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ROSARIO
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CAMARA DE APELACIONES
Por disposición de la Cámara Apelaciones Civil y Comercial (Sala III) de Rosario en autos caratulados: CEQUEIRA RAMONA MARTA c/CEQUEIRA TOMÁS y Otros s/Usucapión; (CUIJ N° 21-25955964-9), se hace saber que se dictó lo siguiente: Res. N° 266/24. Rosario, 7 de agosto de 2024. RESUELVE: 1.- Declarar la nulidad de la Sentencia N° 1958/22 (fs. 244/248), disponiendo la remisión de los presentes al correspondiente subrogante legal para que ordene todo lo conducente a la integración de la litis en los presentes y, luego, de lograrse esto último, emita un nuevo pronunciamiento de mérito. 2.- Imponer las costas originadas en esta segunda instancia a la actora (art. 251 del GPCC). 3.- Regular los honorarios de los profesionales que actuaron ante este Tribunal de Alzada en el 50% de los que se regulen, en su momento, en primera instancia. Insértese, hágase saber y oportunamente bajen. (Autos: CEQUEIRA RAMONA MARTA c/CEQUEIRA TOMÁS y Otros s/Usucapión, CUIJ N° 21-25955964-9). Fdo. Dres. Mario E. Chaumet, Jéssica M. Cinalli y Marcelo J. Molina. Dra. Ana Paula Alvarez Barthaburu, Prosecretaria.
$ 100 528253 Oct. 7 Oct. 9
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la 3ª Nominación de Rosario, Secretaría 1, dentro de los autos caratulados: YURKSTAS RAUL ROBERTO c/DEL RIO ALICIA STELLA MARIS s/Divorcio; CUIJ 21-11415789-6, se ha ordenado notificar a la Sra. Alicia Stella Maris Del Rio, titular del DNI N° 23.513.347, la Sentencia de Divorcio Nº 733 de fecha 26/03/24 que dispone en su parte resolutiva: ... RESUELVO: 1.-) Declarar el divorcio de los cónyuges RAÚL ROBERTO YURKSTAS (DNI Nº 6.055.958) y ALICIA STELLA MARIS DEL RIO (DNI N° 23.513.347), del matrimonio celebrado en Pérez, Departamento Rosario, provincia de Santa Fe, el día 24 de mayo del 2023, inscripto en la Oficina 355, Acta N° 48, Año 2023, del Registro Civil de Pérez, provincia de Santa Fe. 2.-) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al 21 de julio del 2023. 3.-) Las costas serán soportadas en el orden causado. Fdo. Dra. Silvina Ileana García, Juez; Dra. Analía Daniela Perrulli, Secretaria. Rosario, de 2024. Dra. Carina V. Lenarduzzi, Prosecretaria.
$ 100 528312 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal de Familia de la 4ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Gustavo Adolfo Antelo, Secretaría de la Dra. Natalia Schmidlin en los autos caratulados: LEIVA, ARIANA NOEMI c/GARCIA, MARIO HORACIO s/Divorcio; CUIJ 21-11354389-9 en trámite ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 4, se ha ordenado: Notificar a MARIO HORACIO GARCIA la Resolución Nº 3153, que se a se transcribe en su parte pertienente: ROSARIO, 15 de agosto de 2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda y declarar el divorcio de los cónyuges, MARIO HORACIO GARCIA, D.N.I. N° 34.563.834, y ARIANA NOEMÍ LEIVA, D.N.I. N° 36.009.093, -matrimonio inscripto en las Oficinas del Registro Civil de Rosario, Provincia de Santa Fe, Acta Nº 519, Tomo III, Sección 7ma., Año 2010-. II) Declarar disuelta la comunidad de ganancias al día 3 de junio de 2024. Insértese, hágase saber y ofíciese. Fdo. Natalia Schmidlin (Secretaria) Gustavo A. Antelo (Juez). Rosario, 11 de Septiembre de 2024.
$ 50 528188 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Dra. Alicia Ana Galetto, Jueza de trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 4 de la ciudad de Rosario en los autos caratulados MARTINEZ, BRIAN c/HEREDEROS DE MARTINEZ, FIDEL Y OTROS s/IMPUGNACION DE PATERNIDAD Y FILIACION; CUIJ 21-11435499-3, se ha ordenado citar a los herederos del Sr. Fidel Martínez (D.N.I. 12.500.405), para que en el término de veinte (20) días comparezcan a estar a derecho, contesten demanda y ofrezcan prueba, bajo los apercibimientos de ley. Publíquese por dos días. Fdo. Natalia Schmidlin (Secretaria). Rosario, 25 de Septiembre de 2024.
$ 50 528353 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Noelia Vanina Scola, D.N.I. N° 18.876.488, la sentencia dictada dentro de los autos caratulados: SCOLA, LUCIA - SCOLA, MIA Y SOSA, SERGIO DANIEL s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-10936599-5, que a continuación se transcribe: Nº 2317. Rosario, 02 de agosto de 2024. VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2a Circunscripción respecto de la niña MIA NATALI SOSA (D.N.I. N° 55.304.137), nacida en fecha 20 de Septiembre de 2015, nacimiento inscripto en el Año 2016, Acta 62 Tomo 1 en el Registro Civil del Hospital Escuela Eva Perón de Granadero Baigorria, hija de la señora Noelia Vanina Scola D.N.I. N° 18.876.488 y del señor Sergio Daniel Sosa, D.N.I. N° 32.445.881, LUCIA CAMILA SCOLA (D.N.I. N° 53.498.834), nacida en fecha 29 de Septiembre de 2013, nacimiento inscripto en el año 2013, Acta 22233, Tomo VIII B, en la Sub. Secc. Hospital Maternidad Martín, hija de la señora Noelia Vanina Scola y del señor Sergio Daniel Sosa y el niño SERGIO DANIEL SCOLA (DNI N° 59.910.068), nacido en fecha 9 de Mayo de 2023, nacimiento inscripto en el Registro Civil del Hospital Eva Perón de Granadero Baigorria, Acta 801, Año 2023, Oficina 2830, hijo de la señora Noelia Vanina Scola (D.N.I. N° 18.876.488) y del señor Sergio Daniel Scola (D.N.I. N° 59.910.068). 2) citar a la señora Noelia Vanina Scola y al señor Sergio Daniel Scola a fin de que se expida sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (artículo 66 BIS tercer párrafo de la ley 12.967); 4) Notifíquese al Defensor General a los fines legales correspondientes; 5) Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia; 6) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María José Campanella, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
S/C 528341 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Dra. María José Campanella, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario, se ha dispuesto notificar por edictos a Sergio Daniel Sosa, D.N.I. N° 32.445.881, la sentencia dictada dentro de los autos caratulados SCOLA, LUCIA - SCOLA, MIA Y SOSA, SERGIO DANIEL s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS EXCEPCIONALES Y URGENTES LEY 12.967 - 21-10936599-5, que a continuación se transcribe: Nº 2317. ROSARIO, 02 de agosto de 2024. VISTOS... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Ratificar la resolución definitiva de la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2ª Circunscripción respecto de la niña MIA NATALI SOSA (D.N.I. N° 55.304.137), nacida en fecha 20 de Septiembre de 2015, nacimiento inscripto en el Año 2016, Acta 62 Tomo 1 en el Registro Civil del Hospital Escuela Eva Perón de Granadero Baigorria, hija de la señora Noelia Vanina Scola, D.N.I. N° 18.876.488 y del señor Sergio Daniel Sosa, D.N.I. N° 32.445.881, LUCIA CAMILA SCOLA (D.N.I. N° 53.498.834), nacida en fecha 29 de Septiembre de 2013, nacimiento inscripto en el año 2013, Acta 22233, Tomo VIII B. en la Sub. Secc. Hospital Maternidad Martín, hija de la señora Noelia Vanina Scola y del señor Sergio Daniel Sosa y el niño SERGIO DANIEL SCOLA (D.N.I. N° 59.910.068), nacido en fecha 9 de Mayo de 2023, nacimiento inscripto en el Registro Civil del Hospital Eva Perón de Granadero Baigorria, Acta 801, Año 2023, Oficina 2830, hijo de la señora Noelia Vanina Scola (D.N.I. N° 18.876.488) y del señor Sergio Daniel Scola (D.N.I. N° 59.910.068). 2) citar a la señora Noelia Vanina Scola y al señor Sergio Daniel Scola a fin de que se expida sobre las medidas definitivas propuestas por la autoridad de aplicación y ofrecer prueba en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación (artículo 66 BIS tercer párrafo de la ley 12.967); 4) Notifíquese al Defensor General a los fines legales correspondientes; 5) Notifíquese a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia; 6) Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María José Campanella, Jueza; Dra. Gabriela Ríos Artacho, Secretaria.
