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SANTA FE
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JUZGADO LABORAL
Por disposición de la Jueza de Trámite Dra. María Victoria Acosta, en los autos caratulados: MAIDANA, JOEL MAURICIO c/ARANCIBIA, JORGE CARLOS LUIS Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES 21-04777718-3, que tramitan ante el Juzgado de Primer Instancia en lo Laboral de la Cuarta Nominación, Provincia de Santa Fe, La señora Jueza cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del sr. ARANCIBIA JORGE LUIS DEL CORAZONDE JESUS, DNI 16.203.511, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. SANTA FE, 07 de Febrero de 2023 Previamente, acredítese la notificación del decreto del 19.8.2020. Asimismo, acompañe el diligenciamiento de los edictos por los que se cita a los sucesores de JORGE CARLOS LUIS ARANCIBIA. Acreditada que sea su representación o, en su caso, ordenada que sea y notificada la rebeldía de los mismos, se procederá. Asimismo, ordenase la recaratulación de las presentes actuaciones. Fdo. Dra. María. V. Acosta, (Jueza); Dra. Silvina Melchiori, (Secretaria).
S/C 529641 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición del Juez de Trámite Dr. Candiotti, en los autos caratulados: MAIDANA, FELIX HUMBERTO c/ABANCIBIA, JORGE CARLOS LUIS Y OTROS s/COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES 21-04777719-1, que tramitan ante el Juzgado de Primer Instancia en lo Laboral de la Primera Nominación, Provincia de Santa Fe, La señora Jueza cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del sr. ARANCIBIA JORGE LUIS DEL CORAZONDE JESUS DNI 16.203.511, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. SANTA FE, 10 de Marzo de 2021 Proveyendo los escritos: 1) Cargo N° 1256 (fs. 172 de fecha 18-02-2021): Téngase presente lo manifestado por el Dr. Pujato y por constituido nuevo domicilio legal de la parte actora, donde se practicarán las notificaciones pertinentes. 2) Cargo N° 2007 (fs. 174 de fecha 01-03-2021): Téngase presente lo manifestado por el Dr. Ciaurro. Agréguese la partida de defunción y téngase presente el fallecimiento del demandado Jorge Luis del Corazón de Jesús Arancibia. Atento a ello: Cítese a los herederos del causante a comparecer a estos autos a estar a derecho, por medio de edictos, bajo apercibimiento de rebeldía (art. 45 CPL y 597 CPC y C.) Asimismo ofíciese al Registro de Procesos Universales, a los fines de que informe si se ha iniciado el sucesorio y/o quienes han sido declarados herederos de la misma. Notifíquese. Fdo. Dr. Aníbal López, (Secretario).
S/C 529640 Oct. 28 Oct. 30
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “VALENZUELA, ANGEL RUBEN S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, Expte. CUIJ N° 21-02044393-3”,que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 08/10/2024 se ha declarado la quiebra de Angel Rubén Valenzuela, DNI 12.471.623, mayor de edad, jubilado, casado, domiciliado realmente en Vuelta del Paraguayo s/n, Alto Verde provincia de Santa Fe-, habiéndose dispuesto hasta el día 29/11/2024 para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al Síndico designado en autos, la CPN Carolina Benitez, domiciliada en calle Moreno 2308- 6to Piso B de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.. Notifíquese. Firmado: Dra, Romina Freyre Secretaria”.
S/C 530090 Oct. 28 Nov. 01
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “BLANCO, RUBEN DARIO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, Expte. CUIJ N° 21-02047950-4”,que se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 07/10//2024 se ha declarado la quiebra de RUBEN DARIO BLANCO, argentino, mayor de edad, divorciado, D.N.I. 16.445.485 apellido materno Correa, con domicilio real en calle Papa Francisco N° 1526 de la localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe-, habiéndose dispuesto hasta el día 07/11//2024 para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación al Síndico designado en autos, la CPN Ma. Cecilia Arietti, domiciliada en calle Moreno 2308- 6to Piso B de la ciudad de Santa Fe, siendo el horario de atención de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.. Notifíquese. Firmado: Dr. Pablo Silvestrini, Secretario”.
S/C 530088 Oct. 28 Nov. 01
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, se hace saber que en los autos CAROZZA, JESICA YANINA s/Solicitud propia quiebra; 21-02019312-0, que se tramita por ante el Juzgado, se ha ordenado mediante resolución judicial de fecha SANTA FE, 7 de octubre de 2024: De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución complementario efectuado por Sindicatura. Atento a lo provisto por el art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, (Jueza A/C); Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Santa Fe, 22 de Octubre de 2024. Dra. Georgina Benzo, Prosecretaria.
S/C 529845 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe; se hace saber que en los autos: GIL ERIKA SABRINA s/PEDIDO DE QUIEBRA; Expte. Nº 21-02039128-3, la Sindicatura ha presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 04 de Octubre de 2024. Por presentado Proyecto de distribución, publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dr. Gabriel O. Abad, Juez; Da. Verónica G. Toloza, Secretaria. Santa Fe, 9 de Octubre de 2024. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.
