la referida sociedad. Rosario, Diciembre de 2024.
$ 300 532452 Dic. 20
__________________________________________
ADMINISTRACIÓN LA CANDELARIA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “ADMINISTRACIÓN LA CANDELARIA S.R.L. y CESIÓN DE CUOTAS / RETIRO E INGRESO DE SOCIOS / RENUNCIA DESIGNACIÓN DE GERENTE / TR: $”, CUIJ NRO. 21-05540980-0, se procede a cumplimentar con el decreto de fecha 15 de Octubre de 2024, firmado por el Sr. Secretario del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe: “En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los 11 días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro, los que suscriben la Sra. ROSANA MARTA FERRARI, DNI 17.807.224, CUIT 27-17807224-8, argentina, comerciante, nacida el 24 de septiembre de 1966, apellido materno La Mattina, casada en primeras nupcias con Eduardo Salvador Torrazza, DNI N° 13.958.610, con régimen de separación de bienes inscripto, domiciliada en De Los Robles N° 230 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y SANDRA JORGELINA MONTAPPONI, DNI 17.777.2051 CUIT 23-17777205-4, argentina, Ingeniera, nacida el 13 de julio de 1966, apellido materno Porporatto, casada en primeras nupcias con Edgardo Rubén Mondino, DNI N° 17.668.4301 con régimen de separación de bienes inscripto, domiciliada en Avda. Fuerza Aérea N° 3102 de la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe; se reúnen a fin de dar cumplimiento con lo requerido por el R.P.C. Rosario por parte de “ADMINISTRACIÓN LA CANDELARIA SRL”; a saber:
PRIMERA: Que tal como dispone el contrato social, al que se remite en todo momento los actos de la sociedad, el uso de la firma es indistinto.
SEGUNDA: Conforme el acto de Cesión de Cuotas sociales al que nos remitimos, se procede a redactar de forma definitiva la cláusula de Capital Social del Contrato Constitutivo, el que quedará redactado de la siguiente forma:
CAPITAL: CUARTA: “El capital social se fija en la suma de Doscientos mil pesos ($200.000.-) dividido en dos mil cuotas (2000) de cien pesos cada una ($100), que los socios suscriben en la siguiente proporción: la Sra. ROSANA MARTA FERRARI suscribe la cantidad de mil cuotas (1000) de cien pesos cada una ($100) que representan un capital de pesos cien mil ($100.000); y la Sra. SANDRA JORGELINA MONTAPPONI suscribe la cantidad de mil cuotas (1000) de cien pesos cada una ($100) que representan un capital de pesos cien mil ($100.000). Las socias integran el capital en proporción a las cuotas suscriptas, un 25% en este acto en efectivo, y el resto se comprometen a integrarlo en dinero efectivo en un plazo que no exceda de los dos (2) años desde el día de la fecha.”
TERCERA: Atento a lo dispuesto en Ley 25.246, se denuncian domicilios electrónicos de la Sociedad, y Socios / Socios Gerentes. Domicilio Electrónico de la Sociedad: lacandelaria@alborseniorsuites.ar Domicilio electrónico de Socia (Socia Gerente) Rosana Marta Ferrari: rosanadelomas@hotmail.com, Domicilio electrónico de Socia (Socia Gerente) Sandra Jorgelina Montapponi: Info@alborseniorsuites.ar.
Con lo que no siendo para más, se cierra el acto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.” Rosario, 02/12/2024.
$ 200 532396 Dic. 20
__________________________________________
PACKMAKERS S.R.L.
CONTRATO
1. DOLCE ARIEL ERNESTO, argentino, nacido el 23 de febrero de 1977, D.N.I. nro. 25.712.703, CUIT nro. 20-25712703-7, domiciliado en calle Navarro 8070 de la ciudad de Rosario, Soltero; y la señora VOZZI BIANCA, argentina, nacida el 05 de Junio de 1987, D.N.I. nro. 33.562.287, CUIT nro. 27-33562287-7, domiciliada en calle Brown 1828 71 B, de la ciudad de Rosario, soltera; ambos de profesión comerciantes y hábiles para contratar.
2. Por contrato del día 12 de noviembre de 2024, presentado para su inscripción en el Registro Público de Comercio el día 19 de noviembre de 2024 bajo el expediente 4845/2024.
3. “PACKMAKERS S.R.L.”
4. RIOBAMBA 6735 de la ciudad de Rosario,
5. La sociedad se constituye por el término de noventa y nueve (99) años.
6. Objeto: “DISEÑO, FABRICACION Y COMERCIALIZACION DE ENVASES FLEXIBLES”.
7. CAPITAL SOCIAL lo constituye la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,-) representado por TRES MIL (3.000) cuotas sociales de PESOS MIL ($ 1.000,-) cada una, que los socios suscriben e integran en las siguientes proporciones: el señor DOLCE ARIEL ERNESTO, suscribe la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($2.850.000,-) representado por DOS MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA (2.850) cuotas de PESOS MIL ($1.000,-) cada una, ; la señora BIANCA VOZZI, suscribe la suma de CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,-) representado por CIENTO CINCUENTA (150) cuotas de PESOS MIL ($ 1.000,-) cada una.
La dirección y administración de la Sociedad, estará a cargo del socio DOLCE ARIEL ERNESTO, el que revestirá la función de Socio Gerente La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de todos los socios quienes la ejercerán por sí mismos.
10. Fecha de cierre de ejercicio y balance anual al 31 de marzo de cada año.
$ 130 532355 Dic. 20
__________________________________________
RAPID FREN S.R.L.
CONTRATO
1) Fecha de instrumento constitutivo: 5 de Septiembre 2024.
2) Integrantes de la sociedad: PAGANO GONZALO HERNAN, argentino, nacido el 28 de diciembre de 1987, D.N.I. 33.316.962, CUIT 20-33316962-3, soltero, de profesión comerciante, domiciliado en calle Vera Mujica 1188 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe; PAGANO GABRIELA FABIANA, argentina, nacida el 05 de octubre de 1967, D.N.I. 18.468.225, CUIT 27-18468225-2, casada en primeras nupcias con Horacio Eduardo Jimenez, DNI 20.174.018, de profesión comerciante, domiciliada en calle Moreno 2047 piso 5, dpto. a de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y PAGANO DARIO FABIAN, argentino, nacido el 04 de noviembre de 1961, D.N.I. 14.426.607, CUIT 20-14426607-3, casado en primeras nupcias con Claudia Analía de Arriba, DNI 16.690.868, de profesión comerciante, domiciliado en calle Vera Mujica 1188, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe
3) Denominación Social: “RAPID FREN S.R.L.”
4) Domicilio: Av. Pellegrini 4068 la ciudad de Rosario, Provincia de Santa fe.
5) Duración: Noventa y nueve (99) años contados desde la fecha de su inscripción.
6) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior la siguiente actividad: A) Fabricación, comercialización, transformación, intermediación, reparación, distribución, importación, exportación, al por mayor y por menor de los accesorios y piezas de frenos y embragues de todo tipo automotor, B) Comercialización, al por menor y por mayor, distribución, importación y exportación de toda clase de artículos de ferretería, de pinturas, esmaltes y barnices, todo para obras, industrias, automotores, decorativas, y del hogar, sus derivados y afines, implementos, herramientas de todo tipo, maquinarias, venta de gases industriales, reparación de máquinas eléctricas y de explosión, y todo tipo de accesorios de uso, que directamente se relacionen con el objeto social.
7) Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000.-)
8) Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios gerentes socios o no. A tal efecto usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente” o “gerente”, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. Estará a cargo de los socios PAGANO GONZALO HERNAN, DNI 33.316.962.
9) Fiscalización: Por todos los Socios.
10) Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.
$ 150 532250 Dic. 20
__________________________________________
PROYECTO KAIZEN S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por el presente, a todos los efectos legales, se hace saber que don fecha 31 de Julio de 2024, se suscribió un contrato de cesión, venta y transferencia de cuotas sociales de PROYECTO KAIZEN S.R.L., por el cual el Sr. DIEGO BORIN, argentino, mayor de edad, periodista, nacido el 13 de julio de 1987, D.N.I. 33.189.873, con CUIT 20-33189873-3, estado civil casado, con domicilio en calle Mendoza N° 3873 PB de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe cede, vende y transfiere al Sr. ROBERTINO SCOLLO, argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el 24 de marzo de 1992, D.N.I. 36.691.209, con CUIT 20-36691209-7, estado civil casado, con domicilio en Autopista Rosario - Córdoba, Km. 313 - Barrio Cerrado Puerto Roldán lote 310 de la localidad de Roldán, Provincia de Santa Fe, la cantidad de 10.500 (diez mil quinientas) cuotas sociales de valor nominal $100 (pesos cien) cada una de PROYECTO KAIZEN S.R.L.; y, por el cual el Sr. EZEQUIEL PALAVERSICA, argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el 21 de febrero de 1992, D.N.I. 36.810.357, con CUIT 20-36810357-9, estado civil soltero, con domicilio en Montevideo N° 472, Piso 02, Depto. A, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, cede, vende y transfiere al Sr. ANDRÉS MANUEL CASTAGNINO, argentino, mayor de edad, comerciante, nacido el 01 de marzo de 1994, D.N.I. 37.573.362, con CUIT 20-37573362-6, estado civil soltero, con domicilio en calle Oscar Ensinck N° 9044 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, la cantidad de 10.500 (diez mil quinientas) cuotas sociales de valor nominal $100 (pesos cien) cada una de PROYECTO KAIZEN S.R.L.
En consecuencia, se modifica la primera parte de la cláusula quinta del contrato social de PROYECTO KAIZEN S.R.L., quedando redactada de la siguiente manera; “QUINTA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de Pesos Dos millones cien mil ($2.100.000,-) divididos en veintiún mil (21.000) cuotas de pesos cien ($100.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el señor ROBERTINO SCOLLO, diez mil quinientas ($10.500) cuotas, por un total de pesos un millón cincuenta mil ($1.050.000); y ANDRÉS MANUEL CASTAGNINO, diez mil quinientas (10.500) cuotas, por un total de pesos un millón cincuenta mil ($1.050.000).
Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. b) de la Ley General de Sociedades N° 19.550, se hace saber que en fecha 30 de Julio de 2024, se procedió a la modificación del domicilio de la sociedad PROYECTO KAIZEN S.R.L., pasando a establecerse en calle Pellegrini N° 1001 de la ciudad de Rosario. Como consecuencia se modifica la cláusula segunda del contrato social, quedando redactada de la siguiente manera: “SEGUNDA. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio legal en calle Av. Pellegrini 1001 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país”.
Por último, también en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 10° inc. b) de la Ley General de Sociedades N° 19.550, se hace saber que en fecha 01 de octubre de 2024 se suscribió la modificación de la cláusula sexta del contrato social de PROYECTO KAIZEN S.R.L, en lo que respecta a la Administración, Dirección y Representación de la misma, designándose como gerente al socio ROBERTINO SCOLLO, D.N.I 36.691.209. La cláusula quedó redactada de la siguiente manera: “SEXTA. ADMINISTRACION, DIRECCIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración, dirección y representación de la sociedad PROYECTO KAIZEN S.R.L., CUIL 33-71857463-9, estará a cargo del socio Robertino Scollo. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social. El socio gerente se mantendrá en su cargo por un periodo de tres (3) ejercicios; vencido dicho plazo continuará en el ejercicio de sus funciones hasta la aprobación de su continuación o la designación de un nuevo gerente. El socio gerente, en cumplimiento de sus funciones podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, incluidos los especificados en el art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. El socio gerente o gerente no podrá librar pagarés o letras de cambio en representación de la sociedad, ni solicitar créditos de ningún tipo, debiendo tomarse tales decisiones por unanimidad de socios. Se designa al socio Robertino Scollo, DNI 36.691.209, domiciliado en calle Autopista Rosario Córdoba, km. 313 - Barrio Cerrado Puerto Roldán lote 310, de la localidad de Roldán, provincia de Santa Fe, como gerente de la sociedad, quien actuará conforme con lo dispuesto en este Contrato Social y a tal fin acepta el cargo designado. Los socios declaran que se da por finalizada en todos sus términos la gerencia anteriormente ejercida por los Sres. Diego Borin y Ezequiel Palaversich, no teniendo los mencionados más responsabilidad ni relación con la sociedad a partir de la firma del presente. Suscribiendo la presente todos los socios y gerente de la sociedad, la misma queda notificada en este acto de la presente”.
$ 400 532346 Dic. 20
__________________________________________
SURCON S.A.S.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
En cumplimiento de lo dispuesto en los autos: “SURCON S.A.S. s/MODIFICACIÓN ORGANO DE ADMINISTRACIÓN”, Expte. N° 4862/2024 - CUIJ 21-05541583-5, del Registro Público de Rosario, se ha dispuesto inscribir en ese el instrumento de fecha 31 de octubre de 2024 de SURCON S.A.S. CUIT 21-05541583-5 por el que se pone en conocimiento de la entidad la Modificación del órgano de administración y representación, habiendo sido designada Administradora titular y representante la Sra. Maria Laura Angulo, D.N.I. N° 25.505.207, C.U.I.T. N° 27-25505207-7, argentina, mayor de edad, nacida en fecha 17 de marzo de 1977, administrativa, de estado civil soltera, domiciliada en calle Italia N° 2971, Piso 10, Dpto. 6” de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, correo electrónico mlau1703@gmail.com y como Administrador suplente al Sr. Alejandro Adrián Suriani, D.N.I. N° 20.144.010, C.U.I.T. 20-20144010-7, argentino, mayor de edad, nacido el 15 de febrero de 1968, comerciante, de estado civil casado, domiciliado en Avda. Pellegrini N° 684, Piso 6, Dpto. A” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, correo electrónico alesuri1502@gmail.com.
