picture_as_pdf 2024-10-03

Tribunal de Cuentas


RESOLUCIÓN Nº 0301 - TCP


SANTA FE, 2 de octubre de 2024


VISTO:

El expediente n.º 00901-0130780-7 del Sistema de Información de Expedientes -Tribunal de Cuentas de la Provincia-, que tramita el llamado a Licitación Pública para la contratación del servicio de impresión, fotocopiado y escaneo, bajo modalidad de costo por copia, a través del comodato gratuito de los equipos, para diversas dependencias del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe; y,


CONSIDERANDO:

Que la Coordinación General de Servicios Centrales y Contrataciones, dependiente de la Dirección General de Administración, mediante Informe C.S.C.y C. Nº 097/24 (fs. 2/3), evalúa la factibilidad de instar un nuevo procedimiento de contratación del servicio de impresión, fotocopiado y escaneo, bajo modalidad de costo por copia, a través del comodato gratuito de los equipos, para diversas dependencias del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, en virtud del próximo vencimiento de la relación contractual vigente;

Que la citada Coordinación General señala que la gestión se encuadra en lo dispuesto por el artículo 116º de la Ley Nº 12510, de Administración, Eficiencia y Control del Estado y en el artículo 1º del Anexo de la Resolución Nº 0091/18 TCP (Régimen de Contrataciones del Organismo), en razón de que el valor estimado de la contratación excede el importe establecido por el artículo 36º de la Ley Nº 14245 de Presupuesto del Ejercicio 2024;

Que a fs. 4, la Coordinación General de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de Administración, informa que existe crédito presupuestario en el ejercicio vigente para afrontar la erogación que se proyecta en la contratacion referenciada, como así también que se ha realizado la previsión del crédito necesario en el Anteproyecto de Presupuesto del Ejercicio 2025, e indica la imputación que le corresponde a la presente gestión;

Que en Reunión Plenaria realizada en fecha 19-9-2024, registrada en Acta Nº 1968, el Cuerpo Colegiado autoriza expresamente que se de curso a la gestión, de acuerdo con las disposiciones del artículo 5º del Anexo del Régimen de Contrataciones del Organismo, aprobado por Resolución Nº 0091/18 TCP (fs. 7);

Que a fs. 9 consta la registración de la etapa preventiva del compromiso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 82° del Anexo Único del Decreto Nº 3748/06 (reglamentario de la Ley N° 12510);

Que la Dirección General de Informática elabora el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PByCP), de acuerdo con lo previsto en el artículo 7° del Anexo de la Resolución Nº 0091/18 TCP, el cual se adjunta a fs. 11/13 de autos;

Que a fin de lograr el cometido propuesto, le compete al Cuerpo reunido en Acuerdo Plenario la aprobación de las condiciones de contratación a través del Pliego de Bases y Condiciones Generales (PByCG) y Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PByCP) y, consecuentemente, convocar a Licitación Pública, mediante el dictado del correspondiente acto administrativo (artículo 6º del Régimen de Contrataciones TCP);

Que asimismo, corresponde publicar la citada convocatoria a Licitación Pública, de conformidad a las previsiones del Decreto Nº 0923/19 que sustituye el punto 3 del artículo 132º del Anexo Único del Decreto Nº 1104/16, reglamentario de la Ley Nº 12510;

Que además, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión de Preadjudicación y determinar el plazo para que la misma se expida, según lo establecido en el artículo 8º del Régimen de Contrataciones del Organismo, aprobado por Resolución Nº 0091/18 TCP;

Que la Coordinación General de Servicios Centrales y Contrataciones emite informe de su competencia a fs. 34/35, dejando constancia que en autos se agrega el proyecto de resolución correspondiente (fs. 15/33),

Que Fiscalía Jurídica, en Dictamen n.º 1017/24, se expide sin formular objeciones al presente trámite (fs. 37 y vuelta);

Por ello, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 200º, inciso d) de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado -Nº 12510 y modificatoria Nº 13985-, y de conformidad a lo preceptuado por el artículo 2º, inciso a) del Anexo de la Resolución N° 0091/18 TCP, en Reunión Plenaria realizada en fecha 2-10-2024 y registrada en Acta Nº 1970;


EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

RESUELVE:


Artículo 1º: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales (PByCG) y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PByCP), que como Anexos I, II y III forman parte integrante de la presente.