S/C 529772 Oct. 28 Nov. 1
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos PAGANI MARIA GEORGINA s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02044568-5 - año 2024), la siguiente resolución: Santa Fe, 20/10 (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Maria Georgina Pagani, DNI N° 24.712.067, con domicilio real en calle Aristóbulo del Valle 1275 de la localidad de Barrancas y domicilio legal en calle La Rioja 3213 esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 18/09/24 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 07/11/24 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 26/11/24 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 26/12/24 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 14/03/25 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortos ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Iván G. Di Chiazza (Juez). Dra. Lucila Crespo, Secretaria. Santa Fe, 21 de Octubre de 2024.
S/C 529741 Oct. 28 Nov. 1
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, comunica por dos días que en los autos: GOMEZ OMAR RAMON JAVIER s/Solicitud propia quiebra; CUIJ 21-02037337-4, se ha declarado la conclusión de quiebra al Tomo: 2024 Folio: Resolución: 254 de fecha 09/10/2024: Vistos... Considerando... Por ello, arts. 228 y 229 LCQ y demás normativa aplicable es que decido: Declarar finalizada la quiebra, dando por concluida la intervención del Síndico y disponiendo el cese de las restricciones impuestas al fallido por los arts. 103, 107, 110, 114 y cc. L.C.Q. y el levantamiento de las inhibiciones oportunamente trabadas en estos autos. - Publíquense edictos y oportunamente líbrense los oficios que correspondan. Notifíquese. Fdo. Maria Lucila Crespo, Secretaria; Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 18 de Octubre de 2024. Dra. Lucila Crespo, Secretaria.
S/C 529742 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se ha dictado en autos: MANSILLA BRIAN JOSE MAURICIO s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02048776-0 - AÑO 2024), la siguiente resolución: Santa Fe, 21/10 (...) resuelvo: 1. Declarar la quiebra de Brian José Mauricio Mansilla, DNI N° 39.370.179, con domicilio real en calle Caseros 715 de la localidad de Laguna Paiva y domicilio legal en calle 4 de enero 2556 de esta ciudad. 5. Ordenar a terceros la entrega de bienes y documentos del fallido al Síndico. 6. Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. Se libra mandamiento al Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7. Prohibir pagos al fallido. 9. Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el 30/10/24 a las 10.00 horas. 10. Fijar el día 20/12/24 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes. 11. Fijar el día 11/02/25 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes. 12. Señalar el día 13/03/25 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales y el 30/04/254 para la presentación del Informe General. 19. Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BO. 20. Líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2º de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo. Iván G. Di Chiazza (Juez). María José Lusardi, Prosecretaria.
S/C 529743 Oct. 28 Nov. 1
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos GOMEZ, DANILO HERNAN LUIS s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02048739-6, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 25 de septiembre de 2024 (...) Resuelvo (...) 13º) (...) e intimar al Sindico que resulte sorteado que en el plazo de 48 hs. contados desde la fecha de aceptación del cargo realice una nueva publicación con todos los requisitos del art. 89 incluido especialmente su nombre, domicilio, y horario de atención a los pretensos acreedores. (...) Notifíquese. Fdo. Dra. Romina S. Freyre, (Secretaria); Dr. Lucio A. Palacios, (Juez). Se aclara que el fallido y los terceros deberán entregar al síndico los bienes de aquél. El fallido deberá entregar al síndico los libros de contabilidad y documentación respaldatoria. Se prohíben hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. La fecha límite para solicitar verificación es el 07/11/2024. El síndico designado es el CPN Cristian Cuello con domicilio en Monseñor Zaspe 2770, teléfono fijo 0342-4592819 y correo electrónico cc277@hotmail.com. De usar la opción electrónica, favor de respetar los parámetros de SISFE. Santa Fe, 17 de octubre de 2024.
S/C 529702 Oct. 28 Nov. 1
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Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: WEISHEIM DAVID ELIAS s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ N° 21-02039621-8, que se tramita por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha presentado informe final y proyecto de distribución, poniéndose de manifiesto el mismo por el término de ley —art. 218 de la ley 24.522. Asimismo que se han regulados los honorarios para la C.P.N. Eduardo Diedic (Sindico), en la suma de $ 1.868.122,49, con más aportes de Ley (10%), y de la Dr. Alejandro Agustín González (apoderado de la fallida) por la suma de $ 800.623,92 y aportes de Ley (13%). Santa Fe, de Octubre de 2024. Dr. PABLO SILVESTRINI, secretario. Santa Fe, 18 de octubre de 2024.
S/C 529690 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del señor Juez de Civil y Comercial Primera de la Quinta Nominacion de la ciudad de Santa Fe 27 de Septiembre de 2021 en autos caratulados: LEMOS MARIELA ANDREA s/Solicitud de su Propia Quiebra; (CUIJ 21-20096087), en tramite por este Juzgado CONSIDERANDO que las presentes actuaciones se desprende que se encuentra totalmente cumplido los requisitos necesarios para la conclusión de la quiebra por pago total conforme proyecto de distribución oportunamente aprobado (fs. 143 y 154) habiéndose cubiertos los gastos del proceso falencial. Que así lo estima la sindicatura a fs. 153 por no haber saldos insolutos. Por ello y de conformidad con lo dictaminado y dispuesto arts. 228 ss y cc de la Ley 24522; RESUELVO 1) Declarar la conclusión de la quiebra de Mariela Andrea Lemos D.N.I. 23.264.474, dado por concluida la intervención de la Sindicatura. 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como la finalización de este proceso concursal y 3) Ordenar la publicación mediante edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese, Agregase copia. Notifíquese y oportunamente. Archívese. Secretaría, Mercedes Dellamónica, Juez; Diego Raúl Aldao.21 de octubre de 2024. Dra. Alina Prado, prosecretaria.