S/C 528339 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Dra. Susana Teresita Igarzabal, Jueza de Tramite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de la ciudad de Rosario, Secretaria de la Dra. Andrea Chaparro, en autos caratulados: SANSO, MARIA ROSA FERNANDA Y OTROS c/D´AGATA, ROGELIO ANDRES s/Daños y perjuicios; Expte. CUIJ N° 21-11893982-1, se ha ordenado publicar edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de PB de Tribunales, conforme lo dispuesto por los arts. 67, 69, 73 y 548 CPCC y por lo que se le notifica al codemandado LEANDRO SCHNEIDEWIND (DNI N° 35.221.851) que se lo cita y emplaza para que comparezca a estar a derecho en el término de 20 días: ROSARIO, 22 de Abril de 2024. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentados, domiciliados y por parte a mérito de los poderes especiales que se acompañan y agregan. Acuérdaseles la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a ROGELIO ANDRES DAGATA y la citada en garantía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP LTDA para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente las reservas formuladas. Concédase a los actores el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de las declaraciones juradas de pobreza acompañadas. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al COT, al Sanatorio Parque, al SIDEAT y al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el mismo personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. Si hubiese ofrecido pliego cerrado de posiciones 1 testimonial 1 confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Mariana Varela. Fdo. Dra. Mariana Varela (Jueza); OTRO: ROSARIO, 11 de Junio de 2024. Al escrito cargo Nº 14550/24 se provee: Agréguense las constancias en copia acompañadas por el Dr. Aimaretti. Amplíese el proveído de fecha 22 de Abril de 2024 teniendo por iniciada la demanda contra LEANDRO SCHNEIDEWIND. Emplácese para que comparezca a estar a derecho y a contestar demanda, dentro del término de veinte días, bajo apercibimientos del art. 551 del CPCC, con entrega de copias. Procédase a la modificación del registro informático, agregándose como demandado a LEANDRO SCHNEIDEWIND. Notifíquese por cédula conjuntamente con decreto de fecha 22 de Abril de 2024. Al escrito cargo Nº 14599/24 se provee: Téngase presente lo manifestado para su oportunidad y hágase saber. Fdo. Mariana S. Varela (Jueza); OTRO: ROSARIO, 05 de Septiembre de 2024. Agréguese la constancia en copia acompañada por el Dr. Aimaretti. Téngase presente y hágase saber. Notifíquese al codemandado LEANDRO SCHNEIDEWIND (DNI N° 35.221.851) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el Boletín oficial y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al codemandado LEANDRO SCHNEIDEWIND que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberán transcribirse los decretos de fecha 22 de abril de 2024, 11 de Junio de 2024 y el presente proveído. Fdo. Susana T. Igarzabal Jueza en suplencia. Dra. María Florencia Netri, Secretaria Subr.
$ 200 528270 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Jueza del Tribunal de Responsabilidad Extracontractual de la 1ª Nominación de Rosario, Dra. Luciana Paula Martínez, se ha ordenado citar y emplazar al Sr. Fabricio Cristian Funes (DNI 39.370.707) a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días dentro de los autos caratulados ALDERETE, MARIA LAURA c/FUNES, FABRICIO CRISTIAN s/Daños y perjuicios; CUIJ 21-11894958-4. Se transcriben los decretos de fecha 30 de Julio de 2024 y 10 de Septiembre de 2024 que así lo ordenan: Rosario, 30 de julio de 2024. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentada, domiciliada y por parte a mérito del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a FUNES FABRICIO CRISTIAN y la citada en garantía TRIUNFO SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente las reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nº 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al Sanatorio de la Mujer, al Hospital Eva Perón, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar: originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial, documental en original. Para el caso de que hubiera ofrecido documental fundante, deberá acompañarla en la Audiencia de Vista de Causa. Si hubiese ofrecido sobre con documental, deberá acompañar el personalmente al Tribunal en horario de oficina, en el término de tres días. Si hubiese ofrecido pliego cerrado de posiciones / testimonial / confesional, deberá acompañar el mismo en el término de tres días vía correo electrónico o concurrir personalmente al Tribunal en el horario de 07:15 a 12:45 hs. Notifíquese el presente decreto con copia de demanda y de la documental adjuntada. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá consultar a quien lo atienda, los vecinos, si el mismo se domicilia allí, y sólo en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Jueza de trámite: Dra. Luciana Paula Martínez. Fdo. Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza. Y OTRO: ROSARIO, 10 de septiembre de 2024. Al escrito cargo Nº 23667/24 se provee: A lo solicitado: oportunamente. Previo a todo trámite notifíquese al demandado FABRICIO CRISTIAN FUNES (D.N.I. 39.370.707) mediante EDICTOS, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber al demandado FABRICIO CRISTIAN FUNES que se lo cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 días y que deberán transcribirse el decreto de fecha 30 de Julio de 2024 y el presente proveído. Fecho, se proveerá lo que por Derecho corresponda. Al escrito cargo Nº 23955/24 se provee: Agréguese la constancia en copia acompañada por el Dr. Franzini. Téngase presente y hágase saber. Fdo. Dra. Luciana Paula Martínez, Jueza. Rosario, 23 de Setiembre de 2024. Dr. Ulises D. Lanza, Prosecretario.
$ 400 528104 Oct. 7 Oct. 9
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Rosario, de Septiembre de 2024 Por disposición de la Sra. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de Rosario, en los caratulados: GONZALEZ, MARCOS LIONEL y Otros c/GIUSTI, MARIO JONATAN y Otros s/Daños y perjuicios; Expte. N° 73/22, 21-11885650-0, se hace saber que por Auto N° 1794 de fecha 10 SET 2024 se ha dictado la rebeldía del demandado Sr. Giusti Mario Jonatan, y declarado por decaído su derecho dejado de usar. Fdo. Dra. Maria Florenci Netri, Secretaria Subrogante - Dra. Susana Igarzabal, Jueza en suplencia.
$ 50 528262 Oct. 7 Oct. 9
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GIMENEZ, EDUARDO MANUEL c/SIVILA, JUAN MARCELO y Otros s/Daños y perjuicios; 21-11886338-8; Trib. Colec. Resp. Extracontractual 6ª Nom. Rosario, 18 de Septiembre de 2024. Atento que el demandado SIVILA JUAN MARCELO, no compareció a estar a derecho ni contestó la demanda, pese a encontrarse debidamente notificado según edicto acompañado, y correspondiendo hacer efectivos los apercibimientos de ley, decláreselo rebelde y désele por decaído el derecho dejado de usar. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Ignacio Aguirre, (Juez De Trámite) - Dra. Valeria Bartolomé (Prosecretaria).
$ 50 528306 Oct. 7 Oct. 9
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Carbajo y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: CORONEL, CARLOS SEBASTIAN s/Pedido de quiebra; CUIJ 21-02975855-4; en los que por Auto N° 549 del 25/04/2021 se declaró la quiebra de Carlos Sebastián Coronel, DNI N° 23.899.890, con domicilio en calle Zuviría N° 6126 de Rosario, y se procedió a 1) Fijar el día 14 de octubre de 2022, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (art. 14 inc. 3) ley 24.522); 2) Fijar el día 1 de diciembre de 2022, para que la sindicatura presente los informes individuales (art. 35 ley 24.522); 3) Fijar el día 15 de febrero de 2022, para que la sindicatura presente el informe general (art. 39 ley 24.522). Sindico: C.P.N. José Ramón Castro, con domicilio en San Martín 791 Piso 1º Of. C de Rosario. Horario de atención: lunes a viernes de 9:30 a 15:30 hs. Noelia E. Mondini, Prosecretaria.
S/C 528213 Oct. 7 Oct. 14
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos: ALGRAN S.R.L. s/Quiebras; 21-01125166-5 (144/2013) se ha dispuesto lo siguiente: ROSARIO, 20/08/2024. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial. A la regulación de honorarios, autos. OTRA: RESOLUCIÓN N° 383. ROSARIO, 20/08/2024. RESUELVO: se regulan los honorarios por los trabajos expresados, de la Dra. MARIA ELENA YRIARTE en la suma de $ 1.383.392,91, de la Dra. MANGIAMELI GEORGINA CARLA en la suma de $ 1.291.166,71.-, y del CPN Mangiameli Edgardo Américo en $ 1.936.750,06.-, que serán abonados por quien corresponda. Se hace saber que la tasa a aplicarse será la tasa activa del Banco Nación para operaciones ordinarias, para el caso de existir remanentes conforme el artículo 228 de la LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Federico Lema, Secretario; Dr. Ezequiel Zabale, Juez.
S/C 528324 Oct. 7 Oct. 8
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, y en autos: FRISCIONE, SERGIO ANTONIO c/FRISCIONE, ROSA ELENA y Otros s/Usucapión; (CUIJ 21-02976073-7), se ha dictado lo siguiente: Rosario, 16 de septiembre de 2024. Proveyendo el escrito cargo 10613/24: Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sin que los herederos de ROSA ELENA FRISCIONE, MARIA JOSEFINA FRISCIONE, FAUSTINA AMELIA FRISCIONE, MARIO FRISCIONE, RINALDO FRISCIONE y, ANTONIO JOSE FRISCIONE, hayan comparecido a estar a derecho, se los declara rebeldes siguiendo el juicio sin dársele representación. Ofíciese a los fines de proceder al sorteo de Defensor de Oficio, debiéndose publicar nuevamente los edictos. Fdo. Dr. Sergio A. González, (Secretario); Dr. Luciano D. Carbajo, (Juez). Rosario, Septiembre de 2024.