Artículo 2º: Convocar a Licitación Pública Nº 01/24 con el objeto de contratar el servicio de impresión, fotocopiado y escaneo, bajo modalidad de costo por copia, a través del comodato gratuito de los equipos, para diversas dependencias del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, en un todo de acuerdo a las condiciones detalladas en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Bases y Condiciones Particulares aprobados por el artículo precedente; y cuyo acto de apertura de las ofertas se realizará el día 28 de octubre de 2024 a las 9 horas.

Artículo 3º: Disponer la publicación del llamado de la presente Licitación Pública, de conformidad a las previsiones del Decreto Nº 0923/19 que sustituye el punto 3 del artículo 132º del Anexo Único del Decreto Nº 1104/16, reglamentario de la Ley Nº 12510.

Artículo 4º: Designar en carácter de integrantes titulares de la Comisión de Preadjudicación a las profesionales que se nombran a continuación: CPN Claudia Patricia Quintana, CPN Karina Lotto Gómez y Dra. María Virgina Collado, y a los siguientes profesionales como integrantes suplentes: CPN Valeria Susana Illescas, CPN Sandra Mariela Fernández y Dr. Federico José Lisa.

La Comisión deberá expedirse hasta el día 11 de noviembre de 2024.

Artículo 5º: El gasto que demande la aplicación de la presente se imputará a: Sector 1, Subsector 1, Carácter 1, Jurisdicción 1, Subjurisdicción 81, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 1 y 2, Obra 00, Fuente de Financiamiento 111, Inciso 3- Servicios no Personales, Partida Principal 2, Partida Parcial 4- Alquiler de fotocopiadoras, Partida Subparcial 00, Ubicación Geográfica 82-63-00, Finalidad 1, Función 70 del Presupuesto vigente.

Artículo 6º: Regístrese, dése intervención a la Dirección General de Administración para que realice las publicaciones de ley y comunicaciones pertinentes y la prosecución de la presente gestión y finalizada la misma, archívese.

Fdo.: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente

Dr. Lisandro Mariano Villar - Vocal

CPN Sergio Orlando Beccari - Vocal

Dr. Marcelo Luis Terenzio - Vocal

CPN María del Carmen Crescimanno - Vocal

Dr. Luciano Martín Anza-Secretario de Asuntos de Plenario


ANEXO I


LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01/24

EXPEDIENTE n.º 00901-0130780-7 TCP


PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES


OBJETO: Contratación del servicio de impresión, fotocopiado y escaneo, bajo modalidad de costo por copia, a través del comodato gratuito de los equipos, para diversas dependencias del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, en un todo de acuerdo a las condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.



CAPÍTULO 1

ASPECTOS GENERALES


1.1 JURISDICCIÓN LICITANTE

Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.

1.2 ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

No corresponde por aplicación del Decreto Nº 1605/24 modificatorio del inciso 5 del artículo 131 del Decreto Nº 1104/16.


CAPÍTULO 2

PROCEDIMIENTO LICITATORIO


2.1 SOMETIMIENTO AL RÉGIMEN JURÍDICO

Resulta aplicable a la presente gestión el Régimen de Contrataciones del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, aprobado por Resolución Nº 0091/18 TCP, Ley Nº 12510, Decreto reglamentario Nº 1104/16 y modificatorias de las normas citadas, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Condiciones Particulares.

Artículo 135° - Ley Nº 12510: “La presentación por el proponente de la oferta sin observaciones a esta ley o su decreto reglamentario, pliego de bases y condiciones generales y cláusulas particulares, implica la aceptación y sometimiento a las cláusulas de esta documentación básica, constituyendo el todo un contrato que se perfecciona con la aprobación en término de la adjudicación por la autoridad jurisdiccional competente”.

Artículo 130° - Ley Nº 12510: “Los instrumentos de convocatoria o contratación deben dejar expresamente a salvo la potestad del titular del Poder Ejecutivo y Presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores, Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Cuentas de la Provincia, de revocarlos en sede administrativa cuando se comprobare administrativamente la existencia de irregularidades que hubieren posibilitado la obtención indebida de ventajas por parte del contratante, o la existencia de vicios que afectaran originariamente al contrato, susceptibles de acarrear su nulidad; o que el contrato fue celebrado mediando prevaricato, cohecho, violencia o cualquier otra maquinación fraudulenta que diera lugar a la acción penal o que fuere objeto de condena penal. El ejercicio de dicha facultad da lugar al inicio de una acción directa por parte del Estado”.