$ 50 532265 Dic. 20
__________________________________________
TAMEFIR S.R.L.
ADJUDICACION DE CUOTAS POR DISOLUCION
Por Disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Venado Tuerto, Dra. María Rosso, Secretaria a cargo de la DRA. M. Julia Petracco, en autos caratulados: “TAMEFIR S.R.L S/ADJUDICACION DE CUOTAS POR DISÓLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL, Expte. 475/2024 CUIJ 21-05795216-1, según decreto de fecha 25/10/2024 se ordena la siguiente publicación de edicto:
Según Oficio N° 1490 librado en fecha 14/08/2024 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial N° 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Laura M Barco, Juez; Dr. Darlo Loto, Secretario dentro de los autos caratulados: “Quevedo Grillo Silvana Alejandra c/Cerrone Sergio Adrián s/Liquidación de la Sociedad Conyugal” Expte. CUIJ 21-26423556-9 se ordenó: 1) Adjudicar en propiedad exclusiva de carácter propio a la Sra. Silvana Alejandra Quevedo Grillo, DNI 25.660.158, CUIT/CUIL 27-25660158-9: 125 cuotas partes (50% del 50% o 25% del total) del Capital Social de la firma Tamefir SRL (antes Tamefir Sociedad Colectiva) Contrato Social inscripto al Tomo IV Folio 137 N° 996 del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto el 18/10/2006; 2) Adjudicar en propiedad exclusiva de carácter propio al Sr. Sergio Adrián Cerrone, DNI 18.460.595, CUIT/CUIL: 20-18460595-4: 125 cuotas partes (50% del 50% o 25% del total) del Capital Social de la firma Tamefir S.R.L. (antes Tamefir Sociedad Colectiva) Contrato Social inscripto al Tomo IV Folio 137 N° 996 del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto el 18/10/2006. Tales adjudicaciones fueron ordenadas en la Sentencia N° 484 del 05/04/2024 dictada en autos, que se encuentra firme que a continuación se transcribe: N° 484, Firmat, 05/04/2024. AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: “Quevedo Grillo Silvana Alejandra c/Cerrone Sergio Adrián s/Liquidación de Sociedad Conyugal” CUIJ 21-26423556-9 en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Judicial N° 16 de la ciudad de Firmat,… RESULTA... Y CONSIDERANDO... En virtud de lo expuesto, FALLO: 10) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar disuelta la sociedad conyugal de Silvana Alejandra Quevedo Grillo y Sergio Adrián Cerrone; y en consecuencia 20) Adjudicar en propiedad exclusiva a la Sra. Silvana Alejandra Quevedo Grillo: a) el 50% indiviso de un lote ubicado en San Martín 1642 con todo lo edificado clavado y plantado, manzana “83” de la ciudad de Firmat, Depto. Gral. López, Pcia. de Santa Fe, designado como lote “17-A” en el plano de mensura y subdivisión inscripto en la Dirección General de Catastro, Delegación Rosario, Departamento Topográfico de la provincia, bajo el N° 109.394 del año 1982. inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 507 Folio 314 N° 350642 Depto. Gral. López. PII 170600-367736/0001-3, b) 125 cuotas partes (50% del 50% o 25% del total) del Capital Social de la firma Tamefir S.R.L. (antes Tamefir Sociedad Colectiva) Contrato Social inscripto al Tomo IV Folio 137 N° 996 del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto el 18/10/2006. 3º) Adjudicar en propiedad exclusiva al Sr. Sergio Adrián Cerrone: a) un lote ubicado en San Martín 1642 con todo lo edificado clavado y plantado, manzana “83” de la ciudad de Firmat, Depto. Gral. López, Pcia. de Santa Fe, designado como lote “17-A” en el plano de mensura y subdivisión inscripto en la Dirección General de Catastro, Delegación Rosario, Departamento Topográfico de la provincia, bajo el N° 109.394 del año 1982. Inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 507 Folio 314 N° 350642 Depto. Gral. López. PII 170600-367736/00013, b) 125 cuotas partes (50% del. 50% o 25% del total) del Capital Social de la firma Tamefir SRL (antes Tamefir Sociedad Colectiva) Contrato Social inscripto al Tomo IV Folio 137 N° 996 del 1 Registro Público de Comercio de Venado Tuerto el 18/10/2006. 4) Ordenar la inscripción de las adjudicaciones, oficiándose oportunamente a sus efectos al Registro General de la Propiedad Rosario y al Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, 5) Imponer las costas por su orden. 6) Córrase Vista a la Caja Forense. 7) Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo. Dra. Laura M. Barco, Juez; Dr. Darío Loto, Secretario.
$ 300 532358 Dic. 20
__________________________________________
WALK-ON SOLUCIONES Y SERVICIOS S.R.L.
CONTRATO
Se hace saber por un día conforme lo establece el Artículo 10 de la Ley 19550, modificado por la Ley 21357, que:
1) Socios:
Fernando Lucas Giménez, DNI 29.291.943 CUIT 20-29291943- 4, masculino, nacido el 04/07/1982, casado en primeras nupcias con María Belén Novillo, DNI 35907.280, argentino, de profesión electricista, con domicilio en calle Chiara Lubich 118 de la localidad de Roldán, Pcia. de Santa Fe ; Damián Daniel Martínez, DNI 34.820.0315 CUIT 2034820031- 4, masculino, nacido el 27/0911989, casado en primeras nupcias con Daiana Isabel Sciangula, DNI 35.132.731, argentino, de profesión cerrajero, con domicilio en Avenida Francia 5169 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe y Ricardo Daniel Avalos, DNI 29.200.562, CUIT 20-29200562-9, masculino, nacido el 06/01/1982, en concubinato con Gisela Soledad Opete, DNI 32.287.917, argentino, de profesión empleado, con domicilio en Arteaga 6528 de la localidad de Rosario, Pcia. de Santa Fe.
2) Fecha del Instrumento Público de Constitución: Rosario, 21/11/2024
3) Denominación Social: WALK - ON SOLUCIONES Y SERVICIOS S.R.L.
4) Domicilio legal: Chiara Lubich 118 Roldan - ROSARIO- SANTA FE;
5) Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto ofrecer servicios de 1) micro y macro medición de consumos registrados mediante medidores analógicos y/o digitales, toma de estados, recambios, retiros y cualquier otro tipo de manipulación de medidores de agua, luz, gas y otros servicios similares, 2) mantenimiento, conservación o cuidado de las instalaciones abiertas o cerradas 3) mantenimiento, cambio o instalación de los diferentes cajones, nichos o tableros que encierre unidades de medición, 4) provisión de software dedicado a la toma de estado, análisis, seguimiento, filtrado, ordenamiento y facturación de lecturas de servicios públicos.