$ 50 528108 Oct. 7 Oct. 9
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Se hace saber que por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES FIGUIERA S.A.S. s/PEDIDO DE QUIEBRA; Expte. CUIJ 21-02978971-9, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 1007 Rosario, 16/09/2024, aclarada por Resolución Nº 1022 de fecha 17/09/2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES FIGHIERA S.A.S., con domicilio real en calle Ameghino 739 de la localidad de Fighiera e inscripta al Tomo 101, Folio 2620 Nº 455 en el Registro Público de Comercio de Rosario. 2) Calificar la presente causa como pequeña quiebra (artículo 288 de la LCQ). 3) Para sorteo de síndico, ofíciese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, enviando correo electrónico por Secretaría. 4) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes de la fallida existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (articulo 107 Ley 24.522). 5) Disponer que se comunique la presente sentencia al Registro de Procesos Concursales, al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, y demás que correspondan, oficiándose a sus efectos. 6) Ordenar se anote la inhibición general de bienes de la fallida, a cuyo fin se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades y al Registro de la Propiedad Automotor. Asimismo, ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre de la fallida. 7) Prohibir la realización de pagos a la fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. 8) Intimar a la fallida y a los terceros que detenten bienes y documentos de la primera, para que los pongan a disposición de la sindicatura. 9) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida a la fallida, y su posterior entrega a la Sindicatura, oficiándose a tales fines, haciéndole saber a la sindicatura que deberá cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 de la LCQ. 10) Hacer saber a los socios de la fallida que sólo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la Ley 24.522, ordenando se efectúen las comunicaciones necesarias a los fines del cumplimiento de la citada disposición legal. 11) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose en posesión de los mismos a la sindicatura, librándose los despachos pertinentes. 12) Ordenando la publicación de edictos prevista por el artículo 89 de la LCQ, en el BOLETÍN OFICIAL. 13) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra el fallido, a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522, librándose los despachos pertinentes a los juzgados en lo Civil y Comercial de Distrito, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual, y de Familia, a efectos de hacerles saber de la presente, y requerirles que informen si la fallida es actora o demandada en algún juicio tramitado por ante su dependencia, los datos del expediente, su ubicación actual y, de corresponder, se ordene la remisión a este juzgado. 14) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina y ordenar que todas las notificaciones por cédula se deberán realizar a través de Oficial Notificador, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o por el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda, pues por razones de transparencia, eficacia, idoneidad y seguridad, no se autorizará en ningún caso la notificación postal contemplada en el art. 66 del CPCCSF. 15) Notificar a la API. (a los fines del art. 29 del Código Fiscal), a la AFIP-DGI, a la Municipalidad del domicilio de la fallida y demás reparticiones que fuere menester, de la presente resolución. 16) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la fallida, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. 17) Hacer saber al síndico que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución (AFIP-DGI, API, Municipalidad del domicilio del fallido, Registro Público de Comercio, Registro de Procesos Universales, Policía Federal, Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Nacional, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Correo Oficial de la República Argentina, Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y Banco Central de la República Argentina) deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones para la fecha de presentación de los informes individuales, bajo apercibimientos de ley. 18) Librar mandamiento al Oficial de Justicia correspondiente para que conjuntamente con la sindicatura, realice un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales- y proceda a la incautación prevista por el art. 177 de la LCQ. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Fernando Mecoli (Juez) - Dra. Sabrina Rocci (Secretaria). Rosario, 24/09/2024. Dr. Fernando Adrián Bitetti, Prosecretario.
S/C 528277 Oct. 7 Oct. 14
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MARISCOTTI, PEDRO c/GÜENA, MARTIN s/Otras Diligencias; CUIJ 21-02945029-0, se ha ordenado notificar por edictos la declaración de rebeldía de la parte demandada, quien ha sido emplazada y no ha comparecido a estar a Derecho. A tal fin se transcribe el decreto que ordena la medida: Rosario, 24 de Abril de 2024. Informándose verbalmente por Secretaría en este acto que la parte emplazada no ha comparecido a estar a Derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dr. Maximiliano Cossari (Juez); Dra. Gabriela Almará, (Secretaria).
$ 50 528164 Oct. 7 Oct. 8
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El Sr. Juez de 1ra. Inst. de Distrito Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: MUTUAL DE SOCIOS DE LA ASOCIACION MEDICA DE ROSARIO c/TELLO COLL, MARIANO s/Juicio Ejecutivo; CUIJ 21-02861850-3, donde ha sido demandado el Sr. Tello Coll, Mariano han dictado las siguientes resoluciones: Resolución 412, Tomo 2024. Rosario, 03 de Mayo de 2024. Y VISTOS:...; Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1. Tener por acreditada la existencia de un pagaré en ocasión de un vínculo causal de consumo, y en base a ello, hacer lugar a la demanda, ordenando llevar adelante la ejecución contra la parte, hasta que el actor se haga íntegro cobro de la suma de $ 36.337,16, con más los intereses determinados en los considerandos de la presente, aplicables desde la mora 26/08/2014, y hasta efectivo pago, lo que se detallará por la planilla que practicará la actora; 2.- Imponer s costas a la demandada vencida (art. 251 CPCC), 3.- Los honorarios se regularán e su oportunidad. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. González (Secretario); Dr. Carbajo (Juez).
$ 50 528331 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, se ha ordenado disponer los siguiente: Se publique lo siguiente: Conforme lo dispuesto por el art. 597 CPCG, emplácese por edictos a los herederos de Nirma Mabel Griodano para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimientos de ley. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código citado. Autos caratulados: ALEGRE LUIS ALBERTO c/GIORDANO NIRMA s/Ejecutivo; CUIJ Nº 21-02961452-8. Secretaria. Dr. Bitetti, Prosecretario.
$ 50 528337 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Juzgado de Primer Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, se hace saber que en autos: BLANCO MANSO MARTIN c/MERCADO CARNICEL RAMIRO s/Demanda Ejecutiva; CUIJ 21-00808680-7; Expte. N° 167/15, se ha dispuesto la siguiente según resolución: N° 268, T° 2024, F°- de fecha ROSARIO, 31 de JULIO de 2024: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Ordeno la subasta del automotor dominio IZG-104, en el estado en que se encuentra, es decir, que carece de medalla identificatoria en el sector de grabado de la 3/3 numeración individualizante del motor, lo que deberá ser debidamente anoticiado (conforme se establece en los considerandos) como así también que el adquirente deberá tomar a su cargo el trámite de realizar el grabado de la nueva codificación identificatoria para el motor, asumiendo el riesgo de que es posible realizarlo mientras no aparezcan otras evidencias que hagan encuadrar el hecho en una figura de tipo penal. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. ROSARIO, 19 de Septiembre de 2024: Cargo 11963/24: Ordénase la venta en pública subasta del rodado automotor marca Renault modelo Kangoo Confort 1.5 DCICDMDASVT1P, año 2010, dominio IZG-104, la que realizará el martillero actuante, en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros sito calle Moreno 1546 de Rosario, el día 03 de diciembre de 2024 a las 13:30hs. El automotor saldrá a la venta con la base de $ 6.500.000, y de no haber postores por la base, seguidamente saldrá a la venta con una última base de $ 3.250.000, adjudicándose al último y mejor postor. Quien resulte el mejor y último postor, deberá abonar en el acto de la subasta la suma de $ 30.000 del precio de su compra con más el 10% de comisión de ley, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del BCRA, por lo cual, de superar el importe de $ 30.000 en lo que excede dicho monto, deberá realizarse por transferencia interbancaria en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados en una cuenta judicial para estos autos dentro de las 48 horas de realizada la subasta procediéndose a la entrega de la unidad una vez acreditado el pago total de precio. El Martillero deberá realizar la denuncia de venta por subasta, una vez efectuada la misma. El automotor saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, es decir, que carece de medalla identificatoria en el sector de grabado de la numeración individualizante del motor, y el adquirente deberá tomar a su cargo el trámite de realizar el grabado de la nueva codificación identificatoria para el motor, asumiendo el riesgo de que es posible realizarlo mientras no aparezcan otras evidencias que hagan encuadrar el hecho en una figura de tipo penal. Luego del remate no se aceptará reclamo alguno y se remata con la condición especial de venta que las deudas por impuestos, patentes y multas que pesen sobre el automotor, y gastos que graven la venta, como asimismo su retiro y traslado son a cargo del adquirente, advirtiéndose que luego del remate no se aceptará reclamo alguno por insuficiencia de documentos y/o fallas de funcionamiento. El IVA si correspondiere quedará incluido en el precio de venta. Hágase saber a los posibles interesados y a la parte demandada que se fija el día hábil anterior a la fecha de subasta, en el horario de 15 a 18 horas en el domicilio de calle Gualberto Venecia Nº 80 de Rosario, para la exhibición del vehículo. Cumpliméntese con la publicidad de ley en la forma solicitada. Publíquense los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los arts 494 y 495 del CPCC y permanecerá en Secretaría. Hágase saber que al momento de subastar deberá estar glosado al expediente certificado 02 vigente. Fdo. Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. ROSARIO, 25 de Septiembre de 2024. Cargo 12399/24: Atento lo informado, déjese sin efecto la fecha y hora de subasta dispuesta por decreto del 19/09/24, y en su lugar, fíjese como nueva fecha de subasta el día 04 de noviembre de 2024 a las 12:00hs. Téngase presente los nuevos días y horas fijados para mostrar la unidad. Fdo. Dra. Marianela Godoy, Secretaria; Dra. Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Cecilia G. Vaquero, Prosecretaria.