2.2 SISTEMA DE GESTIÓN

La presente gestión se realizará mediante el sistema de etapa única. La evaluación de las ofertas estará a cargo de la Comisión de Preadjudicación, la que procederá a analizar la admisibilidad y conveniencia de las ofertas, de conformidad con lo establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, establecerá el orden de mérito de las ofertas y recomendará la adjudicación a la oferta más conveniente emitiendo el correspondiente informe de Preadjudicación. El informe de Preadjudicación será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes, según lo establecido en el Apartado 6.3 – Notificación del Informe de Preadjudicación, del presente Pliego.

2.3 FECHA LÍMITE Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán recepcionadas hasta el día y hora fijados para la apertura de las mismas, en la Mesa General de Entradas y Notificaciones, sita en calle San Martín n.º 1725, 3º piso, de la ciudad de Santa Fe, en el horario comprendido entre las 8 y 14 horas (en días hábiles para el Organismo).

2.4 FECHA Y LUGAR DE APERTURA DE OFERTAS

La apertura de ofertas se realizará el día 28 de octubre de 2024 a las 09:00 horas en la Coordinación General de Servicios Centrales y Contrataciones, dependiente de la Dirección General de Administración, sita en calle San Jerónimo n.º 1850, de la ciudad de Santa Fe.

Una copia de cada Oferta quedará a disposición de los Oferentes para su vista durante los dos (2) días hábiles posteriores al acto de apertura en la Coordinación General de Servicios Centrales y Contrataciones, sita en calle San Jerónimo n.º 1850 de la ciudad de Santa Fe.


CAPÍTULO 3

DE LOS OFERENTES


3.1 CALIDAD DEL OFERENTE

A los efectos de la presentación de las ofertas deberán proporcionar e incluir la información que en cada caso se indica, acompañando copia debidamente certificada de la documental que así la acredite:

A. Personas humanas y apoderados:

1.Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio real y constituido, estado civil y número y tipo de documento de identidad.

2.Número de Código Único de Identificación Tributaria.

3.Número de Inscripción en la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.).

B. Personas jurídicas:

1.Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución.

2.Número de Código Único de Identificación Tributaria.

3.Número de Inscripción en la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.).

4.Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.

5.Copia certificada por autoridad de registración del Contrato Social y su última modificación.

6.Fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.

C. Personas jurídicas en formación:

1.Fecha y objeto del contrato constitutivo.

2.Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente.

D. Consorcios y Uniones Transitorias:

1.Identificación de las personas humanas o jurídicas que los integran.

2.Identificación de las personas humanas que integran los órganos de administración y fiscalización de cada empresa.

3.Fecha del compromiso de constitución y su objeto.

4.Fecha y número de inscripción emitida por la autoridad de registración o constancia de iniciación del trámite respectivo.

5.Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato, con renuncia expresa al beneficio de excusión.

6.Porcentaje de participación que tendrá cada miembro en la UT que constituya en caso de resultar adjudicatarias.

7.Actas societarias de cada miembro del consorcio oferente, que contenga la autorización para la suscripción del compromiso de constitución de la UT en los términos y condiciones del punto 5.

Podrán presentar ofertas personas humanas o jurídicas (constituidas o en formación), Agrupaciones de Colaboración, Consorcios y Uniones Transitorias, no inscriptas en el Registro Único de Proveedores y Contratistas implementado por el Decreto Nº 0914/18, implicando la sola presentación una solicitud tácita de inscripción. En tal caso, en el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, deberán proporcionar la información y/o documentación que establezca la Subsecretaría de Contratación y Gestión de Bienes para obtener la inscripción en el mencionado Registro.

Si el proponente que resulte adjudicatario no cumple con todos los requisitos exigidos para la inscripción definitiva, la Unidad Rectora Central del Subsistema de Administración de Bienes y Servicios aplicará las sanciones correspondientes (Régimen de Contrataciones del Tribunal de Cuentas de la Provincia Resolución Nº 0091/18 TCP – artículo 13).

En caso de que la oferta fuera suscripta por apoderado, deberá adjuntar a la misma fotocopia autenticada del poder que así lo habilite, siempre que no se encuentre inscripto en el mencionado Registro.