Además tendrá por objeto la venta al por mayor y menor de unidades de medición e insumos relacionados a la instalación de los mismos.
A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer, obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.
6) Plazo de Duración: 99 años a partir de la Inscripción del Contrato Social en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: PESOS TRES MILLONES ($3000000) divididos en treinta mil (30.000) cuotas de pesos cien ($100) cada una.
8) Composición de los órganos de Administración: La dirección y administración de los negocios sociales estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, con firma indistinta.
9) Gerente: DAMIAN DANIEL MARTINEZ
10) Fecha de cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
11) La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios según lo prescribe el artículo séptimo del Contrato Social.
$ 250 532274 Dic. 20
__________________________________________
TORRESETTI S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Se hace saber que por fallecimiento del Sr. Guillermo Albino Torresetti DNI 12.736.037 dentro de autos caratulados: “TORRESETTT, GUILLERMO ALBINO s/Declaratoria de herederos” CUIJ 21-02967618-3 radicados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1 7ma Nominación de Rosario a cargo de la Dra. María Silvia Beduino y en trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios de Rosario se resolvió: 1) adjudicar 5.000 cuotas sociales de valor nominal $ 100 cada una, de titularidad del causante • (Guillermo Albino Torresetti, DNI 12.736.037) en TORRESETTI S.R.L., sociedad inscripta en el Registro Público de Rosario al T° 173 F° 12180 N° 2332 a favor de Lucas Andrés Torresetti, argentino, nacido en fecha 21/05/1979, DNI 27.320.665, CUIT 20-27320665-6, casado, de profesión empresario, con domicilio real en calle Av. San Martín 2326 de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe y con domicilio electrónico en lucas@wktopline.com ; 2) adjudicar 5.000 cuotas sociales de valor nominal $100 cada una de titularidad del causante (Guillermo Albino Torresetti DNI 12.736.037) en TORRESETTI S.R.L. inscripta en el Registro Público de Rosario al T° 173 F° 12180 N° 2332 a favor de Marina Natalia Torresetti, argentina, nacida el 18/03/1983, soltera, DNI 29.690.541, CUIT 27-29690541- 6, de profesión abogada, con domicilio real en calle Luciano Molina 1 559 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe y con domicilio electrónico en marinantorresetti@gmail.com.
$ 100 532284 Dic. 20
__________________________________________
ACOPLADOS BELEN S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
1) FECHA DE LA RESOLUCION DE LA SOCIEDAD QUE APROBO LA DESIGNACION DE DIRECTORES: 22 de octubre de 2024.
2) COMPOSICION DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION Y FISCALIZACION: Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de seis miembros, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, con suplentes designados en igual o menor número y por el mismo plazo. Se designa un director titular y uno suplente. Presidente: Sr. OSCAR NORBERTO CARENA, DNI: 10.242.772. Vicepresidente: Sr. LUCIANO MARTIN COLOMBO, DNI: 30.350.473. Director Suplente: Sr. DAVID NORBERTO CARENA, DNI: 25.364.273. La fiscalización estará a cargo de todos los socios (se prescinde de la sindicatura).
3) ORGANIZACION DE LA REPRESENTACION LEGAL: la representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.
$ 50 532512 Dic. 20
__________________________________________
AGROPECUARIA BLUA HERMANOS S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
DESIGNACION DE DIRECTORES TITULARES Y SUPLENTES POR TRES EJERCICIOS POR VENCIMIENTO DEL MANDATO DE LOS ACTUALES EN FUNCION: De común acuerdo y conforme a las disposiciones del Art. 9 de los Estatutos Sociales, el Directorio que durara tres (3) ejercicios en sus funciones quedara integrado por DOS (2) DIRECTORES TITULARES y paralelamente se designa UN (1) DIRECTOR SUPLENTE.
En virtud de lo resuelto en el Acta de Asamblea General Extraordinaria n2 06 de fecha 30/09/2024, se procede a la distribución de cargos de las personas designadas para integrar el nuevo Directorio, se resuelve que el nuevo Directorio queda integrado por:
PRESIDENTE: BLUA RAUL VICENTE.
VICEPRESIDENTE: BLUA MARCOS RAUL.
DIRECTORA TITULAR: BLUA ANA VICTORIA.
DIRECTORA SUPLENTE: BLUA MARIA CECILIA,
$41,91 532385 Dic. 20
__________________________________________
BANCO DE SANTA FE S.A.P.E.M. (e.l.)
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los autos caratulados: BANCO DE SANTA FE S.A.P.E.M. s/DESIGNACIÓN DE PRESIDENTE DE COMISIÓN LIQUIDADORA Y SÍNDICO TITULAR” CUIJ 21-05214905-0, se hace saber lo siguiente: Por Acta de Asamblea Extraordinaria N° 80 de fecha 29 de agosto de 2023, se ha procedido a aprobar la aceptación de la renuncia presentada por el CPN Ernesto Norberto García, Presidente de la Comisión Liquidadora del Banco de Santa Fe SAPEM (e.l.); aprobar la designación como Presidente de la Comisión Liquidadora del Banco de Santa Fe SAPEM (e.l.) de MARCELO SCHIAVI, argentino, nacido el 22 de noviembre de 1962, DNI N° 16.022.194, CUIT: 20-16022194-2, casado, Contador Público Nacional, domiciliado en calle Mitre N° 3520 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y designar como Síndico Titular a IGNACIO PEGASSANO, argentino, nacido el 10 de octubre de 1984, DNI N° 31.813.488, CUIT: 20-31813488-0, casado, Abogado, domiciliado en Saavedra 3135 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Santa Fe, 4 de noviembre de 2024. Liliana G. Piana, Secretaria.
$ 100 532484 Dic. 20
__________________________________________
B.W. TECH S.R.L.
CONTRATO
En la Ciudad de Rosario, a los 07 días del mes de noviembre 2024, se reúnen los señores Fernando Sebastián Micieli, DNI 30.851.852, CUIT 20-30851852-4 argentino, fecha de nacimiento 29 de Diciembre de 1984, de profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en calle Laprida 643 Piso 7 depto 02 de la ciudad de Rosario provincia de Santa Fe, y Paola Berenice Bello, DNI 33.489.523, CUIT 27-33489523-3, argentina, fecha de nacimiento 06 de Abril de 1988, de profesión comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en calle Laprida 643 Piso 7 depto 02 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con el fin de inscribir el contrato social de la sociedad de Responsabilidad limitada, cuyas cláusulas se describen a continuación:
PRIMERA (I- Denominación): La sociedad se denominará B.W. TECH S.R.L. y tendrá su domicilio legal y administrativo en calle Maipú 930, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, pudiendo trasladar su domicilio y también instalar sucursales, agencias y representaciones en la ciudad de Rosario y en otras localidades del interior del país y naciones extranjeras integrantes del Mercosur. SEGUNDA (II- Plazo): 1- Tendrá un plazo de duración de veinte (20) años a partir del día de su inscripción registral. TERCERA (III)- Objeto social): La sociedad tendrá por objeto la comercialización al por menor y mayor de artículos electrónicos de toda índole, pudiendo realizar sus operaciones tanto en el ámbito local como el ámbito internacional.