S/C 529685 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GALLIANI SOL ISIDORO s/Quiebra; (Expte. N° 377/2004 - CUIJ N° 21-00947891-1), se han regulado honorarios profesionales al síndico Raúl Juan Kuchen, a los letrados Lionel M. Farbotta, Mauricio Frois, Jorgelina Simi, Elmer E. Baumgarter y Javier Ricardo Prono y a los martilleros públicos, Gisela Carina Otazu, Juan C. Borgogno y José Luis Salcedo mediante resolución N° 413 de fecha 19/12/2023 y se han presentado informe final y proyecto de distribución, habiéndose puesto de manifiesto los mismos en la oficina por el término de ley, en fecha 21/10/2024. Fdo. Dr. Palacios, (Juez); Dra. Romina Soledad Freyre, Secretaria.
S/C 529692 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos GATTO GUSTAVO ANTONIO s/Quiebra; Expte. CUIJ 21-00945499-0, con relación a lo dispuesto por el art. 218 de la ley Nº 24522, por medio del presente se pone de manifiesto a todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución en los autos de referencia. Asimismo, se pone de manifiesto la regulación de honorarios CPN GERARDO ANTONIO BORDA BOSSANA en la suma de $ 1.752.377,92 y Regular los estipendios de la Dra. ROSANA NOEMI MARCOLIN en la suma de $ 500.679,40 y los honorarios profesionales de la Dra. MARIA ROMINA ROSELLINI, en la suma de $ 250.339,70.
S/C 529650 Oct. 28 Oct. 29
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De acuerdo a lo dispuesto en Resolución de fecha 24 de Septiembre de 2024 por la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de Santa Fe del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en autos caratulados VINDEROLA, ROSA GUADALUPE s/Solicitud De Propia Quiebra; (CUIJ N° 21-02048390-0), se ha procedido al Sorteo del Síndico que intervendrá en el proceso. Resulto designado Sindicó el CPN DANIEL FRANCISCO PIUMETTI con domicilio en calle San Martín 2347 Piso 1 Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe fijándose el día 11 de Noviembre de 2024 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico, quien atenderá en su estudio de calle San Martín 2347 Piso 1 Oficina 13 (Galería Florida) de la ciudad de Santa Fe de Lunes a Viernes de 17 a 20 hs. Se fija el día 26 de Diciembre de 2024 como fecha en la que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual de créditos y el 04 de Marzo de 2025 para que se presente el Informe General. Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24522 en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. ANA ROSA ALVAREZ, Jueza; Dra. SANDRA SILVINA ROMERO, Secretaria. Magdalena Cabal, Prosecretaria.
S/C 529656 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. Carlos Marcolin, Secretario Dr. Pablo Silvestrini, por resolución de fecha 03/09/2024 se hace saber que en los autos: MACAUDIERE, Jesica Romina s/quiebra; CUIJ 21-02039011-2, se han regulado los honorarios de la sindicatura CPN María Inés Margherit ($ 1.752.37793) y letrado actuante Abogado Gastón Nicolás Redondo ($ 751.019,10), se han corrido las vistas a Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Económicas y por decreto del 04/10/2024 se ha ordenado la puesta de manifiesto del informe final del art. 218 y proyecto de distribución a través de la publicación del siguiente edicto. Santa Fe, 14 de octubre de 2024. Dr. Pablo Silvestrini, Secretario.
S/C 529626 Oct. 28 Oct. 29
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Por disposición del Señor Juez de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: HEREDEROS DE LEONARDO ALEJO GEROSA c/LÓPEZ BERNARDINO Y/U OTROS s/Juicios Ordinarios; (CUIJ 21-01020641-0), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 8 de Octubre de 2024. Agréguese el edicto acompañado. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados declárase rebelde a Elsa Valentina González. Publíquense edictos a los fines de la notificación. Fdo. Dr. JOSE IGNACIO LIZASOAIN, (Juez); Dr. NESTOR TOSOLINI, (Secretario). En consecuencia, se le comunica a la Señora ELSA VALENTINA GONZALEZ, que ha sido declarada rebelde, prosiguiendo la presente causa sin dársele representación. Santa Fe,14 de Octubre de 2024. Néstor Tosolini, secretario.