CAPÍTULO 4

DE LAS OFERTAS


4.1 REQUISITOS DE LAS OFERTAS

La presentación de las ofertas se hará a través del sistema de etapa única, teniendo en cuenta en particular lo siguiente:

En el Sobre deberá establecerse claramente en el exterior el tipo y número del acto licitatorio a que está referido, el día y hora del Acto de Apertura y titularlo “Documentación, antecedentes, propuesta técnica y económica”.

Las Ofertas deberán ser presentadas en sobre perfectamente cerrado, en original y copia (fotocopia simple), ambas en idéntica cantidad de fojas (foliadas).

4.2 MANTENIMIENTO DE OFERTA

El oferente se obliga al mantenimiento de la oferta con su correspondiente garantía durante un plazo de treinta (30) días corridos, contados a partir del día siguiente al acto de apertura. La obligación de mantener y garantizar la oferta se renovará automáticamente por un período de treinta (30) días corridos, salvo que el oferente desista del mantenimiento de la oferta durante el período de renovación establecido, siempre que se notifique fehacientemente al organismo licitante su decisión de desistir de la misma con, por lo menos, tres (3) días de anticipación al día del vencimiento del período de renovación, exclusive. La comunicación de renuncia al mantenimiento de la oferta dentro del plazo señalado anteriormente, no importará la pérdida de la garantía de la oferta. El desistimiento de la oferta dentro del plazo en que el oferente está obligado a mantenerla, acarreará la pérdida de la garantía de pleno derecho y sin necesidad de interpelación previa por parte de la Administración, sin perjuicio de la sanción correspondiente en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia. El mantenimiento de oferta comprenderá un plazo total de sesenta (60) días corridos en caso de no formularse renuncia en tiempo y forma.


CAPÍTULO 5

CONTENIDO Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

5.1 OFERTA

La oferta deberá incluir, en el orden que se indica, la siguiente documentación:

1. Nota de presentación, por la cual se manifieste la intención de participar en la gestión y los datos personales o empresariales.

2. Índice de la documentación presentada.

3. Oferta económica, de acuerdo a lo especificado en los Apartados 5.2. y 5.3.

4. Tasa Retributiva de Servicios

Para el pago de la misma podrá optar por una de las siguientes formas:

En papel sellado o estampillado de la Provincia de Santa Fe efectuado en cualquiera de las sucursales del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por el importe indicado.

A través del sitio de Internet www.santafe.gov.ar, Subportal Compras, Trámite Liquidación de Tasa Retributiva de Servicios, donde obtendrá el formulario 324 o 720 para liquidarla, debiendo con dicho formulario realizar el pago en cualquiera de los siguientes bancos habilitados para el cobro: Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Nación Argentina, Macro, Municipal de Rosario, Credicoop, Nuevo Banco de Entre Ríos SA (Suc. Santa Fe, Rosario, Paraná).

En todos los casos, ya sea la hoja en blanco con el timbrado correspondiente, la boleta emitida por sistema y el ticket de pago obtenido, deberán acompañar la oferta al momento de su presentación. En ninguno de los casos el pago podrá tener una antigüedad superior a cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas.

5. Garantía de mantenimiento de oferta, según el apartado 7.2.

6. Declaración jurada del oferente de que no se encuentra comprendido en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Provincial.

7. Declaración por la que se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, haciendo renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción incluyendo la federal.

8. Nota mediante la cual informa, que al momento de su inscripción en el Registro Único Provincial de Proveedores, se adhirió a la Ley N° 13505 y su modificatoria Ley Nº 13619.

9. Constancia de inscripción en el Registro Único Provincial de Proveedores. En su defecto, la documentación que acredite su personería de acuerdo al apartado 3.1. CALIDAD DE PROVEEDOR.

10. Declaración Jurada – Ley Nº 17250, Formulario 522/A, expedida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), emitida dentro de los 30 días corridos anteriores a la fecha de apertura, firmada y con acuse de presentación Web. La misma se obtiene con clave fiscal incorporando la relación dentro del servicio web “DDJJ Ley 17.250 – Formulario 522/A” (*).

11. Constancia de Cumplimiento Fiscal extendida por la Administración Provincial de Impuestos (s/Resolución General N° 019 – 20-10-2011 – API). La misma se obtiene con clave fiscal a través del sitio de Internet www.santafe.gov.ar, ingresando a: Impuestos – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal.