$ 250 528336 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Dr. Verónica Gotlieb (Jueza) del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL c/BUONO, MARINA ALEJANDRA s/Juicio Ejecutivo; CUIJ 21-02936762-8, se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 07/09/2023. En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión 5SISFE (CSJSF, Acta N° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Téngase presente lo informado. Procédase a efectuar la citación a comparecer a estar a derecho de la demandada Marina Alejandra Buono, DNI 30.985.609, mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales según dispone el art. 73 del CPCC. Lucas Menossi, Secretario - Juzg. de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ra. Nom. Rosario. Dra. Verónica Gotlieb, Jueza - Juzg. de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil 13ª Nom. Rosario. Lucas Menossi, Secretario. Rosario, 17 de Setiembre de 2024.
$ 250 528330 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo C. M. Quaglia en los autos caratulados: JURE NAIM CARLOS s/Sucesión - Reconstrucción; Expte. N° 21-01559497-4, se hace saber que se ha ordenado: Rosario, 16 de Septiembre de 2024. Con los autos a la vista, al escrito cargo N° 994/24 se provee: Agréguense las constancias acompañadas. Sin perjuicio de ello y a los fines de evitar futuras nulidades, atento el fallecimiento de la coheredera denunciada, emplácese por edictos a los herederos de la Sra. ROSALIA ASUNCIÓN BAMBINA VALENTI para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley (art. 597 CPCCSF), haciendo saber que deberá cumplimentar con lo normado por el art. 67 CPCCSP (forma de redacción de los edictos) y art. 73 CPCCSF (consignando en el edicto a publicar los plazos del emplazamiento). Fdo. Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez), Dra. María Karina Arreche (Pro-Secretaria). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar a los herederos de NAIM CARLOS JURE para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 25 de septiembre de 2024.
Dra. María Karina Arreche, Secretaria Subr.
$ 100 528346 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ª Nominación de Rosario, se hace saber que en autos: PS CAFE S.R.L. s/Concurso Preventivo; Expte. CUIJ 21-02945315-9, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: N° 730 - Rosario, 05-07-2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Dar por concluido el concurso preventivo de “PS CAFE SRL” por cumplimiento del acuerdo. 2) Hacer cesar la intervención de la sindicatura y regular sus honorarios en base a lo establecido en el art. 289 in fine de L.C.Q, a la CPN Patricia Susana Ferullo, CUIT 27-23674840-0, en la suma de $ 51.400,25 (pesos cincuenta y un mil cuatrocientos con veinticinco centavos). 3) Canceladas las costas de los presentes, disponer el levantamiento de la inhibición general y demás cautelares y/o interdicciones ordenadas mediante resolución N° 1102 de fecha 24/08/2021, oficiándose a sus efectos. 4) Publicar edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL y diario “El Tribunal de Comercio”. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Fernando A. Mecoli, (Juez); Dra. Sabrina Rocci, (Secretaria). Secretaría, 25 de septiembre de 2024. Dr. Bitetti, Prosecretario.
$ 50 528276 Oct. 7
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Por disposición de la Dr. Lucrecia Mantello (Jueza) del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 5ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL c/LEMOS, JULIO CESAR RAMON s/Juicio Ejecutivo; CUIJ 21-02861040-5, se ha dictado lo siguiente: ROSARIO, 04/05/2017. AUTI N° 653, FALLO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga integro cobro de la suma reclamada, con más los intereses que se establecen en el equivalente a la tasa activa capitalizada del Banco de la Nación Argentina, en las operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 CPCCSF). 3) Regular los honorarios del Dr. Gerardo San Martino en la suma de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS ($ 7.300) (4,70 unidades jus) (art. 7 inc 2 B Ley 6767). Los mismos llevaran un interés equivalente al 6% anual sobre el monto actualizado. Insértese y hágase saber; (CUIJ 21-02861040-5). Dra. Silvina L. Rubulotta, Secretaria Juez en suplencia. Rosario, 04 de Noviembre de 2021. De manifiesto en Oficina por el término y apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Dra. Silvina Rubulotta, (Secretaria). Rosario, 24 de Julio de 2024.
$ 50 528328 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Dr. Nicolás Villanueva (Juez) del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 4ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: SAN MARTINO, GUSTAVO GABRIEL c/SILVERO, ENRIQUE HERNAN s/JUICIO EJECUTIVO; CUIJ 21-02936775-9, se ha dictada lo siguiente: ROSARIO 22/02/2021. Por presentado, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocada a mérito del poder general acompañado en copias certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 03 días y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo -en proporción de ley- sobre los haberes o remuneraciones que el demandado perciba como dependiente de SISEG ROSARIO S.R.L. hasta cubrir la suma de $ 80.000, con más la de $ 24.000, estimada provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifique la Oficina respectiva. Resérvese en Secretaria el sobre acompañado. Insértese y hágase saber. Dra. Daniela A. Jaime, Secretaria Juez. Rosario 04/07/2023. Agréguese la cédula acompañada. Informando verbalmente la actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, no obstante estar debidamente notificada, así como que no existen escritos pendientes de agregación, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifique por cédula; (Art. 62 inc. 5 CPCC) Dra. Daniela A. Jaime; Dr. Nicolás Villanueva, Secretaria Juez. Rosario, 21 de Agosto de 2024.
$ 50 528329 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Juez Alejandro Marcos Andino en los autos: SENGOKU HAYAS HIDA c/RODRIGUEZ JACINTO y Otros s/Escrituración; CUIJ 21-25337759-0, tramitados por ante el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ª Nom. de Rosario, se ha dictado sentencia, la que se transcribe en sus comienzos y partes dispositivas Tomo 2024. Resolución Nº 588 - San Lorenzo, 17 de Abril de 2024. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Rechazar por improcedente la excepción de falta de personería, con costas. 2) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenar a los herederos de los Sres. JACINTO VENTURA RODRIGUEZ, GERMAN ALBERTO RODRIGUEZ, SUSANA HAYDEE RODRIGUEZ, BEATRIZ SOFIA RODRIGUEZ, RENE JACINTO RODRIGUEZ y NOEMI NELLY RODRIGUEZ a realizar todo acto material y jurídico a los efectos de que como titulares dominial, otorguen la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble conforme la siguiente descripción: los lotes de terrenos N° 4 y N° 18 de la manzana N° II cuyo Dominio constan inscriptos al T° 48 E° 427 N° 44805 de la ciudad de San Lorenzo, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, conforme la siguiente descripción, el lote N° 4 se encuentra compuesto de 10 metros de frente por 50 metros de fondo lindando por su frente al Norte con calle Frondizi, al Sur con fondos del Lote N° 18, al Este con el Lote N° 5 al Oeste con parte del fondo del lote N° 23, fondos del Lote N° 24 N° 3; y el Lote N° 18 compuesto de 10 metros de frente por 50 metros de fondo lindando al Norte con fondos del Lote N° 4, al Sur con calle Napoleón Peña, al Este con el Lote N° 17 y al Oeste con parte del fondo del Lote N° 23, fondos del Lote N° 22 y Lote N° 19. Plano N° 65776/50, contados a partir de la notificación de la presente por edictos (arts. 67; 597 cpccsf) y por cédula al domicilio real de los causante; 2) Imponer las costas principales a la demandada (art. 251 cpccsf); 3) Diferir la regulación de honorarios conforme valuación del inmueble y estimación de los profesionales. Dése intervención a las Cajas Profesionales. Insértese, dése copia y hágase saber. Fdo. Dra. Luz M. Gamst (Secretaria); Dr. Alejandro Marcos Andino, (Juez). Tomo 2024. Resolución Nº 956. San Lorenzo, 29 de Mayo de 2024. VISTOS: Estos autos caratulados: SENGOKU HAYAS HIDA c/RODRJGUEZ JACINTO Y OT s/Escrituración; Expte. N° 21-25337759-0. CONSIDERANDO: las constancias de autos, la sentencia Nº 588 dictada en autos en fecha 18/04/2024 y lo peticionado mediante escrito cargo N° 8322. En virtud de lo normado por el art. 248 cpccsf. Por lo expuesto; RESUELVO: ampliar la sentencia N° 588 en su parte resolutiva apartado 2) y consignar: otorguen la escritura traslativa de dominio a favor de la Sra. SENGOKU HAYASHIDA FLORA, titular del documento nacional de identidad N° 18.758.122. Insértese, dése copia y hágase saber. Fdo. Dra. Luz M. Gamst, (Secretaria) y Dr. Alejandro Marcos Andino, (Juez).
