picture_as_pdf 2024-10-04

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ROSARIO

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

AMALIA GLADYS URTUBEY


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la SEXTA Nominación, a cargo del Dr. Fernando Mecoli (Juez), Secretaría de la autorizante, se ha ordenado que la Martillera Amalia Gladys Urtubey (C.U.I.T. N° 27-11126313-8), proceda a la realización del activo falencial mediante el procedimiento de venta por licitación previsto en el art. 205 LCQ, dentro de los autos caratulados: CATUARA S.R.L. s/Concurso Preventivo Hoy Quiebra; Expte. N° 254/1999 - C.U.I.J. N° 21-01219208-5 - Rosario, 13 de setiembre del 2024. De acuerdo a las siguientes bases y condiciones: PRIMERA: Fijar día, hora y lugar propuesto para el llamado y apertura de sobres de la licitación para el día 12 noviembre de 2024 a las 10,00 horas, en la Sala de Audiencias del Juzgado. SEGUNDA: Ordenar la venta del inmueble que a continuación se detalla: una fracción de terreno con lo edificado, clavado y plantado, compuesto por los lotes Uno, Dos, Tres, Cuatro, Cinco, Seis, Siete, Ocho y Nueve de la Manzana letra “D”, en el plano de los agrimensores Juan T. Louthau y Angel R. Noseda archivado bajo el número sesenta y nueve mil veintisiete, año mil novecientos setenta y dos, unidos forman una fracción con la siguientes dimensiones y linderos: Tres metros ochenta centímetros de frente al Oeste, lindando con la calle Callao, ciento once metros noventa centímetros de frente al Sur, lindando con el pasaje sin nombre, treinta y cuatro metros treinta y dos centímetros de frente al Este, lindando con calle Rodríguez y ciento quince metros noventa y ocho centímetros al Nort-Oeste que forma con el lado del costado Este, un ángulo de setenta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos, diez segundos y que al unirse al extremo Norte del lado Oeste forman un ángulo de ciento cinco grados, catorce minutos, cincuenta segundos, lindando con el Ministerio de Transporte de la Nación. Los ángulos no mencionados son noventa grados encierra una superficie total dos mil ciento treinta y dos metros noventa decímetros cuadrados “Dominio inscripto al Tomo: 464 B; Folio: 299, Número: 130.334, Dto. Rosario. Ubicado en calle Rodríguez 4350 de la ciudad de Rosario. El precio base es de U$S 200.000 (Dólares Estadounidenses trescientos mil) y/o la suma equivalente en pesos cotización dólar M.E.P. (mercado Electrónico de Pagos) a la fecha de presentación de la apertura de sobres (fuente para ponderar su valor www.infobae.com y/o www.lanacion.com.ar) TERCERA: El objeto de la presente licitación será entregado en carácter de desocupable y en el estado de conservación en el que se encuentre, con todo lo edificado, plantado y clavado, según surge de las constancias de autos: CUARTA: Las ofertas deberán presentarse hasta las 12,45 horas. (2) dos días antes de la audiencia designada para la apertura de sobres según se detalla a continuación. La presentación deberá dirigirse mediante despacho electrónico (acompañando en adjunto en archivo pdf o jpg la oferta para ser reservada en Secretaría la que deberá estar escaneada con la firma del ofertante) al correo institucional de este Juzgado civil6ros@justiciasantafe.gov.ar o en su caso, ante la Mesa de Entradas de este Juzgado en sobre cerrado dirigido a Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, y para los autos TRANSPORTE CATUARA S.R.L. s/Concurso Preventivo- Hoy Quiebra; Expte. N° 254/1999, CUIJ 21-01219208-5, con la rúbrica correspondiente del oferente y con patrocinio letrado de profesional de éste fuero al que se asignará el cargo por orden de presentación. La oferta deberá contener: para el caso de personas física, nombre, apellido, tipo y número de documento y fotocopia, domicilio real y uno especial dentro de la ciudad, número de teléfono celular, mail constancia de CUIT, situación ante la AFIP y CBU; para el caso de personas de existencia ideal, copia certificada del contrato social, poder para comprar en licitación, así como la decisión societaria para la realización de ofertas, CUIT, situación ante AFIP, CBU, nombre y apellido del ofertante, documento de identidad del mismo, indicación con claridad de la oferta y el precio de la misma en pesos o en dólares estadounidenses - conforme lo dispone la cláusula SEGUNDA y la cotización allí precisada - expresado en números y letras, debiendo adjuntar además el comprobante del depósito de garantía tal como se dispone en la cláusula QUINTA. La participación en la misma implica el reconocimiento expreso y la aceptación del oferente del presente pliego de condiciones. La falta de cumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados motivará el tener por no presentada la oferta. No se sustanciarán impugnaciones de ningún tipo a las mismas ni se concederá recurso alguno contra la resolución que se dictare, siendo facultativo de este Tribunal el rechazo de todas las ofertas, por tratarse el presente de un llamamiento