$ 500 529797 Oct. 28
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Por disposición del señor Juez a/c de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RECREO c/CAMARA DE PEINADORES DE SANTA FE, s/Apremio Fiscal; CUIJ N° 21-16264895-8, se ha dispuesto publicar en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en el lugar que al efecto ha habilitado la CSJSF en el hall de estos tribunales, la Resolución de autos: VISTOS: Estos caratulados: MUNICIPALIDAD DE RECREO c/CAMARA DE PEINADORES DE SANTA FE s/Apremio Fiscal; CUIJ 21-16264895-8, que se tramitan en este Juzgado de Ejecución Civil de Circuito, 3ra. Secretaría, por cobro de la suma de $ 827.932,55, más intereses y costas, en concepto de Tasa General de Inmueble y Contribución por Mejoras, según títulos ejecutivos obrantes en autos; y CONSIDERANDO: Que citada de remate la parte demandada no ha opuesto excepción alguna durante el término de ley, por lo que corresponde hacer efectivos los apercibimientos decretados, atento lo dispuesto en el art. 24 de la Ley 5066. Por ello y de conformidad con lo prescripto en los arts. 25 inc. c) de la mencionada Ley, 41, 48 al 52 de la Ley Prov. 8173/77, DNI 0345 del 13/8/92 (Modif. D.N .I. N° 16/2023) art. 251 del C.P.C. y Ley 23928. RESUELVO: Mandar se lleve adelante la ejecución contra CAMARA DE PEINADORES DE SANTA FE, hasta que el acreedor perciba el importe del capital reclamado, con más sus intereses moratorios desde la fecha de emisión del título ejecutivo del 5% mensual hasta el efectivo pago y las costas del juicio. Protocolícese y hágase saber. Fdo. Dra. Ma. Soledad Prieu Mántaras, Secretaria; Dr. Javier Deud, Juez a/c. Santa Fe, 15/10/2024.Dra. Tamara Nazaret Leone, Prosecretaria.
$ 135 529833 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial - 8ª Nominación de la Ciudad de Santa Fe en autos caratulados: PORTILLO, CRISTINA MARCELA G. Y OTROS c/ZINICOLA, SILVIO Y OTROS s/Usucapión; CUIJ 21-02048651-9, se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos del Sr. Silvio Zinicola, DNI 93.363.433, para que comparezcan a tomar intervención en los autos referenciados, en el término y bajo los apercibimientos de ley. La que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Se transcribe el decreto que ordena el presente: SANTA FE, Se provee cargo N° 10442/24: Téngase presente. Atento lo manifestado, cítese a los herederos de Silvio Zinicola DNI 93.363.433 por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley, para que comparezcan a tomar debida intervención en estos autos bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Ma. Lucila Crespo, Secretaria. Santa Fe, 16 de octubre de 2024. María José Lusardi, prosecretaria.
$ 100 529625 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición del señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/CARDOZO ZULMA RAQUEL s/Juicios Ordinarios; (Expte. CUIJ 21-01959464-2), se ha ordenado lo siguiente: SANTA FE, 21 de OCTUBRE DE 2024: Requiérase a la Sra. Zulma Raquel Cardozo que en el término de diez días manifieste lo que estime corresponder respecto a lo solicitado por la Policía de Seguridad Aeroportuaria en cuanto al traslado del vehículo marca Volkswagen, Modelo Bora 2.0, dominio JIR 933 al Pian Anual de Compactación de las Fuerzas Federales, bajo apercibimiento de enviar el vehículo a compactación. A los fines notificatorios, publíquense edictos de ley. Notifíquese. Dra. Perotti, secretaria.
S/C 529663 Oct. 28 Nov. 1
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/OJEDA MONICA GABRIELA Y OTROS s/Apremio Municipal LEY 5066; (CUIJ 21-24394921-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: SASTRE, 01 de Junio de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que en copia certificada se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida Demanda de Apremio (Ley N° 5066) contra OJEDA, MONICA GABRIELA, VILLAREAL, RAMON EMILIO, y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-1665001008-3, por el cobro de la suma de $ 70.105,10 (PESOS SETENTA MIL CIENTO CINCO CON DIEZ CENTAVOS), en concepto de Tasa por Servicio a la Propiedad y Obra de Pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselos al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento al Sr. Oficial de Justicia que por turno corresponda de la ciudad de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 70.105,10 con más la suma de $ 35.052,55 (PESOS TREINTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y DOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS), presupuestados provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguense los Certificados de Deuda que en copia se acompañan, haciéndosele saber que deberá acompañar los originales cualquier día de audiencia, en el horario de 07:15 a 12:45 o a requerimiento del Juzgado. Publíquense edictos, de conformidad con los previsto por la primera parte del art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el Oficial de Justicia y/o Notificador, observar el estricto cumplimiento del art. 63 del C.P.C.C. Notifiquese. Y SASTRE, 12 de Septiembre de 2024; Téngase presente el certificado de deuda que se acompaña. Amplíase la ejecución contra los accionados a las nuevas porciones reclamadas - $ 61.955 - y considerase de la ampliación los trámites precedentes. Notifiquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA; Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre.
S/C 529817 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/GHIETTO, JOSE MARIA Y OTROS s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395546-4), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra JOSE MARIA GHIETTO Y CAMILA EUGENIA BECERRA y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16688610442-8; por el cobro de la suma de $ 166.414,23, en concepto de tasa de servicios y obras de cloacas y de gas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 166.414,23, con más la suma de $ 83.207,11, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZÁLEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UDIS. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. Sastre, 08 de octubre de 2024.