CUARTA (IV-. Capital) El capital social es de pesos Cuatro Millones ($ 4.000,000), dividido en cuarenta mil (40.000) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: a) el señor Fernando Sebastián Micieli ,treinta y seis mil (36.000) cuotas, por un total de pesos Tres Millones Seiscientos Mil ($ 3.600.000), integrando pesos Novecientos Mil ($900.000); b) la Señora Paola Berenice Bello, cuatro mil (4.000) cuotas, por un total de pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)1 integrando pesos Cien Mil ($ 100.000); todo suscripto en efectivo, que representa el veinticinco (25) por ciento del Capital Social; el saldo se integrará en el plazo de veinticuatro (24) meses o antes, si las necesidades sociales lo requiriese. QUINTA (V- Transmisión de cuotas sociales): 1- Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales, sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas en relación a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a sus consocios, quienes deberán notificar su opción de compra en un plazo no mayor de treinta (30) días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración. SEXTA (VI- Sucesores del fallecido): En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de algunos de los socios, sus herederos o sucesores, podrán optar por: a) Continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quién no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores; b) Retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente, puedan tener con relación al balance general que se practicara a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia, incapacidad o exclusión del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los sesenta (60) días de acaecida la muerte o declarada la ausencia o incapacidad del socio, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b), el importe resultante se le abonará a los herederos o sucesores en cuatro (4) cuotas trimestrales iguales y consecutivas, pagaderas la primera de inmediato y las restantes a los tres (3), seis (6), y nueve (9) meses, debidamente actualizadas con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital ajustable, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos o sucesores deberá comunicarse al resto de los socios dentro de los 30 días de producido el fallecimiento, declaración de insania, ausencia o exclusión, con nombramiento del representante frente a la sociedad. Transcurrido este término sin comunicarse fehacientemente se considerará haberse optado por la determinada en b), es decir la de retirarse de la sociedad. SÉPTIMA (VII- Administración): 1- La administración y representación legal estará a cargo del señor Fernando Sebastián Micieli DNI 30.851.852, CUIT 20-30851852-4, quien ejercerá tal función en forma indistinta, por el término de diez (10) años y podrán ser reelegido, por tiempo indeterminado. 2- Tendrá todas las facultades para administrar y disponer de los bienes e incluso para los actos que requieren poderes especiales conforme al artículo 9 del Decreto Ley 5.965/63, suscribiendo toda documentación con su firma personal, con el aditamento de “Socio Gerente”, precedida de la denominación social.
3- La elección (y reelección) se realizará por mayoría del capital partícipe en el acuerdo. OCTAVA (VIII- Reuniones y decisiones) 1-Los socios se reunirán ordinariamente en Asamblea cada seis (6) meses, pero para resolver cuestiones extraordinarias no habrá limitaciones a su convocatoria, que podrá realizarse por cualquier socio. 2- Las resoluciones sociales serán adoptadas por los socios mediante declaración escrita en la que todos expresen el sentido de su voto, volcado en el libro de actas, debiendo dichas actas también ser firmadas por los gerentes. 3- Las resoluciones sociales se adoptarán por mayoría absoluta del capital. NOVENA (IX- Ejercicio social): 1- La sociedad cerrará su ejercicio económico el día 31 de julio de cada año. El balance deberá ser considerado dentro de los 120 días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con 15 días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinarán el cinco por ciento para la constitución de la Reserva Legal, hasta que la misma alcance el veinte por ciento del capital social. Se podrán constituir además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del art. 70 de la Ley 19.550. Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, estas se cargarán a las reservas y en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta ser cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 19.550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro. DÉCIMA (X-Arbitros). Toda divergencia en la interpretación de este contrato será resuelta en primer término por los socios mediante la celebración de una Asamblea especial a ese efecto. Si no se llegara a un acuerdo se someterá a decisión de un Tribunal Arbitral. Si aún subsistiera el conflicto se podrá recurrir a mediación y/o concurrir ante los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, según las normas de procedimiento vigentes. UNDÉCIMA (XI- Disolución): 1- La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550. En tal caso la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula Séptima de este contrato decidan nombrar a un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta días de haber entrado la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: A) Se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante. B) El remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias. DUODÉCIMA (XII- Firmas e instrumentación): En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación de las cláusulas que anteceden, a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en forma legal, se suscriben tres (3) ejemplares, de igual tenor y al mismo efecto. Celebrado en Rosario, a los 07 días del mes de octubre del año 2024.
$ 1300 532582 Dic. 20
__________________________________________
BRUNO GENTILI S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Instancia, a cargo del Registro Público de la ciudad de Rosario, Santa Fe, se ordena la publicación por un día del siguiente edicto referido a la Constitución de Gentili Bruno S.R.L., según contrato de fecha 24 de Setiembre de 2024.
Edicto para publicar en el BOLETIN OFICIAL. GENTILI BRUNO S.R.L.
Datos de los socios: Bruno Gentili, D.N.I. Nº 27.421.977, nacido el 27 de marzo de 1980, argentino, casado en primeras nupcias con Rosetti Liliana Beatriz, de profesión empresario, domiciliado en Moreno 1379, de la ciudad de Elortondo, provincia de Santa Fe, CUIT Nº 20-27421977-8 y Rosetti Liliana Beatriz, D.N.I. Nº 25.932.056, nacida el 05 de mayo de 1977, argentina, casada en primeras nupcias con Gentili Bruno, de profesión comerciante, domiciliada en Moreno 1379, de la ciudad de Elortondo, provincia de Santa Fe, CUIT Nº 27-25932056-4.