Los oferentes de otras provincias, que demuestren no tener sustento en la Provincia de Santa Fe, deberán presentar una nota con carácter de Declaración Jurada exponiendo dicha situación, comprometiéndose a que en caso de ser adjudicado, procederá a dar de alta a la jurisdicción de Santa Fe. (*)

12. Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas humanas” o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros titulares y suplentes que integren los órganos de administración, acompañando copia certificada de la documentación que acredite la designación de los mismos en los respectivos órganos (Estatuto o Acta de Asamblea de Accionistas, contrato constitutivo o acuerdos sociales posteriores); para “Unión Transitoria” (U.T.), de los miembros titulares y suplentes de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley Nº 11945, Artículo 2, inciso a. 1 y 2, y Decreto Nº 1005/2006). (*)

13. Deberá informar domicilio real y legal del oferente debidamente constituido, número de teléfono celular de contacto y dirección de correo electrónico, donde serán válidas todas las notificaciones que se realicen vinculadas con el proceso licitatorio, desde las cuentas de correo electrónico tcp.compras.notificacion@santafe.gov.ar o tcp.dga.notificacion@santafe.gov.ar.

14. Documentación que acredite el cumplimiento de lo establecido en el punto A del Anexo II.

15. Descripción Técnica requerida en el punto B del Anexo II.

16. Toda otra documentación legal o técnica que se solicite en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

17. Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la oferta.

(*) Deberán adjuntarse a la oferta, en el caso de no encontrarse vigentes en el Registro Único Provincial de Proveedores. De lo contrario, deberá presentar Nota en carácter de Declaración Jurada manifestando que dichos certificados se encuentran vigentes en el mencionado registro.

5.2 OFERTA ECONÓMICA

Deberá cotizarse un precio único por copia (independientemente que se realice impresión, fotocopiado o escaneo) y precio total general de la oferta, considerando la cantidad de sesenta y ocho mil (68.000) copias mensuales estimadas.

El precio cotizado será considerado precio final, fijo e invariable, por todo concepto, para el Organismo. Dicho valor incluirá el servicio técnico, con provisión de repuestos y mano de obra, por desgaste por su uso normal, como así también impuestos, tasas, contribuciones y todo otro tipo de gravámenes que corresponda aplicar en cumplimiento de disposiciones emanadas de autoridades competentes a la fecha de apertura de la oferta.

No se admitirán ofertas alternativas.

5.3 MONEDA DE COTIZACIÓN

La oferta económica deberá expresarse en pesos.


CAPÍTULO 6

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN


6.1 CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación recaerá en aquella oferta que, habiendo cumplimentado las exigencias de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Bases y Condiciones Particulares de la presente gestión (admisibilidad formal, técnica y económica), resulte la más conveniente para el Gobierno Provincial, teniendo en cuenta los factores establecidos en el artículo 139º inciso i) – Punto 7 del Decreto Nº 1104/16.

6.2 REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El Tribunal de Cuentas podrá resolver el rechazo de todas las ofertas o la revocación de la convocatoria por razones de legitimidad, o de oportunidad, mérito o conveniencia, previo al perfeccionamiento del contrato, sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los interesados en las mismas. (Decreto Nº 1104/16, artículo 139º, inciso i), punto 11).

6.3 NOTIFICACIÓN DEL INFORME DE PREADJUDICACIÓN

Será válida la notificación del informe de preadjudicación a todos los oferentes, a la dirección de correo electrónico constituida a tal efecto al momento de presentación de la oferta. La cuenta válida a los fines del envío del mencionado informe será: tcp.compras.notificacion@santafe.gov.ar o tcp.dga.notificacion@santafe.gov.ar.


CAPÍTULO 7

RÉGIMEN DE GARANTÍAS


7.1 GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN

En caso que el oferente presente impugnación, deberá adjuntar a la misma constancia de constitución de la presente garantía a efectos de ser considerada válida. Se constituirá por el equivalente al tres por ciento (3%) del total de la oferta del impugnante. Deberá constituirse en pesos, en las formas previstas en los incisos a) y b) del punto 6 del artículo 134° del Decreto N.º 1104/16. Cuando el oferente opte por constituir la garantía en dinero en efectivo mediante depósito a la vista, deberá realizar el depósito por tales conceptos, en la Cuenta Corriente Nº 9001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU n.º 3300599515990009001042 – CUIT 30- 67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales.