S/C 529815 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30º de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/JUÁREZ, MIGUEL ANGEL Y OTROS s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395545-6), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra MARINA ROSARIO ANGULO Y MIGUEL ANGEL JUAREZ y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800166886/0400-2; por el cobro de la suma de $ 134.655,35, en concepto de tasa de servicios, con más intereses y costas; y contra MARINA ROSARIO ANGULO y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble referenciado, por el cobro de la suma de $ 95.954,10, en concepto de obra de agua, con más intereses y costas, Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad de los accionados, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 134.655,35, con más la suma de $ 67.327,67, en relación a ambos accionados; adicionándose en relación a la co-accionada Angulo, el importe de $ 95.957,10 en concepto de capital, con más la suma de $ 47.977,05, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7.15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Y SASTRE, 08 de Octubre de 2024. Téngase presente lo manifestado por el Dr. FRACASSI. Asistiendo razón al peticionante y atento a que se consignó erróneamente el monto de la demanda en el proveído de fecha 02/10/2024, déjese sin efecto el mismo en la parte pertinente donde reza “...por el cobro de la suma de $ 95.954,10; y en su lugar dispóngase por el cobro de la suma de $ 230.609,45. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA, 9 de octubre de 2024. Sastre.
S/C 529812 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 3º de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/SANCHEZ, DANILO SEBASTIAN Y OTROS s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395547-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra YANINÁ SOLEDAD RIOS Y DANILO SEBASTIÁN SÁNCHEZ y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16688610400-2; por el cobro de la suma de $ 465.154,40, en concepto de tasa de servicios y obras de cloacas, de gas y de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 465.154,40, con más la suma de $ 232.577,20, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. Sastre 2024. Sastre, 9 de octubre de 2024.
S/C 529806 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/NEGRO, GUSTAVO DOMINGO s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395551-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra GUSTAVO DOMINGO NEGRO y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800- 16495 710003-6; por el cobro de la suma de $ 221.300,43, en concepto de tasa de servicios a la propiedad, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 221.300,43, con más la suma de $ 110.650,21, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZÁLEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre, 8 de octubre de 2024.
S/C 529805 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30º de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/RODRIGUEZ, FELIX DOROTEO s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395552-9), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra FELIX DOROTEO RODRÍGUEZ y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16464010002-8; por el cobro de la suma de $ 248.622,42, en concepto de tasa de servicios y obras de aguas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 248.622,42, con más la suma de $ 124.311,21, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre.8 de octubre de 2024.
S/C 529803 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BIANCOTTI, PAMELA ROSANA s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395554-5), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra PAMELA ROSANA BIANCOTTI y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800166297/0242-0; por el cobro de la suma de $ 112.008,85, en concepto de tasa de servicios y obras de gas, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 112.008,85, con más la suma de $ 56.004,42, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. Sastre, 8 de octubre de 2024.
S/C 529802 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/CEJAS, BERNARDINO R. s/Apremio Municipal LEY 5066; (CUIJ 21-24394547-7), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 23 de noviembre de 2022. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra BERNARDINO R CEJAS y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble sito en calle O´Higgins N° 1317 de San Jorge, identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16648510003-6; por el cobro de la suma de $ 159.256,31, en concepto de tasa de servicios y obra de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 159.256,31, con más la suma de $ 79.628,15, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12:45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la 1º parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Y SASTRE, 20 de Marzo de 2023. Atento a las constancias de autos, emplácese a los herederos de Bernardino Roberto Cejas, en los términos y bajo apercibimientos del art. 597 del C.P.C.C., mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de éste Juzgado. Notifíquese. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDARA UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. Sastre.
S/C 529800 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30 de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/FIORITO, FLORENCIO E. s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395548-0), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra FLORENCIO E. FIORITO y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-16623610047-8; por el cobro de la suma de $ 195.984,97, en concepto de tasa de servicios, obras de aguas y de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate a los accionados con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 195.984,97, con más la suma de $ 97.992,48, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7:15 a 12.45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art. 63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDAIN UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. Sastre, 08 de octubre de 2024.
S/C 529801 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30º de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/MILANESIO, VANINA GRACIELA s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395550-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra VANINA GRACIELA MILANESIO y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166886/0002-7; por el cobro de la suma de $ 280.088,67, en concepto de tasa de servicios y obras de agua y de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de $ 280.088,67, con más la suma de $ 140.044,33, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7.15 a 12.45 hs. y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art.63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. Sastre, 09 DE OCTUBRE DE 2024.