2. Lugar y fecha del acta constitutiva: Elortondo, 24 de setiembre de 2024.
3. Denominación Social: Bruno Gentili S.R.L.
4. Domicilio Social: Ricardo Alfonsín N° 380, de la localidad de Elortondo, provincia de Santa Fe
5. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto realizar las siguientes operaciones: A) Fabricación, compra -venta por mayor y menor, importación, exportación, mantenimiento e instalación de insumos para la refrigeración, heladeras comerciales estándar y a medida, aires acondicionados, aires centrales, cámaras frigoríficas, equipos de frío industriales, sus accesorios, todos los productos y subproductos; realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociada a terceros la fabricación, compraventa, distribución y fraccionamiento de toda clase de materiales y productos afines al objeto social; representación, comercialización, importación y exportación de máquinas, materiales y productos en sus más variados tipos y/o cualesquiera de sus partes integrantes, como así también la reparación de los mismos, leasing, alquiler de nuevos o usados por tiempo limitado. B) Fabricación, compra - venta por mayor y menor, importación, exportación, mantenimiento e instalación de equipamiento comercial e industrial, sus accesorios, todos los productos y subproductos; realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociada a terceros la fabricación, compraventa, distribución y fraccionamiento de toda clase de materiales y productos afines al objeto social; representación, comercialización, importación y exportación de máquinas, materiales y productos en sus más variados tipos y/o cualesquiera de sus partes integrantes, como así también la reparación de los mismos, leasing, alquiler de nuevos o usados por tiempo limitado. C) Compra - venta por mayor y menor, importación, exportación de materiales para la construcción y de acero, sus accesorios, todos los productos y subproductos; realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociada a terceros la compraventa, distribución y fraccionamiento de toda clase de materiales y productos para la construcción afines al objeto social; representación, comercialización, importación y exportación de máquinas, materiales y productos para la construcción en sus más variados tipos y/o cualesquiera de sus partes integrantes, como así también la reparación de los mismos, leasing, alquiler de nuevos o usados por tiempo limitado. D) La construcción, proyecto, dirección, ejecución de obra, estudio, diseño, realización planeación, desarrollo, supervisión, administración, por cuenta propia o ajena de toda clase de obras y/o proyectos de arquitectura y/o ingeniería en todas sus etapas. E) Fabricación, compra -venta por mayor y menor, importación, exportación, y aplicación de poliuretano en espray, poliurea, celulosa y subproductos; realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociada a terceros la fabricación, compraventa, distribución, fraccionamiento y aplicación de toda clase de materiales y productos afines al objeto social; representación, comercialización, importación y exportación de máquinas, materiales y productos en sus más variados tipos y/o cualesquiera de sus partes integrantes, como así también la reparación de los mismos, leasing, alquiler de nuevos o usados por tiempo limitado. F) Fabricación, construcción, mantenimiento y servicios de trabajos de herrería y metalúrgica.
6. Plazo de duración: 25 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
7. Capital social: Pesos veinticinco millones ($25.000.000,00) divididos en cuatro mil (4.000) cuotas de cien ($100,00) cada una.
8. Órgano de administración: Estará a cargo de uno o más Gerentes, Socios o no.
9. Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.
10. Fecha de cierre del ejercicio: 31 de julio de cada año.
$ 320 532571 Dic. 20
__________________________________________
BLUE BAG S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se hace saber que en el marco de los autos caratulados: “BLUE BAG S.R.L. S/ CESION DE CUOTAS / RETIRO DE SOCIO / RENUNCIA Y DESIGNACION GERENTES / CUIJ 21-05539585-0 se ha ordenado la publicación del siguiente edicto por el plazo de un día: RENUNCIA. Atenta la renuncia efectuada por el cedente Enzo Roberto Nardelli DNI N° 36.975.843 al cargo de Gerente de la Sociedad, esta es aceptada por unanimidad por los actuales socios e integrantes de la gerencia, quienes en forma expresa y a los efectos estatutarios que correspondan, se notifican de la cesión de cuotas y aprueban la gestión como gerente en los términos del art. 275 de la Ley General de Sociedades. DESIGNACION DE GERENCIA: Los cesionarios acuerdan que designan como Socios Gerentes de la sociedad a JULIAN ESTEVEZ, argentino, DNI 34.003.193, CUIT 20-34003193-9, de profesión Ingeniero Civil, nacido el 24 de Agosto de 1988, soltero, domiciliado en calle Ocampo 1406 Piso 7 Dpto. 02 de la ciudad de Rosario, y SANTIAGO ESTEVEZ, argentino, DNI 38.900.0425 CUIT 20-38900042-7, de profesión comerciante, nacido el 18 de abril de 1995, soltero domiciliado en calle 1° de Mayo N° 1503, Piso 4°, Dpto. 01 de Rosario. El uso de la firma social estará a cargo de ambos socios gerentes, quienes la utilizaran de forma indistinta.” Rosario, 26 de Noviembre de 2024. Dr. Guillermo Rogelio Coronel.
$ 100 532438 Dic. 20
__________________________________________
BACCIFAVA HERMANOS S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 100 inc. a) de la Ley General de Sociedades N° 19.550, en complemento al edicto publicado el 15/03/2023 de “BACCIFAVA HERMANOS” S.R.L., se informa CUIT correcto de la Sra. Susana Beatriz Baccifava: CUIT N° 27-13392200-3.
$ 50 532428 Dic. 20
__________________________________________
XTRAPUR SRL
CONTRATO SOCIAL
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Santa Fe, se hace saber lo siguiente: Mediante Acta Constitutiva de fecha 28 de noviembre de 2024, el señor JAVIER SEBASTIAN FERNANDEZ, DNI 30.501.928 e INGRID MARIANELA IGLESIAS, DNI 31.671.129, han resuelto de común acuerdo constituir una sociedad de responsabilidad limitada, con sujeción al siguiente contrato:
1) Socios: JAVIER SEBASTIAN FERNANDEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 30.501.928, CUIT 20-30501928-4, nacido el 09/12/1983, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Ingrid Marianela Iglesias, con domicilio real en calle Lote 3940, Manzana 31, Los Molinos, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe y INGRID MARIANELA IGLESIAS, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 31.671.129, CUIT 23-31671129-4, nacida el 24/06/1985, de profesión psicóloga, casada en primeras nupcias con Javier Sebastián Fernández, con domicilio real en calle Lote 3940, Manzana 31, Los Molinos, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.
2) Fecha de Constitución: 28 de noviembre de 2024.
3) Razón Social: XTRAPUR SRL
4) Domicilio Legal: calle Berutti 0 e/French y Presidente Roca, de la localidad de Recreo, provincia de Santa Fe.
5) Objeto Social: a) Desarrollar, elaborar, fraccionar y revender productos químicos para uso sanitario, veterinario, agrícola, domisanitario e industrial; b) Realizar toda clase de operaciones de comercialización, compraventa, importación, exportación, deposito, distribución y consignación de materias primas y productos elaborados, maquinas, repuestos accesorios, tecnología y demás implementos vinculados al inciso anterior.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por la ley o por este estatuto y que sean consecuentes con el cumplimiento del objeto social.
6) Plazo de Duración: 99 años, contados a partir de su inscripción ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe.
