picture_as_pdf 2024-09-23

REGISTRADA BAJO EL Nº 14.282


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1.- Modificase el artículo 1 de la Ley N° 14.213, el que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 1 - Exceptúase a los agentes alcanzados por los acuerdos paritarios celebrados con las diferentes organizaciones sindicales en los cuales se dispusiere el pase a planta del personal permanente dependiente del Ministerio de Salud o que prestare servicios para dicho Ministerio al 15 de diciembre de 2022, de lo establecido en:

a) El artículo 10, inciso d) de la Ley N° 8.525, en cuanto a la limitación de la edad máxima de ingreso a la Administración Pública Provincial; y

b) El primer párrafo del artículo 3 de la Ley N° 9.282, en cuanto al concurso abierto de títulos, antecedentes y oposición; e inciso f) del artículo 4 de dicho plexo normativo, en tanto exige no tener más de 10 años de graduados y 40 años de edad para ingresar en las funciones de Profesional Ayudante en las Unidades de Organización Asistencial y Sanitaria.

Ambas excepciones se aplicarán sin que las mismas puedan extenderse más allá de la edad prevista por la Ley N° 6.915 y modificatoria para obtener la Jubilación Ordinaria.”

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCOS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.


CLARA GARCÍA

Presidenta

Cámara de Diputados

Lic. GISELA SCAGLIA

Presidenta

Cámara de Senadores

MARÍA PAULA SALARI

Secretaria Parlamentaria

Cámara de Diputados

Dr. AGUSTÍN C. LEMOS

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 1684


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional” 19 SEP 2024


VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 14.282 efectuada por la H. Legislatura;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:


Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.

PULLARO

Fabián Lionel Bastía

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