s/c 529798 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 30º de la ciudad de Sastre, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SAN JORGE c/BALISTA, DIEGO SEBASTIAN s/Apremio Municipal; (CUIJ 21-24395550-2), en trámite ante ese Juzgado, se hace saber lo siguiente: Sastre, 02 de octubre de 2024. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que se acompaña, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovido APREMIO (Ley N° 5066) contra BALISTA , DIEGO SEBASTIAN y/o quien resulte heredero, propietario, ocupante o poseedor del inmueble identificado con la partida de impuesto inmobiliario N° 120800-166886/0004-4; por el cobro de la suma de $ 347.980,47, en concepto de tasa de servicios y obras de agua y de pavimento, con más intereses y costas. Cítese de remate al accionado, con prevención que si dentro del plazo de OCHO días, no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Intímaselo al pago del capital reclamado, con más el 50% que se estiman provisoriamente para intereses y costas, librándose mandamiento del Sr. Oficial de Justicia de los Tribunales de San Jorge. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de propiedad del accionado, en cantidad suficiente a cubrir el capital de 347.980,47, con más la suma de $ 173.990,23, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe, con facultades de ley y con las autorizaciones peticionadas. Agréguese copia de la documental que se acompaña y hágase saber que deberá acompañar los originales en cualquier día de audiencia en el horario de 7.15 a 12.45 hs. Y/o a requerimiento del Juzgado. Publíquese edictos, de conformidad a lo previsto por la primera parte del Art. 28 de la Ley N° 5066; y notifíquese por cédula, debiendo el oficial de justicia y/o notificador observar el estricto cumplimiento del Art.63 del C.P.C.C. Fdo. Dra. CELIA PATRICIA GONZALEZ BROIN, JUEZA, Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. EN CONSECUENCIA QUEDA/N UD/S. DEBIDAMENTE NOTIFICADO/S DEL DECRETO QUE ANTECEDE. Por lo que deberá comparecer en el plazo de Ocho días hábiles a hacer valer sus derechos en relación al inmueble individualizado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de Ley. Dra. DANIELA TANTERA, SECRETARIA. Sastre, 08 DE OCTUBRE DE 2024.
S/C 529799 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición del Juzgado de Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Nº 20, en autos caratulados: PERUSIA GUILLERMO DAMIAN c/PERUSIA LAURA Y OTROS s/Juicios Sumarios; CUIJ Nº 21-22847439-5, se ha ordenado notificar a los Sres. PERUSIA, LAURA; PERUSIA, MARGARITA; PERUSIA, INES YOLANDA; PERUSIA, ALBINA MARIANA; PUGLIOTTI, JAIME CESAR, PUGLIOTTI, ITALIA MAGDALENA; PUGLIOTTI, DELFINA MARIA, BRIGGILER, ELVIRA ANGELA PUGLIOTTI DE y/o sus sucesores y/o quienes resulten propietarios o se consideren con derechos sobré el inmueble objeto de autos el dictado del siguiente decreto: GALVEZ, 03 de Octubre de 2024. Proveyendo cargo 2101/2024: Agréguese la boleta de iniciación de juicio y sellado acompañado. En consecuencia se provee cargo 2035/2024: Téngase a la Dra Aldana Ayazzi por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, en mérito al poder especial -vía digital- acompañado, acuérdasele la participación legal correspondiente. Por promovida DEMANDA POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA, la que tramitará por vía de juicio sumario, contra PERUSIA, LAURA; PERUSIA, MARGARITA; PERUSIA, INES YOLANDA; PERUSIA, ALBINA MARIANA; PUGLIOTTI, JAIME CESAR, PUGLIOTTI, ITALIA MAGDALENA; PUGLIOTTI, DELFINA MARIA, BRIGGILER, ELVIRA ANGELA PUGLIOTTI DE y/o sus sucesores y/o quienes resulten propietarios o se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de autos. Cítese y emplácese a los accionados para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de Ley. Cítese a la Provincia de Santa Fe para que comparezcan si hubiera interés fiscal comprometido. Atento que el inmueble objeto de la presente se describe como una fracción de terreno situada en Pueblo Irigoyen, aclare lo peticionado al punto 5. Notifíquese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el Panel del Juzgado (Ley 11287) por el término y bajo apercibimiento de Ley. Imprímase al presente el trámite contemplado por el art. 597 CPCC. Oportunamente, ordenado que sea el traslado de la demanda, procédase a ANOTAR como LITIGIOSO el inmueble objeto de autos y de conformidad a lo dispuesto por el art. 1905 del C.C.y C.N. oficiándose a sus efectos, al Registro General de la Propiedad. Proveyendo cargos 2045 a 2048: Agréguense. Proveyendo cargo 2101/2024 en su parte pertinente: Al punto a) y b) Téngase presente. Agréguense. Notifíquese. Fdo. Dra. CANDELA POWELL (JUEZA) y Dra. MONICA ELIZABETH SALIVA (SECRETARIA). Y otro: GALVEZ, 04 de Octubre de 2024. Proveyendo cargo Téngase presente la aclaración formulada. Por cumplimentado con lo ordenado mediante proveído de fecha 03/10/2024 en su parte pertinente. Atento a ello, amplíase el proveído mencionado en lo siguiente: Cítase a la Comuna de Pueblo Irigoyen para que comparezca si hubiera interés fiscal comprometido. Atento las constancias de autos y lo solicitado, y sin perjuicio de que oportunamente se autorizara la notificación por edictos y atento que de las constancias de autos surge que los codemandados han fallecido, ofíciese al Registro de Procesos Universales -Sucesorios- a los fines que informe si existe sucesorio abierto a nombre de los Sres. Laura Perusia, Margarita Perusia, Inés Yolanda Perusia, Albina Mariana Perusia, Jaime César Pugliotti, Italia Magdalena Pugliotti, Delfina María Pugliotti y Elvira Angela Briggiler de Pugiloti. A la suscripción de oficios: confeccionados que sean de conformidad al proveído de fecha 3/10/2024 y el presente, se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese. Fdo. Dra. CANDELA POWELL (JUEZA) y Dra. MONICA ELIZABETH SALIVA (SECRETARIA). Galvez, 9 de octubre de 2024.