7) Capital Social: El capital social es de veinte millones de pesos ($ 20.000.000,00), representado por veinte mil (20.000) cuotas de mil pesos ($1000) valor nominal cada una. JAVIER SEBASTIAN FERNANDEZ, DNI N° 30.501.928, suscribe diez mil (10.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos diez millones ($10.000.000,00) que integra de la siguiente manera: la suma de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000,00) en dinero efectivo en este acto y el saldo, o sea la suma de pesos siete millones quinientos mil ($ 7.500.000,00) también en dinero en efectivo dentro de los 24 meses de la fecha e INGRID MARIANELA IGLESIAS, DNI N° 31.671.129, suscribe diez mil (10.000) cuotas de capital o sea la suma de pesos diez millones ($10.000.000,00) que integra de la siguiente manera: la suma de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000,00) en dinero efectivo en este acto y el saldo, o sea la suma de pesos siete millones quinientos mil ($ 7.500.000,00) también en dinero en efectivo dentro de los 24 meses de la fecha.
8) Administración y Representación: Gerente: JAVIER SEBASTIAN FERNANDEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 30.501.928, CUIT 20-30501928-4, nacido el 09/12/1983, de profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Ingrid Marianela Iglesias, con domicilio real en calle Lote 3940, Manzana 31, Los Molinos, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe
Gerente Suplente: INGRID MARIANELA IGLESIAS, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 31.671.129, CUIT 23-31671129-4, nacida el 24/06/1985, de profesión psicóloga, casada en primeras nupcias con Javier Sebastián Fernández, con domicilio real en calle Lote 3940, Manzana 31, Los Molinos, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe
9) Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme al art. 55 LGS.
10) Cierre de Ejercicio: el 30 de abril de cada año.
Fdo: Liliana Guadalupe Piana – Secretaria - Santa Fe,09 de diciembre de 2024
$ 200 533547 Dic. 20
__________________________________________
JUAN CARLOS DI BENEDETTO
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados “JUAN CARLOS DI BENEDETTO S.R.L.S/ Designación de gerentes Expte. Nº 2144 del Año 2024 se hace saber que por Acta de Reunión de Socios Nº 37 de fecha 14/08/2024, se resolvió en forma unánime la designación como gerente de: Facundo Di Benedetto, apellido materno De Rienzo, argentino, de profesión comerciante, domiciliado en calle Urquiza 10.443 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, D.N.I 23.695.972 CUIT 20-23695972-5 quien acepta el cargo para el que fue designado por el termino de tres ejercicios.
Santa Fe, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil veinticuatro. Liliana G. PIANA, Secretaria
$ 300 533154 Dic. 20
__________________________________________
ESTABLACIMIENTO LA CASTAÑA S.R.L
CONTRATO
Por estar dispuesto en los autos caratulados “ESTABLACIMIENTO LA CASTAÑA S.R.L” Expte….,Fº… Año 2024 que se tramitan por ante el Registro Público del Juzgado de la 1º instancia en lo civil y comercial de la 1º nominación de Santa Fe se hace saber:
Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada Socios: PRIERI, MARCELA MARÍA, apellido materno Rey, D.N.I. 18.106.921, C.U.I.T. 27-18106921-5, nacida el 04 de agosto de 1966, mayor de edad, de nacionalidad argentina, estado civil: casada, de profesión productora lechera, con domicilio en Presidente Perón 659 de la localidad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe; el señor FERRERO, DANIEL RAÚL, apellido materno Heinzen, D.N.I. 16.561.061, C.U.I.T. 20-16561061-0, nacido el 23 de abril de 1964, mayor de edad, de nacionalidad argentina, estado civil: casado, de profesión productor agropecuario, con domicilio en Mendoza 564 de la localidad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe; la señora FERRERO, LUCIA VICTORIA, apellido materno Prieri, D.N.I. 33.218.652, C.U.I.T. 27-33218652-9, nacida el 04 de noviembre de 1987, mayor de edad, de nacionalidad argentina, estado civil: soltera, empleada, con domicilio en zona rural S/N de la localidad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe; y la señora FERRERO, SOFIA, apellido materno Prieri, D.N.I. 33.664.869, C.U.I.T. 27-33664869-1, nacida el 29 de enero de 1989, mayor de edad, de nacionalidad argentina, estado civil: soltera, empleada, con domicilio en Mendoza 564 de la localidad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe.
Fecha del Contrato: 12 de septiembre de 2024.
Denominación: ESTABLECIMIENTO LA CASTAÑA S.R.L.
Domicilio: Mendoza 564 de la localidad de San Carlos Centro.
Plazo: cincuenta (50) años a contar desde la Inscripción en el Registro Público.
Objeto: Su objeto es dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, a las siguientes operaciones en el territorio nacional o en el extranjero: A) Producción agropecuaria: a través de la explotación de predios rurales propios y/o arrendados, afectándolos al tambo, cría de hacienda, engorde, invernada, mestización y cruza de ganado y hacienda de todo tipo, explotación de cabañas y criaderos, producción de cereales, forrajeras, hortalizas y cultivos industriales para consumo propio, almacenamiento, fraccionamiento de la producción, distribución de la misma y venta en mercados particulares o empresas, pudiendo desarrollar actividades complementarias de esa finalidad sin limitación alguna. B) Comercial: la comercialización de los productos antes mencionados, importación y/o exportación de los productos terminados e insumos; efectuar compraventa, consignaciones, comisiones, mandatos, ejercer la distribución y representación de dichos bienes y servicios, y toda operación comercial que derive de las actividades precedentes. C) Servicios agropecuarios: servicios de siembra, cosecha, aplicación de fertilizantes y/o fitosanitarios, picado, ensilado, enrollado y demás servicios relativos a explotaciones agropecuarias de cualquier tipo. D) Transporte: servicio de transporte automotor de carga. E) Inmobiliarias y financieras: mediante la compra, venta, permuta, construcción, arrendamiento, administración, subdivisión, sometimiento al régimen de propiedad horizontal, cesión de uso bajo cualquier forma prevista en la ley, aportes a otras sociedades y/o entes jurídicos legalmente reconocidos por la legislación argentina, de toda clase de inmueble, urbanos o rurales, respetando las limitaciones y/o prohibiciones previstas en las leyes reglamentarias de dichos contratos (Ley 19.550, 24.441, 24.083, en especial Ley Provincial N° 13.154, art. 9). Se deja expresamente aclarado que de las actividades y actos antes enunciados quedan excluidos aquellos que impliquen operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma requieran dinero o valores públicos con promesa de prestaciones o beneficios futuros previstos en art. 299, inc. 4 de la Ley General de Sociedades. A su vez, si para el desarrollo de los actos o actividades antes enunciadas debería contarse con la asistencia o asesoramiento de profesionales universitarios, terciarios o con títulos habilitantes para el ejercicio de profesión alguna, éstos deberán estar debidamente inscriptos en las respectivas matrículas profesionales conforme a las disposiciones de sus respectivos colegios profesionales u órgano estatal o privado que fiscalice o controle la actividad, trabajo, profesión o servicio a prestar. Sin perjuicio de las limitaciones y recaudos antes apuntados, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derecho y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Capital: El capital social se fija en la suma de pesos veinte millones ($20.000.000.-) dividido en veinte mil (20.000) cuotas de mil pesos ($1.000.-) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por cada uno de los socios. -
Administración y Dirección: La dirección, administración y uso de la firma social estará a cargo de PRIERI, MARCELA MARÍA con el cargo de gerente, quién podrá efectuar todas las operaciones ordinarias de compra y venta de bienes de cambio, todos los actos y documentos públicos y privados inherentes a la actividad social y ejercer la representación de la sociedad en todos los actos en que ésta sea parte.
