picture_as_pdf 2024-10-10

COMUNA DE GENERAL LAGOS


NOTIFICACION


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado Comunal de Faltas de la Comuna de General Lagos, dentro del Expediente Administrativo N° 169312018, caratulado “NERI, DIEGO FABIAN s/ INFRACCION CODICO DE FALTAS COMUNAL”, se hace saber y se notifica al imputado Señor/a DIEGO FABIAN NERI, D.N.I. N° 26547445, la Sentencia N° 142 de fecha 02/06/2023, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: “1°) Declarar al Señor/a NERI, DIEGO FABIAN, D.N.I. N° 26547445, con domicilio en Loteo Los Pinos SIN de la localidad de Piñero (C.P. 2119), Provincia de Santa Fe, en su carácter de titular y/o responsable y/o conductor del vehículo dominio XDF-549, responsable por la comisión de las faltas previstas en los art/s. 218 y 219 del Código de Faltas Comunal, aprobado por ordenanza nº 18/2014 y sus modificatorias; 2º) Sancionar al responsable Señor/a NERI, DIEGO FABIAN, aludido ut supra, con multa de ciento cincuenta (150) UF (valor UF al día de la fecha $ 223,10), debiendo ajustarse al valor de la UF correspondiente al momento del efectivo pago. 3°) Regístrese, notifíquese al infractor y archívese. Fdo.: Dr. Juan Manuel González, Juez Comunal de Faltas.”. General Lagos, 6 de Septiembre de 2024. Dr. Juan Manuel González (Juez de Faltas Comuna de General Lagos).

$ 300 528662 Oct. 10 Oct. 15

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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado Comunal de Faltas de la Comuna de General Lagos, dentro del Expediente Administrativo N° 1625/2018, caratulado “VALLEJOS, RAUL OSCAR s/INFRACCION CODICO DE FALTAS COMUNAL”, se hace saber y se notifica al imputado Señor/a RAUL OSCAR VALLEJOS, D.N.I. N° 11905463, la Sentencia N° 158 de fecha 16/06/2023, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: 1°) Declarar al Señor/a VALLEJOS, RAUL OSCAR, D.N.I. N° 11905463, con domicilio en calle Alameda N° 1338 de la localidad de Gaboto (C.P. 2208), Provincia de Santa Fe, en su carácter de titular y/o responsable y/o conductor del vehículo dominio SYX-302, responsable por la comisión de las faltas previstas en los art/s. 185 y 217 del Código de Faltas Comunal, aprobado por ordenanza nº 18/2014 y sus modificatorias; 2°) Sancionar al responsable Señor/a VALLEJOS, RÁUL OSCAR, aludido ut supra, con multa de setenta (70) UF (valor UF al de la fecha $223,10), debiendo ajustarsé al valor de la UF correspondiente al momento del efectivo pago. 3°) Regístrese, notifíquese al infractor y archívese. Fdo. : Dr. Juan Manuel González, Juez Comunal de Faltas.”. General Lagos, 6 de Septiembre de 2024. Dr. Juan Manuel González (Juez de Faltas Comuna de General Lagos).

$ 300 528663 Oct. 10 Oct. 15

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COMUNA DE AREQUITO


ORDENANZA NUMERO DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO (2228/24)


VISTO que existe gran cantidad de vehículos abandonados en condiciones de chatarra en dependencias comunal y predios arrendados por esta Comuna a dichos fines, lo que motivo la identificación, y


CONSIDERANDO

Que tal abandono ha resultado como consecuencia que no se han presentado los titulares y/o infractores a retirar dichos rodados o acreditar derechos sobre los mismos;

Que la preservación de dichas motocicletas en la situación descripta, conlleva la ocupación de espacios físicos en predios cuya situación ambiental requiere urgente respuesta;

Que resulta imprescindible la adopción de medidas urgentes, resultando necesaria la desocupación rápida de los predios comunales utilizados como depósitos y la compactación de motocicletas y ciclomotores para su disposición final;

Que ante la existencia de bienes abandonados, en los términos del art. 236 del Código Civil y Comercial de la Nación (anteriormente artículo 2342 apartado 3) del Código Civil), la Ley Nacional Nº 26348 contempla la posibilidad de someter los mismos al proceso de descontaminación, compactación y disposición fina

Que asimismo, la Ley 20785, conforme su art. 1º determina como objeto de aplicación de la misma a la custodia y disposición de los bienes objeto de secuestro en causas penales de competencia nacional y en causas por infracciones en administraciones locales.

Que en consecuencia, procede el dictado de la norma legal respectiva a los fines expuestos.-

Por ello:


LA COMISIÓN COMUNAL DE AREQUITO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Art.1º.- DISPONER en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACIÓN, COMPACTACIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE AUTOMOTORES - PRO.NA.COM (Ley 26348), que lleva adelante el Ministerio de Seguridad de la Nación, la compactación de los vehículos retenidos que se encuentren en la Comuna y otros depósitos arrendados por la Comuna, los cuales son detallados en Anexo que se adjunta, para su individualización y baja registral.

Art.2º.- Ceder a título gratuito el material compactado a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Arequito, con el cargo a dicha entidad, de someter el material cedido al procedimiento de descontaminación, compactación y disposición final previsto por Dirección Nacional de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes, firmando los convenios necesarios para la disposición final de los vehículos y/o chatarras, incluidos en el listado final que presentará oportunamente el Departamento de Tránsito.-

Art.3º.- Ordenar la publicación de Edictos durante un (1) día en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local a los fines de convocar a los titulares y/o infractores a retirar dichos rodados y/o acreditar derechos sobre los mismos en el plazo de DIEZ (10) días. Cumplido el plazo dispuesto para la publicación, sin que se hayan acreditado derechos sobre los bienes mencionados por ante el Juzgado Comunal de Faltas, la Comisión Comunal queda autorizado a incorporar los mismos al patrimonio municipal y a cederlos a título gratuito a la institución sin fines de lucro enunciada en el artículo precedente.

Art.4º.-La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.

Art.5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese.

AREQUITO 27 de febrero de 2024.