$ 338,20 528218 Oct. 7 Oct. 9
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El Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Luciano A. Ballarini, hace saber que dentro de los caratulados: BELLESI, DAMIAN EMILIANO c/MARCOS FERNANDEZ S.R.L. DEL SOL y Otros s/Juicio Ejecutivo; C.U.I.J. N° 21-12636120-0, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 27 de Mayo de 2024. La liquidación oportunamente practicada fue puesta de manifiesto por el término de ley y no ha sido observada por la contraparte pese a estar debidamente notificada por cédula de fs. 117 y edicto de fs. 122. Atento la ausencia de observaciones de la contraparte a la liquidación practicada por el término de ley; corresponde conforme las constancias de autos APROBAR LA PLANILLA que asciende a la suma de $ 137.941,88 (Ciento treinta y siete mil novecientos cuarenta y un pesos con 88/100 cent.). Fdo. Dra. María Elvira Longhi, Secretaria; Dr. Luciano A. Ballarini, Juez. Rosario, 25 de Septiembre de 2024.
$ 50 528236 Oct. 7 Oct. 14
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Por disposición de la Juez de Circuito de la 4ª Nominación de Rosario, Dra. Claudia Ragonese, Secretaría de la Dra. Paula Heltner, dentro de los autos caratulados: MONZON, JAVIER IGNACIO y Otros c/GIANSERRA, ERCILIO NICOLAS s/Usucapión; CUIJ 21-02960552-9, se ha dispuesto que la parte emplazada, los herederos de Ercilio Pedro Gianserra, atento a que no han comparecido a estar a Derecho, se declara su rebeldía. Siga el proceso sin dárseles representación (art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial). Fdo. Paula Heltner, Secretaria, Dra. Claudia Ragonese, Juez.
$ 50 528112 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, dentro de los autos: TOURNIER LUCIANO MANUEL c/AGUIRRE, MARIA SATURNINA s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-01237791-3, se ha ordenado notificar la declaración de Rebeldía de los herederos de María Saturnina Aguirre, DNI 1.765.714, quienes no han comparecido a estar a derecho pese a encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, ordenándose la prosecución del juicio sin su representación. Fdo. Dr. Fernando Mecoli, (Juez); Dra. Sabrina Rocci (Secretaria). Rosario, 30 de agosto de 2024.
$ 50 528125 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª Nominación de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados: TUROLDO, ROMINA SOLANA c/ABSOLON S.A. s/DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO; CUIJ 21-02976267-5, se cita y emplaza a ABSOLON S.A., CUIT 30-71606678-5, a fin de que comparezca a estar a derecho, por el término y bajo apercibimiento de ley. A continuación, se transcriben los decretos que así lo ordenan: Rosario, 01/12/2023. (...) Por iniciada formal DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO contra Absolon S.A., que tramitará según las normas del proceso ordinario, encuadrado en la Ley 24240 en virtud de la complejidad de las cuestiones ventiladas (arts. 396 y concordantes del CPCC). Cítese y emplácese al demandado por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC) (...) - Fdo. Dra. Mónica Klebcar, (Jueza) y Rosario, 16/09/2024. Previo a lo solicitado, notifíquese por edictos - Fdo. por Dra. Mónica Klebar (Jueza) y Dra. Marianela Godoy (Secretaria).
$ 50 528139 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Rosario, se ha ordenado citar y emplazar a estar a derecho por edictos a los herederos del causante DE LA CRUZ AVALOS, RAMON, D.I. 1.617.106, para que comparezcan a estar a derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley, por un día para que los acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos: ARAUJO, ABEL c/DE LA CRUZ AVALOS RAMON s/Usucapión; CUIJ 21-02892959-2. Rosario. Dr. Arturo Audano, Secretario.
$ 50 528084 Oct. 7 Oct. 9
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Se hace saber que, dentro de los caratulados: VOLANTE, MARINA c/LEVIT, NORA BEATRIZ s/Prescripción adquisitiva; CUIJ N° 21-23402167-9, de trámite por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Circuito N° 3 de Rosario, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 02 de Mayo de 2023. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, con patrocinio letrado, désele la participación de ley que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio sumario (art. 408 ss. y cc del CPCC). Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen en su caso respecto del domicilio del titular registral informado por el Registro General de Propiedades. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 del CPCC. Fdo. Dra. Ana Belén Curá (Secretaria) y Dra. Cecilia A. Camaño (Jueza). Ana Belén Curá, Secretaria.
$ 50 528083 Oct. 7 Oct. 9
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nom. de Rosario, dentro de los autos caratulados MAZZOLENI, ROCIO BELEN c/CERCHIARA, MATAS EMANUEL s/Otras Diligencias; CUIJ 21-02981762-3 ha ordenado la siguiente providencia: Rosario, 24 de mayo del 2024. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, con patrocinio letrado, désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por vía del juicio Sumarísimo. Cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho, contestar demanda y a ofrecer prueba, por el término y bajo los apercibimientos de ley. De la misma vista al Sr. Agente Fiscal y al Asesor del Registro Civil. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes durante dos meses. A la testimonial, fíjese audiencia a tal fin para el día 28 de junio de 2024, a las 10:00 horas. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado, Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12.851. Notifíquese por cédula, Fdo. Dra. Susana Silvina Gueiler, Jueza; Dra. Patricia Beade, Secretaria. Publíquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL sin cargo, en virtud del patrocinio ejercido por el Sr. Defensor General. Rosario, 17 de Setiembre de 2024. Dra. Melisa A. Lobay, Prosecretaria.
S/C 528103 Oct. 7 Oct. 9
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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 6ª Nominación de Rosario, en la causa: BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO c/PENA, VALERIA EVELYN s/Demanda Ejecutiva; CUIJ N° 21-02965713-8, se hace saber a la Sra. Valeria Evelyn Pena, DNI 24.475.718, que se ha dictado el siguiente auto: Rosario. 21 de agosto de 2024 No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Mecoli (Juez); Dra. Rocci, (Secretaria). Rosario, 18 de septiembre de 2024. Fdo. Dra. Rocci (Secretaria). Dr. Bitetti, Prosecretario.
$ 50 528082 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha dictaminado la declaración de Rebeldía de los herederos del causante ESTEBAN FLORO MASONI (L.E. 2.060.056), siguiendo el juicio sin su representación. Todo así ordenado según el siguiente decreto: rosario, 06 de Agosto de 2024 Atento lo informado precedentemente, siendo que los herederos de Esteban Floro Masoni no han comparecido a estar a derecho, decláreselos rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Publíquense edictos en el Boletín Oficial. Autos caratulados: SANDOVAL, MARISA NOEMI c/MASSONI, ESTEBAN FLORO y Otros s/Escrituración; (CUIJ N° 21-02955773-7. Fdo. Dra. María Sol Sedita, (Secretaria); Dra. Mónica Klebcar, (Jueza en suplencia). Rosario, 27 de Agosto de 2024.
$ 50 528081 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimocuarta Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, en autos caratulados: DE BENEDETTO OSVALDO ANTONIO c/INCO S.A. s/Prescripción Adquisitiva; Expte. 408/2012, CUIJ 21-01561141-0, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: N° 289. Rosario 01 de agosto de 2024. y VISTOS:... y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la acción de usucapión promovida en autos respecto del inmueble descripto de la siguiente manera: inmueble inscripto al Tomo 381 A, Folio 6, N° 123956 de la ciudad de Rosario, Lote “2” de la manzana “H” del plano N° 114976/84, U3, parcela 00-03, ubicada en calle Pasaje Chela Silva (ex 402) N° 5008 “A” de la ciudad de Rosario. 2) Imponer las costas a la actora en los términos planteados en los fundamentos. 3) Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se acompañe avalúo fiscal del inmueble objeto de la litis correspondiente al año en curso. Insértese y hágase saber. Fdo. Marcelo Quaglia, (Juez); Dra. Ma. Valeria Beltrame (Prosecretaria). Secretaría, 28 de agosto de 2024. Dra. María Karina Arreche, Secretaria en suplencia.
$ 50 528192 Oct. 7
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, se ha ordenado: citar al ausente MACIEL, AARON STEVIE IVAN, DNI 44.994.947. El decreto que ordena el presente en su parte pertinente reza Cítese al ausente por edictos que se publicarán una vez por mes durante seis meses en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, de conformidad con lo dispuesto por el art. 88 del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación: MACIEL, AARON STEVIE IVAN s/Ausencia con presunción de fallecimiento; 21-02985352-2. Fdo. Dra. Marianela Maulion, Secretaria. Dr. Mauro R. Bonato, Juez. Rosario, 26 de Setiembre de 2024.