Fiscalización: Los socios tendrán el más amplio derecho de fiscalización sobre los negocios, libros y papeles de la sociedad, el que podrán ejercer por sí o por medio de apoderados.
Fecha de cierre del ejercicio: El ejercicio finaliza el 31 DE DICIEMBRE de cada año.
Secretaría R.P.C.: Dra. Liliana G. Piana.
$ 3000 533187 Dic. 20
__________________________________________
ECOVEN S.A.
DESIGNACIÓN DE NUEVO DIRECTORIO
Por disposición del Sra. Jueza a cargo del Registro Público, se ordena la siguiente publicación de edictos, por Resolución de fecha 17 de diciembre de 2024, mediante la cual se hace conocer el Directorio de Ecoven S.A., con domicilio en la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, mandato que durará en sus funciones por tres ejercicios a saber:
Presidente: JUAN MANUEL IRAOLA, DNI: 25.852.386, CUIT: 20-25852386-6, nacido el 10 de agosto de 1977, en Venado Tuerto, Nacionalidad: Argentino, de Profesión: Comerciante, Estado Civil: Casado, con Domicilio en Jorge Newbery Nº 2580- Venado Tuerto - Santa Fe – Argentina, Mail: juanmanuel.iraola@vasser.com.ar
Director suplente: MARIA JULIA UIJT DEN BOGAARD, DNI: 30.502.498, CUIT: 27-30502498-3, nacida el 11 de diciembre de 1984, en Venado Tuerto, Nacionalidad: Argentina, de Profesión: Arquitecta, Estado Civil: Casada, con Domicilio: Jorge Newbery Nº 2580- Venado Tuerto - Santa Fe – Argentina, Mail: juliabogaard@hotmail.com
Venado Tuerto, 18 de diciembre de 2024
$ 50 533611 Dic. 20
__________________________________________
TULUMINATI TRAVEL S.R.L.
CONTRATO
RAZON SOCIAL. “TULUMINATI TRAVEL S.R.L.”. POR UN DIA: Se hace saber que por los autos: “TULUMINATI TRAVEL S.R.L. S/ CONSTITUCION DE SOCIEDAD-BALCARCE 150 BIS PISO 2 DEPARTAMENTO 2-20 AÑOS-30/09-$3.000.000-(3.000 X$1.000)-$20.250-” CUIJ 21-05541345-9, en trámite por ante el Registro Público de Rosario, a cargo del Dr. Ricardo Alberto Ruiz, Secretaría del Dr. Guillermo Rogelio Coronel, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 04/11/2024, mediante el cual se constituye la Sociedad de Responsabilidad Limitada “TULUMINATI TRAVEL S.R.L.” e instrumento de modificación de clausula OCTAVA de Balance General y Resultado, siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley 19.550, los siguientes: Luciano De Vincentis Rocci, DNI 27.538.231, CUIT 20-27538231-1, argentino, nacido el 04/09/1979, abogado, soltero, domiciliado realmente en calle Alberdi 990 de la localidad de Firmat, Provincia de Santa Fe; y Paula Wacker, DNI 36.003.738 CUIT 27-36003738-5, argentina, nacido el 06/11/1991, licenciada en turismo, soltera, domiciliada realmente en calle Balcarce 150 Bis Piso 2 Depto 2 de Rosario. Domicilio: La sociedad establece su domicilio en la ciudad de Rosario, y su sede social en calle Balcarce 150 Bis Piso 2 departamento 2.- Plazo de Duración: La duración de la sociedad será de veinte (20) años a partir de la inscripción en el Registro Público.- Designación de su Objeto: la sociedad tendrá como objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, la explotación, comercialización, promoción e intermediación de las siguientes actividades: Explotación de agencia de viajes y turismo, pudiendo realizar reservas y ventas de pasajes, terrestres, aéreos, marítimos, nacionales o internacionales; organización, reserva y ventas de excursiones propias o de terceros, reservas de hotelería dentro y fuera del país, incluyendo los hoteles propios que tenga la Sociedad, reserva, organización y ventas de charters y traslados, dentro y fuera del país de contingentes turísticos para lo cual podrá realizar todas las gestiones, los mandatos, consignaciones, compras, ventas, corresponsalías, administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones y todo otro acto contractual autorizado por la legislación para el cumplimiento de su objeto. Explotación de turismo en todos sus aspectos, mediante la adquisición, arrendamiento, o locación de los distintos medios de transporte, alojamientos, hospedajes o alimentación. Prestación de servicios turísticos de excursiones, viajes o de transporte de personas no regular con fines turísticos, dentro del país o fuera del mismo. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos Tres Millones ($3.000.000) divididos en 3.000 cuotas de Pesos Mil ( $1.000.-) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: El Sr Luciano De Vincentis Rocci suscribe 1.500 cuotas de capital equivalentes a PESOS Un Millón Quinientos Mil ($1.500.000.-) que se integra $375.000.- en este acto en dinero en efectivo y el saldo de $1.125.000.- también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses contados desde la fecha del presente contrato; y la Sra. Paula Wacker suscribe suscribe 1.500 cuotas de capital equivalentes a PESOS Un Millón Quinientos Mil ($1.500.000.-) que se integra $375.000.- en este acto en dinero en efectivo y el saldo de $1.125.000.- también en dinero en efectivo dentro de los veinticuatro (24) meses contados desde la fecha del presente contrato. Organización de la Administración: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos sin restricciones. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluso aquellos para los cuales la ley requiere poderes especiales, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. El plazo de duración del mandato de el/los gerente/s será indeterminado y hasta tanto una reunión de socios por unanimidad designe un nuevo/s gerente/s. La remoción y designación de gerente/s será registrada en el Libro de Actas de Reunión de Socios. En este mismo acto son designados como Socios Gerentes el señor Luciano De Vincentis Rocci, DNI 27.538.231, CUIT 20-27538231-1, Argentino, nacido el 04/09/1979, Abogado, soltero, domiciliado realmente en calle Alberdi 990 de la localidad de Firmat, Provincia de Santa Fe; y Paula Wacker, DNI 36.003.738 CUIT 27-36003738-5, Argentina, nacido el 06/11/1991, Licenciada en Turismo, soltera, domiciliada realmente en calle Balcarce 150 Bis Piso 2 Depto 2 de Rosario quienes aceptan de conformidad su designación y toman posesión del cargo en este acto. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptaran según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550.- Fecha de Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrará el 30 de Septiembre de cada año.-
$ 260 532999 Dic. 20