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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
DANIEL A. PERNIGOTTI
Por orden del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, la Secretaría que suscribe hace saber en autos caratulados: “GIROTTI DARIO E. C/ OTROS S/ DEMANDA INYUCCIONAL – COBRO DE HONORARIOS” (Expte. Nº 557/2015) se ha dispuesto que el Martillero Público DANIEL ALBERTO PERNIGOTTI (Mat. 243-P-20), venda en pública subasta, al último y mejor postor EL DIA MIERCOLES 25 DE SETIEMBRE DE 2024 Y/O EL DÍA HÁBIL POSTERIOR SI EL DÍA DESIGNADO FUESE INHÁBIL, A LAS 11:00 HS (ART 87 DE LA LEY 7547), a realizarse en las puertas del Juzgado Comunitario de localidad de Wheelwright conforme lo dispone el art 493 del CPCC, “la totalidad (100%) EN BLOCK de UN INMUEBLE, un solo inmueble, compuesto por dos lotes de terrenos, el que ha sido embargado en autos… es el lote letra “p” inscripto en el Registro General Rosario al Tº 21, Fº 117V, Nº 7146 Depto. GRAL. LOPEZ., sito en calles Andrés B. Ferraris Nº 421 esquina Matheu, el que según títulos se designa como lote letra “p” y según mensura se compone por “dos fracciones de terreno, situadas en la localidad de Wheelwright, Depto. Gral. López, Pcia. de Santa Fe, las que de acuerdo a los planos de mensura y subdivisión practicados se componen de la siguiente manera: Un lote de terreno con todo lo en el edificado y plantado, ubicado en la esquina formada por las calles Matheu y A. Ferrari, con las siguientes medidas, ángulos y linderos; al NE sobre calle A. Ferrari de 25,10m. y a los 75,30m. de calle Sarmiento; lindando con domino público, al NE una línea inclinada que forma con la anterior un ángulo de 90° 14´, que mide 50m. lindando con Jorge Roberto Palma, al SE una línea que forma con la anterior un ángulo de 89° 46´y mide 25,30m. lindando con Francisco R. Arbaiza, luego al SO con frente a calle Matheu cierra la figura una línea que forma con la anterior un ángulo recto y mide 50m. y cierra con la primera, también formando un ángulo recto, lindando con dominio público. El polígono descripto encierra una superficie total de 1250m2, dicho polígono se encuentra subdividido y empadronado en el Impuesto Inmobiliario, bajo las partidas Nros. 172200381827/00009 con una superficie de 850m2 y de 307m2 edificados ubicado en la manzana N° 69 parcela N° 5 y partida Nro. 172200- 381828/00008 con una superficie total de 400m2 y de 37m2 edificados ubicado también en la manzana N° 69 parcela 6” y cuyo dominio consta inscripto a nombre del demandado, en el Registro General Rosario al Tº 21, Fº 117V, Nº 7146 Depto. GRAL. LOPEZ., con lo edificado, clavado y plantado, situada en la localidad de Wheelwright, Dpto General Lopez, Pcia de Santa Fe” se informa que no registra Hipotecas ni Inhibiciones, pero si el siguiente embargo al Tº 132 E, Fº 820 Nª 204734 de fecha 10/7/2023, por $633.900,20.- por los autos que se ejecutan. Se establece como Base de Venta la suma de $ 25.000.000 considerándose los valores de mercado actual, ubicación, con la siguiente retasa de ley: Primera de no haber oferta por la base con retasa 25 % menos, es decir $ 18.750.000 y de persistir la falta de ellas con una última base, Segunda Retasa del 25 % de la primogénita es decir $ 14.062.500. Los bienes se subastarán en el estado de ocupación que surge del mandamiento de constatación agregado en autos. Quien resulte comprador en la Subasta abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta judicial que a los efectos será abierta oportunamente, el 10 % del valor de compra, dentro de las 48 hs bancarias hábiles subsiguientes bajo estrictos apercibimientos de ley, con pérdida total de lo abonado en el caso que de así no lo hiciere y abonará al Martillero el 3 % de la Comisión de ley (Art 63 – ley 7547), todo ello conforme la comunicación A 5147 BCRA de fecha 23/11/10. En el caso de compra en comisión se deberá aclarar los datos completos que se requiera del Comitente. El Saldo del 90 % restante se abonará de igual manera una vez aprobada la subasta en el plazo y bajos los apercibimientos de ley. Los impuestos, tasas y/o contribuciones que adeuda los inmuebles serán a cargo exclusivo del comprador, como así también los gastos totales de escrituración y/o protocolización de actuaciones judiciales, regularización de planos y lo que ello conlleve, etc., como así también cualquier rubro de cualquier naturaleza que debe abonarse como consecuencia de la venta, siendo de estricta aplicación el art 494 inc 3 CPCC. Previo a la aprobación judicial de gastos el martillero deberá oficiar al Registro General Inmueble con copia certificada del acta de subasta a los fines de que se tome razón marginalmente el acto judicial realizada, sin que implique transferencia a favor del adquirente. Cumplido los trámites de rigor, y siendo el art 505 párrafo 2° del CPCC de carácter supletorio, la escritura traslativa de dominio en favor del adquirente se efectuará por medio de una Notaria o Escribanía Publica a elección del comprador, todo si registralmente fuera posible. Cumplido con los requisitos y condiciones de la subasta, el comprador realizará las gestiones judiciales que correspondan para tomar la posesión de los bienes que comprara. Designase los dos días previos a la subasta para la exhibición del bien a coordinar con el Martillero interviniente de 10 a 12 hs. Son a cargo del comprador las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, así como los gastos, sellados y honorarios notariales que demande la transferencia de dominio. Los títulos de propiedad se encuentran agregados en autos para ser examinados por los interesados, no admitiéndose después de la subasta reclamación alguna por su insuficiencia. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Melincué, 12/09/2024.- Dra. LUCIA BELEN CIARPELLA- SECRETARIA.
$ 1200 527673 Sep. 19 Sep. 23