Los escritos de impugnación que se presenten sin estar debidamente acompañados de la constancia de depósito mencionada, serán devueltos por la Mesa de Entradas de este Organismo, sin más trámite al oferente impugnante. La garantía de impugnación será devuelta de oficio en caso que sea procedente la impugnación presentada.

7.2 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

Se constituirá por el equivalente al uno por ciento (1%) del total de la oferta, importe que será el resultante de multiplicar el precio por copia cotizado por sesenta y ocho mil (68.000) copias mensuales estimadas, y éste por doce (12) meses, equivalente a la vigencia del contrato.

Deberá constituirse en pesos, según lo dispuesto en el punto 6 del artículo 134°del Decreto N° 1104/16.

Si el oferente opta por constituir la garantía de su oferta en dinero en efectivo, mediante depósito a la vista, de acuerdo a la modalidad admitida por el artículo 134º, apartado 6, inciso a) del Decreto N° 1104/16, deberá realizar el depósito por tal concepto, en la Cuenta Corriente Nº 9001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU n.º 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales.

Si se optare por pagaré a la vista deberá ser pagadero en la ciudad de Santa Fe y cumplimentar con la reposición fiscal del Impuesto de Sellos.

Si el oferente optare por constitución de póliza de seguro de caución, la misma deberá ser suscripta por los titulares o representantes legales de la oferente y contar con la correspondiente certificación de firma del apoderado de la misma, realizada ante Escribano Público.

Las garantías serán devueltas de oficio:

a) A los oferentes que no resultaren adjudicatarios, una vez que la adjudicación se encuentre firme.

b) Al adjudicatario una vez integrada la de fiel cumplimiento del contrato o, en su caso, de cumplida la orden de compra y en forma proporcional a la parte ya cumplida del contrato.

7.3 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Se constituirá, dentro de los cinco (5) días de la notificación de la adjudicación, por el siete por ciento (7%) del valor total de la adjudicación, importe que será el resultante de multiplicar el precio por copia adjudicado por sesenta y ocho mil (68.000) copias mensuales estimadas, y éste por doce (12) meses, equivalente a la vigencia del contrato.

Deberá constituirse en pesos, pudiendo optarse por:

a) En efectivo mediante depósito a la vista realizado en la Cuenta Corriente n.º 9001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU n.º 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales;

b) Transferencia bancaria a la Cuenta Corriente n.º 9001/04 – Nuevo Banco de Santa Fe S.A. - CBU n.º 3300599515990009001042 – CUIT 30-67461985-1 – Superior Gobierno de Santa Fe – Rentas Generales;

c) En títulos a su valor nominal de la deuda pública nacional o provincial, bonos del tesoro emitidos por el Estado Nacional o cualquier otro valor similar nacional o provincial;

d) Fianza o aval bancario, en la que el fiador o avalista se constituye en principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 1583° siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y al de interpelación judicial o extrajudicial previa;

e) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en Jurisdicciones y/o Entidades del Sector Público, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía la certificación pertinente de afectación;

f) Con seguro de caución, mediante póliza aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, a satisfacción de la Provincia;

Cuando la garantía se constituya mediante Póliza de Seguro de Caución, deberá incorporarse expresamente el siguiente texto: “A los fines de la determinación del siniestro, el mismo quedará configurado por el incumplimiento de la obligación garantizada declarado mediante el acto formal previsto en la Póliza, sin que la causa o medida de ese incumplimiento pudieran afectar el derecho del asegurado e independientemente de que el tomador discuta en sede administrativa o judicial los motivos invocados por el beneficiario y, eventualmente, la aseguradora pueda solicitar el reembolso de las indemnizaciones que hubiera dado en pago”.

g) Con pagarés a la vista suscriptos por quienes tengan el uso de la razón social o actuaren con poderes suficientes para obligar a su representada, cuando la garantía no supere el monto establecido por la Unidad Rectora Central.

La garantía será devuelta una vez que se encuentre efectuada la recepción definitiva.


CAPÍTULO 8

CONDICIONES ESPECIALES


8.1 PLAZO DE CONTRATACIÓN

Será por un período de doce (12) meses, a partir del 16 de diciembre de 2024 hasta el 15 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive. En caso de producirse la finalización o la rescisión del contrato por parte del Tribunal de Cuentas, el adjudicatario deberá continuar prestando los servicios hasta tanto se haga cargo el nuevo prestador.