ofertas no vinculantes. Deberá cumplimentarse con lo dispuesto por el art. 205 LCQ En caso de no recibirse postulaciones en las condiciones señaladas, el bien se retirará de la venta. QUINTA: La garantía de mantenimiento de oferta será la suma de $ 2.000.000 (pesos dos millones) por transferencia bancaria con imputación a la cuenta judicial N° 51625935 CBU 0650080103000516259353 del Banco Municipal de Rosario, Sucursal 80 Caja del Colegio de Abogados, a la orden del Juzgado actuante y para los autos: TRANSPORTE CATUARA S.R.L. s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; CUIT N° 21-01219208-5). Se hace constar expresamente que la suma acreditada en concepto de garantía de la oferta se imputará como parte integrante del porcentaje de seña que deberá abonar. SEXTA: Todas las ofertas se respetarán vigentes hasta tanto el adjudicatario efectúe el depósito íntegro del precio obtenido conforme cláusula. SEPTIMA: La garantía de mantenimiento de oferta se mantendrá hasta las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles posteriores a la fecha de adjudicación. Transcurrido dicho plazo, los oferentes podrán solicitar al Tribunal la devolución de la suma transferida. Podrán asimismo requerir la devolución antes de ocurrido aquél, mas ello conllevará a la renuncia expresa de todo derecho y del presente proceso licitatorio. SEPTIMA Quien resulte adjudicatario deberá abonar 10% (diez por ciento) del precio en concepto de seña mediante transferencia bancaria dentro de las 24 (veinticuatro) horas del día de licitación, tomando el monto del depósito efectuado en garantía como parte integrante del porcentaje de seña que deberá abonar. El saldo de precio deberá ser abonado en moneda de curso legal o extranjera, conforme las pautas previstas precedentemente y por transferencia bancaria dentro de los seis (6) días hábiles contados de efectuada la adjudicación del inmueble. Asimismo quien resulte adjudicado abonará junto con la seña el 3% (tres por ciento) en concepto de comisión de Ley art. 63 inc. 1.1.1 LP 7547 a la Martillera, mediante transferencia bancaria al CBU a informar por la Perito Enajenadora. DECIMO OCTAVA: La falta de integración en término del total de la suma ofertada y/o pago del saldo de la misma, facultará al Tribunal a revocar la adjudicación con pérdida de las sumas que se hubieren depositado en beneficio de la quiebra sin necesidad de notificación judicial o extrajudicial previa. NOVENA: La totalidad de los impuestos y/o servicio generados con posterioridad al auto declarativo de quiebra, que no estuvieren prescriptos, fueran estos nacionales provinciales, municipales y/o privados, como cualquier otro a crearse hasta su efectivo pago, expensas, contribuciones actualización de planos de mensura o subdivisión o el que correspondiere, transferencias de dominio, y los impuestos que la afecten, honorarios profesionales, y/o notariales generados de la transferencia de dominio, como cualquier otro gasto y/o carga fiscal que se origine o grave la misma , es a exclusivo cargo del adquirente. DECIMA: La toma de posesión podrá ser solicitada por quien haya resultado adjudicatario, en caso de que ello pueda ser jurídica o fácticamente posible, luego de aprobadas la operaciones de licitación, acreditado el pago del saldo de precio, inscripta marginalmente en el Registro General y cancelados los gastos inherentes al acto. DECIMA PRIMERA: 1) El llamado y apertura de sobres de la licitación, como así también la impresión de los correos electrónicos que hayan cumplido con las pautas previstas por la cláusula CUARTA se realizará el día 12 de noviembre a las 10 horas, con la presencia de la Sindicatura y Martillero designado y con una tolerancia de quince minutos. 2) Es indispensable la asistencia al acto del oferente o su represente legal debidamente acreditado para el caso en que deseen participar en el mejoramiento de ofertas. 3) El acceso al recinto se limitará al ingreso a quienes hubieren presentado las ofertas de acuerdo a lO establecido en el presente pliego, y una sola persona por oferta. 4) Transcurrido al lapso de tolerancia según punto 1) se procederá a la apertura por la Actuaria de las propuestas presentadas por su orden (según N° cargos asignados), se verificará el cumplimiento de las formalidades exigidas y se dejará asentado en el Acta que al efecto se labrará. 5) A continuación, abiertos la totalidad de los sobres e impresos los enviados de manera electrónica, se procederá a la lectura de cada una de las ofertas, debiéndose adjudicar a la de mayor valor. En caso de que exista igualdad entre ellas, se realizará el mejoramiento de las mismas con los oferentes presentes mediante el sistema de puja, en el cual en todas y en cada oportunidad de mejorar se deberá superar el un piso mínimo de $ 350.000,00, siendo descartada automáticamente la que no cumpla con ello. La venta se adjudicará a la mayor y mejor oferta realizada en ese mismo acto. Se dará prioridad a la moneda dura en caso en que no exista postura, superadora entre lo pujantes. 