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DECRETO Nº 2159


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 08 NOV. 2024


VISTO:

El expediente N° 00312-0009721-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se promueve la delegación en el Señor Ministro de Economía de las facultades para disponer las designaciones de Personal Suplente dentro del marco del sistema de suplencias e ingresos para la cobertura de ausencias del personal que presta servicios esenciales dispuesto por los Decretos N° 3202/05 y N° 0522/13;


CONSIDERANDO:

Que mediante los citados Decretos se estableció un sistema para cubrir ausencias de los agentes que desempeñan funciones comprendidas en el Escalafón del Personal Civil de la Administración Publica Provincial, aprobado por Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y en el Estatuto y Escalafón para los Profesionales Universitarios de la Sanidad, instituido por Ley N° 9282, en los distintos establecimientos sanitarios del Ministerio de Salud y asistenciales dependientes del Ministerio del Igualdad y Desarrollo Humano;

Que el régimen aprobado fue concebido con fundamento en la necesidad de cubrir en forma inmediata las ausencias de personal que cumple funciones imprescindibles para la atención de demandas asistenciales de la población y evitar la interrupción de tales servicios a cargo de este Estado Provincial;

Que recientemente el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social – IAPOS y la Dirección General de Higiene y Salud de los Trabajadores, quienes dependían del Ministerio de Salud, fueron transferidos a la órbita del Ministerio de Economía, en los términos de lo dispuesto por Decretos N° 0560/24 y Nº 0987/24, respectivamente;

Que en función de la naturaleza y el rol de los citados organismos resulta necesario garantizar los servicios que prestan a la comunidad, por lo que el régimen de suplencias mencionado deberá hacerse extensivo a los mismos en su nueva dependencia funcional del Ministerio de Economía;

Que asimismo resulta pertinente que el Ministro de Economía disponga de las facultades necesarias para efectuar las designaciones en dichos marcos normativos;

Que han tomado intervención de competencia la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, órgano rector en materia de personal, y la Dirección General de Asesoría Letrada del Ministerio de Economía sin realizar observaciones al acto propiciado;

Que asimismo la Fiscalía de Estado ha emitido su Dictamen N° 0599/24 expidiéndose favorablemente respecto de las medidas proyectadas;

Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 72 inciso 1° y 6° de la Constitución Provincial y en el articulo 2° de la Ley de Ministerios Nº 14224;

POR ELLO:


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


ARTÍCULO 1°: Delégase al Ministro de Economía las facultades para disponer designaciones de Personal Suplente y dejarlas sin efecto, dentro de los límites y condiciones que se establecen en los articulos 2° y 3° del Decreto Nº 3202/05, ratificado por los artículos 22 y 23 del Decreto Nº 0522/13.

ARTÍCULO 2°: Autorízase la incorporación del Ministerio de Economía al régimen de suplencias e ingresos aprobado por los Decretos N° 3202/05 y Nº 0522/13, equiparándolo al vigente para los Ministerios de Salud y de Igualdad y Desarrollo Humano, en relación a las ausencias e incorporaciones de personal en funciones que se desarrollan en las áreas del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) y en la Dirección General de Higiene y Salud de los Trabajadores.

ARTÍCULO 3°: Establécese que el Ministerio de Economía deberá comunicar al Poder Ejecutivo, en el plazo de 15 (quince) días, por intermedio del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, los actos administrativos que emita en ejercicio de las facultades delegadas.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

PULLARO

Olivares Pablo Andrés

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