$ 2008,20 529746 Oct. 28 Nov. 1
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Por disposición del Juzgado de Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Nº 20, en autos caratulados: RIBLES OLDINA MARGARITA c/MONASTEROLO VICTOR L s/Juicios Sumarios; Expediente Nº 21-22847033-0, se ha ordenado notificar a los Sres. DIGNA E NOVAIRA; RIBLES, NERVAN ARTEMIO; RIBLES, LADY HA YDEE, MONASTEROLO ADRIANA; MONASTEROLO VICTOR y/o sus sucesores y/o quienes resulten propietarios o se consideren con derechos sobre el inmueble objeto de autos el dictado del siguiente decreto: GALVEZ, 04 de Octubre de 2024. Proveyendo cargo 2201/2024: Agréguese la cédula escaneada debidamente diligenciada vía digital acompañada. Atento lo solicitado y las constancias de autos, déjase sin efecto el proveído del 02/10/2024 (fs. 100) en la parte que dice; A los fines del sorteo de un Defensor Ad Hoc, señálase fecha para el día 18/10/2024 a las 11 hs, y en su lugar se dispone: Atento lo peticionado y las constancias de autos, haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a los demandados NOVAIRA, Digna Emerita, RIBLES, Nervan Aremio, RIBLES, Lady Magalí y MONASTEROLO, Adriana y MONASTEROLO, Víctor. Notifíquese por edictos y por cédula a MONASTEROLO, Adriana y MONASTEROLO, Víctor. Hágase saber al Oficial de Justicia que en caso de fijar la cédula deberá recabar datos identificatorios del demandado entre los vecinos a los fines de determinar la validez de la notificación. Notifiquese. Fdo. Dra. CANDELA POWELL (JUEZA) y Dra. MONICA ELIZABETH SALIVA (SECRETARIA). Galvez, 8 de octubre de 2024.
$ 262,50 529745 Oct. 28 Nov. 1
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Por disposición del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de San Javier SEC. UNICA de la ciudad de San Javier, secretaria a cargo del autorizante, en autos: PAZ, SILVIO MATIAS c/MAINI, ORLANDO RODOLFO s/Cobro De Pesos - Rubros Laborales; CUIJ 21-23024500-9, se ha ordenado lo siguiente: SAN JAVIER, 13 de Marzo de 2024. Advirtiendo en este estado que se ha denunciado el fallecimiento del accionado Orlando Rodolfo MAINI, cítese a los herederos a los fines que comparezcan a hacer valer sus derechos. Acompañe oficio al R.P.U. y en su caso, publíquense edictos por el término de ley. Cumplimentado que fuera, se fijará nueva fecha de audiencia del art. 51 del C.P.L. Notifíquese. Fdo. Dr. DIEGO LUIS ESCUDERO, Secretario; Dra. LAURA ALESSIO, Jueza. San Javier, 5 de agosto de Agosto de 2024.
S/C 529789 Oct. 28 Oct. 30
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Nº 18 de la ciudad de San Justo (SF), en autos caratulados: “PAREDES, JESUS MARIA s/Sucesorio”, CUIJ Nº 21-26191617-4 – Año 2024, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Jesús María Paredes, DNI Nº 16.613.179, fallecido el día 24 de Junio de 2024, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Juzgado. San Justo (SF), 25 de Octubre de 2024. Dra. Susana C. Carletti, Secretaria.
$ 45 Oct. 28
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: LUCIANI OSVALDO OSCAR s/Sucesorio; CUIJ 21-02048543-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Luciani, Osvaldo Oscar, DNI 12.375.413, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza a/c). Santa Fe, de 2024.
$ 45 Oct. 28
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados: SALAZAR, EDUARDO GUSTAVO s/Sucesorio; CUIJ 21-02047479-0, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Eduardo Gustavo Salazar, D.N.I. 14.568.784, fallecido el día 30/10/2023, con último domicilio en San Genaro, provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dr. Gabriel Abad, (Juez). Santa Fe, de octubre de 2024.
$ 45 Oct. 28
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TOSTADO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Provincia de Santa Fe, secretaria única, en los autos caratulados CPA CAÑETE, RUBEN ISMAEL c/MOJICA, MARCOS FABIAN s/Ordinario - Daños Y Perjuicios; CUIJ N° 21-26213213-4/1. TOSTADO, 30 de Septiembre de 2024. Téngase por ofrecida prueba y proveyéndola: A la confesional: Para que tenga lugar la confesional por parte del accionado Sr. MOJICA Marcos Fabián, fíjase la audiencia del día 12.11.2024 a las 10:00 horas. Cíteselo por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Jorge Da Silva Catela (Juez), Dra. Marcela Barrera (Secretaria).