$ 50 528221 Oct. 7
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de la Ciudad de Rosario, dentro de los autos caratulados: UNIÓN PROVINCIAL ASOCIACIÓN MUTUAL s/Concurso Preventivo; CUIL N° 21-02978141-6, se ha dictado la resolución Nº 831 de fecha 19/09/2024 en la que se resolvió: Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: RESUELVO: 1. Acoger el pedido de prórroga solicitado por el órgano sindical, y consecuentemente con ello, fijar como nueva fecha para la presentación del informe individual el día 04 de octubre de 2024. Fijar como nueva fecha para la presentación del informe general el día 19 de noviembre de 2024. Fijar el día 29 de abril de 2025 para la terminación del Período de Exclusividad y designase fecha de Audiencia Informativa para el día 22 de abril de 2025 a las 11.30hs. 2. Publíquense edictos de conformidad a lo dispuesto por los arts. 27 y 28 de la L.C.Q., por el término de cinco días en los Boletines Oficiales de las provincias donde opera la firma concursada Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Nicolás Villanueva, (juez); Dra. Daniela Jaime, (Secretaria). Rosario, 28 de Septiembre de 2024.
$ 250 528196 Oct. 7 Oct. 14
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En autos caratulados: ROMERO CARLOS DANIEL c/CLEANER SOLUTIONS S.R.L. s/Ejecutivo; CUIJ 21-02935699-5, que tramita por ante este Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ª Nominación de Rosario, sito en calle Balcarce Nº 1651 Piso 1º de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a mi cargo Dr. Mauro Bonato, Secretaría de la Autorizante Dra. Marianela Maulión, se ha dispuesto publicar mediante edictos la siguiente resolución: Rosario, 3 de Junio de 2022. Agréguense constancias acompañadas. No habiendo comparecido la parte demandada CLEANER SOLUTIONS S.R.L. a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Líbrese oficio Ley 22.172 al Consejo de la Magistratura a fines que informe lo requerido. Asimismo, líbrese oficio al Banco Municipal de Rosario, a los fines de colocar los fondos depositados en los presentes a plazo fijo renovables automáticamente cada 30 días. Fdo. Dr. Bonato. Juez. Dra. Maulión, Secretaria. Rosario, 26 de Setiembre de 2024.
$ 100 528259 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Ezequiel Zabale (Juez); Secretaría del Dr. Federico Lema, se hace saber que dentro de los autos CAMPODONICO, VIRGINIA ALEJANDRA c/GRASSO, FELIPE s/Usucapión; (CUIJ 21-02963298-4) Expte. 715/22, se dictó sentencia Nº 408 cuya parte resolutiva se transcribe al efecto: Rosario, 06.09.2024. Y Vistos:...; Y Considerando:...; Fallo: 1.) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarando adquirido por usucapión a favor de Virginia Alejandra Campodonico, desde el 28 de octubre de 2005, el inmueble ubicado en la localidad de Soldini, Manzana B, Lote 31, Provincia de Santa Fe, y cuya descripción según plano de mensura archivado bajo el N° 223480/19 es la siguiente: se encuentra ubicado en la calle María Auxiliadora entre calle Virgen del Rosario y calle Sarmiento. Ubicado a los 63,52 metros de calle Sarmiento hacia el Sureste. Es el Lote N° 31, sus medidas y linderos son los siguientes: SO; Lado AB mide 43.00 metros, linda con Mateo S. Franolich; NO; Lado BC mide 12.06 metros, linda con Claudio A. Patiño y Otra; NE; Lado CD mide 43.00 metros, linda con Diego D. Carrieri y Otra; SE; Lado DA mide 12.06 metros, linda con calle María Auxiliadora. Encierra una superficie de 518,58 m2 (quinientos diez y ocho metros cuadrados con cincuenta y ocho decímetros cuadrados). Vértice A: 90º00’00”, Vértice B: 90º00’00”; Vértice C: 90º00’00”, vértice D: 90º00´00”. El inmueble se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad a nombre de Felipe Grasso, en el Tomo 434 B, Folio 187, Número 162443 de fecha 1973. Depto. Rosario; y empadronado en el Servicio de Catastro e información Territorial bajo el número de Partida de impuesto inmobiliario 16-07-00-339956/0019-3. 2.) Imponer las costas a la actora. 3.) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto acompañen copia actualizada de su situación ante A.F.I.P. y se acredite la cuantía del pleito. Insértese y hágase saber. Posteriormente se dictó la aclaratoria Nº 410 de fecha 05.09.2024 que dice: Y VISTOS:..., Y CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1.) Aclarar la sentencia N° 408, en el sentido que la fecha de emisión de la misma es 05 de septiembre y no como por error se consignó. Insértese y hágase saber.Dr. Federico Lema, secretario subrogante.
$ 100 528219 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Señor Juez de 1ª Inst. de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, en autos: ESCOBAR, CLARA MAXIMINA c/PLEMICH DE SALGADO, OLGA Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva; C.U.I.J. N° 21-02969796-2, se hace saber que se dictó lo siguiente: Rosario, Atento lo manifestado, y a los fines de ordenar el proceso y evitar futuras y eventuales nulidades (Art. 21 del C.P.C.C.), estando debidamente notificada y no habiendo las demandadas comparecido a estar a derecho, decláreselas rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dr. Federico Lema (Secretario); Dr. Ezequiel M. Zabale, (Juez). Rosario, 25 de septiembre de 2024.
$ 50 528182 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial N° 13 de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, en los autos BANCO MACRO S.A. c/LOMBARDI ELENA MARÍA y Otros s/Juicio Ordinario; CUIJ 21-02932107-5, se ha ordenado; Rosario, 13 de Febrero de 2023. Agréguese la copia simple acompañada la cual, oportunamente, deberá certificar. Atento lo peticionado, cítese y emplácese a los herederos o sucesores de Fiorino Travassi, DNI N° 5.970.439, a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley en los términos del art. 597 CPCC. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales por el término de ley. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb, (Jueza); Dr. Lucas Menossi, (Secretario). Rosario.
$ 50 528181 Oct. 7 Oct. 9
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario a cargo de la Dra. Lucrecia Mantello, Secretaría de la Dra. Silvina L. Rubulotta, en los autos caratulados: DROROS S.R.L. s/Concurso Preventivo; (CUIJ Nº 21-02902654-5) ha dictado lo siguiente: Resolución Nº 551 de fecha 11/09/2024. Y VISTOS... Y 1) Declarar la finalización del presente concurso preventivo (Art. 59, 1° Párr. LCQ). 2) Dar por concluida la intervención de la Sindicatura. 3) Publicar edictos por un día en el Boletín Oficial y Diario El Jurista. 4) Oficiar al Registro General, al Registro de la Propiedad del Automotor y a las reparticiones que fuere menester a fin de levantar la inhibición general de bienes que pesa sobre la concursada y demás medidas que pudieran haberse trabado con motivo de la presentación en concurso preventivo. Autorízase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Nallino (Prosecretaria); Dra. Lucrecia Mantello (Jueza).
$ 50 528293 Oct. 7
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civ. y Com. de la 13ª Nominación de Rosario, SE NOTIFICA al demandado LEONARDO ARIEL PRINGLES, DNI 32.331.873, dentro de los autos caratulados ABDALA, JUAN IGNACIO c/B.P.M. S.R.L. y otros s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 21-02930366-2, de lo siguiente: En la ciudad de Rosario, a los 29 días del mes de agosto de 2024, siendo día y hora hábil de audiencia de conciliación y proveído de pruebas dentro de los autos ABDALA, JUAN IGNACIO c/BPM SRL y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ 21-02930366-2, estando S.S. en su despacho, comparece: Por el actor Juan Ignacio Abdala (DNI 36.736.607) su apoderado Dr. Germán Darío Serjoy. Por el demandado Leonardo Ariel Pringles el defensor de oficio, Dr. Andrés Alberto Pienizzio. Fracasada la instancia conciliatoria, se designa audiencia de producción de prueba para el día 27/11/2024 a las 11 horas, y se provee la prueba ofrecida por el actor Juan Ignacio Abdala (escritos cargo N° 3626/2020, 1865/2021 y 9196/2024): (...) 4. Confesional: a fin de obtener la absolución de posiciones de los demandados a tenor del pliego reservado en el sistema de gestión bajo escrito cargo N° 9197/2024, cítaseles a comparecer a la audiencia de producción de prueba supra establecida bajo apercibimiento de que si dejaran de concurrir sin justa causa serán tenidos por confesos (art. 162 CPCC). Hágase saber que la suscripta podrá emplear el método de libre interrogación en uso de las facultades que otorgan los arts. 21 y 165 del CPCC. (...) 6. Intimativa: intímese a las demandadas a acompañar la copia de la documental referida en los términos dispuestos por el art. 173 y bajo los apercibimientos del art. 174 del CPCC, dentro del término de 30 días corridos contados desde la presente. Fdo. Dr. Lucas Menossi, Secretario. Dra. Verónica Gotlieb, Jueza. Juzg. de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 13ª Nom. de Rosario - Santa Fe. Por lo dispuesto, se notifica al demandado que deberá acompañar la siguiente documental requerida: contrato de transferencia del comercio “Complejo Roma”, sito en calle Av. Pellegrini 922 de Rosario, que fuera habilitado por la Municipalidad de Rosario luego de la transferencia, a titularidad de BPM SRL conforme Permiso 3883/2017; ello bajo apercibimiento del art. 174 CPCC que se transcribe: ARTICULO 174. Si el litigante citado en forma no exhibiere el documento ni prestare el juramento o afirmación o, aunque lo prestare, si se comprobare la existencia del mismo en su poder, se tendrá por exacta la copia que hubiera presentado el que solicitó la exhibición del original o podrán ser tenidas como exactas las afirmaciones que hubiere hecho sobre su contenido. Además, se hace saber que deberá comparecer al Juzgado de 1a Instancia de Distrito en lo Civ. y Com. de la 13ª Nominación de Rosario en fecha 27 de
Noviembre de 2024 a las 11 horas, a absolver posiciones, bajo apercibimientos del art. 162 del CPCC que seguidamente se transcribe: ARTICULO 162. Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no compareciera sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando esta exista o si compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquél. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirá en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el Juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente. Publíquese el Edicto con beneficio de gratuidad. Rosario, 19 de Septiembre de 2024. Lucas Menossi, Secretario.