8.2 OPCIÓN DE RENOVACIÓN:

La opción de renovación podrá ser ejercida por un solo período no superior a doce (12) meses. La voluntad de renovación será notificada a la contraparte con una anticipación no menor a treinta (30) días corridos anteriores al vencimiento del plazo contractual.

8.3 FORMA DE PAGO

Se facturará por mes vencido. Se abonará dentro de los veinte (20) días corridos de la fecha de presentación de la factura respectiva. El monto a facturar mensualmente resultará de multiplicar la cantidad de copias mensuales por cada equipo, según la cantidad relevada por los medidores de cada uno, por el precio unitario adjudicado. A cada factura mensual deberá adjuntarse una constancia- por cada equipo- que deberá contener la cantidad de copias relevadas por los medidores, firmada por la dependencia usuaria del servicio y una persona designada por el adjudicatario.

Posteriormente se dará la recepción y conformidad definitiva por parte de la Coordinación General de Servicios Centrales y Contrataciones, dependiente de la Dirección General de Administración.

En todos los casos el organismo receptor adoptará las medidas pertinentes a los fines de la correspondiente certificación, en un todo de acuerdo a la Ley N° 12510 y su decreto reglamentario, y Disposición N° 0226/16 de la Subsecretaria de Contrataciones y Gestión de Bienes – para la recepción control de mercaderías y servicios con destino al Estado Provincial.

El adjudicatario al momento de presentar las facturas para el cobro correspondiente deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Nº 3035/14 y sus modificatorios (Constancia de Cumplimiento Fiscal –Resolución N° 19/11 de API).

8.4 RESCISIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA

El Organismo podrá rescindir el contrato sin expresión de causa, notificándolo en forma fehaciente con una antelación no inferior a treinta (30) días corridos, sin que ello otorgue a la otra parte derecho a reclamar indemnización por daños, perjuicios y/o lucro cesante. Sin perjuicio de ello, la firma deberá continuar prestando los servicios hasta tanto se haga cargo el nuevo prestador que designe el Organismo.


CAPÍTULO 9

INCUMPLIMIENTO DEL ADJUDICATARIO


9.1 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento por parte del adjudicatario de las condiciones de contratación establecidas en los Pliegos, hará pasible al mismo de la aplicación automática de una multa equivalente al diez por ciento (10 0/0) diario calculada sobre el monto total de facturación, correspondiente al mes inmediato anterior a aquel en el cual se verificara el incumplimiento. Sin perjuicio de lo antedicho la falta de cumplimiento a las condiciones establecidas en el presente pliego, dará lugar a la aplicación de lo previsto en el inciso l) del artículo 139º del Decreto N° 1104/16.

INFORMES

Coordinación de Servicios Centrales y Contrataciones, San Jerónimo n.º 1850 – (3000) - SANTA FE, lunes a viernes de 8 a 14 horas. Teléfonos: (0342) 457-1941/3517/3520/3531/3914 - Internos: 427/428. Correo Electrónico: tcp.contrataciones@santafe.gov.ar /tcp.dga@santafe.gov.ar


ANEXO II


LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01/24

EXPEDIENTE n.º 00901-0130780-7 TCP


PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES


OBJETO: Contratación del servicio de impresión, fotocopiado y escaneo, bajo modalidad de costo por copia, a través del comodato gratuito de los equipos, para diversas dependencias del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, en un todo de acuerdo a las condiciones detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.


Renglón

Cantidad de copias mensuales estimadas

Servicio a cotizar

Precio por copia

Precio total

1

68.000 (sesenta y ocho mil)

Servicio de impresión, fotocopiado y escaneo, bajo la modalidad de costo por copia, a través del comodato gratuito de los equipos, según detalle adjunto.




CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y LUGAR DE ENTREGA

SE REQUIERE LA CANTIDAD DE CUARENTA (40) EQUIPOS EN TOTAL,

DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE :

- Tres (3) equipos TIPO A según características solicitadas en ANEXO III

- Un (1) equipo TIPO B según características solicitadas en ANEXO III

- Treinta y seis (36) equipos TIPO C según características solicitadas en ANEXO III

Las entregas se realizarán en las direcciones de la ciudad de Santa Fe listadas a continuación :

San Jerónimo 1850, San Jerónimo 1884, Corrientes 2697, Juan de Garay 2654, San Martín y Gral. López, San Martín 1725, Juan de Garay 2505 (esquina 25 de mayo), Illia 1151, 25 de mayo 1951, San Jerónimo 1551, San Martín 3145, 3 de febrero 2649 y 1ra Junta 2710.

