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ROSARIO
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
ADRIAN SANCHEZ
Por disposición Señor Juez Primera Instancia Distrito Civil Y Comercial N°10 Nominación Rosario, autos: “OVERSAFE SEGUROS DE RETIRO S/ OFICIO LEY 22172 ”,EXPTE. NRO CUIJ: 21-02977631-1, en trámite por ante el juzgado en lo Civil Y Comercial Nro. 10 de Rosario., Martillero ADRIAN SANCHEZ (C.U.I.T. Nº 20-20.392.490-5), venderá en pública subasta, el día 17 de Octubre de 2024, a las 12:00 unidad 01-02 y 12:30 unidad 01-05 hs. O EL DIA HABIL SIGUIENTE DE RESULTAR INHABIL O FERIADO EL PROPUESTO, en el Colegio de Martilleros de Rosario ubicado en calle Moreno 1546 de la ciudad de Rosario , el 100% de dicha propiedad del siguiente inmueble: La unidad designada con el numero 5, parcela 01-02, superficie exclusiva 21,81 m2, superficie común 11,28 m2 , valor proporcional 3,80 % ubicada en plantas P.1 destino vivienda. Inscripto en el registro general Rosario en la MATRICULA 16-55921 , SUBMAT 5 -, Dpto. Rosario P.H.Informa Registro General Rosario: Dominio consta a nombre de OVERSAFE SEGUROS DE RETIRO CUIT:30-67-653557-4 S.A EN LIQUIDACION. ASIENTO 8. CERTIFICACION 180.304/01-08-2024 JUZGADO DE DISTRITO 10 ma. NOMINACION DE ROSARIO (SANTA FE) EXPTE. 21-0297631-1. PARA SUBASTA (180 DIAS). Gravámenes: ASIENTO 1 PRESENTACION 391727/20-11-2009 (INCORPORADO DE OFICIO). SERVIDUMBRE DE PASO. INSCR. EN T. 417 F. 132 N.391727 DE MARGINALES. ESC. SANCHEZ VIVIANA ESTELA (REG 72/ ROSARIO PCIA DE SANTA FE , ESCRIT. 560 DEL 15-10-2009).FONDOS SIRVIENTES: LOTE A- POLIGONO ABCDFGHIJKMNOPQRA – S/ PLANO 189828/2015 FUNDO DOMIANTE LOTE 2C S/ PLANO 160261/2009. 0707 FO SS M 0644 NUNEZ M.A. Inhibiciones: SE REGISTRA INHIBICION: PERSONA: OVERSAFE SEGURO DE RETIRO S.A ESTADO: DEFINITIVA CUIT / CUIL:30676535574, TIPO DE INSCRIPCION: INHIBICION, AFORO:374979 – DECHA DE INSCRIPCION:13/09/2013 – TOMO:23 - LETRA: IC – FOLIO:352, MONTO: SIN MONTO, PROFESIONAL : GARCIA JUAN , EXPEDIENTE/AÑO 94893 CARATULA: OVERSAFE SEGURO DE RETIRO S.A S/ LIQUIDACION JUDICIAL POR DISOLUCION FORZOSA (POR SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION) TRAMITADO: JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO.9 DE CAPITAL FEDERAL (BUENOS AIRES) OFICIO / FECHA:22172 El Inmueble saldrá a la venta: por la base de $30.000.000.-, una retasa del 25% de la base, siendo la última base el 50%. El inmueble Unidad 01 – 02, de calle Santiago 69/71 Bis, inscripto a la matrícula N° 16-55921/5, Depto. Rosario, saldrá a la venta DESOCUPADO, conforme el acta de constatación. Autoricese pedido de adelanto de gastos, hágase saber. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales, correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP . Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes de la publicación de edictos y notifíquese al acreedor hipotecario; ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. A los fines de la exhibición del inmueble podrá visitarse el mismo los 3 días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 15:00 a 16:00 hs, debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. Téngase presente la autorización otorgada en favor del martillero colaborador Hugo Seletti. Modalidad de pago: Quien resulte comprador deberá abonar el 3 % de comisión del martillero, con más el 10 % del precio de compra en el acto de subasta, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.-, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el el art. 497 del C.P.C.C. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Hágase saber al martillero actuante que en los edictos a publicarse deberá dejarse expresa constancia de lo dispuesto en el art. 494 del CPCC. Segunda propiedad a subastar en el horario 12:30 hs: La unidad designada con el numero 8, parcela 01-05, superficie exclusiva 22,81 m2, superficie común 11,88 m2, valor proporcional 4 % m2 ubicada en plantas P.1 destino vivienda. Inscripto en el registro general Rosario en la MATRICULA 16-55921 , SUBMAT 8 -, Dpto. Rosario P.H. saliendo el inmueble por la base de $29.000.000.-, una retasa del 25% de la base, siendo la última base el 50%. El inmueble Unidad 01 – 05, de calle Santiago 69/71 Bis inscripto a la matrícula N° 16-55921/8, Depto. Rosario, saldrá a la venta DESOCUPADO, conforme el acta de constatación. Autoricese pedido de adelanto de gastos, hágase saber. Impuestos, tasas, contribuciones (I.V.A. y gastos centrales, correspondiere) serán a cargo del adquirente, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $30.000.- deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP . Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación al AFIP si no se cumplimentase la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. Ofíciese a los juzgados que hubieren ordenado medidas cautelares sobre el inmueble a subastar a fin de que tomen conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación debiendo acompañarse constancia del diligenciamiento antes de la publicación de edictos y notifíquese al acreedor hipotecario; ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 CPCC. El expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes a los fines de los arts. 494 y 495 CPCC y permanecer en Secretaría, bajo apercibimiento de suspenderse la subasta. A los fines de la exhibición del inmueble podrá visitarse el mismo llos 3 días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 15:00 a 16:00 hs, debiendo notificarse a los ocupantes con la debida antelación. Téngase presente la autorización otorgada en favor del martillero colaborador Hugo Seletti. Modalidad de pago: Quien resulte comprador deberá abonar el 3 % de comisión del martillero, con más el 10 % del precio de compra en el acto de subasta, en concepto de seña y a cuenta de precio en la siguiente modalidad: hasta la suma de $30.000.-, en dinero en efectivo, pesos, en el acto de subasta. El saldo restante para completar la seña deberá ser abonado por el comprador dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la subasta mediante transferencia interbancaria indefectiblemente, a la cuenta judicial que se indicará a tales efectos, bajo estricto apercibimiento de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que así no lo hiciere. El saldo de precio deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, bajo apercibimientos de ley, sin perjuicio por aplicación en su caso, de lo dispuesto por el el art. 497 del C.P.C.C. No procederá la compra en comisión (atento modificación del art. 3936 CC, introducida por el art. 75 inc. c) de la ley 24.441). El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido. Hágase saber al martillero actuante que en los edictos a publicarse deberá dejarse expresa constancia de lo dispuesto en el art. 494 del CPCC. DADO SELLADO Y FIRMADO:.- Dr. Mauro R. Bonato (Juez), Secretaria Dra. Marianella Maulion”.- Más informes al Martillero Adrian Sanchez al Tel. 0341-153-037102. Fotografías: en Web. www.sanchezveron.con / Instagram: adm.sanchezveron - Facebook: Adm. Sanchez Veron & Asoc. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario, …. de Septiembre de 2024.
Se deja constancia que este edicto esta exento de sellado ley de concurso y quiebra art 182.-
S/C 528140 Sep. 26 Oct. 03