6) Al finalizar el procedimiento licitatorio y conocido el adjudicatario, el Tribunal labrará el acta correspondiente. 8)- Los depósitos de los oferentes no adjudicados serán reintegrados inmediatamente con las excepciones previstas en las cláusulas SEPTIMA y SEXTA, y en caso de incumplimiento de integración de saldo de precio por quien hubiere resultado adjudicatario originario, dará derecho de preferencia al que le siga por orden de mejor oferta para ocupar su lugar y abonar la suma restante. En caso de negativa, posibilitará otorgar derecho de preferencia para el postulante que hubiere quedado como mejor oferta subsiguiente a la anterior - y así sucesivamente - siempre que no haya sido retirado el dinero depositado, como condición necesaria de participación. De no haber ofertas vigentes o válidas, se tendrá por decaída la licitación y se procederá al reintegro de las sumas depositadas. DECIMA SEGUNDA: El Juzgado se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente proceso de venta por licitación, si mediaren razones de oportunidad, mérito, conveniencia, y/o legitimidad, en cualquier momento y antes de ser emitida la resolución que designe al adjudicatario, sin derecho a reclamo alguno por las partes intervinientes, más allá del reintegro de las sumas depositadas en el estado en que se encuentren. DECIMA TERCERA: Queda totalmente prohibido la compra en comisión. Asimismo, el oferente adjudicatario no podrá compensar créditos con eventuales acreencias con la fallida y/o deudas de la masa. DECIMA CUARTA: Toda cesión de lo derechos y acciones que emerjan de la adjudicación, deberá efectuarse por escritura pública, indicando nombre y apellido, DNI domicilio y/o razón social del cesionario. DECIMA QUINTA: Publíquense los edictos de ley en el BOLETÍN OFICIAL por cinco días hábiles (art. 492 CPCC) debiendo constar los mismos agregados un día antes de la fecha de apertura de sobres. La publicación adicional consistirá en 2 avisos en el Diario La Capital de Rosario los días 06 y 13 de octubre (Sección Remates) un diario digital de alcance nacional, publicación en la página del Colegio de Martilleros y en otras páginas web y/o medios electrónicos dedicadas a la promoción inmobiliaria, información a la Asociación Empresaria de Rosario para que comunique a las 86 cámaras y asociaciones adheridas sobre el presente acto licitatorio, resaltando sus características e impresión de 100 volantes. DECIMA SEXTA: La presentación de ofertas implica la renuncia a la garantía de evicción, vicio redhibitorios y/o ocultos. La exhibición del inmueble se realizará los días 30 y 31 de octubre y 01, 04 y 05 de noviembre de 2024 en el horario de 10,30 a 13,00 hs. debiendo solicitar cita con el Martillero Omar del RIO (tel celular 341 55 053578). DECIMO SEPTIMA: El hecho de presentar oferta, implica el conocimiento, consentimiento y plena aceptación de todas las condiciones dispuestas por el presente y, particularmente, en las que halla el inmueble según constancias de autos (dominio, deudas, ocupación, antecedentes medidas cautelares, etc.) A tales efectos, hágase saber que los títulos de propiedad y demás datos de aquel se encuentran a disposición de los interesados para ser examinados en copia y que los licitadores deberán conformarse con los mismos, y las constancias de autos y que después del remate no se admitirán reclamación alguna. DECIMO OCTAVA: EL adquirente del inmueble licitado deberá acudir a escribano público para protocolizar las actuaciones o confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia del dominio a su favor. Se excluye la opción prevista en el art. 505 párrafo 2° del CPCC, siendo a cargo del adjudicatario todos los gastos que irrogue el mismo. Fdo. Dr. FERNANDO MECOLI (Juez) Dra. SABRINA ROCCI, (Secretaria). Del Certificado emitido por el Registro General se desprende la siguiente Inhibición a): Aforo: 110064 0, de fecha: 26/04/2019, T° 131, Letra: I F° 2101, Monto Pesos 7.494,00 Autos M.T.E. y S.S c/Transporte CATUARA SRL s/Ejecución Fiscal; Expte. 1100471/2007; Juzgado Federal N° 1 de Rosario; b) Aforo 3430660 0; FECHA 02/06/1999, Tomo: 9 Letra IC Folio 421, Sin Monto Expte. N° 254/1999 Autos Transporte CATUARA SRL s/Concurso Preventivo, Juzgado Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, c) Aforo 386557 0, fecha 10/10/2012. Tomo: 22 Letra IC Folio 369, Sin Monto, Autos: Transporte CATUARA SRL s/Hoy QUIEBRA; Expte. N° 254/1999, Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la SEXTA Nominación de Rosario, d) Aforo 343060 0, Fecha 02/06/1999. Tomo: 9 letra IC, Folio; 422 Sin Monto, Autos Transporte CATUARA SRL s/QUIEBRA Expte. 254/1999, Jugado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial de la SEXTA Nominación de Rosario. La Martillera fija domicilio a los efectos legal en la calle Cafferata N° 1056 - Rosario. Se firman siete ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Sabrina Mercedes Rocci, Secretaria Subr..

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