S/c 528299 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Villa Gobernador Gálvez, Secretaría única, se hace saber que en los autos CHAME, MARISA NATALIA c/NUÑEZ, ALFREDO ROBERTO y Otros s/Apremio; (CUIJ N° 21-22899046-6), se ha dictado sentencia por la cual se resuelve: Protocolo 2024. Nº 938. Villa Gobernador Gálvez, 04/09/2024. RESUELVO: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución contra: a) ALFREDO ROBERTO NUÑEZ (DNI Nº 16.515.195), b) LÁZARO LEONEL GUTIERREZ (DNI Nº 33.449.750), c) JESICA ALEJANDRA VEGA (DNI Nº 32.920.688), d) EMILIANO GASTÓN SALGADO (DNI Nº 33.123.550), hasta tanto la parte actora se haga íntegro cobro de los importes reclamados conforme lo expresado en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas al vencido (art. 251 CPC y C Santa Fe). 3) Diferir la regulación de honorarios hasta su oportunidad Insértese y hágase saber. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Federico Svilarich, Secretario; Dr. Sebastián José Rupil, juez.
$ 50 528343 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito de la 5ª Nominación de Rosario, en los autos caratulados: LUCCO, IVAN c/FONTANET, MATEO y Otros s/Escrituración; CUIJ N° 21-02872342-0, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 1 de abril de 2022. Agréguense las copias simples adjuntas, que oportunamente deberá certificar o acompañar en original para su agregación a las actuaciones. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que Margarita Maryli Fontanet no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Juez), Lucas Menossi (Secretario). En la ciudad de Rosario y en la fecha asignada en el sistema de gestión SISFE (CSJSF, Acta N° 14 de fecha 13-05-20 pto. XV) se provee: Agréguense las constancias acompañadas. En virtud del fuero de atracción sucesorio, remítanse las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Rosario sirviendo el presente de atenta nota de estilo. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Juez), Dr. Lucas Menossi (Secretaria). ROSARIO, 27 de Junio de 2023. Por recibidos. Hágase saber el juzgado que entenderá. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 15 de septiembre de 2023. Previamente, a fines de evitar futuras y eventuales nulidades y a fines de reordenar el procedimiento: 1) acredítese la notificación del decreto de fecha 04.11.2021 (f. 155) a la co-demandada Catalina Huguet; 2) advirtiéndose que por escrito cargo N° 13637/18 (ts. 88/89) se ha contestado la demanda por parte de la señalada codemandada, déjese sin efecto el decreto de fecha 16.12.2021 y en su lugar se provee: Por contestada demanda. Del planteo de prescripción, córrase traslado. 3) advirtiéndose que Margarita Fontanet compareció en su carácter de heredera de Mateo Fontanet, conforme lo normado por los artículos 2325 y 2354 CCCN, acredite la designación de administrador de la herencia o bien el consentimiento de la totalidad de los herederos (con unificación de personería), bajo apercibimiento de declararse la rebeldía de los sucesores de Mateo Fontanet; 4) acorde lo mencionado supra, déjese sin efecto el decreto de fecha 01.04.2022 en cuanto establece Informando verbalmente el actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que Margarita Maryli Fontanet no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula, revóquense los decretos de fecha 11.02.2022, 25.02.2022, 30.03.2022, 23.05.2022, 04.07.2022, 04.08.2022, 15.09.2022, 09.11.2022, 23.11.20221 28.11.2022, 05.12.2022, 03.12.2023 y déjense sin efecto las audiencias de fecha 22.03.2022 y 03.08.2022. Fdo. Dra. Lucrecia Mantello (Juez), Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 26 de abril de 2024. Atento a la notificación automática de la providencia atacada y a la extemporaneidad de los recursos, a la revocatoria y apelación en subsidio no ha lugar. Fdo. Juez en suplencia. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 30 de abril de 2024. Sin perjuicio de lo ordenado en fecha 26-04-24, al escrito cargo 3987/24; por contestado el traslado corrido, si en tiempo y forma estuviera. Fdo. Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). N° 283. Rosario, 03/05/2024 Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Revocar el decreto de fecha 26.04.2024 y en su lugar disponer; A la revocatoria interpuesta contra el decreto de fecha 15.09.2023, informe de Mesa de Entradas. 2) Desestimarla nulidad del decreto de fecha 15.09.2023, debiendo estarse al Informe de Mesa de Entradas precedentemente ordenado. Insértese y hágase saber (LUCCO, IVAN c/FONTANET, MATEO Y OTROS s/ESCRITURACIÓN; CUIJ 21-02872342-0). Fdo. Dra. Lucrecia Mantello, (Juez); Dra. Silvina Rubulotta, (Secretaria). N° 360. Rosario, 22/05/2024. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1. Hacer lugar parcialmente al recurso de revocatoria interpuesto contra el decreto de fecha 15.09.2023, dejando sin efecto su punto 1) y desestimarlo en relación a los puntos 3), 4) y 5), con la salvedad expresada en el considerando IV. 2. Hacer saber que una vez que se haya integrado debidamente la litis, se pondrá a disposición de quien comparezca en representación de los herederos de Mateo Fontanet la prueba producida en autos a los fines de su contralor y eventual ratificación. 3. Concédase el recurso de apelación interpuesto en subsidio, en relación y con efecto suspensivo. Insértese y hágase saber (LUCCO, IVÁN c/FONTANET, MATEO Y OTROS s/ESCRITURACIÓN; CUIJ 21-02872342-0). Fdo. Dra. Lucrecia Mantello (Juez); Dra. Silvina Rubulotta, (Secretaria). Rosario, 07 de agosto de 2024. Previo a todo trámite, acredite la notificación de las presentes actuaciones a los herederos declarados de Mateo Fontanet. Asimismo, atento a la publicación de los edictos (art. 597 C.P.C.C.) publicados y acreditados a fs. 79, procédase a la designación de un Defensor de Oficio. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Lucrecia Mantello (Juez); Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 18 de Septiembre de 2024. No habiendo comparecido la parte demandada (Herederos de Mateo Fontanet) a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Procédase al sorteo de un Defensor de Oficio conforme a lo ordenado en fecha 07-08-24. Ofíciese a efectos de su notificación. Dra. Lucrecia Mantello (Juez); Dra. Silvina Rubulotta (Secretaria). Rosario, 24 de septiembre de 2024.
$ 250 528245 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito 4ª Nominación de Rosario, se ha ordenado publicar edictos dentro de los autos caratulados: ROSSI, LUCIANO ANDRES c/BARRIENTOS DE LOZANO, ESMERIA ELINA y Otros s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ 21-02958899-3, Nº Expediente: 602/2022, a los fines de poner en conocimiento el inicio de la presente acción de Prescripción Adquisitiva que tiene como objeto de la Litis un inmueble inscripto en el Registro General al T° 40713 F° 455 N° 145566. (21/08/1979), Dpto. Rosario, con partida de impuesto inmobiliario N° 16-02-00 335.415/0962; sito en la localidad de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe, designado con el lote N° 3, Manzana “30”, Zona N° 1, Barrio: 07 Santa Rita, ubicado en calle Formosa N° 473 entre calles Las Malvinas y El Rosedal, acción incoada contra la titular registral del inmueble Doña Esmeria Elina Barrientos de Lozano, titular del DNI N° 5.557.400, de apellido materno Pineda, y contra los sucesores universales o particulares de la misma, en caso de que los hubiera. Fdo. Dra. Claudia A. Ragonese (Jueza); Dra. Paula M. Heltner (Secretaria).
$ 33 526834 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición del Sr. Juez/a de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo y dentro de los autos caratulados: CORUJO, EMILIO OSCAR c/GAMBI, ANTONIO RUBIS s/Escrituración; CUIJ 21-25445483-1, se ha ordenado publicar lo siguiente: San Lorenzo, 19 de Agosto de 2024. Fíjese fecha de audiencia para el sorteo de defensor de oficio para el día 7 de octubre de 2024 a las 9:00 hs. Hágase saber a las partes que los autos deberán quedar reservados en el Juzgado, en la oficina correspondiente, dos días hábiles, antes de la fecha del sorteo y deberán anunciarse en la Mesa de Entradas que los autos se dejan para efectuar dicho sorteo con las respectivas notificaciones bajo apercibimientos de no realizarse el mismo. Notifíquese por Edictos que se publicarán tres veces. El término vencerá cinco días después de la última publicación, conforme lo ordenado art. 73 del CPCC. Fdo. Dra. Luz Maria Gamst, Secretaria. Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez.26-08-24.