$ 429 529797 Oct.28 Oct. 30
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito N° 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaria única, de TOSTADO, en autos HERRERA, MARIA FABRICIA c/PAZ, MARCO MATIAS s/Alimentos 21-26214605-4, se cita, llama y emplaza al Sr. PAZ MARCO MATIAS, DU - 35172297, para que comparezcan a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a hacer valer sus derechos. Lo que se publicara en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Jorge Da Silva Catela (Jueza), Marcela Barrera, (secretaria). Tostado, de Septiembre de 2024.
$ 330 529788 Oct. 28 Oct. 30
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 13, Civil, Comercial y Laboral, Primera Nominación, de la ciudad de Vera, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Gastón Olivio Paniagua, DNI 31.623.125, fallecido en fecha 02 de abril de 2024, siendo su último domicilio en Zona Rural, Paraje El Gusano, Distrito Romang, provincia de Santa Fe, en autos: PANIAGUA, GASTON OLIVIO s/Sucesorio; (CUIJ 21-25278491-5), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Fdo. Dra. Margarita Savant, Secretaria; Dra. Jorgelina Yedro, Jueza. Vera, 23 de Octubre de 2024.
$ 45 Oct. 28
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La Sra. de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Distrito Nº 13 de la ciudad de Vera, Santa Fe, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos los que tengan derecho para que comparezcan al juicio sucesorio de Carlos Trusik, C.I. Nº 2386 en los autos caratulados: “TRUSIK, CARLOS s/Sucesorio, CUIJ 21-25278474-5, bajo apercibimientos legales y dentro del término de ley. Fdo.: Dra. Jorgelina Yedro, Jueza. Dra. Margarita Savant, Secretaria. Vera, 24 de Octubre de 2024.
$ 45 Oct. 28
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de la Tercera Nominación del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista (Santa Fe) en autos caratulados: GODOY MARGARITA BEATRIZ c/SERKIZ NATALIO E. Y Otros s/Usucapión; CUIJ N° 21-25931448-2, se cita a NATALIO E. SEKIZ, ALICIA ANSELMA RIVERO SOSA de SALIMVIA, FLORENTINA OBREGON de BACIGALUPI y/o sus sucesores y/o a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Los decretos que disponen la presente dicen: RECONQUISTA, 21 de Agosto de 2024 Agréguese y téngase presente el pago de la liquidación de API y proveyendo: Por presentado, domiciliado, en el carácter qué invoca con ib participación legal correspondiente. Por promovida demanda ordinaria de usucapión contra NATALIO E. SEKIZ, ALICIA ANSELMA RIVERO SOSA de SALDIVIA, FLORENTINA OBREGON de BACIGALUPI y/o sus sucesores. A los fines de la citación y emplazamiento de los mismos, denuncie el domicilio real de cada uno. Notifíquese. Fdo. Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. OTRO DECRETO: Reconquista, 02 de setiembre de 2024. Téngase presente lo domicilios denunciados (Gobierno de la Provincia de Santa Fe y Comuna de Tartagal) y lo manifestado en cuanto a desconocer el domicilio de los demandados y proveyendo: Cítese y emplácese a los demandados y a quienes se consideren con derecho al bien a usucapir, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho. Publíquense edictos de ley conforme art. 73 y 597 CPC edictos: Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de Tartagal (SE), para que comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten sí tienen interés legítimo en esta causa. Téngase presente la prueba ofrecida Conforme lo dispone el art. 1905 del CCyC procédase a anotar como litigioso los inmuebles registrados bajo el Tomo 731 Folio 465 N° 56062, Tomó 97P Folio 655 N° 70516 y Tomo 76P Folio 505 número 61008 de la Comuna de Tartagal (SF). A sus efectos, ofíciese. Autorícese al peticionante a los fines del diligenciamiento. Acompañe proyecto de oficio. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo.: Dr. Ramiro Avilé Crespo, Juez - Dra. Laura C. Cantero, Secretaria. Reconquista (SF).7 de octubre de 2024.
$ 500 529302 Oct. 28 Oct. 30
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La Señora Jueza de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 4 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, en el expediente: SUCESION DE GALAZ JORGE JOSE c/VILLANUEVA SERGIO JOSE y Otros s/Desalojo; CUIJ 21-23243222-2, ha ordenado que se proceda a Inscribir como litigioso el inmueble, sito en Calle 20 (9 de Julio) N° 5487 de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, y cuyo dominio se encuentra inscripto bajo el N° 53581, al Folio 535, Tomo 141, Año 1980, Sección propiedades Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe. Se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena la medida: Reconquista, 24 de Septiembre de 2024. Se ordena oficiar al Registro General de la Provincia de Santa Fe a los fines de inscribir como litigioso el bien inmueble objeto de autos. Se autoriza a intervenir en el diligenciamiento a la solicitante y a los propuestos. Fdo. Dr. Marino Celli, Secretario; Dra. María Cecilia Belfiori, Jueza. Publíquense en tres (3) días. Reconquista, 7 de Octubre de 2024.
$ 300 529117 Oct. 28 Oct. 30