La forma de distribución de los equipos se indicará al momento de la entrega.


ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO A CONTRATAR.

Los equipos pueden ser nuevos o usados reacondicionados a nuevos. En el caso de ser usados reacondicionados a nuevos, se deberá adjuntar certificado BLI-Buyers Laboratory, que certifique la condición de fabricación vigente o la discontinuidad de la misma, en el período establecido, en el mercado de los Estados Unidos.

El oferente debe ser Distribuidor Oficial de la/s marca/s que ofrece, no solo representante autorizado para la presente licitación. Esta condición es de cumplimiento obligatorio, y deberá quedar reflejada mediante nota de la marca que certifique dicha condición.

El adjudicatario se encargará de la conservación técnica, reparación o sustitución de las partes y/o equipos necesarias para mantener el normal funcionamiento de los mismos. Deberá atender los reclamos de servicio dentro de un plazo máximo de 24 horas de solicitado el mismo. El oferente deberá poseer servicio técnico propio (no tercerizado), con domicilio de residencia en la ciudad de Santa Fe.

Las cotizaciones deben realizarse bajo un único valor unitario por copia (independientemente que se realice impresión, fotocopiado o escaneo) para todos los equipos. No se tendrán en cuenta ofertas que impliquen el abono de un cargo fijo mensual bajo ningún punto de vista.

Además de marca y modelo, se deberá especificar código de los accesorios, en caso de ser necesarios, con el que se complementará cada equipo para cumplir con las condiciones técnicas solicitadas. Esta condición es fundamental para una correcta evaluación técnica de las ofertas.

Las cantidades de copias realizadas deberán ser registradas de manera presencial, mediante planilla con firma del usuario del servicio y una persona designada por la empresa adjudicataria.

REQUISITOS A CUMPLIMENTAR.


A. Antecedentes técnicos de los oferentes.

El objeto de la firma o razón social deberá ser afín al objeto del llamado, informando la antigüedad en el ramo. En el caso que el oferente sea una UT, cada una de las empresas integrantes deberá cumplir con los requisitos formales requeridos en la presente licitación. No obstante, se considerarán en forma conjunta los antecedentes aportados por las mismas. El oferente deberá presentar una breve descripción de su experiencia en ventas análogas y de similar envergadura a las requeridas, realizadas con éxito y a satisfacción de los mandantes. Dicho listado deberá contener nombre, dirección de correo electrónico y teléfono de cada empresa o entidad, a los fines de que este Organismo pueda requerir referencias complementarias.

B. Descripción técnica.

Los oferentes deberán describir en forma clara, detallada y precisa las características técnicas de los bienes ofertados. Deberá acompañarse la oferta con folletos explicativos que contengan una vista completa de los equipos. Si con la información suministrada no se puede determinar la oferta, este Organismo podrá desestimarla sin pedido de aclaraciones previas.

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

Realizará el mantenimiento correctivo de los equipos, incluyendo la provisión de partes, mano de obra y repuestos necesarios, a fin de garantizar su óptimo funcionamiento.

Efectuará la lectura del medidor que, verificada y firmada por la dependencia usuaria y persona designada por el adjudicatario, se adjuntara a la facturación mensual.

El servicio deberá incluir sin cargo alguno, el reemplazo y/o provisión de equipos de apoyo o de mayores prestaciones, ante desperfectos no subsanables o incremento de demanda de trabajo, dentro de un plazo máximo de 48 horas.

Proveerá los insumos originales necesarios para el servicio, incluido el tóner (excepto papel).

PLAZO DE CONTRATACIÓN.

Será por un período de doce (12) meses, a partir del 16 de diciembre de 2024 hasta el 15 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive. En caso de producirse la finalización o la rescisión del contrato por parte del Tribunal de Cuentas, el adjudicatario deberá continuar prestando los servicios hasta tanto se haga cargo el nuevo prestador.

OPCIÓN DE RENOVACIÓN:

La opción de renovación podrá ser ejercida por un solo período no superior a doce (12) meses. La voluntad de renovación será notificada a la contraparte con una anticipación no menor a treinta (30) días corridos anteriores al vencimiento del plazo contractual.


ANEXO III





S/C 44152 Oct. 03 Oct. 07