$ 33 526833 Oct. 7 Oct. 9
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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 12 de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados: RUDOLE ERIKA c/ABALOS CARLOS MARTIR, s/DEMANDA INYUCCIONAL; CUIJ 21-23844258-0, ha ordenado publicar en los Estrados del Tribunal a los fines de hacer saber al Sr. CARLOS MARTIR ABALOS, LE Nº 5.952.479, CUIT 20-05952479-9 el siguiente decreto que a continuación se transcribe: San Lorenzo, 27 de Junio de 2022 Previo a decretar lo peticionado y atento el tiempo transcurrido sin impulso procesal, se provee: Continúen los presentes según su estado. Notifíquese al domicilio real debiendo las partes constituir nuevo domicilio legal. De no ser hallada la parte demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien le atienda o vecinos si el mismo vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo proceded a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Fdo. Dr. Marcelo Eduardo Escola, Juez; Dra. Mónica Muchiutti, Secretaria.
$ 33 526832 Oct. 7 Oct. 9
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DON JULIO RODRIGO (DNI 6.003.308) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGO, JULIO Y OTROS S/ SUCESORIO CYC 13” CUIJ 21-02984810-3. Fdo. Prosecretaria
$ 45 Oct. 07
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante DOÑA SARA OLGA TABACCO (DNI 2.273.967) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGO, JULIO Y OTROS S/ SUCESORIO CYC 13” CUIJ 21-02984810-3. Fdo. Prosecretaria
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del señor Juez de Distrito Civil y Comercial de la SEGUNDA Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante BLAS, NORBERTO PEDRO DNI Nº 8.524.611.- por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. AUTOS CARATULADOS: “ BLAS, NORBERTO PEDRO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS”, CUIJ 21-02986151-7 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.-
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don SERGIO OMAR ORTELLI D.N.I. 16.483.828 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ORTELLI, SERGIO OMAR S/ SUCESORIO” CUIJ 21029847670 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Dra. MONICA KLEBCAR Jueza. Rosario, de de 2024.
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 6ª nominación de Rosario (Sta. Fe), Dr. Fernando A. Mecoli, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, CARLOS DANIEL MOREL, D.N.I. 12.282.452, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MOREL, CARLOS DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02983103-0.- Secretaría, Rosario, de octubre de 2024.-
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 6ª nominación de Rosario (Sta. Fe), Dr. Fernando A. Mecoli, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, CARLOS DANIEL MOREL, D.N.I. 12.282.452, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MOREL, CARLOS DANIEL S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02983103-0.- Secretaría, Rosario, de octubre de 2024.-
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ofelia Lucy Musillo D.N.I. 1.517.018 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “Musillo Ofelia Lucy s/ Sucesion Testamentaria” (CUIJ N° 21-02982408-5-).
$ 45 Oct. 07
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 5° Nominación de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ALICIA BEATRIZ CACERES (D.N.I. N° 10.987.111) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “CACERES, ALICIA BEATRIZ S/ SUCESORIO” (C.U.I.J. N° 21-02983880-9). Rosario, 04 de Octubre de 2024.-
$ 45 Oct. 07
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JACINTO ESTEBAN JULERIAQUE (D.N.I. 06.012.595), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “JULERIAQUE, JACINTO ESTEBAN S/ SUCESORIO C Y C 15” (CUIJ N° 21-02985207-0). Fdo. Juez en Suplencia.
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARGARITA OTERO, D.N.I. 1.721.407 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “OTERO, MARGARITA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA - CYC 11” (CUIJ N° 21- 02986132-0 ).- de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el/la causante Angela Beatriz Scardilli (DNI 6.377.776) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SCARDILLI, ANGELA BEATRIZ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 14” (CUIJ N° 21-02982340-2). Fdo. Prosecretaría.
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Raúl Enrique Cornejo (DNI 6.138.042), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “CORNEJO, RAÚL ENRIQUE S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02982948-6) . Fdo. Prosecretaría
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SARA INES GUTIERREZ (DNI Nº 10.779.762), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “ GUTIERREZ SARA INES S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ Nº 21-02983032) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Guillermo Roberto Silvester (D.N.I. 6.065.430) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “SILVESTER GUILLERMO ROBERTO S/ SUCESORIO” (CUIJ N° 21-02973342-9), en tramite ante la Oficina de Registros Sucesorios. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MIGLIAZZO, JOSE DNI 5.992.366 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “MIGLIAZZO, JOSE S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CYC 10” (CUIJ N° 21-02985787-0. Fdo. Fernanda I. Virgolini, Prosecretaria
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante HERMINIA BEATRIZ RODRIGUEZ (D.N.I. 4.964.581) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “RODRIGUEZ, HERMINIA BEATRIZ S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” (CUIJ N° 21-02984001-3) . Fdo. Prosecretaría.-
$ 45 Oct. 07
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 12° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSÉ AMADO PEREYRA, DNI 6.079.123, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: “PEREYRA, JOSE AMADO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 12” CUIJ 21-02983169-3 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don Carlos Alberto Francisco, Miretti (DNI: 6.288.006), por un día para que lo acrediten dentro de los 30 días. Autos Caratulados: “MIRETTI, CARLOS ALBERTO FRANCISCO S/ DECLARATORISA DE HEREDEROS” (CUIJ: 21-02984335-7). Fdo. Dra. Vanina C. Grande – Secretaria.-
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11ra Nom de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante la Sra Macca Maria DNI 2.959.490. Por un día para que acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados “MACCA MARIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-02984585-6 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ARANDA MARIO ANTONIO (DNI 25.037.715) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “ARANDA, MARIO ANTONIO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS C Y C 11” (CUIJ 21-02985848-6) de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45 Oct. 07
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Por disposición del/la Juez/a de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante PEDEMONTE, SANTIAGO LORENZO (D.N.I. 12.694.688) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “PEDEMONTE, SANTIAGO LORENZO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-02983849-3). de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 7 en lo Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Casilda, llama, cita, emplaza a los herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante BIAGIOLA NAZARENO, por 30 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Publíquense los edictos por un día en el Boletín Oficial.- (Autos: “BIAGIOLA NAZARENO S/ SUCESORIO ” ) CUIJ N° 21-25864763-4 - Expte N° 359 /2024.-
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Por disposición del Juez de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la 2ª Nominación de Casilda, se ha ordenado citar a los herederos acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MENNA ROSA ANTONIA DNI 3.543.078, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados MENNA ROSA ANTONIA S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS 442/2024 (CUIJ21-25864920-3) Fdo. Dra. Aracelis Rosenburt, Secretaria.
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CAÑADA DE GOMEZ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Cañada de Gómez, Dra. Julieta Gentile, en los autos caratulados “AIRASCA ALDO RUBEN S/ SUCESORIO” Expte. 21-26033185-7, cita a los herederos de Sr. ALDO RUBEN AIRASCA, D.N.I Nº 06.184.477, fallecido en la ciudad Armstrong, Santa Fe, el día 24 de Enero de 2020, hijo de Enrique Felipe Airasca y de Leonilda Juana Calcaterra, nacido en Santa Fe, Provincia de Santa Fe, el 18/12/1946, por el término de un día para que dentro de los treinta días comparezcan a continuar con la persona del causante y hacer valer sus derechos (art. 2337/2340 CCC).-
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados SANCHEZ TOMÁS ALEJANDRO C/ SANCHEZ MARCELO ANTONIO S/ OTRAS DILIGENCIAS – CUIJ 21-25444958, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, se hace saber por intermedio de la presente publicación de edictos, que se han promovido las actuaciones judiciales antes individualizadas, tendientes al cambio de nombre por parte del señor Tomás Alejandro Sanchez, DNI. 46.764.820, de con-formidad con lo normado por los art. 64, 69, 70 del CCCC. Fdo. Dra. Luz M. Gamst, Secreta-ria – Dr. Alejandro M. Andino, Juez.
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VILLA CONSTITUCION
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de SPOLLI, OSCAR ENRIQUE, DNI 6.127.836 y GIULIANI, CAROLINA, DNI 9 3.711.836 por treinta (30) días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos (“SPOLLI, OSCAR ENRIQUE Y OTROS S/ DE CLARATORIA DE HEREDEROS” CUIJ 21-25659611-0 ).-
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlini, Secretaría del Dr. Walter Bournot, en autos caratulados: "DRUETTA ANIBAL FRANCISCO S/SUCESORIO" (CUIJ: 21-24622237-9) se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don ANIBAL FRANCISCO DRUETTA, D.N.I. 20.195.939 para que en el término de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de Ley. Venado Tuerto, AGOSTO de 2024. Dr. Gabriel Carlini- Juez- Dr. Walter Bournot- Secretario
$ 45 Oct. 07